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Orientación Universidad
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Esquemas de mapas conceptuales, Esquemas y mapas conceptuales de Biología general

Describe una estudio de mapas conceptuales

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2023/2024

Subido el 11/03/2024

manuel-nunez-10
manuel-nunez-10 🇪🇨

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¡Descarga Esquemas de mapas conceptuales y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Biología general solo en Docsity! Que, Que, Que, Que, Que, Que, UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR SECRETARÍA GENERAL CONSIDERANDO: la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 350 dispone: “El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista; la investigación científica y tecnológica; la innovación, promoción, desarrollo y difusión de los saberes y las culturas; la construcción de soluciones para los problemas del país, en relación con los objetivos del régimen de desarrollo.” la Ley Orgánica de Educación Superior [LOES] en el artículo 5 establece: “Derechos de las y los estudiantes. Son derechos de las y los estudiantes los siguientes: a) Acceder, movilizarse, permanecer, egresar y titularse sin discriminación conforme sus méritos académicos” la Ley Orgánica de Educación Superior en el artículo 122 manifiesta: “Las Instituciones del Sistema de Educación Superior conferirán los títulos y grados que le corresponden” la Ley Orgánica de Educación Superior [LOES] en el artículo 84 establece: "Requisitos para aprobación de cursos y carreras. Los requisitos de carácter académico y disciplinario necesarios para la aprobación de cursos y carreras, constarán en el Reglamento de Régimen Académico, en los respectivos estatutos, reglamentos y demás normas que rigen al Sistema de Educación Superior.” [...] el Reglamento de Régimen Académico en el artículo 21 numeral 3 y las Disposiciones Generales Tercera, Cuarta, Sexta, Décima Octava y la Transitoria Sexta, señalan los lineamientos generales para el proceso de Titulación en la Instituciones de Educación Superior. el Estatuto de la Universidad Central del Ecuador en el artículo 21 numeral 2, señala que es obligación y atribución del Honorable Consejo Universitario “Expedir, reformar o derogar los reglamentos internos, instructivos y resoluciones de carácter general de la Institución, previo informe de la Comisión Jurídica.” En ejercicio de las atribuciones conferidas por el Estatuto de la Universidad Central, el Honorable Consejo Universitario: RESUELVE Ciudad Universitaria — Teléfonos: 2234-722 2234 132 -— E-mail: secrelaria.generaluce.edu.ec — Quito - Ecuador Expedir el siguiente INSTRUCTIVO GENERAL DE TITULACIÓN DE GRADO CAPÍTULO | ÁMBITO, OBJETO Y OBJETIVOS Art. 1.- Ámbito. El presente Instructivo se aplica al proceso de titulación en las Carreras que oferta la Universidad Central del Ecuador. Art. 2.- Objeto. El presente Instructivo establece las normas que regulan y orientan el proceso de titulación en el marco de la legislación de la Educación Superior vigente y la normativa interna de la Universidad Central del Ecuador. Art. 3.-Objetivos. e Determinar la base legal para la obtención del título de grado en la Universidad Central del Ecuador conforme a la normativa nacional e institucional. o Establecer el proceso de titulación para las Carreras que oferta la Universidad Central del Ecuador. e Enmarcar los trabajos de titulación dentro de las líneas de investigación propuestas por cada Facultad. e Garantizar el derecho de los estudiantes a obtener su titulación en los tiempos establecidos. e Incrementar la eficiencia terminal de la Universidad Central del Ecuador. CAPÍTULO Il DEL PROCESO DE TITULACIÓN Art. 4.- Convocatoria. La Dirección Académica será la encargada de publicar la convocatoria a los procesos de titulación dos veces al año, utilizando la página web de la institución, previa la aprobación del Vicerrectorado Académico y de Posgrado. UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR SECRETARÍA GENERAL Las tutorías pueden ser presenciales, semipresenciales o virtuales, sea de forma individual o grupal según la etapa del trabajo de titulación, sus niveles de complejidad y de la necesidad de acompañamiento que requieran los estudiantes. Art. 13.