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Historia de la Unión Europea: Desde la idea de Europa hasta la Unión Europea actual, Resúmenes de Instituciones de la Unión Europea

Este documento ofrece una reseña histórica detallada de la idea de Europa y su materialización en tratados internacionales, desde la creación de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) hasta la actual Unión Europea. El texto aborda las ampliaciones de la Unión, las organizaciones europeas relacionadas y los intentos de constitución, así como los criterios de admisión de nuevos países y los desafíos actuales.

Tipo: Resúmenes

2020/2021

Subido el 04/11/2021

jurista23
jurista23 🇪🇸

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¡Descarga Historia de la Unión Europea: Desde la idea de Europa hasta la Unión Europea actual y más Resúmenes en PDF de Instituciones de la Unión Europea solo en Docsity! PRIMERA PARTE Lección 1. Evolución histórica del proceso de integración. 1. LAS COMUNIDADES EUROPEAS HASTA LA ADHESIÓN DE ESPAÑA Y LA PRIMERA REFORMA DE LOS TRATADOS. La idea de europea es una idea mucho más antigua a la actual Unión europea. Todos los proyectos que había habido hasta las Comunidades Europeas eran o plenas utopías (no tenían una base en la realidad) o eran un proyecto de conquista, una Europa impuesta. El debate sobre una integración europea desde la paz, es lo que se conoce como la declaración Schuman (9/V/1950), lo que se propone es una integración en una futura comunidad de varios estados (al principio eran seis estados fundadores). El eje de esa idea era evitar que hubiera una tercera guerra mundial, porque Europa estaba devastada ya que había sido el escenario de dos guerras mundiales que habían provocado numerosas víctimas, un desastre económico muy grande, y Europa no podía permitirse una tercera guerra mundial, pero seguía habiendo muchas tensiones geopolíticas en el continente. Al principio se decide poner en común la gestión del carbón y del acero (elementos necesarios para iniciar una guerra) de Francia y Alemania, que lo gestionaban unas instituciones comunes. Esto se hizo el 9 de mayo de 1950. Se dice que lo que propuso en esa declaración fue la filosofía de los primeros pasos o de un acercamiento funcionalista, esto quiere decir que había que ir creando solidaridades e ir viendo que es lo que se podía poner en común poco apoco. Esta declaración se materializa en un tratado internacional, los seis estados fundadores (Alemania, Francia, Italia, Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo), deciden celebrar un tratado internacional que les vincule a todos y que establezca cuales van a ser las instituciones comunes, que cree un vinculo comunal, que si alguno de los estados no cumple con el derecho de la comunidad le puedan sancionar, que puedan resolver las controversias que surjan entre ellos. Y de aquí es de donde sale el Tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA). Es un tratado que se celebra en 1951 y entra en vigor en 1952, se hizo con la idea de que durara 50 años más. Esta idea del Tratado CECA iría mucho más allá por que parece que compartiendo solo la gestión del carbón y el acero no nos va a hacer llegar a una comunidad de estados. Por lo que se empieza a negociar en un ámbito mucho mas cercano a la soberanía de los estados, y este es el ámbito de la defensa, La Comunidad Europea de Defensa, porque había temor a la URSS, a un posible rearme alemán... Fue una iniciativa francesa (en 1952), a pesar de esto la Asamblea General Francesa lo rechaza (en 1954). Esto fracasa. Se crearon otras organizaciones de defensa conjunta en las que se incluirían Alemania e Italia, para hacer defensa común europea, como son la OTAN (Organización Tratado Atlántico Norte), la UEO (Unión Europea Occidental) que actualmente no existe. En 1955 se relanza la idea de extender y crear comunidades que no solo gestionen el carbón y el acero, si no que vayan más allá. De aquí salen el TCEE (Tratado de la Comunidad Económica Europea) y el TCEEA (Tratado de la Comunidad Europea de la Energía), se conocen como Euroatom. Se adoptan en el 1957 y entran en vigor en 1958. La CEE (Comunidad Económica Europea) tenía unos fines objetivos económicos, es decir, una recuperación de esos estados fundadores a través de la economía. Pensaron que podían mejorar la economía creando un mercado común entre todos esos estados. Hablamos de 4 libertades: - Personas. Al principio únicamente circulaban libremente los