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Expansión del siglo XIII, Apuntes de Historia de la Edad Media

Asignatura: edad media de españa, Profesor: , Carrera: Historia, Universidad: US

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 09/06/2014

mventuraconde
mventuraconde 🇪🇸

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¡Descarga Expansión del siglo XIII y más Apuntes en PDF de Historia de la Edad Media solo en Docsity! Historia Medieval de España UNED Tema XIX: Consecuencias de la expansión del siglo XIII A. GUERRAS Y PARIAS B. LIBERTAD Y SERVIDUMBRE TRAS LA CONQUISTA C. EFECTOS SOCIALES DE LA EXPANSIÓN DEL SIGLO XIII A. GUERRAS Y PARIAS Las conquistas del siglo XIII pueden contribuir a la idea de que la Edad Media peninsular es una época de guerra santa; pero, en esa época, la guerra es simplemente una fuente de ingresos, un modo de resolver los problemas económicos de los reinos o de grupos sociales determinados. La guerra es, además, factor de igualdad y de libertad en las zonas fronterizas, y causa directa del ascenso social y político de los grupos militares. Durante el siglo XI, a pesar de la superioridad militar de los cristianos, las fronteras entre éstos y los musulmanes apenas varían, excepción hecha de la conquista de algunas poblaciones aragonesas y de Toledo. Los reinos cristianos prefieren consolidar sus fronteras y repoblar zonas ocupadas con anterioridad pero no repobladas en su momento. La razón es doble: • por una parte, las conquistas se detienen debido a la escasez de población; • por otra, los reyes prefieren el dinero de las parias a la ocupación, llegando a proteger a los musulmanes y a enfrentarse entre sí para conseguir ese dinero. Tema 19. Consecuencias expansión siglo XIII Página 1 Historia Medieval de España UNED Así, el dinero de las parias sirvió a Ramón Berenguer I de Barcelona para comprar los derechos de su madre al condado, pagar a sus fieles sin enajenar el patrimonio condal, negociar con la nobleza y asegurar la hegemonía del condado barcelonés. Las parias sirvieron igualmente a la proliferación de monumentos románicos en el norte cristiano, a la fortificación de las fronteras y a la llegada de importantes grupos de francos a la Península en los años finales del siglo XI y principios del XII, algunos de los cuales, como Raimundo de Borgoña o Enrique de Lorena, tendrán una importancia decisiva en la historia peninsular. El dinero de las parias también fue importante en la activación del Camino de Santiago, cuya ruta principal se fija en los tiempos de Alfonso VI de Castilla- Leon y de Sancho Ramírez de Aragón. Estos reyes eximieron de peajes y portazgos a los peregrinos, garantizaron la seguridad del viaje y lo facilitaron mediante la reparación de caminos y puentes por una parte, y por otra, con la creación de hospitales y ciudades donde los peregrinos pudieran hallar cuanto necesitaban. Las primeras medidas en este sentido fueron tomadas por Sancho Ramírez al conceder privilegios a los francos (europeos) que quisieran repoblar Jaca, capital de su reino. Así: - Les concedió libertad para comprar bienes muebles e inmuebles, - Inviolabilidad del domicilio, - Exención parcial del servicio de hueste Con ello logro el asentamiento en el Burgo Nuevo o Burgo de Santiago de un núcleo importante de francos los cuales crearon baños, hospitales, posadas y un mercado semanal que dio un cierto impulso a la economía del reino. Entre Pamplona y Nájera, el rey creo la ciudad de Estella, a la que otorgo el fuero de los francos de Jaca de 1090, pero en la que solo se admitían francos. Este fuero se extendió más tarde a Sangüesa, Pamplona, Puente la Reina y Montreal. En Pamplona, la población extranjera fue mayor que la indígena y tuvo el monopolio del abastecimiento a los peregrinos1; en Logroño, que recibió el fuero de los francos en 1095, se admitió a francos e hispanos; en Nájera, los francos controlaron desde 1052 el mercado, y en 1079 aumento su influencia cuando Alfonso VI concedió la albergueria2 de Santa María de Nájera al monasterio franco de Cluny. En definitiva, todos estos privilegios, así como los fueros de Sahagún o las disposiciones de San tiago de 1095, son prueba del interés que se concede a estos centros y de la importancia del Camino y de la ciudad de Santiago, la cual se convirtió en uno de los centros comerciales más importantes de la Península. Las parias siguen cobrándose en los siglos XII y XIII, tras la desintegración de los imperios almorávide y almohade, pero ahora los ingresos proceden sobre todo del botín -que pertenece a los combatientes- una vez entregado el quinto al rey o conde, de la explotación de 1 Pamplona estuvo formada por tres ciudades (dos barrios francos y el de la navarrería) en permanente conflicto y separadas por murallas hasta que Carlos el Noble las unifico en 1422. 