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Orientación Universidad
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etica posmoderna y derechos humanos, Esquemas y mapas conceptuales de Ética

etica posmoderna y derechos humanos

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2019/2020

Subido el 20/10/2022

enrique1122
enrique1122 🇵🇪

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¡Descarga etica posmoderna y derechos humanos y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Ética solo en Docsity! LECTURA: ÉTICA POSMODERNA Y DERECHOS HUMANOS Miguel Eduardo Morales Lizárraga 2019 A la historia de la filosofía le sucede algo parecido a lo que le sucede a la historia del arte: a un movimiento “racional”, le sucede un momento “irracional”. Al arte clásico le sucede el arte barroco, al cual le sucede el arte neoclásico y así sucesivamente. En filosofía podemos distinguir una sucesión semejante entre: empirismo, racionalismo, positivismo, hermenéutica, etcétera. Es esta sucesión temporal lo que hace que, tanto el arte como la filosofía se desarrollen. Si se mantuvieran las estructuras racionales para siempre, sin la crítica posracional, habría un estancamiento generalizado. Pero si la crítica no es temporal, podría haber, incluso un retroceso histórico. En filosofía como en el arte ni las victorias ni las derrotas son para siempre. Las corrientes filosóficas y los estilos artísticos, es común, que resuciten transformados o, mejor dicho, redeterminados. De modo que, tanto uno como otro, la razón y la posrazón solo son momentos relativos del proceso histórico de la filosofía y del arte, pues el verdadero absoluto es lo relativo de lo relativo, según Hegel. Se reconoce que el ser persona es una forma de ser, estar, existir en el mundo, que ese ser persona es necesario a la permanencia de esa forma de ser, y que debe ser por tanto respetado y protegido. La ley señala que el ser humano es persona porque reconoce que lo es y no se es persona porque una ley lo señale o se deja de serlo porque la ley lo omita. Sabemos que la ética de la modernidad no es solo una, que hay muchas teorías éticas. Pero también postulamos para efectos de unir estas ideas que la modernidad tiene ciertas características que son comunes a todas las teorías que han sido producidas y se siguen produciendo en su seno. Sostendremos que la modernidad está basada en los presupuestos de una lógica formal, en una metodología más analítica y una actitud más epistemológica, con un horizonte antropológico basado en el presupuesto del individualismo egoísta y en el pensamiento cartesiano. La ética moderna, sostenemos, es una ética epistemológica formal. O sea, su intención es obtener conocimiento y, por tanto, define a la ética como una ciencia, como una epistemología particular que estudia un sector particular de la realidad constituido por el fenómeno moral humano entendido éste a su vez como costumbres, formas de vida, culturas. El modelo de ciencia de la modernidad, que tomamos para ello es el modelo empírico, analítico e inductivo, que toma a la realidad como cosas cuantificables y medibles, como objetos materiales. La ética moderna intentará analizar las costumbres humanas, dividirlas en sus componentes más simples, los actos reiterados, o tomados en conjunto, como costumbres o culturas, de las que puede tomar o no también, los conceptos repetidos o comunes a todas ellas, comparando estos elementos e induciendo definiciones y principios generales en una especie de síntesis. Estas operaciones que efectúa la ética moderna, las realiza tomando como guía y estructura de composición de conocimientos a la lógica formal y sus principios, por lo que, y una vez establecidos los principios éticos axiomáticos, obtenemos una ética de no contradicción que pretende coherencia y completitud y que excluye a las formas de vida que no se ajusten a los parámetros establecidos en los principios inducidos. Este tipo de ética termina siendo instrumental y pasto fértil para el uso opresivo de sus formulaciones. Frente y como complemento necesario de una ética moderna, formal, racional, cuantitativa, de no contradicción, excluyente, planteamos una ética posmoderna material, razonable, cualitativa, contradictoria e incluyente. El ser humano es un ser en relación y esas relaciones pueden ser positivas o negativas, de buena o mala calidad, en el sentido de fomentar la funcionalidad estable y la integridad