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HISTORIA DEL DERECHO. EL DERECHO INDIANO, Apuntes de Historia del Derecho

HISTORIA DEL DERECHO. EL DERECHO INDIANO. RESUMEN

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 15/10/2019

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adc_10 🇪🇸

4.6

(10)

26 documentos

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¡Descarga HISTORIA DEL DERECHO. EL DERECHO INDIANO y más Apuntes en PDF de Historia del Derecho solo en Docsity! El derecho indiano RESUMEN 1.- Descubrimiento, conquista y colonización de las indias: el derecho indiano El descubrimiento de América �ene como fecha el 1492. Con mo�vo del centenario se discu�ó como hubo que denominar a esta gesta histórica y por presión de los países americanos se llamó ‘’Encuentro entre dos mundos’’. Cuando Hernán Cortés conquista México los aztecas no conocían la rueda y ya se había construido San Pedro en el Va�cano. (No tenían un buen nivel de desarrollo en América) Cristóbal Colón (posiblemente de origen Genovés) navegante, creyó que navegando por occidente no se acababa el mundo y por tanto que la �erra era redonda y no plana y que se podría llegar a lo que el llamaba ‘’las indias’’. Con lo que no contaba es que efec�vamente había �erra, pero era otro con�nente, donde ya habitaban otras gentes que posiblemente fue descubierto por los Vikingos (de los cuales no hay tes�monio escrito). Cristóbal intenta negociar con Juan II de Portugal que era la primera potencia atlán�ca pero no consigue que este le financie el viaje y tras varios años peleando contra los reyes católicos consigue que estos le financien el viaje firmando un contrato que es el que se conoce como ‘’las capitulaciones de Santa Fe’’ Almirante de la mar oceana, virrey de todos los territorios descubiertos, gobernador y una decima de todas las riquezas descubiertas en esas �erras. --> CRISTÓBAL El encuentro entre dos mundos va a cambiar la historia del mundo y desde luego de la parte occidental, de Europa y la historia de América. Las bulas de Alejandro VI Primera Bula: Alejandro VI dona a los reyes católicos todas las islas, �erras descubiertas y por descubrir en el atlán�co navegando por el occidente hacia las Indias con la misión de predicar el evangelio. Segunda Bula: EL mismo 3 de mayo de 1493, concede una segunda Bula, en la que concede a los Reyes Católicos para esas �erras los mismos privilegios que le concedió a Portugal en la Bula portuguesa. Tercera Bula: El 4 de mayo de 1493 el papa fija una línea imaginaria de demarcación entre las zonas portuguesas y castellanas. Cuarta Bula: Unos meses más tarde, el 26 de sep�embre otorga una cuarta Bula en la que cambia esa demarcación en la que concede a Cas�lla más �erras en la zona oriental. Las Par�das de Alfonso X el Sabio hablando del poder de los papas para poder hacer estas donaciones dicen que una de las cuatro formas para que un rey pueda hacer un señorío sobre una �erra, en que se lo concediese el papa, por ello el primer �tulo de conquista que tenemos los españoles en América son las Bulas. La incorporación de las indias a la corona de Castilla 1 Las Indias van a ser castellanas, van a pasar a formar parte del reino de Cas�lla. El testamento de Isabel la católica dice que pasa a su hija Juana la totalidad de sus territorios en América. Pero Fernando el Católico 20 años después de la muerte de Isabel dice que otorga a su hija Juana la parte perteneciente en las indias del mar océano. En las cortes de Aragón de 1528 se hace alusión a la mitad de las indias que a dicho el rey católico que le pertenecían y que había renunciado a favor de Cas�lla por una deuda económica contraída con la misma. La tesis probablemente más fiable es que el Papa concede las Indias a �tulo personal a los Reyes Católicos que deciden su incorporación a Cas�lla en donde volvemos al pac�smo y al absolu�smo. Fernando el Católico considera que será más fácil gobernar estos territorios bajo un régimen absolu�sta. Hay otra teoría que dice que la concesión del papa a Cas�lla fue porque Portugal reclamaba esos territorios y, por tanto, el papa lo que hace es cederlas a Cas�lla. Por el contrario, Tomás y Valiente dice que el papa concede las Indias a �tulo personal e igualitario a los reyes de Cas�lla. Esto va a tener una enorme importancia porque durante varios siglos solamente los castellanos van a poder ir y comerciar con América. Va a ser el derecho de cas�lla el que rija América. Las capitulaciones y otras normas iniciales Las capitulaciones fueron normas fundamentales del más an�guo Derecho indiano. La primera fue firmada por los Reyes Católicos y Colón el 17 de abril de 1492 (Capitulaciones de santa Fe) para regular las condiciones del primer viaje colombino. Las Capitulaciones más importantes y numerosas fueron de uno de estos dos �pos: • Las llamadas ‘’Capitulaciones de descubrimiento’’ • Las llamadas ‘’Capitulaciones de población’’ Se ha discu�do a propósito de la naturaleza jurídica de las Capitulaciones. Algunos consideran que tanto las Capitulaciones de descubrimiento como las de población o cualquier otras fueron contratos concertado entre la Corona y el jefe de la expedición; tales contratos crearían, sin más, obligaciones para ambas partes, que estarían colocadas en todo momento en una situación de plena igualdad. Otros piensan que las Capitulaciones eran concesiones unilaterales realizadas por el rey, quien a través de ellas otorgaba ciertos privilegios o mercedes al capitulante. Quizá la calificación más precisa acerca de la naturaleza jurídica de las Capitulaciones sea la apuntada por Lalinde. Para él pertenecen a un �po de situaciones jurídicas, muy cercanas a las estrictamente contractuales, que hoy llamamos concesiones administra�vas; en ellas, las partes se hallan en una relación de clara desigualdad, mientras se discuten o negocian las condiciones, pero una vez perfectas, crean efectos para ambas partes y a ambas obligan en igual medida. Las Capitulaciones fueron un medio provechoso para la Corona, que no pudiendo organizar por sí misma y con cargo a fondos de la Hacienda real las expediciones de conquista y de colonización, se aprovechó de la inicia�va privada. La etapa crí�ca: 1511-1566 2
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