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Tipos de procesos y actos previos en el derecho procesal laboral - Prof. Enrique, Apuntes de Derecho Procesal

Los diferentes tipos de procesos y actos previos en el derecho procesal laboral, incluyendo los principios que rigen los procesos, las actuaciones de las partes, los acuerdos, providencias y sentencias, así como el lugar y los plazos para las actuaciones. También se mencionan los actos previos al proceso, como la conciliación y la reclamación administrativa previa.

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 18/05/2014

dianita12
dianita12 🇪🇸

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¡Descarga Tipos de procesos y actos previos en el derecho procesal laboral - Prof. Enrique y más Apuntes en PDF de Derecho Procesal solo en Docsity! LECCIÓN 3ª: PROCESO, PROCEDIMIENTO Y ACTUACIONES PROCESALES I. PROCESO Y PROCEDIMIENTO: el proceso laboral y sus principios 1. Proceso y procedimiento 1.1. Noción 1.2. Tipos de procesos (tipos de tutela judicial y pretensiones) A) Proceso declarativo: cuyo objeto se dirige a que aquel órgano jurisdiccional declara la existencia de un derecho, Proceso mero declarativo: el mero reconocimiento de un derecho Proceso constitutivos, modificativo o extintivos: Procesos declarativos de condena B) Proceso ejecutivo: una vez se ha declarado el derecho, quiero que se haga efectivo, de modo que se realiza un proceso ejecutivo para forzar su cumplimiento. C) Proceso cautelar: tratar de dar efectividad a una resolución cautelar futura Algunas medidas cautelares: embargo preventivo articulo 79 LRJS y suspensión de la efectividad de una determinada resolución 2. Principios del proceso laboral 2.1. Principios generales A) Principios genéricos (comunes a todos los procesos sean laborales o no, jurídicos naturales o inherentes) - El principio de dualidad de partes: es necesario que existan dos partes y concurran posiciones enfrentadas - El principio de contradicción o audiencia: nadie puede ser condenado sin haber sido previamente oído y vencido en juicio. - El principio de igualdad: artículo 14 B) Principios específicos (74 LRJS) - El principio de oralidad: La mayor parte de las actuaciones procesales se van a realizar oralmente. - El principio de inmediación: el juez va a tener un conocimiento directo de las cosas, no hay ningún elemento interpuesto entre el objeto del proceso y el órgano jurisdiccional - El principio de concentración: las actuaciones estén lo más cerca posible las unas de las otras, dispersión - El principio de celeridad: ( cortos plazos, plazos perentorios e improrrogables ) 2.2. Deberes y obligaciones generales (75 LRJS) A) La buena fe, artículo 75.1 B) El deber de colaboración 75.2 por ejemplo un testigo. C) El derecho a resarcimiento 75.3 II. LOS ACTOS PROCESALES 1. Clasificación 1.1. Actuaciones de las partes A) Actos de disposición sobre el proceso: Desistimiento, allanamiento y renuncia B) Actuaciones en el procedimiento - solicitudes - alegaciones, afirmaciones que son dirigidas al órgano jurisdiccional para fundamentar la petición, pueden ser alegaciones de hecho (afirmaciones fácticas ) y alegaciones de derecho ( se basan en alguna norma jurídica ) - aportaciones de prueba, intentan demostrar la veracidad de las alegaciones que he formulado. 1.2. Actuaciones del personal jurisdiccional A) Acuerdos - Noción: 244 LOPJ - Forma: 49.2 LRJS B) Providencias - Noción: 245.1.a) LOPJ - Forma: 248.1 LOPJ C) Autos - Noción: 245.1.b) LOPJ - Forma: 248.2 LOPJ y 51 LRJS D) Sentencias - Noción (245.1.c) LOPJ ) y tipos - Forma: 248.3 LOPJ y 50 LRJS - Contenido y otras cuestiones Sentencias procesales: no entra en el fondo del asunto, el juez no es competente. E) Actos de aclaración: 267 LOPJ 1.3. Actuaciones del personal no jurisdiccional B) Auxilio a la justicia: mandamientos (notarios, certificadores de propiedad, registradores corredores) y oficios (pido ayuda a otras autoridades o a otra administración) LECCIÓN 4ª ACTOS PREVIOS Y PREPARATORIOS Actos previos: • Antes de que se inicie el proceso. • Se realizan al margen del órgano jurisdiccional • Se caracterizan por que tienen un carácter obligatorio • Lo que persiguen es tratar de alcanzar una solución que haga innecesario acudir al órgano jurisdiccional. Preparatorios: • Antes de que se inicie el proceso • Tienen naturaleza jurisdiccional • Son potestativos facultativos (voluntarios) • Sirven para preparar el proceso I. ACTOS PREVIOS AL PROCESO Intento de conciliación empresa privada Órgano administrativo reclamación administrativa previa 1. La conciliación pre procesal, extra procesal o administrativa previa: arts. 63 a 68 LRJS Fuera del proceso 1.1. Órgano