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EXAMEN DEL CURSO 2020/2021, Exámenes de Derecho Constitucional

Preguntas de examen relativas a los siguientes temas: Primera pregunta , tema 6: El estado democrático de derecho Segunda pregunta, tema Tercera pregunta 10: La defensa del orden constitucional (poder constituyente, poder constituido y poder costituyente constituido) cuarta pregunta tema 10 la defensa del onden constitucional, la erforma de la constitución )

Tipo: Exámenes

2019/2020
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Subido el 16/09/2021

diana_rubio
diana_rubio 🇪🇸

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¡Descarga EXAMEN DEL CURSO 2020/2021 y más Exámenes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity! Considerando el Estado como Estado democrático de Derecho, equilibrio entre los principios en constante tensión: principio de soberanía popular y principio de derechos fundamentales de los individuos. Comenta y desarrolla la idea (2 puntos). La implantación progresiva del principio democrático va a añadir un elemento más a este listado, y es que la ley no debe ser solamente un mandato general, sino que también debe ser una expresión de la voluntad de la comunidad formulada por los representantes libremente elegidos por todos los ciudadanos. De manera que estado de derecho y estado democratico de derecho, recoge la voluntad constitucional de configurar la comunidad política de acuerdo con los criterios señalados. Ahora bien, los términos estado de derecho y estado democratico no son exactamente intercambiables, de hecho durante mucho tiempo los estados de derecho constitucionales no eran estados democráticos. A veces la voluntad popular puede adoptar decisiones discriminatorias, arbitrarias o contrarias a los derechos de los individuos. Por esa razón suele decirse que la calificación del estado como estado democrático de derecho supone un equilibrio entre dos principios que se encuentran en constante tensión. Por un lado en el carácter determinante de la voluntad popular y por otro en la garantía de unos derechos o situaciones jurídicas fundamentales del individuo. La primacía de la voluntad popular supone que las decisiones de esa voluntad serán vinculantes para el resto de los poderes públicos y para la ciudadanía. Sin embargo, el estado de derecho impone determinados límites a la expresión de la voluntad popular, es decir, la voluntad popular deberá manifestarse de acuerdo con procedimientos que garanticen una efectiva participación y un suficiente conocimiento por parte de los ciudadanos y por otro esa expresión de la voluntad popular debe respetar los derechos fundamentales de las personas, esto sería el límite material. El equilibrio entre voluntad popular y garantías de los derechos exige al estado democrático de derecho evitar los peligros continuos de desajustes que puedan darse entre ambos. Por eso hablamos de principios en tensión, porque apelar a los principios del individuo o imponer procedimientos rígidos de toma de decisión lo que puede provocar es ahogar la manifestación de la voluntad popular. Por contra, por invocar el principio democratico se puede llegar al punto de eliminar controles entre poderes y que se acaben marginando los derechos individuales. > Por ejemplo, Hitler llega al poder mediante métodos democráticos, por lo que al decir que hay una constante tensión queremos decir que lo que decida la mayoría no siempre puede ser aceptado. Hitler empieza a hacer normas que cuentan con el respaldo de la mayoría que conllevan perjudicar derechos de otros individuos, por eso tiene que existir ese equilibrio. Forma de gobierno de EEUU (1 punto). La separación rígida entre ambos poderes da lugar al régimen presidencial. En realidad, ni un régimen ni otro, son consecuencia de una construcción exclusivamente teórica, sino que son la mezcla de una elaboración doctrinal y unas circunstancias de cambio histórico. Al conservar el esquema del funcionamiento de la monarquía limitada, supone que el poder legislativo y ejecutivo, cumplen cada uno de sus papeles sin que entre ellos se establezcan relaciones de dependencia, jerárquica o de sometimiento. Cada uno cumple con su papel de órgano constitucional sin que para su funcionamiento necesite tener en cuenta la existencia del otro poder. Caracteristicas: 1. El poder ejecutivo es monista, el jefe del estado y jefe del gobierno son la misma persona, presidente. Es elegido directamente por el pueblo, incorpora directamente la legitimidad popular, representa y personifica al estado. Nombra y separa libremente a sus miembros de gobierno, no reciben el nombre de ministros sino de secretarios. El presidente es el único centro del poder ejecutivo e incorpora la legitimidad democrática. 2. No hay relación de confianza entre parlamento y presidente por lo que no existe investidura, ni moción de confianza, ni moción de censura. El presidente ejerce sus funciones aunque el parlamento sea del partido contrario. 3. El parlamento no puede ser disuelto, las elecciones legislativas solamente tienen lugar en momentos constitucionales previstos. 4. Los miembros del gobierno no forman el parlamento. Dota de determinados mecanismos de equilibrio. e La aprobación del presupuesto es la principal función del parlamento aunque condiciona de cierta manera al presidente, pero a su vez influye sobre el parlamento, el presidente influye sobre su propio partido y sobre todo mediante mensajes. e En determinados nombramientos presidenciales, el parlamento debe determinar la idoneidad de esos candidatos. El presidente puede vetar leyes aprobadas por el parlamento. e Casos extremos el impeachment. La influencia del presidente deriva del hecho de que la soberanía popular, única fuente de legitimación. El presidente es un órgano unipersonal mientras que el parlamento es un órgano pluripersonal. ¿A qué nos referimos cuando hablamos de poder constituyente, poder constituido y poder constituyente constituido? ¿Cómo podría actuar actualmente en España el poder constituyente constituido, si es que pudiera? (2 puntos). El poder constituyente es quien elabora la constitución y los poderes constituidos son los poderes tal y como los ha establecido la constitución, porque la función de una constitución es, entre otros, la división de poderes (Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial). Una vez el poder constituyente hace el texto constitucional desaparece, pero las personas que forman el poder constituyente puede formar parte del poder constituido, cambiando su función por la delimitada previamente en la constitución.
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