¡Descarga Formación de las Obligaciones Internacionales: Tratados, Actos Unilaterales y Acuerdos y más Apuntes en PDF de Derecho Internacional Público solo en Docsity! 10/11/2011 1 LA FORMACIÓN DE LAS OBLIGACIONES INTERNACIONALES CLASE 3 La formación del DI Procesos formalizados: •La celebración de los tratados internacionales •Regido por la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969). •El DI como un conjunto de “obligaciones” Procesos no formalizados: •Los actos unilaterales •La costumbre internacional •Las normas imperativas del DI (ius cogens). •El DI como un conjunto de “obligaciones” y “normas”. 10/11/2011 2 Las fuentes del DI •Las convenciones internacionales •La costumbre internacional •Los principios generales del Derecho •Las decisiones judiciales y las doctrinas Estatuto de la CIJ, art. 38: •Los actos unilaterales •Las normas imperativas del DI No mencionadas en el art. 38: Los actos unilaterales 10/11/2011 5 ACQUIESCENCIA La relevancia jurídica de la pasividad, el silencio y la omisión. Equivalente de un reconocimiento tácito que la otra parte puede entender como consentimiento. CONDICIONES: •Se trata de un hecho, situación o pretensión conocido por el Estado. •Afecta a los derechos y pretensiones de ese Estado. • El Estado en cuestión no protesta. La Protesta •Cuando un Estado considera que sus derechos son afectados por iniciativa y actos de otros debe reaccionar para evitar que tengan efectos. CUANDO •Que provenga de un representante del Estado con capacidad para ello. •Debe ser inequívoca, oportuna en tiempo y reiterada cuantas veces lo exijan las circunstancias. CONDICIONES: 10/11/2011
+ En el marco de un procedimiento judicial o arbitral
+ Se trata de una objeción perentoria al cambio de
posición de la otra parte.
+ ...Se hizo una composición de lugar , ahora está
perjudicado por la inconsecuencia del otro.
10/11/2011 7 Consideraciones generales Una fuente por excelencia de DI Un proceso de formación “formalizado” La Convención de Viena sobre el derecho de los tratados (1969). •Regula toda la vida de los tratados •Una codificación de DI consuetudinario La noción (CVDT, art. 2.a) UN TRATADO INTERNACIONAL “es un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional”. 10/11/2011 10 Las fases Fase final (internacional) Manifestación del consentimiento Perfeccionamiento Fase intermedia (interna) La autorización parlamentaria El papel del Tribunal Constitucional Fase inicial (internacional) Negociación Adopción Autenticación Fase inicial: La negociación La iniciativa no es algo formalizado Las reglas de negociación: •El principio de buena fe •La conducta fraudulenta y la corrupción del representante son hechos sancionados por la CVDT Tipos de negociación (bilateral o multilateral) La relevancia del Derecho interno 10/11/2011 11 La adopción del texto CVDT, art. 9 • Consentir al texto definitivo. • Tratados bilaterales ambas partes han de consentir (unanimidad) (art. 9.1) • Tratados multilaterales • Reglamento de la Conferencia (ej. El consenso). • Regla residual: la mayoría de dos tercios de los presentes y votantes (art. 9.2) La autenticación del texto CVDT, art. 10 • Los negociadores “certifican que ese texto es auténtico y lo establecen de forma definitiva” (art. 2.d. Decreto 801/1972) • Una vez autenticado sólo puede alterarse mediante la enmienda o la modificación. • Formas de autenticación: 1. La rúbrica 2. La firma ad referéndum 3. La firma simple 10/11/2011 12 Las consecuencias de la firma CVDT, art. 18 Expresa la intención de prestar el consentimiento más adelante al tratado. Implica la obligación de abstenerse de actos en virtud de los cuales se frustren el objetivo y fin del tratado. No conlleva la obligación de llevar a cabo, en un plazo razonable, los actos necesarios para manifestar o no el consentimiento. La fase final I: la manifestación del consentimiento • Se hace en relación con el tratado en su totalidad (art. 17) (excepción: reservas) • Libertad de elección y la igualdad de formas (art. 11). 1. Firma (art. 12) 2. Canje de instrumentos que constituyen un tratado (art. 13) 3. Ratificación (art. 14.2) 4. Aceptación (art. 14.2) 5. Aprobación (art. 14.2) 6. Adhesión (art. 15) 7. Cualquier otra forma 10/11/2011 15 Aplicación provisional CVDT, art. 25 • La observancia de todas o algunas de las disposiciones del tratado antes de su entrada en vigor. • El periodo relevante. • Terminación de aplicación provisional. • El aumento de la aplicación provisional. • El riesgo de abusos (hechos consumados). Publicidad de los tratados Carta de la ONU, arts. 80.1 y 102) REGISTRO •No es una condición esencial para la validez de un tratado. •Un tratado no registrado no puede ser invocado ante los órganos de la ONU. PUBLICACIÓN •A la mayor brevedad posible. 10/11/2011 16 La fase intermedia • Se refiere a la intervención de los órganos internos estatales en la celebración de los tratados internacionales. • Tipos de intervenciones o controles: 1. La autorización parlamentaria 2. Los entes territoriales (en un Estado federal o descentralizado) 3. El control judicial 4. Consulta popular La autorización parlamentaria CE, arts. 93 y 94 • Art. 93: Tratados por los que se atribuya a una Ol o una institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. • Art. 94.1: los siguientes casos: a) Tratados de carácter político; b) Tratados de carácter militar; c) Tratados que afecten a la integridad territorial o a los derechos y deberes fundamentales establecidos en el Titulo I; d) Tratados que impliquen obligaciones financieras para la Hacienda pública. e) Tratados que supongan modificación o derogación de alguna ley o exijan medidas legislativas para su ejecución. 10/11/2011 17 Los restantes tratados CE, art. 92(2) • “El Congreso y el Senado serán inmediatamente informados de la conclusión de los restantes tratados”. • El deber de informar implica el tramite del texto del tratado (art. 159 del Reglamento del Congreso). La iniciativa • El Gobierno decide iniciar o no iniciar la tramitación de un tratado a las Cortes (art. 87 CE). • El Congreso, el Senado y las Comunidades Autónomas pueden solicitar pero no pueden obligar. • La iniciativa popular descartada por la CE.