- Conformación del equipo de tutores. El equipo de tutores será conformado y organizado por el Consejo de Carrera conjuntamente con el coordinador de la unidad de titulación, de entre los docentes titulares de tiempo completo, considerando el perfil, tiempo de dedicación, carga horaria, área de dominio de conocimiento, lineas de investigación y número de estudiantes. En caso que la demanda de postulantes no cubra el número de tutores, las Carreras podrán designar a docentes de medio tiempo de dedicación y a docentes de otras Facultades, siempre y cuando pertenezcan a la misma área de conocimiento, misma que debe contar con la respectiva aprobación de los Consejos de las Carreras; en casos excepcionales, se podrá considerar como tutores a los docentes de contrato con autorización del Vicerrectorado Académico y de Posgrado. El Consejo de Carrera debe garantizar el nombramiento inmediato del tutor del trabajo de titulación, una vez que el estudiante lo solicite, siempre y cuando éste cumpla con los requisitos legales y académicos para su desarrollo; designado el docente tutor, éste firmará su aceptación mediante la cual asume dicha responsabilidad. En caso de que el tutor no cumpla con su responsabilidad académica dentro de los plazos establecidos en el cronograma del proceso de titulación, el Consejo de Carrera deberá reemplazarlo de manera inmediata. Art. 14.- Del co-tutor. Es el profesional que acompaña y orienta al estudiante conjuntamente con el tutor durante el desarrollo del trabajo de titulación. Cuando el trabajo de titulación esté articulado a dos o más campos de conocimiento, será obligatoria la participación de un co-tutor; que será autorizada por el respectivo Consejo de Carrera. Los co-tutores pueden ser designados de entre los miembros del personal académico de la misma Carrera, de otras Facultades o Universidades, así como de aquellos investigadores acreditados por la SENESCYT, o profesionales externos a la Universidad. Ciudad Universitaria — Teléfonos: 2234-722 2234-132 - E-mail: secretaria.gencraluce.edu.ec — Quito - Ecuador La complementariedad académica deberá enriquecer un campo del conocimiento diferente al del tutor, para considerarse un esfuerzo interdisciplinario y no de una suplencia por defecto de formación académica del tutor. Art. 15.- Fases del proceso de titulación. Para el proceso de titulación se debe cumplir cada una de las siguientes fases: a. Elaboración del perfil del proyecto del trabajo de titulación b. Desarrollo del trabajo de titulación c. Evaluación del trabajo de titulación Art. 16.- Elaboración del perfil del proyecto del trabajo de titulación. Para la unidad de titulación especial el perfil del proyecto del trabajo de titulación será elaborado en el penúltimo semestre de la Carrera en la asignatura correspondiente o en seminarios, talleres, entre otros. Como resultado de la asignatura o de los talleres se presentará el perfil del proyecto del trabajo de titulación. Para el caso de la unidad curricular se considera lo señalado en los rediseños y diseños de nuevas Carreras, que orientan el inicio del trabajo de titulación con el aporte de las asignaturas ubicadas en el campo de epistemología y metodología de la investigación. El perfil del proyecto del trabajo de titulación contendrá como mínimo lo siguiente: » Datos informativos (Universidad, Facultad, Carrera, Nombre del estudiante, Semestre, fecha) e Titulo e Justificación de la problemática e Objetivos y alcance + Marco teórico + Metodología UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR SECRETARÍA GENERAL e Recursos y cronograma e Referencias bibliográficas En el perfil del proyecto de titulación se detallará si el trabajo de titulación será elaborado por más de un estudiante y se justificará brevemente. El estudiante presentará el perfil del proyecto de titulación firmado solo o conjuntamente con un docente que de ser el caso podría ser considerado como tutor si se encuentra dentro del área de dominio de conocimiento y líneas de investigación de la temática seleccionada. En caso que el estudiante presente el perfil del proyecto de titulación solo con su firma, deberá proponer un tutor para que el Consejo de Carrera apruebe, o a su vez, designe el tutor. Previo a la aprobación del perfil del proyecto del trabajo de titulación se verificará que no haya duplicidad del tema en el repositorio institucional. Para la ejecución de trabajos de investigación en seres humanos se deberán contar con el análisis y aprobación del Comité de Investigación de la Facultad o del Subcomité de Investigación en Seres Humanos según lo establecido en el Reglamento del Comité de Ética. Art. 17.