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DENUNCIA POLICIAL CIUDADANA, Apuntes de Métodos Computacionales

FORMATO DE RENUNCIA A LA HORA DE FORMULAR EN UNA COMANDANCIA DE LA POLICIA

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 09/03/2022

dudleny23
dudleny23 🇻🇪

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¡Descarga DENUNCIA POLICIAL CIUDADANA y más Apuntes en PDF de Métodos Computacionales solo en Docsity! Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda - IAPEM Carretera Nacional Sta Teresa – Sta Lucía, al lado de la Urbanización Bella Vista estado Bolivariano de Miranda Centro de Coordinación Policial Nº 5, Sala de Guarda y Custodia de Ciudadanos Aprehendidos: (0239) 2314611 Fax: /(0239) 23145116 / iapem.region5@gmail.com/niquel60r5@gmail.com Cartanal, 26 de Febrero 2021 DENUNCIA En esta misma fecha 26 de Febrero de 2021, siendo las 10:30 horas de la mañana, compareció ante este despacho la funcionario SUPERVISOR JEFE EDGAR REINA, credencial 150000511, Jefe de Estación Policial del Centro de Coordinación Policial Número Tres del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, quien estando debidamente juramentada y de conformidad con el artículo 266º y 267º del Código Orgánico Procesal Penal Venezolano, procede a recibir denuncia de una persona que se presentó ante este despacho voluntariamente, quien dijo ser y llamarse: DAIRELY QUINTANA RIOS, de 40 años de edad, C.I.V- 14.014.847, quien estando libre de toda coacción referente a los hechos que se investigan manifestó no actuar falsa ni maliciosamente y en consecuencia expone lo siguiente: “ el días jueves, me encontraba visitando a unos clientes y al darme cuenta tenia la cartera abierta, en lo que revise no encontré mi monedero, el cual tenía mis documentos personales y bancarios: ( mi cedula de identidad, copia de partida de nacimiento de mi hija, dos tarjetas bancarias de débitos del Banco de Mercantil y Banco Nacional de Crédito, tarjeta de presentación de la empresa donde laboro Megalicor y un efectivo de 108 dólares ”. SEGUIDAMENTE LA FUNCIONARIO RECEPTOR PASA INTERROGAR A LA DENUNCIANTE DE LA SIGUIENTE MANERA: PREGUNTA 01. Diga usted, ¿fecha y lugar en donde ocurrieron los hechos que narrado?, RESPONDIÓ: “Santa Lucia, en el Centro, cerca a la Plaza Bolívar, el 25 de Febrero del 2021, a las 11:30 de la mañana aproximadamente”, PREGUNTA 02. Diga usted, ¿Qué se encontraba haciendo en el momento de darse cuenta del hurto? RESPONDIÓ: “me encontraba en horas laborales, visitando unos clientes de licores”, PREGUNTA 03. Diga usted, ¿Qué le sacaron del bolso?, RESPONDIÓ: “solamente el monedero”. PREGUNTA 04: Diga usted, ¿Qué tenía dentro del monedero? RESPONDIÓ: “mi cedula de identidad, copia d partida de nacimiento de mi hija, dos tarjetas bancarias de débitos del Banco de Mercantil y Banco Nacional de Crédito, tarjeta de presentación de la empresa donde laboro Megalicor y un efectivo de 108 dólares”. PREGUNTA 05: Diga usted, ¿Desea agregar algo más a la presente denuncia? RESPONDIÓ: “no, no tengo más nada que decir”. Es todo. Se terminó, se leyó y estando conformes firman.////////////// FUNCIONARIA ACTUANTE: ENTREVISTADA: SUPERVISOR JEFE EDGAR REINA DAIRELY QUINTANA RIOS P.I. P.D. Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda - IAPEM Carretera Nacional Sta Teresa – Sta Lucía, al lado de la Urbanización Bella Vista estado Bolivariano de Miranda Centro de Coordinación Policial Nº 5, Sala de Guarda y Custodia de Ciudadanos Aprehendidos: (0239) 2314611 Fax: /(0239) 23145116 / iapem.region5@gmail.com/niquel60r5@gmail.com EXPEDIENTE Nº CCPVT5/EPC-005-16 CARTANAL, 10 DE JUNIO DEL 2016 MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LA VÍCTIMA En esta misma fecha 10 de JUNIO del 2016, siendo aproximadamente las 09:40 horas de la MAÑANA, compareció ante este despacho el funcionario SUPERVISOR AGREGADO EDGAR REINA, credencial 1628, Adscrito a la Estación Policial Cartanal del Centro de Coordinación Policial Número Cinco, Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, con sede en Cartanal; en cumplimiento del Ordinal 6° del Artículo 73, ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, deja Constancia de haber realizado la siguiente actuación: “En esta misma fecha y hora, vista la denuncia interpuesta por la ciudadana: REBECA MORILLO, se procede a dictar las siguientes Medidas de Protección y de Seguridad contenidas en el Artículo 87 Ajusten según sus ordinales: ORDINAL 5. Prohibir o restringir al presunto agresor el acercamiento a la mujer agredida; en consecuencia, imponer al presunto agresor la prohibición de acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida. ORDINAL 6. Prohibir que el presunto agresor, por sí mismo o por terceras personas, no realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida o algún integrante de su familia. ORDINAL 13. Cualquier otra medida necesaria para la protección de todos los derechos de las mujeres víctimas de violencia y cualquiera de los integrantes de la familia. Dictadas como han sido las medidas de protección seguridad se procede de acuerdo a lo establecido en los artículos 100 y 101 de la ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así hacerle entrega de un ejemplar de la presente acta, a la ciudadana: ESCAURIZADA MIRLA, Es todo”. Se terminó, se leyó y conforme firman////////////////////////////////////////////////// FUNCIONARIA ACTUANTE: OFICIAL MARIADANIELA COSTA _____________________________ LA VÍCTIMA NOMBRE Y APELLIDO: _____________________________________ HUELLAS DACTILARES EXPEDIENTE Nº: CCPVT/EPC-005-16
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