del sistema o de desintegrarlo. Los valores son así, cualidades estructurales, emergentes del sistema relacional humano, de la estructura social y personal del ser humano. Estos pueden ser positivos como la dignidad y la libertad, o negativos como las dimensiones de la opresión, la exclusión, marginación, imposición, explotación y violencia. La ética posmoderna que delineamos es tal que complementa y redetermina la ética autónoma individualista de la modernidad con la heteronomía y la alteridad “descubiertas” en la posmodernidad, en la que la otredad toma un lugar muy significativo en la comprensión del sujeto y de lo que es lo suyo y no lo es. La estructura del sujeto tiene como parte esencial la estructura social y, ambos, como sistemas funcionales o disfuncionales tienen cualidades estructurales. La comprensión de la estructura de la sociedad y de la estructura del sujeto como fractales es importante en este desarrollo. La libertad y la dignidad no son esencias que estén solamente inherentes en cada individuo con independencia de su relación de los otros e inclusive como producto de su independización de la otredad. La libertad no es indeterminación ni la dignidad una excelencia ontológica que coloque al ser humano por encima de los demás seres de la naturaleza. La libertad y la dignidad, que son dimensiones interdependientes (no hay dignidad sin libertad y viceversa) son cualidades estructurales del ser humano sí, pero, al ser parte de la estructura ontológica del sujeto individualmente tomado, la estructura social que le debe ser interiorizada (cómo superyó que sirva de base para ir configurando un yo siempre móvil y transformable), la libertad-dignidad son cualidades que emergen en relación con la otredad, no en pura autonomía sino también en heteronomía. La libertad es una dimensión de la responsabilidad, de la respuesta hábil al otro y de la disposición de responder de manera correcta a la presencia del otro. Esa disposición actitudinal hacia el otro es el reconocimiento de que es otro que yo, digno de respeto y que de ese respeto interdepende nuestra propia posibilidad de libertad y dignidad. Libertad no como independencia e indeterminación sino como determinabilidad y autodeterminabilidad y dignidad no como una excelencia ontológica (es una simple diferencia) sino como posibilidad de transformación de sí y del entorno. La propuesta de Morales Lizárraga (2019), es que las generaciones de derechos humanos han fracasado en su operatividad o efectividad ya que el marco en el que se insertan de la cultura occidental y el derecho moderno no les es un suelo propicio o fértil para ello. Mientras el sistema occidental sea un sistema económico y de consumo, los derechos humanos serán privilegios que solo las personas con capacidad de consumo podrán comprar. La teoría generacional es buena para explicar la historia de la concepción de los derechos humanos en occidente moderno, así como sus reivindicaciones, pero no para explicar su ontología y su fenomenología. Los derechos humanos supuestos como conceptos normativizados formalmente en catálogos resultan inoperantes, es decir, no tienen efectividad ni fuerza, no poseen vigencia sociológica pues el marco cultural en el que surgieron, la cultura afirmativa que causa malestar, la sociedad capitalista de consumo adictivo no es propicia para ellos. El objeto del derecho moderno es proteger y dar seguridad a transacciones comerciales, a hegemonía de un puñado de naciones que controlan el capital mundial e intimidan mediante la amenaza del uso de la fuerza a quienes pretenden ser diferentes. La teoría generacional de los derechos humanos fue propuesta en 1979 por Karel Vašak, entonces director del Instituto Internacional de Derechos Humanos de Estrasburgo; su fuente de inspiración fue la bandera francesa y el lema de su revolución: “Libertad, Igualdad, Fraternidad”, cambiando esta última por la “solidaridad”. Luego, que de acuerdo con el pensamiento taxonómico, que distingue a la modernidad, la primera generación de derechos humanos se hizo consistir en la de los derechos individuales, civiles y políticos o derechos de libertad; la segunda, los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) o derechos de justicia, y la tercera, los derechos de solidaridad o transpersonales, derechos de los pueblos y protección de minorías y grupos vulnerables. Una “cuarta” generación de derechos que serían versiones “redeterminadas” de