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Servicio Público de Internet: Principios, Regulación e Información Asimétrica, Apuntes de Derecho

Derecho ConstitucionalDerecho de telecomunicacionesDerecho Administrativo

Este documento analiza la doctrina del servicio público de internet en perú, su importancia y las implicaciones para los contratos entre proveedores y usuarios. Se discuten los principios que deben cumplirse para que un servicio sea considerado público, la regulación de osiptel y la asimetría de información. Además, se presentan casos de legislación comparada en chile y argentina.

Qué aprenderás

  • ¿Cómo se maneja la asimetría de información entre proveedores y usuarios de Internet?
  • ¿Cómo se regula el acceso a Internet en Perú?
  • ¿Qué principios debe cumplir un servicio para ser considerado servicio público?

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 29/09/2022

cesar-cernaque
cesar-cernaque 🇵🇪

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¡Descarga Servicio Público de Internet: Principios, Regulación e Información Asimétrica y más Apuntes en PDF de Derecho solo en Docsity! Doctrina: La palabra Internet proviene de las palabras en inglés Interconnected Networks, que traducido significa, redes interconectadas, ahora, el acceso a Internet, como servicio de telecomunicaciones empezó a brindarse en el Perú desde febrero de 1991 por parte de la Asociación Red Científica Peruana, ya con el transcurrir de los años, el número de empresas que lo ofrecen se ha multiplicado enormemente. Se debe entender que el servicio de internet, es un servicio público, y al respecto, la doctrina lo define como la actividad que tiene el Estado para prestar de forma directa o mediante intermediario, el servicio técnico necesario, continuo y colectivo, a lo cual, se puede añadir que un servicio público, es un sistema abierto que basado en el Principio constitucional de Libertad de empresa, claro siempre contando con autorización para prestar un servicio de interés general dentro de un mercado de competencia abierta, se fijen los precios y las modalidades de prestación de forma libre; en donde el mayor beneficiario sea la sociedad en su conjunto. Así, para ARIÑO (2004), Servicio Público es aquella actividad propia del Estado o de otra Administración pública, de prestación positiva, con la cual, mediante un procedimiento de Derecho público, se asegura la ejecución regular y continua, por organización pública o por delegación de un servicio técnico indispensable para la vida social. (p. 564). Del mismo modo, el Tribunal Constitucional, a través de la sentencia contenida en el expediente Nº 00034-2004-Pl/TC, precisa que para que una actividad económica sea calificada como servicio público debe cumplir ciertos principios de manera conjunta, detallando los siguientes: (i) Naturaleza esencial para la comunidad. (ii) La necesaria continuidad de su prestación en el tiempo. (iii) Su naturaleza regular, es decir, que debe mantener un estándar mínimo de calidad. (iv)La necesidad de que su acceso se dé en condiciones de igualdad. Siguiendo estos principios, DANÓS (2008), explica que, “los operadores deben realizar las prestaciones a su cargo con sujeción a los modelos o estándares de calidad del servicio que hayan sido establecidos para su funcionamiento, ya sea en los respectivos marcos regulatorios o en los contratos de concesión, con la finalidad de garantizar la calidad en la prestación.” (p. 264). Esto, permite entender que la finalidad de un servicio público es beneficiar de forma conjunta a la sociedad, dentro de los márgenes legales para su contratación y prestación. Si bien hasta la fecha no existe una norma que establezca explícitamente que el servicio de acceso a Internet sea un servicio público, se ha encargado al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) su regulación, considerándolo como tal y, adicionalmente, el Ministerio de Transportes de Comunicaciones ha emitido normativa que clasifica al acceso a Internet como un servicio necesario y valioso. Así, este organismo, emite reglamentos respecto a la regulación de este servicio dentro del mercado, como los sistemas tarifarios, los procedimientos de reclamos, el proceso de aprobación de reglamentos, normas y regulaciones, lineamientos para la interconexión de servicios y redes, así como de los estándares de calidad y las condiciones de uso de los servicios, las relaciones entre las empresas comercializadoras, operadoras y, los usuarios del servicio. Además, tipifica y determina las sanciones correspondientes, dentro de las categorías previstas en la Ley de Telecomunicaciones. Por otra parte, se entiende que, pese a los esfuerzos para que el servicio de internet y su acceso sean ideales, no existe tal perfección, lo cual se hace evidente con la asimetría de información entre las empresas prestadoras del servicio de internet y los usuarios, los cuales, siendo las partes del negocio jurídico contenido en el contrato de suministro del servicio de internet, manejan informaciones distintas, lo cual, según BULLARD (2006), cuando existe asimetría de información, una de las partes conoce información relevante que siendo ignorada por la otra, ha impedido que esta cambiara su decisión de contratar con dicha empresa o como también, pactara en condiciones distintas (p. 445). Así, por ejemplo, pese a que se encuentra establecido que el servicio de acceso a Internet deberá cumplir con estándares mínimos de calidad y de infraestructura para ser considerado de Banda Ancha para ser ofrecido a la sociedad, algunas empresas, aprovechando el desconocimiento que tienen sus clientes, no informan correctamente a sus clientes, generando que, posterior a la contratación del servicio, se planteen reclamos y quejas de los usuarios. De acuerdo a lo establecido en la normativa nacional vigente, el usuario necesitará tener un conocimiento técnico para entender y elegir una velocidad para la prestación del servicio de Internet. Luego de analizar la importancia de este servicio, es claro que el contenido de los contratos que tengan por objeto regular las condiciones del servicio entre las empresas prestadoras y los usuarios, tiene singular relevancia, por lo que, debe dársele un tratamiento especial y no dejar que se cometan irregularidades al momento de contratarse. Legislación comparada: Chile El 20 de octubre de 2017, el Congreso Nacional Chile aprobó la Ley de Velocidad Garantizada de Internet, la cual establece entre otras cosas, que la velocidad de acceso sea consignada claramente en los contratos y en la publicidad de los servicios que se oferta. Además, se menciona que el Reglamento de la referida ley establecerá tres mecanismos de verificación del cumplimiento de la velocidad contratada mediante sistemas de medición que podrán ser aplicados por los usuarios, organismos técnicos independientes y organismos que estarían a cargo de la Subsecretaría de Telecomunicaciones. En este mismo sentido, la norma postula que si el usuario reclama que su medición vía sistema o aplicación es inferior a la velocidad contratada, la empresa estará obligada a realizar un descuento proporcional en la renta del servicio, pero si los niveles de velocidad están permanentemente bajo lo contratado, deberá modificarse el plan tarifario ajustándolo a la velocidad que sí se puede prestar. Argentina: Para el caso de Argentina, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones ha emitido el Reglamento de Calidad de los Servicios de Telecomunicaciones20; este tiene entre sus objetivos evaluar los niveles de calidad relacionados con la operatividad de la red. Para tal efecto, se analiza el indicador de la tasa de cumplimiento de la velocidad efectiva media de transferencia, que resulta de comparar el promedio de la velocidad real de transferencia con la velocidad de transferencia establecida en el contrato del servicio. De otro lado, de manera general, la Ley de Defensa del Consumidor establece que quienes ofrezcan y/o presten servicios “deben brindar en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos”. En relación a la publicidad, esta misma norma señala que las precisiones formuladas en los anuncios obligan al oferente y se tienen por incluidas en el contrato.
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