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Orientación Universidad
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Historia económica y social, Apuntes de Historia Económica

Apuntes de clase dictados por ella

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 06/05/2019

fatima-diaz
fatima-diaz 🇪🇸

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¡Descarga Historia económica y social y más Apuntes en PDF de Historia Económica solo en Docsity! Historia Social. Tema 1: La historia económica y social contemporánea. Perspectiva campo del derecho. 1. Historia del derecho. Concepto y naturaleza científica. Cuando hablamos de historia se hace referencia tanto a la realidad acontecida, es decir, a hechos que suceden en el tiempo, como a la ciencia que la elabora, interpreta y enseña, de esa manera se diferencia entre historia realidad e historia conocimiento, pero en realidad nos estamos refiriendo a lo mismo ya que esos hechos sólo existen en la medida en que se les conocen. La historia es la elaboración científica referida al pasado humano. Se entiende por conocimiento científico a aquel que se basa en una metodología que investiga lo realmente acontecido, y se desentiende del mundo imaginario. Parte de la doctrina ha diferenciado entre hechos pasados y hechos históricos, los cuales por su especial condición han logrado la permanencia en el tiempo, de esta manera se diferenciarán entre hechos que permanecen en la memoria del hombre y hechos que son desechados por el historiador, esta interpretación ha sido muy criticada ya que lo que para determinadas ramas de la historia tiene gran importancia, para otras no. Cuando hablamos de hecho histórico no nos referimos al acontecimiento, si no a los fenómenos sociales que originen o transforman (ej: si nosotros estudiamos la revolución francesa). Desde hace unos años se entiende a la historia social no como una historia más entre las ciencias del conocimiento, si no que reclama cierta legitimidad en solitario, en la medida en que cualquier hecho histórico debe ser explicado desde múltiples puntos de vista, (Ej: Revolución Francesa, aspectos previos económicos jurídicos y sociales, hecho histórico consecuencias aspectos previos económicos jurídicos y sociales). Llegados a este punto tenemos que plantearnos la objetividad del historiador que es el completamente objetivo. También plantearnos…¿Está el historiador influenciado por el momento en que vive? Estas cuestiones a cerca del objetividad del historiador fueron planteados por primera vez por el autor alemán, Leopold Von Rake, quien en el prólogo de su obra Historia de los pueblos románicos y germánicos, afirmaba que en ese libro se mostraba aquello que realmente había sido, es decir, las cosas que acontecieron. Esta afirmación ha sido criticada por la doctrina, ya que la historia no puede ser el conocimiento total de los hechos, lo que implicaría que el historiador tendría que pronunciarse personalmente sobre cada cuestión. El historiador no es un mero coleccionista de datos, la realidad histórica necesita configuración para llegar al presente, con independencia de que sea deseable la objetividad. Esta tiene que ver con el rechazo de adoptar juicios apresurados, el historiador debe tener suficiente abastecimiento de datos y debe diferenciar entre lo posible, lo probable y lo seguro. 1.2 Objetivo de la historia del derecho: delimitación espacial y cronológica. Cuando nos acercamos a la historia del derecho nos planteamos 3 problemas: 1. Debemos hacer historia de lo jurídico y no de lo que no lo sea. 2. Debemos fijar los límites geográficos de nuestra historia del derecho. 3. Debemos ordenar de alguna manera las diferentes etapas por las que pasa el derecho español por eso se hace referencia a la delimitación material, espacial y cronológica: A: Delimitación material Hay que diferenciar entre lo jurídico (f.directas) y lo extrajurídico (f.indirectas), la mayor dificultad se encuentra en diferenciar las normas jurídicas de aquellas otras de diferente naturaleza, que también son jurídicas, pero que no se manifiestan por escrito. Entre los modos de formulación del derecho hay que diferenciar, aquello que directamente lo crean de otros que nos dan noticia de una norma jurídica en un momento determinado. Entre las fuentes directas del derecho se