2 Antiguamente, carga de alojamiento Tema 19. Consecuencias expansión siglo XIII Página 2 Historia Medieval de España UNED menos durante un año. Sus habitantes son eximidos de tributos feudales como la mañería y el nuncio; de peajes, portazgos y montazgos…6 Cada concejo tiene sus propias milicias, que actúan con gran independencia y a las que Castilla y Leon debieron el mantenimiento de sus fronteras durante los ataques almorávides y almohades. • Entre 1100 y 1300, los mozárabes perdieron la propiedad de las tierras que cultivaban (tuvieron que venderlas en años difíciles), y sus diferencias litúrgicas y lingüísticas irán desapareciendo bajo la presión de los arzobispos y sus auxiliares francos. • Los mudéjares fueron numerosos en los primeros años, pero la inseguridad de las fronteras también animo a emigrar a la aristocracia musulmana, permaneciendo solo los campesinos, sucesores, sin duda, de los que en el siglo VIII habían aceptado resignadamente a los musulmanes. • Los judíos controlaban gran parte de la administración toledana en el momento de la conquista; los reyes los mantuvieron en sus funciones y los utilizaron como prestamistas, administradores y recaudadores de impuestos, lo que les acarreo la animadversión de francos y castellanos. • El predominio corresponde a los castellanos que forman un grupo aparte, dotado de fueros propios y controlan los puestos militares • Entre los francos predomina el elemento eclesiástico, aunque no faltan los cruzados. Al igual que los castellanos, tienen un fuero especifico que fue suprimido en 1118 por Alfonso VII al conceder a todos un mismo fuero, el del Toledo visigodo, o sea el Fuero Juzgo, para tratar de conseguir una convivencia que los distintos fueron hacían difícil. De las tierras situadas al sur del Duero e incorporadas a fines del siglo XI, solo se mantuvieron en poder de los castellano-leoneses Toledo, Talavera, Madrid, Maqueda y Guadalajara, que fueron organizadas de modo semejante a la empleada en los concejos del Duero. La conquista y repoblación del reino toledano, especialmente de las zonas situadas al sur del Tajo, fue obra de las Órdenes Militares, que sirvieron de lazo de unión entre los distintos reinos y que, junto con las milicias concejiles, garantizaron la continuidad de la defensa. Pero la importancia repobladora de las Órdenes se explica también por su papel de agentes de la centralización eclesiástica a los que Roma favorece con privilegios, como los otorgados en 1175 por Alejandro III a la Orden de Santiago: - confirmo sus propiedades - eximio a los caballeros de la tutela episcopal 6 6 - Nuntium o nuncio: prestación que, al morir un colono, debían de pagar sus herederos al señor del predio, al comunicarle el óbito, para poder seguir disfrutando o usufructuando las tierras. - Mañería: prestación económica dada por el colono “Manero”, es decir, estéril, a su señor con objeto de poder ejercer el derecho de transmitir por vía hereditaria el disfrute de los predios que cultivaba - Portazgo: tributo que se percibía sobre las mercancías que se llevaban a un lugar para su venta, pero también sobre las transacciones que se efectuaban en el mercado. Equivalente al talonean de tiempos romano-visigodos, su nombre procede, en Castilla y Leon, de cobrarse en las puertas de las ciudades. - Montazgo: tributo local que gravaba, en la Corona de Castilla, al ganado trashumante y que se percibía en los puertos de peaje Tema 19. Consecuencias expansión siglo XIII Página 5 Historia Medieval de España UNED - les garantizo la posesión pacifica de todas las tierras que hubieran estado desde muy antiguo desiertas o en posesión de los musulmanes y fueran ganadas por los santiaguistas; el privilegio tendría validez incluso cuando existieran