Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Elementos Esenciales de los Actos Jurídicos: Firma, Error y Vicio de la Voluntad, Apuntes de Derecho Civil

Derecho CivilDerecho ComercialTeoría General del Derecho

Los elementos esenciales y naturales de los actos jurídicos, incluyendo la importancia de la firma, el concepto de error y su clasificación, y los vicios de la voluntad. Se abordan temas como la compatibilidad, la nulidad de un acto por error esencial, el error de cálculo, y los vicios que afectan la intención. Además, se discuten los hechos jurídicos y su clasificación.

Qué aprenderás

  • ¿Cómo se clasifican los errores en los actos jurídicos?
  • ¿Cómo afecta la compatibilidad a la validez de un acto jurídico?
  • ¿Qué son los elementos esenciales y naturales de un acto jurídico?

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 06/10/2022

juani-modarelli
juani-modarelli 🇦🇷

5 documentos

1 / 4

Toggle sidebar

Documentos relacionados


Vista previa parcial del texto

¡Descarga Elementos Esenciales de los Actos Jurídicos: Firma, Error y Vicio de la Voluntad y más Apuntes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity! 1) Explique el concepto de Acto Juridico y explique brevemente, cada uno de sus elementos. ACTO JURIDICO es el acto voluntario lícito que tiene por fin inmediato la adquisición, modificación o extinción de relaciones o situaciones jurídicas. 1) ELEMENTOS ESENCIALES: Son aquellos sin los cuales el acto no existiera como tal. 2) ELEMENTOS NATURALES: Son aquellos elementos a los que suelen acompañar al negocio jurídico según su naturaleza. 3) ELEMENTOS ACCIDENTALES: Son aquellos que pueden o no existir según la voluntad de las partes. 2) Instrumentos públicos, conceptos, requisitos de validez, valor probatorio. Concepto para su impugnación. Son los instrumentos realizados ante un funcionario público, que tenga ciertos requisitos el funcionario, CAPACIDAD, COMPETENCIA y COMPATIBILIDAD. Cuáles son los requisitos del Instrumento Publico: 1) Que sea realizado ante un funcionario público, que tenga ciertos requisitos el funcionario, CAPACIDAD, COMPETENCIA y COMPATIBILIDAD. CAPACIDAD: Que este habilitado para ejercer sus funciones, que este investido de esa autoridad conforme a sus funciones. COMPETENCIA: En relación a la materia y en relación al territorio. COMPATIBILIDAD: Por una cuestión de orden público, el funcionario público no podría intervenir en actos que son propios o que son de personas muy cercana que podrían llegar hacer dudar del valor de la fe que está dando, que se podría sospechar que podría tener un vínculo que podría intentar favorecer. 2) La Firma de todas las partes 3) Lugar y Fecha lo tiene que poner el funcionario publico El instrumento público hace plena fe: a) en cuanto a que se ha realizado el acto, la fecha, el lugar y los hechos que el oficial público enuncia como cumplidos por él o ante él hasta que sea declarado falso en juicio civil o criminal; b) en cuanto al contenido de las declaraciones sobre convenciones, disposiciones, pagos, reconocimientos y enunciaciones de hechos directamente relacionados con el objeto principal del acto instrumentado, hasta que se produzca prueba en contrario. 3) Error (como vicio de la voluntad): concepto, clasificación y efectos. El error de hecho esencial vicia la voluntad y causa la nulidad del acto. Si el acto es bilateral o unilateral recepticio, el error debe, además, ser reconocible por el destinatario para causar la nulidad. ARTICULO 266 - ERROR RECONOCIBLE. El error es reconocible cuando el destinatario de la declaración lo pudo conocer según la naturaleza del acto, las circunstancias de persona, tiempo y lugar. ARTICULO 267 - SUPUESTOS DE ERROR ESENCIAL. El error de hecho es esencial cuando recae sobre: a) la naturaleza del acto; b) un bien o un hecho diverso o de distinta especie que el que se pretendió designar, o una calidad, extensión o suma diversa a la querida; c) la cualidad sustancial del bien que haya sido determinante de la voluntad jurídica según la apreciación común o las circunstancias del caso; d) los motivos personales relevantes que hayan sido incorporados expresa o tácitamente; e) la persona con la cual se celebró o a la cual se refiere el acto si ella fue determinante para su celebración. ARTICULO 268 - ERROR DE CÁLCULO. El error de cálculo no da lugar a la nulidad del acto, sino solamente a su rectificación, excepto que sea determinante del consentimiento. 