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DERECHO CASTELLANO Y DERECHO INDIANO, Apuntes de Historia del Derecho

COMO SE PASO DEL DERECHO CASTELLANO AL DERECHO INDIANO

Tipo: Apuntes

2019/2020
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Subido el 01/10/2020

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yair0172020 🇵🇪

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¡Descarga DERECHO CASTELLANO Y DERECHO INDIANO y más Apuntes en PDF de Historia del Derecho solo en Docsity! DEL DERECHO CASTELLANO AL DERECHO INDIANO: ADMINISTRACION Y GOBIERNO DEL IMEPRIO ESPAÑOL SIGLOS XV Y XVI En el presente ensayo se tratara los temas suscitados en España entre los siglos XV y XVI , entre los cuales destacaremos los siguiente se presentaron divisiones en cuatros reinos:Castilla,Aragon,Navarro y Portugal. Los reyes de Castilla y Aragón los mismos que recibieron los nombres de reyes católicos que a pesar de tener diferentes estados supieron robustecer el territorio en una política unificada. Así también como la forma de gobierno y administración que estuvieron instauradas en aquel entonces. Finalmente comenzaremos mencionando las diferencias que presentaron España y América en el sistema administrativo y Judicial ya que no abarcaban las mismas circunstancias que se presentaron en América, luego de esto se da el acontecimiento del derecho indiano el cual contenía cuatro fuentes del derecho y 7,308 leyes. INTRODUCCION Su objetivo fue conseguir que las instituciones del gobierno y administración de justicia tengan mayor fuerza y se consoliden, un punto importante fue la creación de cancillerías audiencias. Podemos mencionar la recreación de diversas instituciones tales como la siguiente:  La santa humanidad 1476.  Consejo de inquisición o tribunal del santo oficio 1478.  Mayorazgo 1505. Ahora bien ya remontándonos al año 1492 año muchos acontecimientos importantes ocurriera en España tales como el fin de la toma de granada por los reyes católicos, Isabel I conocida como la católica crea el marquesado de Zahara a favor de Rodrigo Ponce de León y Núñez, Isabel la católica ordena la expulsión de los judíos. Pero la más importante ha sido el descubrimiento de américa por parte de Cristóbal Colon. El cual significo un nuevo comienzo de la época de colonización. Los españoles establecían que su poder venia de Dios, gracias a ello se basaban en el derecho Romano, la legitimación que el papa dio a España se vio utilizada para justificar la convención del indio y saqueo de recursos y disputas las otras potencias europeas, se dio la creación del patronato regio el cual se especificaba en la autorización por parte de los papas los reyes pero como nada es gratis estos tenían que apoyar la evangelización y establecimiento de la iglesia católica en América . Es en ese preciso momento donde la Monarquía Española, la iglesia y los conquistadores tenían un objetivo en común el cual era la destrucción tanto de gobiernos y tribus nativas en América en lo que los españoles establecen que: “Era privilegio de España no sólo predicar el Evangelio cristiano sino también enseñar a los indios las artes de la civilización, introduciéndolos en la práctica de la agricultura, el uso del dinero y del hierro, y la vida en comunidades formadas” Es así que los españoles implantaron un Ayuntamiento para luego hacerlo con las audiencias. Para que exista un excelente gobierno la Corona española enviaba oficiales cuya labor era velar por los intereses entre ellos podemos destacar al obispo Juan Rodríguez de Fonseca el mismo que en 1523 creo el CONSEJO DE INDIAS el cual fue el órgano más importante de administración la corona española se vio obligada a establecer estructuras administrativas judiciales y eclesiásticas, a la corona de castilla lo que le importaba que exista una supervisión de manera judicial en el territorio de América. Es importante hacer mención a las actividades administrativas las mismas que se establecían por los gobernadores pero estas eran responsabilidades por parte de los Presidentes, las Audiencias que se establecieron en América eran totalmente diferentes a la ya establecidas en Valladolid y Granada. Finalmente es importante establecer que el sistema administrativo y judicial que se desarrolló en España y luego ser aplicado en América fue complicado era complicado debido a que en ambos espacios se aplicaron de diferente manera. Comenzaremos mencionando a “LIBRO DE REYES”, “FUERO DE LEYES” u “ORDENANZAS REALES DE CASTILLA” el cual mencionamos que se trata sobre los siguientes temas: La fe católica, el dogma de la iglesia y el ejercicio de la doctrina católica, el derecho consuetudinario, el uso de la costumbre, además establece temas como el derecho público y como debería ser la forma del gobierno, disposiciones de la familia como el matrimonio, la patria potestad entre otros, Los nombrados comúnmente por el papa como “REYES CATOLICOS” Al monarca se le consideraba como fuente suprema de autoridad y por lo mismo su labor era velar por la justicia. Pero como mencionamos anteriormente fue difícil aplicar las leyes promulgadas en castilla pero porque paso esto, porque las leyes no abarcaban todas las circunstancias que se presentaban en América, a consecuencia de esto se crearon leyes que sean al contexto de las indias, pero para ello Felipe II nombro a Juan Ovando a visitar las indias y al realizar esta recopilación de información es donde se recibió el nombre de “CODIGO DE OVANDINO” el mismo que nunca se concluyó por la muerte de Ovando. El derecho indiano es el conjunto de reglas jurídicas las mismas que fueron aplicadas en las indias , tuvo su origen en la segunda mitad de XVI,este contiene cuatro de las fuentes del derecho las mismas que son: ley costumbre,jurisprudencia,doctrina es importante hacer mención a los elementos importantes a los siguientes derecho indiano o municipal y derecho castellano ,contenía cerca de 7,308 leyes las mismas dictadas en las indias la recopilación de las mismas se dio en las segunda mitad del siglo XVII. Podemos establecer las siguientes conclusiones:  La unión de Isabel I y Fernando de Aragón fue importante porque unifico el territorio en políticas unificadas. A pesar de tener diversas diferencias.  1523 creo el CONSEJO DE INDIAS el cual fue el órgano más importante de administración la corona española.  España se vio fortalecida e manera económica por el mercantilismo por otro lado España reformo la política respecto al comercio y la metrópoli.  Fuero de leyes contenía 500 leyes divididas en 12 libros.  Las diversas instituciones del derecho privado se reformaron pocas veces al ser estas incluidas en el nuevo mundo por lo cual se establece que tanto el derecho civil, penal y procesal de las 7 partidas fue aplicado en América.  El derecho indiano tuvo su origen en la segunda mitad de XVI. CONCLUCIONES
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