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CURSO DE ACTO JURIDICO, FRAUDE EN EL ACTO JURIDICO, TIPOS DE FRAUDE, Apuntes de Ciencias Sociales

acto juridico participantes, tipo de fraude

Tipo: Apuntes

2017/2018

Subido el 27/09/2018

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4.8

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¡Descarga CURSO DE ACTO JURIDICO, FRAUDE EN EL ACTO JURIDICO, TIPOS DE FRAUDE y más Apuntes en PDF de Ciencias Sociales solo en Docsity! Participantes: 1. Acreedor: Un acreedor es aquella persona, física o jurídica, que legítimamente está autorizada para exigir el pago o cumplimiento de una obligación. Es decir, que a pesar de que una de las partes se quede sin medios para cumplir con su obligación, ésta persiste. ■ Se pueden considera tres tipos de acreedores: ■ Quirográficos, son aquellos cuyo crédito no está respaldado con garantías específicas. ■ Privilegiados, es aquel en que la ley favorece que su crédito debe ser pagado con preferencia a otros. ■ Garantizado, es aquel que cuenta con garantías específicas (prenda hipoteca). 2. Deudor: El deudor es aquella persona natural o jurídica que tiene la obligación de satisfacer una cuenta por pagar contraída a la parte acreedora o prestamista, ello cuando el origen de la deuda es de carácter voluntario, es decir, que el deudor decidió libremente comprometerse al pago de dicha obligación. Dada la situación, en la que el deudor no efectúe los pagos a su acreedor, éste podrá ejercer acciones legales contra el deudor para intentar recuperar la deuda correspondiente. En el caso de las acciones a favor del acreedor: • Acción Pauliana: Existen 3 participantes (Acreedor, Deudor y un tercero) • Acción Subrogratoria: Solo participan el acreedor y el deudor al igual que en el fraude general. Tipos de fraude: a. Fraude a la Ley: En derecho supone un ataque oblicuo a la ley, pues quien lo comete se ampara en una norma lícita de hecho, pero lo hace con la finalidad de eludir la aplicación de otra, causando así un engaño camuflado bajo la apariencia de legalidad. Con el acto realizado en fraude la ley se persigue obtener un resultado similar o igual al prohibido por una norma imperativa apoyándose en otra norma que no es prohibitiva. El acto in fraudes Regis tiene una apariencia de legalidad que le confiere la norma de cobertura pero en realidad carece de legalidad por haber sido hecho con el fin de eludir una norma imperativa que lo prohíbe, por lo que carece de idoneidad para producir un resultado similar al prohibido y por consiguiente es nulo . La nulidad del acto en fraude de la ley no necesita de especial justificación por el ordenamiento jurídico. Nuestro código no contiene un artículo que lo declara expresamente pero en todo caso está previsto en el art. V del Título Preliminar del Código Civil que la letra dice: "Es nulo todo acto jurídico contrario a las leyes que interesan al orden público o las buenas costumbres", que puede servir de apoyo textual para declarar la nulidad de un acto jurídico realizado en fraude de la ley. b. Fraude de los Acreedores: Hace referencia a los actos celebrados por el deudor con los cuales renuncia a derechos, o disminuye su patrimonio conocido, provocando o agravando su estado de insolvencia, en perjuicio de sus acreedores, presentes o futuros, que se ven impedidos de obtener la satisfacción total o parcial de sus créditos. Haya causado daño-perjuicio al acreedor/Estipulado en el artículo 195° del C.C. El patrimonio presente o futuro de los deudores constituye para los acreedores una garantía patrimonial genérica o común del recupero de sus créditos; por eso, a dicho patrimonio se le dice también "prenda general o común". Los actos "in fraudem creditorium" son los actos por los que los deudores buscan la no satisfacción de sus deudas realizando actos jurídicos que tienden a desaparecer o reducir sus bienes para mantenerlos a salvo de la ejecución judicial, evitando con esto el cumplimiento del pago de sus créditos. El deudor tiene un derecho de libre administración y disposición de su patrimonio que sin embargo está limitado a razón de no provocar o agravar con sus actos su insolvencia en perjuicio de sus acreedores; entonces la ley le da al deudor libertad de disponer de sus bienes pero le impone que satisfaga las expectativas con sus acreedores. La conducta fraudulenta del deudor que deliberadamente persigue eludir el cumplimiento de sus obligaciones en perjuicio de sus acreedores puede manifestarse de diversas formas: • El acto simulado, es el medio torticero utilizado por el deudor para impedir que el acreedor cobre.
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