- Desarrollo del trabajo de titulación. Para la unidad de titulación especial el desarrollo del trabajo de titulación será elaborado en el último semestre. En el caso de la unidad curricular se considerará lo señalado en los rediseños y diseños de nuevas Carreras. En los dos casos el trabajo estará de acuerdo con las guías metodológicas correspondientes a cada mecanismo de titulación, y a los plazos establecidos. El docente tutor realizará el acompañamiento al estudiante desde el momento en el que se le designó, tanto en el desarrollo teórico y metodológico hasta la culminación del trabajo de titulación. Concluido el trabajo de titulación el tutor lo someterá al control anti plagio propuesto por la Universidad Central del Ecuador, aprobará hasta el 10% de similitud con otras fuentes; el tutor anexará el informe al trabajo final de titulación. Ciudad Universitaria — Teléfonos: 2234-722 2234-1392 — E-mail: secretaria.generaláiuce.edu.ec — Quito - Ecuador de acuerdo a los lineamientos determinados por la Dirección Académica. La calificación final del trabajo de titulación mediante la presentación oral será obtenida del promedio de calificaciones asignadas por los docentes del tribunal lector- evaluador. La nota promedio mínima de aprobación es de 14 puntos. La presentación oral se instalará con un máximo de 15 minutos posteriores a la hora señalada en la convocatoria; de no instalarse por ausencia de uno de los miembros, le reemplazará el Director de Carrera o su delegado, debiendo el Secretario Abogado sentar la razón correspondiente. En caso de no presentación del estudiante por caso fortuito o por fuerza mayor debidamente justificada, el Director de Carrera señalará nueva fecha en un término de 10 días. El Tribunal que receptará la presentación oral del trabajo de titulación será el mismo que revisó la versión escrita. La presentación oral podrá ser en un acto público; el aspirante expondrá su trabajo en un tiempo máximo de hasta de 30 minutos, podrá utilizar cualquier tipo de recurso didáctico y se dispondrá de 20 minutos para que el estudiante sustente las observaciones realizadas al trabajo de titulación. Si el estudiante reprueba, podrá volver a presentarlo en el término de 30 días, sujetándose a lo dispuesto en la tabla de aranceles aprobado por el Honorable Consejo Universitario, En caso de que lo repruebe por segunda ocasión deberá cambiarse por una única vez de modalidad de titulación en el nuevo período académico, siempre y cuando se encuentre en los tiempos establecidos en el Reglamento de Régimen Académico, siendo ésta, a su vez, la última oportunidad de titulación. En el caso de los estudiantes que elaboraron su trabajo en equipo, la evaluación será de manera individual. 20. Art.- Entrega y registro de trabajos de titulación. Los trabajos aprobados resultantes de los mecanismos de titulación deben ser entregados oficialmente a la Secretaría de la Carrera, en dos copias en medio digital y un impreso de acuerdo a la normativa del Centro de Información Integral, para el registro en el repositorio Institucional. UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR SECRETARÍA GENERAL CAPÍTULO IV DEL EXAMEN COMPLEXIVO Art. 21.- Examen Complexivo. Es un examen teórico-práctico que hace referencia a la complejidad de la ruta de salida del proceso de formación, guardando correspondencia con los resultados de aprendizaje definidos en el perfil de egreso. Su finalidad es evidenciar las capacidades integradoras que tiene el estudiante para hacer uso de sus conocimientos de manera efectiva en la resolución de problemas de su profesión. El examen complexivo no debe convertirse en una medición del nivel de memorización sino evidenciar la capacidad de los estudiantes para establecer conexiones entre la teoría y la práctica en la realización del diagnóstico y la explicación del caso, encaminada hacia la construcción de una propuesta de modelos de actuación profesional. Art. 22.