conciliador (63 LRJS) requisito obligatorio, el órgano competente SMAC 1.2. Obligatoriedad y excepciones (64 LRJS) * No necesitan los procesos que requieran reclamación administrativa previa (demanda a una administración pública) • Los procesos que versen sobre SS, ejemplo mutuas Algunas modificaciones procesales: esto se debe a la etiología del conflicto (origen), por razones de urgencia o por orden público. • Si se debe demandar a una empresa privada y a una administración basta con que se realice reclamación administrativa previa • Ampliación subjetiva ( ejemplo de trasmisión de empresa, no es necesario ir a la segunda empresa) 1.3. Desarrollo (RD 2756/1979) a) Presentación - Competencia (5 RD 2756/1979) La papeleta de conciliación se puede presentar ante el domicilio de los interesados o el lugar de prestación de servicios ****** - Papeleta de conciliación (6 RD 2756/2979) - Efectos presentación (65 LRJS) Dos efectos fundamentales : la presentación de la papeleta va a interrumpir los plazos de prescripción ( se reinicia ) y va a suspender los plazos de caducidad ( se detiene ) articulo 65 LRJS o como máximo 15 dias aunque no se haya celebrado la conciliación, computa a partir del dia siguiente Fija las posiciones de las partes, lo que no haya alegado en la papeleta no podrá alegarlo posteriormente articulo 80 LRJS Si el demandado quiere formular reconversión tiene que decirlo en el acto de conciliación ( demanda cruzada) b) Citación y comparecencia - Incomparecencia del solicitante (66.2 LRJS) se entiende por no presentada archivando todo lo actuado. - Incomparecencia de la otra parte (66.3 LRJS) se entiende intentando por efecto. - ¿Incomparecencia de ambos? c) Celebración (10 RD 2756/1979) - Desarrollo (10 RD 2756/1979) - Resultado: avenencia (se ha llegado a un acuerdo y goza de fuerza ejecutiva.) y no avenencia ( sin acuerdo y queda abierta la vía judicial ) (67-68 LRJS) 1.4. Control del cumplimiento (81.3 LRJS) 2. La reclamación administrativa previa: arts. 69 a 73 LRJS Parecido a la conciliación pero sirve para demandar a la administración pública LRJAPyPAC 30/1992 artículos 120 y siguientes 2.1. Obligatoriedad Cuando se va a demandar a una administración pública (69 LRJS) y excepciones (70 LRJS) 2.2. Procedimiento (LRJAP) Ley 30/92 Se presentara al propio organismo, se presenta el escrito al director o directora de dicha administración Presentación, en la misma AAPP, en otra AAPP estableciendo a quien va dirigido o en la oficina de correos No existe ningún plazo fijado, regla general: antes que finalice ( prescriba o caduque ) el plazo de ejercicio de la acción judicial en materia de ss: articulo 71 en principio 30 días desde que se ha dictado la resolución, pero si se impugna un alta médica tiene el plazo 11 días silencio administrativo negativo RD 286/2003 genera los plazos de 30 dias o de 11 2.3. Efectos Se interrumpe la prescripción y se suspende la caducidad art 73, quedan fijadas las posiciones de las partes de modo que no se pueden añadir nuevas cosas a) Efectos de la presentación (73 y 72 LRJS) b) Efectos de la no presentación - en materia de seguridad social (139 LRJS) - ¿en los restantes casos? c) Efectos de la estimación: no es necesario ir a juicio, la reclamación administrativa previa no tiene reconocida fuerza ejecutiva d) Efectos de la desestimación: de forma presunta ( silencio administrativo ) - desestimación expresa (contestación)y presunta (silencio administrativo: un mes en general DE FECHA A FECHA -69.2 LRJS-; 45 días en SS DIAS HABILES EN PLAZOS ADMINISTRATIVO, ESTO QUIERE DECIR QUE LOS SABADOS SI COMPUTAN –71.4 LRJS salvo impugnación de altas medicas que son 7 dias -) - posibilidad de interponer demanda: vigencia limitada de la Reclamación Administrativa Previa: 69.3 LRJS y 71.5 LRJS LOS SABADOS SI COMPUTAN Control del secretario Articulo 81.1 y articulo 139 o 140 Este da un plazo de 4 días para subsanar II. ACTOS PREPARATORIOS Y MEDIDAS PRECAUTORIAS DEL PROCESO 1. Actos preparatorios: arts. 76 examen de las partes, el órgano jurisdiccional dicta una resolución: auto, este no es susceptible de recurso y 77 examen de libros cuentas y documentos que obran en poder de la empresa o sujeto que voy a demandar. El juez es quien decide si lo concede o no, dictara respuesta mediante un auto y este no es susceptible de recurso. 2. Medidas precautorias: arts. 78 solicitud previa de práctica anticipada de la prueba (es antes de que interponga la demanda) y la solicitud de práctica anticipada de la prueba. (desde que se interpone la demanda hasta el día de juicio) el juez lo resuelve en un auto, dicho auto no es susceptible de recurso.
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