trabajadores, ahora hablamos de personas. - Mercancía o bienes. Que circulen libremente sin pagar aranceles (primero se congelaron y después desaparecieron). - Los capitales. - Los servicios. Es la que está menos desarrollada, porque no existe un mercado único o libre de servicios. Las comunidades empiezan a trabajar en más ámbitos, y se crean las primeras tensiones alrededor de los 60. De Gaulle, no estaba de acuerdo y lo que hizo el representante francés fue dejar de ir a las negociaciones del Consejo de Ministros de las Comunidades Europeas, es lo que se conoce como la crisis de la silla vacía. Esto dio lugar a los acuerdos de Luxemburgo, lo que decían es que si para un país había un tema que era muy sensible podían frenar el avance de las comunidades europeas. + Se empieza a hablar de la ciudadanía europea, con la cual tenemos una serie de derechos. Ya solo no somos españoles, franceses, portugueses, sino que también somos europeos. + Se habla del procedimiento de codecisión, es decir, hay en algunas materias que vamos a poner al mismo nivel al consejo, donde están representados los estados, y al parlamento europeo. Todo esto no es fácil, y cuando se elabora el Tratado de Maastricht nos encontramos con una serie de problemas, hay estados que tienen problemas para ratificarlo. Por ejemplo, en Dinamarca se realiza un referéndum en el que votan en negativo y un segundo que votan en positivo; en Francia se votó que sí, pero por un margen muy escaso, que es lo que se conoce como el petito out francés. Hubo muchas dudas sobre si al realizar todos estos cambios en el Tratado de Maastricht sería compatible con las constituciones de algunos estados. El tribunal Constitucional español, dijo que si se quería ratificar el tratado de Maastricht había que cambiar la constitución española. Y fue la primera vez que en España se cabio la constitución española. El cambio que se produjo fue en el art. 13 de la constitución española, en el que se permitía que se diera el voto a nacionales de terceros estados, pero no permitía que estas personas se presentaran a las elecciones, y el tratado de Maastricht dice que sí que se pueden presentar a las elecciones. Por lo tanto, nuestra constitución permitía el derecho de voto activo, pero no el pasivo; hubo que cambiar esto y permitía el sufragio activo y pasivo de los ciudadanos de la unión europea en España. El TUE (Tratado de la Unión Europea), se firma en 1992 y entra en vigor en 1993. 3. LOS TRATADOS DE ÁMSTERDAM Y NIZA Y LA AMPLIACIÓN DE LA UNIÓN AL CENTRO Y ESTE DE EUROPA. En la cuarta ampliación en 1995 entran Austria, Finlandia y Suecia. En 1997, se celebra el Tratado de Ámsterdam, entra en vigor en 1999, que es la tercera gran modificación de los tratados originarios: + Se intenta resolver el problema institucional de cara a la gran ampliación, el cual no es posible. + Se extienden los ámbitos de competencia de la Unión Europea. + Se empieza a hablar de la PESD (Política Europea de Seguridad y Defensa). + Se extiende el procedimiento de codecisión a más ámbitos. En el año 2000 se adopta la carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea. Incorpora los derechos fundamentales en el derecho de la Unión Europea. En 2001, se adopta el Tratado de Niza, que entra en vigor en el 2003, que es la cuarta modificación de los tratados originarios: + Se resuelve el problema institucional de cara a la gran ampliación. + Los irlandeses van a tener que realizar dos referéndums. La quinta ampliación de la Unión Europea, La Gran Ampliación de la Unión Europea, con la que se incorporaron muchos estados de Europa central y Europa oriental. + En al año 1993, en el Consejo Europeo de Copenhague, se van a desarrollar tres criterios para que un país pueda entrar en la Unión Europea: - Criterios políticos: el país debe tener unas instituciones estables, que aseguren la protección de los derechos humanos, la democracia, el estado de derecho y la protección de las minorías. - Criterios económicos: el país debe de tener economía de mercado, sostenibles. - Criterios jurídicos: que el estado haya puesto todo su régimen jurídico en línea con el derecho de la Unión Europea. + En 1998 se inician las negociaciones con 12 países. Entraron Chipre y malta, y varios países de la Europa del centro y del este (10 PECO). Es la vez que más estados han entrado de golpe. Rumania y Bulgaria entraron en 2007, ya que no pudieron entrar anteriormente por qué no cumplían algunos requisitos necesarios. La última incorporación