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Ensayo sobre la película "Tesis sobre un homicidio", Monografías, Ensayos de Derecho Penal

Ensayo desarrollado desde el punto de vista del Derecho Penal

Tipo: Monografías, Ensayos

2019/2020
En oferta
30 Puntos
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Subido el 18/09/2020

alvesluana97
alvesluana97 🇪🇸

4.5

(14)

14 documentos

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¡Descarga Ensayo sobre la película "Tesis sobre un homicidio" y más Monografías, Ensayos en PDF de Derecho Penal solo en Docsity! Luana Alves dos Santos Derecho Penal II Grupo K 1 Tesis sobre un homicidio Sinopsis: En la película Tesis sobre un homicidio, Roberto Bermúdez hace de abogado, ya retirado, que imparte clases en la Facultad de Derecho de Buenos Aires. Un día, mientras imparte clase, aparece una joven asesinada en el parking de la Facultad. La víctima había sido asfixiada y golpeada. Al profesor le resulta imposible no involucrarse en la investigación del crimen y su principal sospechoso es un alumno suyo Gonzalo (a quien ya conocía de antes al ser hijo de unos antiguos amigos) por los detalles que le va dando al profesor. A diferencia de otras películas, esta nos cuenta desde el principio qué ha pasado y quién ha sido. De que el culpable del asesinato era Gonzalo no cabía ninguna duda, pero solo para el Profesor Roberto, pues todos creían que se había obsesionado con el alumno. Roberto descubre el modus operandi de Roberto a raíz de una tesis que hace el alumno sobre un homicidio ocurrido en Portugal (del que Roberto cree que el responsable es Gonzalo pero que se lo han atribuido a otro sujeto) muy similar al que ahora investigaban. Finalmente, la película termina con la impunidad de Gonzalo y con la frustración del Profesor de no poder demostrarlo. Delito: Asesinato. La muerte de una persona a consecuencia de la acción realizada por otra, valiéndose de medios especialmente peligrosos o revelando una especial maldad o peligrosidad constituye el delito llamado asesinato. El bien jurídico protegido es la vida y se reprocha su lesión. Los límites de la protección jurídica vienen marcados por la propia temporalidad de la vida humana y los delitos contra la vida humana se tutelan desde el nacimiento hasta la muerte. Luana Alves dos Santos Derecho Penal II Grupo K 2 En el actual Código penal se tipifica el asesinato, primero como un tipo básico que se define en el apartado 1 del art. 1391; y luego a través de varios tipos cualificados que se contienen en el apartado 2 del art. 139 y en el art. 1402. El asesinato no es, por consiguiente, más que la muerte de otra persona ejecutada con las circunstancias mencionadas en el art. 139.1. Del tenor literal se desprende que basta la concurrencia de una de ellas para elevar la muerte de una persona a la categoría de asesinato. El asesinato es un tipo delictivo autónomo del homicidio, pues sus elementos constitutivos no son meras circunstancias agravantes del mismo. Los elementos específicos del asesinato son: • Alevosía Según el artículo 22 del Código Penal, hay alevosía cuando el culpable comete un delito contra las personas empleando medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a 1 Artículo 139 CP 1. Será castigado con la pena de prisión de quince a veinticinco años, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las circunstancias siguientes: 1.ª Con alevosía. 2.ª Por precio, recompensa o promesa. 3.ª Con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido. 4.ª Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra. 2. Cuando en un asesinato concurran más de una de las circunstancias previstas en el apartado anterior, se impondrá la pena en su mitad superior. 2 Artículo 140 CP 1. El asesinato será castigado con pena de prisión permanente revisable cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: 1.ª Que la víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad. 2.ª Que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima. 3.ª Que el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal. 2. Al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas se le impondrá una pena de prisión permanente revisable. En este caso, será de aplicación lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 78 bis y en la letra b) del apartado 2 del mismo artículo.
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