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"El Delta del Paraná abarca una superficie aproximada de 22.587 km2., que ocupa parte del, Ejercicios de Derecho

"El Delta del Paraná abarca una superficie aproximada de 22.587 km2., que ocupa parte del territorio de las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe y es uno de los pocos humedales que se encuentra en estado natural. Como consecuencia de las actividades agrícola ganaderas que se desarrollan en ese territorio, en particular la utilización de agroquímicos y la práctica de la quema de pastizales y del monte ribereño para extender la superficie apta para desarrollar las actividades agrícolas, se han producido numerosas quemas de pastizales y monte nativo en una zona del Delta, que se encuentra catalogada como categoría I (de gran valor de conservación), provocando un desastre ambiental de innumerables consecuencias sobre el Delta del Paraná: pérdida de salinidad del suelo, alteraciones en el clima, aumento de escorrentías, mayores emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera, extinción de especies forestales y animales de gran valor, pérdida de biodiversidad.

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 21/12/2023

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julieta-valenzuela-1 🇦🇷

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¡Descarga "El Delta del Paraná abarca una superficie aproximada de 22.587 km2., que ocupa parte del y más Ejercicios en PDF de Derecho solo en Docsity! Consigna: Estudio de caso El Señor Juan González, encargó al Maestro Mayor de obras Jorge Pérez, la construcción de un depósito en el fondo de su vivienda, y dicho profesional, solo cumplió con la mitad de la construcción pactada, luego de haberle abonado por adelantado el trabajo encomendado y referido en un contrato entre partes. Responder las siguientes preguntas: 1. ¿Frente a qué tipo de obligaciones nos encontramos, según la clasificación vista en el módulo? 2. ¿Existe incumplimiento de la obligación? En ese caso, ¿dicho incumplimiento es total o parcial? 3. ¿Cómo se paga la obligación descripta? 4. ¿Podemos decir que es una obligación de medios? 5. ¿Cómo se denominan los sujetos de la obligación? Respuestas: En el presente caso, nos encontramos frente a obligaciones de hacer, específicamente relacionadas con la construcción de un depósito en la vivienda del Señor Juan González, encomendada al Maestro Mayor de obras Jorge Pérez. La prestación consiste en la realización de un servicio específico, detallado en un contrato entre las partes. En relación con el incumplimiento de la obligación, es evidente que Jorge Pérez solo ha cumplido parcialmente con la construcción pactada. Esta situación plantea cuestionamientos sobre la adecuada ejecución de la prestación, lo cual podría acarrear consecuencias jurídicas. El incumplimiento total o parcial se aborda a la luz del artículo 792, que establece las penalidades en caso de demora o falta de ejecución, siempre sujeto a la posible existencia de causas extrañas que pudieran eximir al deudor. La forma de pago de la obligación descrita se vincula directamente con la finalización satisfactoria de la construcción del depósito. La naturaleza de las obligaciones de hacer implica que el deudor, en este caso, Jorge Pérez, debe cumplir con la prestación
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