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ACTO ADMINISTRATIVO, ELEMENTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO, EFECTOS
DEL ACTO ADMINISTRATIVO
DEFINICIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO
ESTATUTO DEL REGIMEN JURIDICO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION EJECUTIVA
“Es toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos
individuales de forma directa”
Declaración:
Debe estar manifestada por escrito, a pesar que de igual manera son aceptadas por la doctrina como actos
administrativos, las señas de tránsito, las luces del semáforo, etc.
Unilateral:
Para que pueda manifestarse la voluntad administrativa y la obligatoriedad del cumplimiento del acto
respectivo, es necesario el pronunciamiento del órgano competente, sin tomar en cuenta la voluntad del
receptor del acto, es decir que su rechazo o aceptación no tiene valor alguno, para que el acto administrativo
pueda considerarse válido.
Ejercicio de la función administrativa:
El acto administrativo puede expedirse por medio de órganos de cualquiera de los poderes del Estado,
obligatoriamente estos órganos deben actuar en ejercicio de la función administrativa.
Productor de efectos jurídicos:
Para validez del acto administrativo este debe influir, confirmar o modificar el orden jurídico, especialmente
los deberes y derechos subjetivos del ciudadano.
ELEMENTOS ESENCIALES DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
Elementos subjetivos
Constituidos por: La presencia de la administración; El órgano que expide el acto (su competencia y
legalidad de su investidura)
El bjeti
ISO
STO
O
NOTIFICACIÓN
Para la plena validez del acto, éste debe ser notificado.
EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO
Los efectos del acto administrativo son:
Ejecutividad.- En derecho administrativo la ejecutividad se refiere genéricamente a cualquier acto
administrativo y es sinónimo de eficiencia del acto.
La ejecutividad es propia de cualquier acto administrativo en cuanto significa la condición del acto que puede
ser efectuado. Ejecutividad equivale por lo tanto a eficacia en general.
Presunción de legitimidad.- La referencia "presunción” de legitimidad le atribuye el efecto corriente de las
presunciones, que es de invertir la carga de la prueba, es decir que los actos se presumen legítimos, mientras
no se pruebe judicialmente lo contrario,
Exigibilidad.- La exigibilidad es la cualidad del acto administrativo de hacer llevar a ejecución cuanto en el
acto es permitido o impuesto, esto es, de desplegar una acción de conformidad con el acto.
Ejecutoriedad.- La ejecutoriedad es la cualidad que tienen los actos administrativos de ser directamente
ejecutables. Por tanto, todo acto administrativo en principio es ejecutable.
Hay excepciones como que una concreta disposición legal establezca la no ejecución o que ante un recurso, el
órgano encargado de conocer del suspenda dicha ejecución.
MANIFESTACIONES DEL ACTO ADMINISTRATIO
Las manifestaciones son innumerables a continuación se detallan algunas clasificaciones.