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Comentario de sentencia III Derecho Laboral, Ejercicios de Derecho Laboral

Aquí les dejo un comentario de sentencia de la asignatura de Derecho Laboral. Perteneciente al curso 2020-2021. UEX

Tipo: Ejercicios

2021/2022

Subido el 27/02/2023

josepc11
josepc11 🇪🇸

4 documentos

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Comentario de sentencia III Derecho Laboral y más Ejercicios en PDF de Derecho Laboral solo en Docsity! Comentario de sentencia III Resumen de la sentencia El debate surgido en este pleito consiste en aclarar si la compensación legal de deudas puede operar respecto de la deuda derivada del incumplimiento por el trabajador de un pacto de permanencia. Fue seleccionado por la empresa para la realización de un máster del 1 de marzo de 2014 al 3 de diciembre de 2014, con un precio de 25.850 euros. El acuerdo entre el demandante y la empresa establecía que si el trabajador abandonaba su puesto de trabajo antes del cumplimiento de los plazos señalados desde el inicio del máster la empresa recuperaría la parte proporcional del coste. La empresa le descontó 15.510 euros al realizar la liquidación del contrato. El trabajador interpuso demanda de reclamación de cantidad contra Altadis SA por el citado importe de 15.510 euros. La sentencia de instancia estimó la demanda. Recurrió en suplicación la empresa. El actor interpuso recurso de casación para la unificación de doctrina alegando que la empresa no puede compensar las deudas que tenga con su trabajador cuando no media aceptación de éste por tratarse de cantidades controvertidas. En la sentencia recurrida, cuando el trabajador solicitó la baja voluntaria, la empresa consideró que le adeudaba una determinada cantidad por el incumplimiento del pacto de permanencia y la compensó en la liquidación salarial. La sentencia referencial argumenta que las cantidades compensadas por el empleador son discutidas por la trabajadora, siendo por lo tanto controvertida la deuda alegada por la empresa. Los hechos, los fundamentos y las pretensiones que contiene la sentencia recurrida son sustancialmente iguales que los que llevaron a la decisión en la sentencia de contraste, puesto que en ambas la empresa pretende compensar en la liquidación salarial las indemnizaciones que, a su juicio, le adeuda el trabajador y que éste niega. En la sentencia recurrida se obvia el dato de que el importe deducido era controvertido por el trabajador, considerándolo irrelevante a los efectos de valorar y considerar la existencia de una deuda líquida, vencida y exigible y, por tanto, compensable. Por el contrario, en la sentencia de contraste se argumenta que el importe deducido era discutido por la trabajadora, remitiendo a la empleadora a que plantease la correspondiente acción en reclamación de cantidad frente a la trabajadora para, en el seno de dicho proceso, discutir la existencia, o no, de la deuda que se invocaba por la demandada.
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