los anteriores pero referidos a, y dentro del, ciberespacio, las tecnologías de la información, la comunicación, principalmente la libertad de expresión y la libre circulación de las ideas con respecto de las sociedades de la información y del conocimiento.Sin embargo, consideramos a esta última generación, como un “inciso” de la tercera, pues únicamente, traslada al ciberespacio los derechos de las otras dos generaciones. La virtud que tiene esta cuarta generación es que hace más evidentes las características de los derechos humanos en general y de la transpersonalidad y la integralidad en particular, características tales como la retroalimentación, la redeterminación, la interdependencia y la interdefinición, conceptos que se han vuelto comunes gracias, al uso de sistemas informáticos. No obstante, como lo hemos sostenido, el ser humano es ontológicamente ético, social, complejo, singular que se caracteriza por una inteligencia sentiente que lo implica en la realidad. Los derechos humanos de primera generación fueron concebidos como derechos subjetivos, individuales; basados en la igualdad abstracta de los individuos, cuando en la realidad se sabía que no todos tenían las mismas posibilidades reales de hacer efectivos sus derechos, especialmente por tres factores fundamentales: su pertenencia a la clase social del proletariado, carente de recursos económicos, la imposibilidad fáctica de obtener un elevado grado de estudios y la nula movilidad social. A la segunda generación, derechos sociales, de justicia o igualdad, podríamos ponerle la fecha de 1917 que es la fecha de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por ser la primera en incluir esos derechos (sin embargo, debemos hacer justicia a la Doctrina Social de la Iglesia Católica como la primera en esbozarlos —1891— ). Sin embargo, responden a una reconfiguración material de las sociedades occidentales debido a la revolución industrial, y a la propia visión antropológica de la persona como individuo, igual a otros individuos en facultades, fuerzas y potencias con los que pueda llegar a acuerdos equitativos debido a ese balance de fuerzas. Nada más lejos de la realidad. El éxito de la implementación de derechos sociales en los principales textos legales de distintos Estados alrededor del mundo dependió en buena medida de sus propias circunstancias sociales, políticas y económicas. Antes de continuar con el presente inciso, es pertinente considerar que los derechos humanos son y han tenido lugar en nuestras vidas mucho antes de que alguien pudiera haber acuñado el término de “derechos humanos”. Éstos existen en el decir y no en el dicho, a partir de que el ser humano se percata que vive rodeado de individuos y éstos le muestran el mundo, así como sus fenómenos. Razón por la cual, no se le puede dar una fecha a la génesis de los derechos humanos, aunque podemos aproximarlo al neolítico antes del surgimiento de la figura de la donación en clan, surge la respectividad de la exigencia. Sin embargo, para efectos didácticos y pedagógicos, estos se pueden estudiar mediante la construcción de conceptos y clasificaciones. Una vez hecha la anterior aclaración, los derechos humanos de tercera generación han sido denominados “colectivos”, “difusos”, “de solidaridad”. Éstos son conceptos emanados del lenguaje, a partir de la imposición, del dominio, de la manera en que la modernidad nos ha permitido ver los fenómenos. No obstante, la protección del medio ambiente, del agua, la flora y la fauna, por ejemplo, son y han sido siempre de vital importancia, puesto que en este mundo venimos a cohabitar y compartir con otros, por lo tanto, estamos obligados a preservar el medio ambiente, a fin de llevar una vida digna. Una parte de la humanidad se ha percatado que el mundo en donde vivimos y compartimos con otros seres no es eterno, y por ello, tenemos la responsabilidad de cuidar los recursos naturales con el propósito de permitir, entre otras cosas, la vida a las generaciones futuras. Asimismo, tomando en cuenta la historia de la humanidad, también nos hemos percatado de la sabiduría contenida en la obra cultural de nuestros ancestros y de los pueblos originarios antes de la era moderna de colonialismo e imperialización de la cultura occidental. En el plano de los hombres, México cuenta entre sus miembros con el hombre más rico del mundo, e igualmente con seres humanos que viven en extrema pobreza. El primero de