escrituras que asignaran la propiedad a otras personas o grupos En las tierras dominadas por las Ordenes, como La Mancha y la Extremadura actual, no hubo establecimientos monásticos de importancia ni grandes ciudades, porque las Ordenes se reservaron diversos privilegios señoriales que coartaban la libertad y reducían el estimulo de los nuevos pobladores. La frontera portuguesa apenas tuvo cambios hasta mediados del siglo XII. El reino portugués estaba dividido en tierras o territorios que coincidían, en unos casos con los señoríos, y en otros con los arciprestazgos en que se dividían las diócesis de Braga, Porto, Coímbra, Lamego, Viseu e Diana, así como la de Tuy que, aunque situada en el reino leones, tenía jurisdicción sobre tierras portuguesas próximas a la frontera. En la base de organización del territorio se hallaban las antiguas vilas y pazos, cuyos límites coincidían con los de la parroquia. Por su situación marítima, Portugal pudo contar en diversas ocasiones con la ayuda de los cruzados, a los que se debe, en 1147, la ocupación de Lisboa. Las conquistas efectuadas al disgregarse el imperio almorávide situaron la frontera en las orillas del Tajo. La repoblación se hizo de forma semejante a la empleada en Leon o en Castilla, cuyos fueros o forais hallamos aplicados en numerosos lugares de Portugal. La zona del Tajo también fue repoblada, en gran parte, por las Ordenes Militares. B.2 Aragón Entre 1087 y 1170, el pequeño reino aragonés incorporo a sus dominios tierras con una extensión superior a los 48.000 Km2, entre la Tierra Nueva de Huesca, el reino de Zaragoza y la comarca de Teruel. La conquista aragonesa se efectuó sobre tierras que, a excepción de la comarca turolense, tenían abundante población musulmana, cuya permanencia era garantizada por las capitulaciones firmadas y por el interés de los cristianos en mantener en cultivo unas tierras que ellos, por su escaso número, no podían cultivar directamente. En el campo se mantuvo la mayor parte de la población, sometida ahora a los nuevos señores; en las ciudades se toleró la presencia de musulmanes durante un año, pero después fueron obligados a fijar su residencia extramuros de la ciudad, donde no fueran una amenaza para el control militar de la zona. En todos los casos se respetaron las costumbres, religión y organización interna de la sociedad musulmana. La sustitución de los campesinos fugitivos y de los ciudadanos expulsados exigía la instalación de pobladores capaces de mantener el control de las tierras incorporadas, pero ni Aragón ni Navarra tenían hombres suficientes, por lo que, para atraer pobladores, fue preciso ofrecer condiciones ventajosas, al igual que en el Tajo: Tema 19. Consecuencias expansión siglo XIII Página 6 Historia Medieval de España UNED - propiedad de las tierras que cultivaran dentro y fuera de la ciudad - concesión de la libertad Francos, campesinos libres y siervos fugitivos de Aragón y Navarra acudieron a repoblar Zaragoza, pero solo se pudieron cultivar las tierras de regadío; las de secano tuvieron que ser de nuevo repartidas por Ramón Berenguer IV, pese a lo cual, Zaragoza estará insuficientemente poblada, al igual que otros lugares de la Tierra Nueva y del reino zaragozano. Las dificultades para hallar repobladores aumentan en las zonas fronterizas y es necesario conceder los fueros de los concejos castellanos, en concreto el Fuero de Sepúlveda7, a las poblaciones de Soria, Almazan, Medinaceli, Calatayud, Daroca, Belchite o Teruel. La ciudad que servía de centro a este tipo de repoblación se confiaba a un noble que era el aglutinador y organizador de la defensa y ataques a las tierras musulmanas. En cuanto al concejo y sus funcionarios solo dependían del señor de la villa en los aspectos en que este actuaba como delegado del rey: la nueva situación era incompatible con las atribuciones señoriales, por lo que el concejo no estará sometido a un señor, sino que constituirá una entidad de gobierno con autonomía propia derivada de los fueros. A la diversidad territorial de Aragón corresponde también una clara diferenciación social: ð En los núcleos originarios de Aragón, Sobrare y Ribagorza, de hábitat disperso, predomina el campo sobre la ciudad y, por tanto, la organización señorial sobre el derecho territorial ð En la Tierra Nueva, de