de la Unión Europea fue Croacia en 2013. Países candidatos, que tienen el estatuto de candidatos, es decir, que, desde la Unión Europea, les hemos reconocido que son países que pueden entrar en la Unión Europea (para poder entrar tienen que ser europeos): + Turquía. Se le reconoció el estatuto de candidato en 1997, aquí se empezó a negociar para que entrara en 2005 en la Unión Europea. Actualmente las negociaciones están estancadas porque no cumple algunos de los requisitos necesarios para entrar (tiene muchos problemas con el estado de derecho, con las minorías...), tiene tensiones con otros estados, ha tenido un golpe de estado... + Montenegro. Se le reconoció el estatuto de candidato en 2010, y se iniciaron las negociaciones en 2012. + Serbia. Se le reconoció el estatuto de candidato en 2012, y se iniciaron las negociaciones en 2014. Se le exigió que colaborara con el Tribunal Penal Internacional para la exyugoslavia por que había personas consideradas criminales de guerra y no las entregaba porque en Serbia se consideraba que eran héroes. + Albania. Se le reconoció el estatuto de candidato en 2014, y han empezado las negociaciones en 2020. + Macedonia del Norte. Se le reconoció el estatuto de candidato en 2005, y han empezado las negociaciones en 2020. 6 Un problema que tenía es que el Estado ha tenido que cambiar su nombre para empezar a negociar, ya que existía un conflicto con Grecia sobre el uso del nombre Macedonia. Candidatos potenciales, son países que no han sido reconocidos como candidatos pero que están muy lejos de cumplir los requisitos, pero les hemos dicho que si los cumplieran en un futuro podrían entrar. Son: + Bosnia-Herzegovina, con problemas territoriales y con las minorías. + Kosovo. España no le reconoce como estado, y otros pocos estados tampoco. Por lo que es imposible que entre en la Unión Europea por que para ello tendrían que estar todos de acuerdo. Islandia sufrió mucho la crisis económica y se planteó su adhesión, pero cuando las cosas le fueron mejor se retiró (solicitud 2009 y retirada 2015). Noruega se ha planteado seriamente su entrada, pero son los noruegos en referéndum los que han dicho que no (en 1972 y 1994). La Unión Europea es solo una de las organizaciones que hay en Europa, pero hay más como la Asociación Europea de Libre Cambio (ALC) y la EFTA. Varios de estos países que las forman, tienen un pacto con la Unión Europea y forman el Espacio Económico Europeo. Hay normas de la Unión Europea que también se aplican aquí, por ejemplo, si trabajas 20 años en Francia, 12 en Italia, 10 en Alemania, que cuando vuelvas a España se te cuenten los años que has estado cotizando en otros estados. Europa en la actualidad Consejo de EA 6. El TEFE, pasa a llamarse TEFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea). La Comunidad Europea desaparece y le sucede formalmente la Unión Europea. Desaparece formalmente la estructura de los pilares intergubernamentales del tratado de Maastricht, que son la PESC y la CAJI. Y el pilar central no intergubernamental son las propias comunidades europeas. Desaparece formalmente el funcionamiento en pilares, aunque no desaparece del todo en la realidad. Se eliminan términos que tengan que ver con la idea de constitución / concepto constitucional, eso no significa que el tratado de Lisboa no mantenga la sustancia de un tratado por el que se habría dado una constitución para Europa, pero de alguna Manera se continua sustancialmente con la misma idea, sin llamarle constitución. Se continua con la atribución de personalidad jurídica internacional a la Unión Europea, que ya estaba prevista. 2. Modificaciones materiales: 1. Los tipos de normas, en cuanto al derecho de la unión, son: los reglamentos, las directivas, las decisiones, las recomendaciones y los dictámenes. Como novedad se introduce una clasificación de estas normas en tres categorías: actos legislativos, actos delegados y actos de ejecución. Se potencia el Parlamento Europeo. La mayoría para tomar decisiones en la unión se valora según los criterios del número de estados miembros y de su población. El Consejo Europeo se convierte en una institución de la unión. A la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, se le otorga el mismo valor jurídico que a los tratados, aunque con algunas excepciones. El Tratado de Lisboa se ha aprobado por un tiempo ilimitado, no se han previsto próximas conferencias intergubernamentales con idea de reforma. Generalización de la codecisión. La codecisión en la Unión Europea es un sistema de funcionamiento entre el parlamento y el consejo en lo que se refiere al procedimiento legislativo ordinario, sistema complicado, pero hace que las cosas estén muy estudiadas. Delimitación de las competencias entre los estados y la Unión Europea. 