los citados tiene la posibilidad real de ejercer todos sus derechos, gracias a su poder económico, con su medio, incluso, le dan la posibilidad de cambiar las reglas del juego en el momento que mejor le convenga, a diferencia de los miserables, quienes en la realidad no tienen la oportunidad de ejercer ninguno de sus derechos fundamentales. No obstante, ambos son seres humanos, uno con la posibilidad de vivir una vida más que digna y el otro, no. En este esquema, el Estado —identificado con el derecho y productor monopólico del mismo, e identificando a éste únicamente como derecho positivo—, que “otorga” los derechos humanos. ¿Es el ser humano el fin de toda la cultura, del proceso histórico, y las organizaciones sociales, o si el ser humano solo debe ser considerado en la medida que rindiera una función a la cultura, a la sociedad y al progreso? El ser humano para sobrevivir se alimenta. Asimismo, se nutre de dignidad, libertad y de justicia. Únicamente, así puede sobrevivir; sin embargo, al ser ético, ese alimento le ha de servir para hacerse, realizarse a través del otro, brindando lo mejor de sí, para el mismo y a favor de la sociedad. La libertad y la justicia son los motores que lo impulsan a ver por el otro. En ese sentido, el padre de familia se cuida y se alimenta con un propósito: alimentar sus hijos. La respuesta a la interrogante es dialéctica, dado que ambas posturas forman parte del ser ético del hombre. Efectivamente, los seres humanos existimos gracias, a la obra de otros seres humanos, quienes nos dan la vida, aquellos que nos cuidan, nos crían, dan cariño, enseñan lenguaje, conceptos, valores, hábitos y costumbres. El ser humano no es producto de generación espontánea, ni se enfrenta al mundo de forma directa. Prácticamente, el mundo y sus fenómenos los llegamos a conocer mediante la lente de otros. Aquellos hombres, que han creado instituciones no sabían que sus conceptos servirían para que, en un futuro, otros seres humanos vieran el universo de manera semejante. Posteriormente, compartirían opiniones y lograrían comunión de ideas. Según el personalismo o humanismo, el Estado y el derecho, así como toda la cultura tiene sentido como un medio puesto al servicio del humano, son el instrumento para la realización de los fines personales. Es el ser humano en el que pueden y deben realizarse los valores supremos. El ser humano es digno. Por otro lado, una vez que se han definido los derechos humanos, tanto en la Constitución, como en todas las leyes que expida el Legislador, de una u otra manera deben ser deducidas de esas definiciones y deben ser dimensiones de la protección y fomento del desarrollo de las personas (protección y fomento de los derechos humanos), además, el Legislador tiene, y más a la par que después, limitar los derechos humanos. Y esa limitación debe ser hecha con base a la propia naturaleza humana y a la propia naturaleza de la libertad. Esta perspectiva teórica de los derechos humanos, alumbrados por una ética posmoderna como la que hemos delineado, antropológica, sistémica, dota de sentido más pleno a los viejos principios del derecho y la abogacía enunciados por Ulpiano, vivir de tal manera que estemos dispuestos a reconocer a los demás como entes valiosos y necesarios a nuestra propia dignidad, darles el debido reconocimiento y respeto de manera responsable para ser libres y dignos y no disponernos nunca de manera que esas relaciones se desintegren y ocasionen opresión y sufrimiento. EPIC- Anabel Crisosto CUESTIONARIO 1. Mencione cuatro características de la ética moderna 2. ¿Cuáles son las relaciones positivas o negativas del ser humano? 3. Explique porque es importante la libertad y la dignidad en el ser humano. 4. ¿Opina lo mismo que Morales Lizárraga con respecto a los derechos humanos? Explique con algún ejemplo. 5. ¿Que indica la ética posmoderna con respecto al comportamiento del hombre? 6. ¿Cree usted que es importante la cultura en un ser humano para normar su comportamiento ético? ¿Porque? 7. ¿A que se refieren los términos “cultura popular” y cultura de masas”? 8. Señale la teoría generacional de los derechos humanos. 9. ¿Porque los derechos humanos de la primera generación fueron considerados “subjetivos”? 10. ¿Qué sucedió en la segunda generación? 11. ¿Qué son los derechos humanos colectivos? Dé un ejemplo. 12. ¿Cuál es el fin supremo de los derechos del hombre?
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