hábitat concentrado, predominan los núcleos locales con derecho y normas de gobierno propias, aunque en el campo existan distritos militares y señoríos laicos y eclesiásticos, donde los campesinos musulmanes pasan de aparceros a siervos adscritos a la gleba ð Los vecinos de la Tierra Vieja necesitan poseer caballos para ser libres ð Los de la frontera son libres por el solo hecho de habitar en esa zona y sus hombres sólo acuden al fonsado8 con el rey y bajo su dirección, por lo que se intenta convertirlos en contrapeso de la nobleza y en auxiliares del monarca. En definitiva, el único vínculo que une a todos los aragoneses es la dependencia del rey, lazos que se refuerzan al unirse Aragón y Cataluña. Las diferencias entre aragoneses y catalanes hacen que disminuyan las existentes dentro del reino; la consecuencia fue la mayor cohesión interna entre los 7 7 Concedido por el conde de Castilla, Fernán González, para atraer pobladores, fue confirmado por sus sucesores. El texto más antiguo conservado es del año 1.076, el latino de Alfonso VI, su repoblador definitivo. El Fuero de Sepúlveda encarnaba el Derecho en la Extremadura Castellana, y en torno a él se fue formando un cuerpo legal más extenso, en castellano ya, que fue codificado el año 1.300. Su difusión fue muy extensa, siendo concedido a Zaragoza y Teruel y, a partir de Acles, a muchas poblaciones de la Orden de Santiago. 8 8 Fonsado: ejercito real Fonsadera: tributo que se pagaba al rey para redimirse de la obligación militar de ir a la guerra Tema 19. Consecuencias expansión siglo XIII Página 7 Historia Medieval de España UNED condes-reyes, para crear núcleos fieles al monarca y contrarrestar la influencia de los señores feudales. B.4 Las fronteras entre los reinos cristianos La Rioja fue una zona fronteriza entre Castilla y Navarra, disputada desde la muerte de Sancho el Mayor hasta comienzos del siglo XIII, pasando por las siguientes fases: - Sancho el Mayor la atribuyo a Navarra - Fue incorporada a Castilla por Fernando I, tras su victoria en Atapuerca, en 1054 - Y durante la guerra entre Sancho II de Castilla y Sancho Garcés de Navarra - Alfonso el Batallador retuvo de nuevo La Rioja, tras inhibirse en la sucesión de Alfonso VI - Alfonso VII de Castilla la recupero, en parte, al separarse aragoneses y navarros - Sancho VI de Navarra la volvió a ocupar durante la guerra civil castellana, durante la minoría de Alfonso VIII - Alfonso VIII de Castilla recupero de nuevo La Rioja, entre 1173 y comienzos del siglo XIII, a la vez que ocupaba Álava y Guipúzcoa. En las tres zonas se establecieron concejos de frontera, con población de origen castellano, en Vitoria, Treviño, Arrancón, Fuenterrabía, San Sebastián, Carranza y Miranda. Los incidentes fronterizos entre Castilla y León, en la segunda mitad del siglo XII, dieron lugar a la fortificación de la Tierra de Campos por Fernando II y Alfonso IX de Leon, y Alfonso VIII de Castilla, que establecieron guarniciones tanto en la zona castellana (Guardo, Villagarcía…), como en la leonesa (Almansa, Coyanza, Rueda…). El sistema de repoblación fue el concejil, con asentamientos de caballeros villanos. En la frontera sur, Alfonso VIII creo los concejos castellanos de Béjar y Plasencia, mientras que Cáceres y Mérida, ocupados más tarde, serán leoneses. Las fronteras entre León y Portugal fueron reforzadas en la zona gallega, pero no se implantaron concejos debido a la resistencia de los señores eclesiásticos, pero también por la negativa de los pobladores libres a instalarse en zonas de fácil control por señores feudales. Hacia el sur se repoblaron Puebla de Sanabria, Ledesma y Ciudad Rodrigo. La repoblación de este último lugar por Fernando II de Leon, recortaba los límites del concejo salmantino y obstruía su camino de penetración hacia la zona musulmana; por otra parte, la creación de la sede de Sanabria en Ciudad Rodrigo también desgajaba numerosos lugares de la diócesis salmantina, por lo que obispo y concejo se alzaron contra el monarca y solicitaron ayuda de Portugal, pero sin resultado ninguno. Tema 19. Consecuencias expansión siglo XIII Página 10 Historia Medieval de España UNED B.5 La repoblación interior La preferencia dada a la repoblación fronteriza dejo sin poblar numerosos lugares del interior, que serán repoblados