- Guía metodológica. Los parámetros para el proceso de examen complexivo estarán detallados en una guía metodológica. Esta guía es un conjunto de procedimientos y acciones que la Carrera proporciona a docentes y estudiantes para facilitar y orientar la preparación, construcción, acompañamiento y aplicación del examen complexivo. La guía metodológica se socializará y publicará en la página web de la Universidad y de la Carrera según cronograma de cada convocatoria. Art. 23.- Acompañamiento. Es el proceso orientado a la preparación del estudiante para rendir un examen de grado de carácter complexivo teórico práctico con el mismo nivel de complejidad, tiempo de preparación y dedicación exigido en las otras modalidades de titulación. El acompañamiento puede ser presencial, semi-presencial o virtual de acuerdo a los componentes, subcomponentes y temas establecidos en la guía metodológica del examen complexivo. Art. 24.- Conformación del equipo de acompañamiento. El equipo de docentes para el acompañamiento del examen complexivo será conformado y designado por el Consejo de Carrera conjuntamente con el coordinador de la unidad de titulación, de entre los docentes especialistas afines a los componentes y sub-componentes Ciudad Universitaria — Teléfonos: 2234-722 2234-132 — E-mail: secretaria.generalíauce.edu,ec — Quito - Ecuador descritos en la guía metodológica, de este equipo se designarán los tribunales para la presentación del examen teórico-práctico. Art. 25.- Fases del examen complexivo. El Coordinador de la unidad de titulación será el responsable de la gestión del proceso del examen complexivo que seguirá las siguientes fases: a. Planificación b. Organización c. Ejecución d. Evaluación Art. 26.- Planificación. El Director de Carrera coordinará con la Dirección de Desarrollo Académico el taller de capacitación a los docentes especialistas afines a los componentes y sub-componentes del proceso de construcción del examen complexivo teórico-práctico. Art. 27.- Organización. En esta fase se establecerán los componentes, sub- componentes, porcentajes de ponderación y temarios especificos, esenciales e importantes del plan de estudios que determinarán la estructura del examen. En caso de las Carreras que hayan rendido el examen de habilitación profesional o haya sido acreditada, los componentes y temarios serán los aplicados por el CEAACES. Art. 28.- Ejecución. -Únicamente los estudiantes declarados aptos en la plataforma de titulación, podrán rendir el examen complexivo. No se podrán integrar nuevos estudiantes después de la primera aplicación. En caso de que la Carrera por asuntos específicos inherentes al proceso requiera cambio de fecha de la aplicación del examen, deberá solicitar autorización a la Dirección Académica en un término no menor a diez días anteriores a la fecha de la aplicación. Art. 29.- Evaluación. Para aprobar el examen complexivo el estudiante deberá obtener una calificación igual o mayor a 14/20, como resultado final. Una vez finalizado el proceso, los resultados de los exámenes serán notificados de manera automática a las cuentas que los estudiantes registraron al momento de la UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR SECRETARÍA GENERAL En caso de reprobar el curso de actualización, el estudiante tendrá derecho por única vez a presentarse a rendir un examen de recuperación, mismo que deberá aprobar con una nota igual o superior a 14 puntos sobre 20. Esta calificación no incide en el récord académico y en la plataforma se registrarán las calificaciones con las que el estudiante fue aprobado o reprobado. El curso de actualización de conocimientos aprobado por el estudiante le será reconocido por dos períodos académicos a partir de la finalización de la convocatoria en la cual aprobó el curso, paralelamente podrán prepararse para rendir el examen complexivo o desarrollar su trabajo de titulación. En caso de reprobar el curso de actualización de conocimientos, el estudiante deberá postularse a una nueva convocatoria de titulación y cancelar el arancel correspondiente. CAPÍTULO VI DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE TITULACIÓN Art. 33.