¡Descarga Actos administrativos y más Apuntes en PDF de Derecho Administrativo solo en Docsity! ED IT OR IA L M AD TÍTULO III LEY 39/2015- ACTOS ADTVOS REQUISITOS Motivación FORMA - Dictados de oficio o a instancia del interesado. - Se producen por el órgano competente. - Su contenido siempre ajustado al ordenamiento jurídico. Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho: a) Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos. b) Los actos que resuelvan procedimientos de revisión de oficio de disposiciones o actos adtvos, recursos adtvos y procedimientos de arbitraje y los que declaren su inadmisión. c) Los actos que se separen del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos. d) Los acuerdos de suspensión de actos, cualquiera que sea el motivo de ésta, así como la adopción de medidas provisionales previstas en el artículo 56. e) Los acuerdos de aplicación de la tramitación de urgencia, de ampliación de plazos y de realización de actuaciones complementarias. f) Los actos que rechacen pruebas propuestas por los interesados. g) Los actos que acuerden la terminación del procedimiento por la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas, así como los que acuerden el desistimiento por la Administración en procedimientos iniciados de oficio. h) Las propuestas de resolución en los procedimientos de carácter sancionador, así como los actos que resuelvan procedimientos de carácter sancionador o de responsabilidad patrimonial. i) Los actos que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales, así como los que deban serlo en virtud de disposición legal o reglamentaria expresa. Producción y contenido ART. 35 ART. 36 - Por escrito. - A través de medios electrónicos. - Posibilidad de refundir en un único acto, si se dictan una serie de actos administrativos de la misma naturaleza. EFICACIA Inderogabilidad singular Ejecutividad Efectos Notificación: arts. 40 y siguientes Las resoluciones adtvas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general Los actos de las Administ. Públicas sujetos al Derecho Adtvo serán ejecutivos con arreglo a esta Ley. - Los actos se presumen válidos y producen efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que se disponga otra cosa. - Eficacia demorada si así lo exige el contenido del acto o está supeditada a la notificación, publicación o aprobación superior. - Posibilidad de eficacia retroactiva, siempre que los supuestos de hecho necesario existan en la fecha a que se retrotraiga la eficacia y no lesione derechos o intereses legítimos de terceros y cuando: 1) Se dicten en sustitución de actos anulados. 2) Produzcan efectos favorables al interesado. NULIDAD Causas establecidas en el artículo 47: nulidad de pleno derecho ANULABILIDAD - Si incurren en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder. -El defecto de forma sólo determinará la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados. - La realización de actuaciones administrativas fuera del tiempo establecido para ellas sólo implicará la anulabilidad del acto cuando así lo imponga la naturaleza del término o plazo. Opción de conversión y convalidación