por artesanos y mercaderes de origen franco, a lo largo del Camino de Santiago, bajo la dirección de clérigos cluniacenses en el siglo XI, y por los monjes del Cister desde mediados del siglo XII. El Camino de Santiago por antonomasia es el Camino Francés que, desde los puertos de Somport y Roncesvalles, pasaba por Jaca, Sangüesa y Monreal, en el primer caso, y por Pamplona en el segundo, para unirse en Puente la Reina, desde donde los peregrinos seguían por Estella, Monjardín, Logroño, Nájera, Santo Domingo de la Calzada, Belorado y Burgos; aquí se unía otro camino que venía de Bayona, pasando por Tolosa, Vitoria, Miranda de Ebro y Briviesca. A partir de Burgos se seguía por Castrojeriz, Frómista, Carrión, Sahagún y León, desde donde una parte de los peregrinos se desviaba hacia Oviedo, siguiendo el camino de la costa hasta Santiago, y otra continuaba por Astorga, Ponferrada, Villafranca del Bierzo, Cebrero, Portomarín, Palas del Rey y Santiago. En todos estos lugares se estableció una población relativamente importante de francos que trabajaban como campesinos, artesanos y mercaderes, gozando todos ellos de una situación de privilegio9 con relación a los campesinos, pero bajo la dependencia de los abades y obispos cluniacenses. A pesar de la actividad comercial de estas ciudades, no surgió una burguesía activa durante la Edad Media, porque en ningún caso crearon una artesanía o industria de mediana importancia, limitándose a ser intermediarias del comercio efectuado en el Camino entre el Islam y Europa. Con la desaparición, en el siglo XIII, de los reinos islámicos, y con la apertura del Estrecho a la navegación europea, estas ciudades perdieron su privilegiada posición y desaparecieron como centros económicos. A la vez, el Camino de Santiago quedo reducido a su papel de camino de peregrinación. Los monjes cistercienses, llegados a mediados del siglo XII, se instalan en las tierras desiertas de las montañas de Galicia y León, y en las tierras nuevas de Cataluña y Portugal. Todos los monasterios10 que crearon se hallan en la mitad norte de la Península, y la mayor parte está en la Meseta, a ambas orillas del Duero, mientras que el sur del Tajo es la zona reservada a las Ordenes Militares. El establecimiento de los cistercienses se inicia con la deforestación de las cercanías del monasterio, realizada personalmente por los monjes, ayudados por conversos o por jornaleros cuando el dominio se extiende lejos de la abadía. En estos casos, se crean granjas en donde residen los trabajadores, que con el tiempo se transforman en villas, nuevos centros de población en los que se 9 Como ejemplo tenemos los fueros de Sahagún, concedidos por el abad de esta ciudad, en 1085, para facilitar el asentamiento de herreros, carpinteros, sastres, etc. 10 Los monasterios más importantes fueron los de Fitero, Sacramenia, Veruela, Valbuena, Huerta, Cariacedo, Melón, Alcobaça, Tarouca, Poblet y Santes Creus. Tema 19. Consecuencias expansión siglo XIII Página 11 Historia Medieval de España UNED acepta a todos los que tienen algo que hacerse perdonar. Algunas abadías, como las del Monasterio de las Huelgas de Burgos, o la de Poblet, se transforman en verdaderos señoríos feudales. C. Efectos sociales de la expansión del siglo XIII Las consecuencias de la repoblación se harán sentir, no solo en las zonas ocupadas, sino también en las comarcas de origen de los repobladores, que, a veces, verán modificada profundamente su fisonomía. Entre las causas posibles del repoblamiento andaluz estarían: • en primer lugar, la necesidad de la monarquía de atraer pobladores para garantizar la posesión del territorio conquistado; • y en segundo lugar, la atracción que las tierras nuevas y ricas del sur pudieron ejercer sobre los campesinos meseteños, los cuales malvendieron o abandonaron sus propiedades, facilitando así la concentración de la Tema 19. Consecuencias expansión siglo XIII Página 12 Historia Medieval de España UNED desaparecieron o disminuyeron las prestaciones personales, las cuales fueron sustituidas por el pago de una cantidad en productos o en dinero. En Cataluña, la expansión repercutió en el interior de dos maneras: - la concesión de franquicias y de privilegios a los campesinos y - el aumento de las presiones señoriales en las zonas montañosas y