- Sistema informático de titulación. Es la plataforma mediante la cual la Universidad Central del Ecuador agiliza, monitorea y controla el proceso de titulación. Esta plataforma estará articulada con el sistema de emisión de titulos y la de aplicación del examen complexivo institucional. Art. 34.- Usuarios y roles del sistema de titulación. Son usuarios del sistema de titulación con los respectivos roles, los siguientes actores universitarios: Dirección Académica - rol administrador Subdecano.- rol consultor Director de Carrera - rol de evaluador Coordinador de la unidad de titulación - rol consultor Secretarios Abogados -rol consultor Secretaria de la Carrera o de titulación - rol validador Estudiante- rol postulante NPaRON—> CAPÍTULO VII DE LAS CALIFICACIONES Ciudad Universitaria — Teléfonos: 2234-722 2234-132 — E-mail: secretaria.generalduce.edu.ec — Quito - Ecuador Art. 35.- La calificación de graduación mediante el trabajo de titulación será el resultado de: 1 Nota de récord académico 60% 2 Nota trabajo de — titulación |40% (promedio) Calificación final de graduación Art. 36.-La calificación de graduación mediante el examen complexivo será el resultado de: Nota de récord académico Nota del examen de grado de|40% 2 [carácter complexivo teórico práctico Calificación final de graduación Art. 37.- De los promedios. Las notas del récord académico de la Carrera, trabajo de titulación, examen complexivo y la calificación final de graduación serán con dos decimales y no serán elevadas al inmediato superior. Art. 38.- De las actas de grado. Las actas de grado se generarán a través de la plataforma de titulación y serán suscritas por: Examen complexivo. Director de Carrera Señor /a Secretario/a Abogado/a; y, Graduando/a Modalidades con trabajo de titulación Miembros del tribunal lector-evaluador Señor /a Secretario/a Abogado/a; y, Graduando/a UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR SECRETARÍA GENERAL Art. 39.- De la investidura e incorporación. Se la realizará en un acto solemne y público, puede ser de manera individual o colectiva en la que se entregarán las actas de grado. DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA. Los estudiantes en ningún caso podrán optar por dos modalidades de titulación de manera simultánea. SEGUNDA. El estudiante que no haya culminado el trabajo de titulación cuando cursó el último período académico de la malla curricular, podrá presentarlo en el siguiente, con el beneficio de gratuidad, superado este plazo y de no haberlo culminado, solicitará a la Dirección de Carrera una prórroga de un período académico adicional previo el pago del arancel correspondiente. Superado este plazo el estudiante deberá acogerse a la actualización de conocimientos. TERCERA. De existir estudiantes que han perdido el beneficio de gratuidad por causas establecidas en la normativa vigente, se aplicará el arancel correspondiente aprobado por el Honorable Consejo Universitario. CUARTA. Los trámites relacionados a derechos de propiedad intelectual de los trabajos de titulación deben enmarcarse en lo establecido en el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación. QUINTA. A partir de la aprobación del presente Instructivo, la Dirección Académica en un plazo de 45 días determinará los lineamientos para la elaboración de las guías metodológicas, rúbricas de revisión y evaluación. El Consejo de Carrera remitirá los citados documentos en el plazo de 30 días al Consejo Directivo para su aprobación y este a la Dirección Académica para revisión y seguimiento. SEXTA. En caso de que la implementación del proceso de titulación requiera incorporar otros instrumentos, la Dirección Académica los deberá elaborar y aplicar, previa autorización del Vicerrectorado Académico y de Posgrado. SÉPTIMA. Las unidades de titulación considerarán en la planificación, guías metodológicas, material de trabajo y las condiciones necesarias para garantizar el adecuado desempeño de los estudiantes con algún tipo de discapacidad, siempre y cuando hayan notificado al coordinador de la unidad de titulación y presentado una copia del carné del CONADIS. Ciudad Universitaria — Teléfonos: 2234-722 2234-132 — E-mail: secretaria.generalíiuce.edu.ec — Quito - Ecuador
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