10 La Unión Europea del S.XXI: la necesidad de una reconfiguración. Las consecuencias de la crisis económica del 2007 han sido largas y ahora se ha reactivado con motivo de la pandemia. Esta crisis ha llevado a una desconfianza en lo referente a la Unión Europea. En lo referente a la Unión Europea, esta crisis económico-financiera produjo un reforzamiento del gobierno económico de la unión. Lo que se ha hecho ha sido tomar algunas medidas como: - Reforzar el artículo 136 del TEFUE referente al euro. - Adoptar dos nuevos tratados: El Tratado Constitutivo del mecanismo europea de estabilidad (MEDE), tratado limitado a los estados del euro, se firma en 2012 y entre en vigor el 27 de septiembre de 2012. El Tratado de Estabilidad y Coordinación y Gobernanza de la Unión Económica y Monetaria (TEGC), tratado abierto a todos los estados de la unión, entra en vigor en 2013. El Brexit, se apoyó en el artículo 50 del TUE para esa salida del reino unido, que fue uno de los primeros estados que pidió entrar tras los 6 fundadores: - Hubo un referéndum negativo en el Reino Unido el 23 de junio de 2016, con un margen muy ajustado favorables a la salida (51,9% - 48,1%). - La decisión de salir fue comunicada al consejo europeo el 23 de marzo del año 2017. - Finalmente se ha confirmado la salida el día 31 de enero de 2020. - Se abre el periodo de negociación, y están las problemáticas normales del acuerdo que establezca las futuras relaciones, por que aun que se haya marchado de la Unión querrá seguir teniendo acuerdos con la Unión. Retos de futuro de la Unión Europea 2021: La problemática que se ha dado con ucrania, con la adhesión de Crimea tomada por rusia, nos ha hecho ver la relevancia que tiene la Unión Europea en la política exterior, no solo en la relación entre los 27 estados de la unión, sino que también en la política exterior. El cambio climático, quiere liderar estas políticas. Crisis migratorias o crisis de los refugiados, hay que tener en cuenta que aquí Europa podría tener mucho que decir, y podría ser un operador que liderara bastante porque gran parte de los refugiados están aterrizando en los estados de la Unión Europea. A pesar de esto está recibiendo muchas críticas porque no se considera que este a la altura. 1 Dos grandes bloques de derecho en la Unión: Se llama Derecho originario de la Unión a los tratados fundacionales y a poca cosa más (correspondería con la “constitución”), las grandes líneas del derecho de la Unión. Por ejemplo: la carta de los derechos fundamentales. Se llama Derecho derivado de la unión (todas las normas derivadas de desarrollo de esas grandes líneas del derecho original), todas las reglas de la unión, las directivas, todos los reglamentos, las leyes pequeñas. La Unión Europea tiene distintas instituciones y sus órganos de gobiernos... etc. Estos son sus órganos para el funcionamiento, para la ejecución de las normas, para la creación del derecho. Órganos que más se manejan: Consejo Europeo, es una parcela de la Unión Europea: es la reunión de jefes de estado y jefes de gobierno de los estados de la Unión Europea y trazan las grandes líneas de las políticas de la unión. Formado por 27 países. Consejo de la Unión Europea, es otra institución de la unión lo forman algunos ministros. Normalmente lo llaman Consejo a secas. Consejo de Europa, es otra organización internacional, distinta y separada de la Unión Europea. Organización muy anterior a la unión europea y muy anterior a la CECA es del año 48-49. Se inicia por motivos del desastre de las guerras, en especial de la segunda guerra mundial, en especial, para hacer acuerdos de paz. Pertenecen a el 47 estado de la unión (no pertenecen Bielorrusia y Ciudad del Vaticano), a la Unión Europea pertenecen 27 estados. Se le reconoce fácilmente por que tiene el tribunal más exitoso en todo el mundo en derechos humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TDH). Requisitos para ser candidato de la Unión Europea: Non Ser considerado candidato. Que se inicien las negociaciones. Que terminen las negociaciones. Todos los estados deben estar de acuerdo en que entre. Debe celebrarse el tratado de adhesión. 12
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