de escaso rendimiento Se produjo, así, una diferenciación en el mundo campesino de la Cataluña Vieja: - en las zonas fértiles, de llanura, para evitar las huidas, basto hacer algunas concesiones económicas que, por otra parte, el señor podía hacer dada la fertilidad de la tierra - en las zonas pobres, donde los privilegios y franquicias eran insuficientes para retener a los campesinos, se les impidió la emigración de manera legal. Esta diferencia será decisiva para explicar el distinto carácter de los movimientos campesinos a fines del siglo XIV y del siglo XV: - en la comarca próxima a Barcelona y en Vic, desaparecieron los malos usos a fines del siglo XIII y los campesinos luchan para que se les permita trabajar la tierra en condiciones ventajosas, por lo que están dispuestos a negociar - en el norte, se exige el derecho de abandonar la tierra, por lo que la única opción para conseguir la libertad es la revuelta. La remensa, es decir, la obligación de pagar un rescate para abandonar la tierra, se fijo en el siglo XIII, sin duda para frenar el movimiento emigratorio. Su área de expansión fue la Cataluña Vieja. En las Cortes de 1283, Pedro el Grande reconoció la vigencia de la remensa y dispuso que los campesinos de los lugares donde acostumbraban redimirse, no podían fijar su residencia en villas de realengo si antes no pagaban la cantidad exigida; se fijo la dependencia de los vasallos respecto a su señor y se dio vigor a una disposición en desuso, aprobada en 1202, por la que se reconocía a los señores el derecho de maltratar a sus rústicos y de ocupar sus bienes, sin tener que responder ante el rey, salvo en los casos en que los siervos hubieran sido cedidos en feudo a los nobles por el monarca o los clérigos. Para evitar la competencia entre señores, en 1202 se declaro que ninguno de ellos podía recibir bajo su protección al hombre de otro señor, sin la autorización de este. Los gastos suntuarios y de prestigio Las riquezas incorporadas por los cristianos durante el siglo XIII están en la base de un cambio de mentalidad en el que influye, además, la gran difusión del comercio en esos años. La existencia de un público comprador que dispone de dinero en abundancia, y la pacificación relativa del Mediterráneo tras el control del Estrecho, hicieron posible la llegada masiva a la Península de productos italianos y flamencos, cuya posesión se convirtió en símbolo Tema 19. Consecuencias expansión siglo XIII Página 15 Historia Medieval de España UNED de riqueza y de importancia social. Se considero como más rico y socialmente más importante, a quien poseyese mayor cantidad de vestidos lujosos y de objetos de adorno. Se produjo, así, una desenfrenada competencia por la posesión de estos bienes, que acabo provocando la ruina de numerosas personas y la confusión externa entre los diversos grupos sociales. La búsqueda de nuevos ingresos para mantener su prestigio social, daría lugar a las sublevaciones nobiliarias de la segunda mitad del siglo, y obligaría a los reyes a tomar medidas: - fijación de precios y salarios - adopción de medidas proteccionistas - promulgación de leyes suntuarias, con las que se pretendía tanto reducir el gasto, como fijar claramente los signos externos que podría utilizar cada persona, de acuerdo con su condición social. Según las normas aprobadas en 1258 en Castilla, eran distintivos de una categoría social superior: las pieles blancas, las sillas de montar plateadas y doradas, las calzas de escarlata, los zapatos dorados y los sombreros con tiras de plata o de seda, cuyo uso estaba permitido a los oficiales mayores de la casa del rey y a los caballeros, pero prohibido a los demás oficiales y escuderos. Se fijan distinciones parecidas entre clérigos y canónigos, y entre cristianos, moros y judíos. El negro quedo como color fundamental de las clases bajas de la población. Bibliografía: - Jose Luis Martin. Manual de Historia de España. 2 La España Medieval. Historia 16 - Carlos de Ayala Martínez y otros. Economía y sociedad en la España medieval. Istmo - Jaime Alvar Ezquerra (coord.). Diccionario de historia de España. Istmo - Historia de España, dirigida por Antonio Dominguez Ortiz. Tomo 3. Planeta Tema 19. Consecuencias expansión siglo XIII Página 16
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