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Historia de las relaciones entre poder político y poder religioso, Apuntes de Derecho

Asignatura: Derecho y Factor Religioso., Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UMA

Tipo: Apuntes

2012/2013
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Subido el 01/05/2013

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¡Descarga Historia de las relaciones entre poder político y poder religioso y más Apuntes en PDF de Derecho solo en Docsity! TEMA 2: HISTORIA DE LAS RELACIONES ENTRE PODER POLÍTICO Y PODER RELIGIOSO. Introducción: La antigüedad precristiana 1. Antiguo Oriente y Egipto: La divinidad generaba la ley. Dios era el legislador y el rey el oráculo e intérprete. 2. Grecia: Racionalización de la ley fundada en la divinidad, por lo que los dioses siguen siendo considerados como los legisladores. 3. Roma a.C: El legislador es dios, el hombre racionaliza la ley, y además nosotros aplicamos algo más, la hacemos práctica. Por tanto, lo característico es la plasticidad, lo cual quiere decir que la ley se racionaliza y se aplica caso a caso. El advenimiento del cristianismo Partimos de una visión monista del universo. En los primeros años del cristianismo no se produjo ningún conflicto serio, ya que los cristianos no se preocuparon ni de aspectos externos ni del régimen jurídico de su religión. Sin embargo, se produce un cambio sustancial cuando el incremento de los seguidores es tan notable que el imperio empieza con las llamadas persecuciones. Estas se producen, fundamentalmente, porque la doctrina que defienden los cristianos choca con algunos principios del Estado. En consecuencia, la mera pertenencia a la Iglesia cristiana es tipificada como delito. El objetivo del imperio, en ese momento, era el de erradicar el fenómeno cristiano. Durante los siglos II y III, el conflicto se agudiza de tal manera que las persecuciones y las ejecuciones de cristianos son muy numerosas. Por eso, en esta etapa histórica podemos hablar de un Estado perseguidor, el cual se confesiona bajo otra religión oficial y niega el cristianismo. Esta situación cambia con el llamado Edicto de Milán del año 313, el cual se conoció como el Edicto de la libertad religiosa, aunque este no es fruto de una preocupación por la libertad religiosa de los ciudadanos, sino que es consecuencia de un intento de devolver la paz al Imperio. Desde el punto de vista sociológico, el cristianismo, poco a poco, se había convertido en la religión mayoritaria de los ciudadanos. El cesaropapismo El hecho de que la mayor parte de la población profesase la religión católica hizo que unos años después de la publicación del Edicto de Milán, el emperador Teodosio proclamase al cristianismo como la religión oficial del Imperio. Sin embargo, esto no significa que los emperadores perdieran la cualidad de Sumo Pontífice, en el sentido de que ejercían y tenían poder sobre los religiosos. En esas circunstancias, el emperador con poder en lo terrenal y lo espiritual, aparece el cesaropapismo. El emperador se comporta simultáneamente como emperador y como Papa, lo que trae como consecuencia que se atribuye competencias tanto directas como indirectas sobre los religiosos. En cuanto a las relaciones entre los ordenamientos civil y canónico, se produce un fenómeno especialmente curioso pues, por un lado, tiene lugar la secularización del Derecho canónico y, por otro lado, una espiritualización del Derecho romano. Una vez que el cristianismo se convierte en la religión oficial del Estado existe un intento de dar una nueva visión a las relaciones entre el poder político y el religioso. El dualismo nace de la visión del Papa Gelasio I sobre la existencia de dos poderes, uno el poder del emperador y otro, el de la Iglesia. Esta concepción del Papa Gelasio I surge como reacción al cesaropapismo y su dualismo implica el siguiente planteamiento: En primer lugar, la Iglesia se estructura en una sociedad jerárquicamente organizada y, por otro lado, el poder de los que rigen la Iglesia ha de ser reconocido por los que ostentan el poder temporal. El Imperio romano realmente continúa vigente hasta el siglo XV. El sistema romano que tenía las bases en el cesaropapismo no fue ajeno a las tensiones entre las iglesias y los emperadores de Roma, por ello, realizó múltiples intervenciones en la vida de la Iglesia, hasta tal extremo que en el año 1054 se produjo el llamado Cisma de Oriente, que supuso que las iglesias orientales reaccionaran ante su poder. Esa situación de difícil equilibrio entre el poder político y el religioso en Occidente termina favoreciendo a la Iglesia. Realmente dicha situación del aumento del poder de esta, tiene su inicio en la caída del Imperio romano de Oriente, pues en ese momento, la Iglesia adquiere un papel fundamental, siendo sus prelados, prácticamente, las únicas autoridades que llenan el vacío de poder. Dicha situación, cristaliza y culmina en época del emperador Justiniano. Hierocratismo medieval Surge en los siglos XII y XIII y se caracteriza porque el poder religioso reivindica la libertad absoluta para ejercer, sin ningún tipo de influencia. Además, se da la circunstancia de que las autoridades eclesiásticas eran, al mismo tiempo, señores feudales y estaban ligados a los reyes por vínculos de fidelidad, lo cual provocaba tensiones entre el poder espiritual y el político. Así las cosas y en este tiempo, los papas van a llevar a cabo una empresa que se desarrolla en dos frentes fundamentales: el primero, procuran la independencia del papado, liberándose de la tutela del Sacro Imperio; en segundo, se produce la reforma de la Iglesia con un doble objetivo, centralizar el gobierno eclesiástico y someter a los clérigos al poder del Papa. Como consecuencia de estas reformas, el papado reivindica ante los emperadores libertad de actuación, lo que provocó que las relaciones entre los dos poderes fueran especialmente conflictivas en esta época. Las distintas aportaciones de los papas tras la reforma gregorianas generaron, entre otras, la idea de que el Imperio dejaba de ser una institución política para convertirse en una institución religiosa. En este marco, las relaciones entre el Derecho canónico y el Derecho romano se intensifican. El canónico reclama competencias para regular sobre temas que hasta ese momento eran competencia casi exclusiva del estado como la familia y el patrimonio, la sucesión y, por último, los contratos. Por otro lado, el Derecho canónico reclama también, competencias en materia territorial pues, concretamente, en función del poder territorial regía el Derecho romano o el canónico. En definitiva, se intenta por parte de los dos poderes la supremacía jurídica. El ordenamiento judicial influye en el territorial, de tal manera que matiza los principios de cualquier otro ordenamiento jurídico. La reforma protestante y el Estado regalista La reforma protestante triunfa en los lugares donde los reyes no tenían mecanismos de control sobre la Iglesia, y conlleva una nueva actitud de afirmación de la soberanía de los reyes y los príncipes. En los países donde triunfa la reforma nacen las llamadas Iglesias de Estado y, donde no, aparecen las monarquías confesionales. El modelo de Iglesia de Estado se fundamenta en que la Iglesia es una realidad de conciencia y en su parte externa forma parte de la estructura del Estado. Las monarquías confesionales se constituyen como defensoras de la Iglesia y se establecen instrumentos de control. En definitiva, la reforma protestante supone el fin de la unidad religiosa. En el protestantismo, el Estado va a regular sobre asuntos religiosos, mientras que en el catolicismo, la Iglesia va a legislar sobre asuntos propios. Por otro lado, encontramos los Estados regalistas, donde se da una intervención estatal total en asuntos religiosos, así como el absolutismo y el despotismo.
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