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comentarios de historia antigua, Apuntes de Historia antigua

Comentario de texto de historia antigua de 2 de historia

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 18/06/2020

aitor-barrena
aitor-barrena 🇪🇸

4.3

(3)

5 documentos

Vista previa parcial del texto

¡Descarga comentarios de historia antigua y más Apuntes en PDF de Historia antigua solo en Docsity! En lo que respecta al comentario interno diremos que nos encontramos ante un texto escrito por Augusto emperador que murió el 4 de agosto d.C. en Nola, sus restos mortales llegaron a Roma el 3 de septiembre, y al día siguiente en el Senado fue leído su testamento, redactado el año anterior y depositado en el templo de las Vestales en el año 13 a.C. En dicho testamento se indicaban sus herederos, y los legados dejados por Augusto para el ejército, el pueblo y otras personas singulares, acompañados de algunas indicaciones particulares. Entre los documentos que Tiberio había llevado al Senado para esta primera reunión, estaba un volumen que contenía el texto de las Res gestae, titulado Index rerum a re gestarum y en él Augusto había señalado que quería que sus Res gestae fueran inscritas en tablas de bronce ensambladas sobre dos estelas colocadas delante del Mausoleo, a los dos lados de la puerta de entrada y a poca distancia de los muros del edificio, aunque no se mantiene el texto inscrito, encontramos diversas copias. Augusto, con esta especie de relato autobiográfico escrito en primera persona quiere transmitirnos un relato sobre sus res gestae et impensae, es decir los hechos más relevantes de cómo él había construido su primado político, y cómo había contribuido al bienestar del pueblo romano, todo esto contado desde su punto de vista, obviando cualquier tipo de información que no favoreciera a su imagen. La datación de las Res gestae aparece claramente consignada en varios fragmentos, en primer lugar en el pasaje 4 “Cuando escribía este texto, era cónsul por decimotercera vez, y me encontraba en el trigésimo año de mi potestad tribunicia” y, de forma todavía más elocuente en el capítulo 35 ‘‘Estaba en el septuagesimosexto año de mi vida, cuando escribí este texto” con estos textos podemos sacar una datación entre el año 13 y 14 d.C. En lo que respecta al comentario interno del fragmento, empezaremos hablando de que Augusto concluye su autobiografía con estos dos fragmentos, lo que demuestra la importancia que otorgaba a los hechos que se narran aquí. Hablaremos en primer lugar de la Res gestae y observaremos que hay un dato que permite situarnos cronológicamente con seguridad, el sexto y séptimo consulado de Augusto que corresponde con los años 28 y 27 a.C. Augusto cuenta, en primera persona, que es a lo largo de estos dos años cuando procede a una restitutio rei publicae (Restauración de la Res pública) insistiendo en que Augusto recibe cada uno de sus poderes por el consenso de todos. Otro dato que marca una cronología es la referencia al post quem: “Después de haber puesto fin a las guerras civiles”, lo que nos sitúa en los años 31/30 a.C. A continuación abordaremos el término “potens rerum ómnium” En el estado actual, la mayor parte de los estudiosos se decantan por afirmar que, tras su regreso a Italia y Roma, después de la batalla de Actium, obtenga un poder absoluto, conforme a la voluntad de todos por lo que ha sido posible que Octaviano hubiera podido en el año 28 a.C. restituir los derechos y las leyes del pueblo romano, ya que así se refleja en la moneda de oro. Cuando Augusto hace referencia a “Transferí la República de mi poder a la libre determinación del Senado y del pueblo romano”, se refiere a la sesión senatorial que tuvo lugar el 13 de enero del 27 a.C. en la cual Octaviano devuelve todos los poderes, provincias y legión a la libre determinación del senado y pueblo romano. En lo que respecta al título de Augustus sabemos que lo adquirió en la segunda sesión del senado, este título está lleno de valor semántico ya que deriva del verbo augeo , que pertenece a la esfera sacral y que muestra que su poder es de origen divino, salvador de la res publica. Por eso que, al final de este pasaje, Augusto dirá, “Desde entonces fui superior a cualquier otro en autoridad pero no tuve más poderes que cualquier otro de los que fueron colegas en las magistraturas”. Debe recordarse que Augusto, al relatar los acontecimientos del 27 a. C., quiere resaltar la superioridad de su autoridad, pero no menciona en ningún momento otros rangos que le fueron adjudicados como el de consulare imperium ni su poder para guiar y gobernar las provincias, así como el mando de las legiones allí estacionadas. Sobre el resto de honores recibidos, la corona de laurel, la corona cívica de encina y el escudo de oro, es preciso señalar que se trata de diversas insignias del poder. Las coronas de laurel eran usadas para adornar a los vencedores y, en este momento, el laurel manifiesta claramente que la victoria pasa a convertirse en una cualidad inmanente del Príncipe. La corona cívica tenía un origen militar, se otorgaba a quien salvaba a un ciudadano romano; ahora se le otorga a Augusto por haber salvado a la res pública, es decir a la comunidad romana, en las guerras externas e internas. Finalmente, el escudo de oro (clipeus virtutis) con la leyenda de cuatro cualidades: virtus, clementia, iustitia et pietas. El escudo es un honor de tipo militar y, en este caso, fue expuesto en la
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