4) Explique, desarrolle y compare los vicios de Fraude y Simulacion. 6) Qué es un instrumento privado y cuáles son sus requisitos de validez? Los instrumentos particulares pueden estar firmados o no. Si lo están, se llaman instrumentos privados. 1) Fecha (La fecha cierta se adquiere entonces desde el momento que se presenta en un registro público o de que se da un hecho respecto de los firmantes del instrumento un hecho que genera o que crea la imposibilidad de que el instrumento sea firmado después de esa fecha.) 2) Firma 3) Hay un requisito extra es que tengan tantos ejemplares como partes haya. 7) Cuáles son los elementos internos de la voluntad y qué los suprimen? Explique cada uno a) Discernimiento: Es la cualidad o facultad del sujeto por la cual conoce y distingue lo bueno de lo malo, lo justo de lo injusto, lo conveniente de lo inconveniente. b) Intención: Es la aptitud para entender el acto concreto que se realiza. VICIOS QUE AFECTAN LA INTENCIÓN: La intención es afectada por los vicios de error y dolo. ERROR: Radica en la falta de conocimiento o conocimiento insuficiente. DOLO: Radica en el engaño que se emplea para lograr que otro celebre un acto jurídico. c) Libertad: Es la facultad de elegir entre distintas alternativas espontáneamente, esto es, sin coacciones. VICIO QUE AFECTA LA LIBERTAD: La libertad es afectada por el vicio de Violencia. VIOLENCIA: Fuerza física irresistible y las amenazas intimidación como causas que atentan contra la libertad Los VICIOS DEL ACTO VOLUNTARIO recaen en los ELEMENTOS INTERNOS y son ERROR, DOLO Y VIOLENCIA. 8) Qué es el principio de especialidad? Desarrolle. 9) Hecho Juridico HECHOS JURÍDICOS: Son los acontecimientos o sucesos que provienen de la naturaleza o del hombre. El Artículo 257 del Código Civil y Comercial de la Nación define al HECHO JURIDICO como el acontecimiento que, conforme al ordenamiento jurídico produce el nacimiento, modificación o extinción de relaciones o situaciones jurídicas. CLASIFICACIÓN DE LOS HECHOS JURÍDICOS: Se clasifican según quien sea el autor del hecho en NATURALES y HUMANOS. 1) NATURALES: Son todos aquellos hechos jurídicos que tienen origen en la naturaleza sin intervención o participación del hombre, o actuados por el hombre pero que aparecen como el resultado de mecanismos biológicos o fisiológicos sobre los que el hombre no tiene control. Ejemplos: la caída de granizo, un terremoto, el nacimiento, la muerte. 2) HUMANOS: Son todos aquellos hechos jurídicos obrados por el hombre, siempre y cuando no sea producto de actos inconscientes o reflejos. Ejemplo: Un Contrato. Los HUMANOS Se clasifican ACTOS VOLUNTARIOS E INVOLUNTARIOS: 1) ACTOS INVOLUNTARIOS: Son los actuados sin discernimiento de quien al momento de realizarlo esta privado de la razón. El Artículo 261 del Código Civil y Comercial de la Nación define el ACTO INVOLUNTARIO Es involuntario por falta de discernimiento: a) El acto de quien, al momento de realizarlo, está privado de la razón; b) El acto ilícito de la persona menor de edad que no ha cumplido diez años; c) El acto lícito de la persona menor de edad que no ha cumplido trece años, sin perjuicio de lo establecido en disposiciones especiales.
Docsity logo



Copyright © 2024 Ladybird Srl - Via Leonardo da Vinci 16, 10126, Torino, Italy - VAT 10816460017 - All rights reserved