encuentran, la ley, la costumbre (cuando tiene efecto jurídico reconocido), las sentencias judiciales y la doctrina de los juristas cuando se le reconoce ese carácter. Todas estas crean derecho. Las fuentes indirectas serían aquellas que dan noticia de un hecho jurídico pero no lo crean por ejemplo, el teatro, la poesía, la novela (Quijote; relación entre figura del vasallaje). B: Delimitación espacial Lo que hoy conocemos como España ha variado a lo largo de los siglos, en este sentido debemos preguntarnos si se considera derecho español aquel que se aplicó en los territorios que en algún momento pertenecieron a la corona española. En sentido amplio se entiende que es derecho español aquel que se utilizó o aplicó en cualquier territorio en algún momento de la corona española. C: Delimitación cronológica La historia construye un todo continuo, cuya parcelación por etapas es artificial, a La Ilustración fue una revolución hecha desde arriba ( clases privilegiadas ) de corte absolutista en lo política muy centralista y admiradora de los patrones renacentistas . Estas ideas no se difundirán en las universidades, las cuales estaban atadas a planes caducos. Las ideas de la Ilustración llegaron a través de las academias, que en reuniones y tertulias tenían noticias de lo que sucedía en Europa. En cuanto a la Política Exterior se produce un gran cambio. Comienza una política pro-francesa debido a los lazos que unían a los monarcas españoles con Francia y se pierde los dominios sobre Flandes. En cuanto a la Política Interna, crece la población y se produce cierta recuperación económica. En el ámbito político la corona de Aragón pierde toda su organización político-jurídica y se incorpora a la de Castilla. 2. Cuestiones sociales. Estructura social de la época. A partir de los reinados de los Reyes Católicos, la población creció sin interrupciones hasta alcanzar los 6 o 7 millones en el S.XVI. De ese volumen total, se cree que Castilla concentraba el 80%. El aumento de la población durante ese siglo se produjo en parte por la prosperidad económica y la llegada de población extranjera principalmente comerciantes provenientes de Italia y Francia durante el S.XVII se produce un estancamiento ( no crece ) debido a las epidemias y especialmente a la peste. Al llegar el S.XVIII vuelve a producirse un incremento de población al igual que ocurriera en Europa. Durante el periodo del antiguo régimen la población se divide en estamentos muy diferenciados: Los Privilegiados = nobleza y clero. Los No Privilegiados = estado llano. 1. La nobleza se encuentra en los + alto del escalafón social, se trata de una clase cerrada, lo que significa que se nace noble y se muere noble, simplemente por pertenecer a esta clase deben ser respetados por los demás, incluso cuando no aporten nada. Este grupo estaba rodeado de privilegios, por ejemplo no pagaban impuestos y sin embargo eran los propietarios de la inmensa mayoría de los tierras, en casos excepcionales no podían recibir torturas o recibir penas infamantes (ejemplo los latigazos). La nobleza de sangre se dividió en 3 grandes grupos: a. Grandes y títulos. b. Caballeros. c. Hidalgos. En 1520 Carlos V reconoció oficialmente a esos grandes y se incorporaron a la Corte, a la guerra y a la diplomacia. Pero los mantuvieron alejados de los órganos de administración. (Ej de estos grandes es: el duque de Alba). Durante el S. XVII creció el número y pudiendo llegar a adueñarse del estado en el reino de Carlos II cuando la venta de títulos a cambio de dinero llegó a alcanzar caracteres alarmantes. 2. Los caballeros fueron una clase nobiliaria y ejercieron su poder en el ámbito local, eran propietarios de propiedades rústicas y urbanas. 3. Hidalgos que en la época de los Austrias fueron nobles, que por no ostentar cargos públicos y aceptar cargos públicos y carecen medios de fortuna ocupaban el escalafón más bajo, la literatura de la época los ha retratado como personajes llenos de fantasía y orgullo, pero sin poder económico como (ejemplo el Quijote). Durante la época de los Borbones suelen ser acogidos por los nobles para ocupar un cargo especial. Respecto al clero: la mayor parte de los obispos y arzobispos pertenecían a la familias nobles. Esto es así porque la formación de colegios mayores exigían rigurosas pruebas de sangre, es decir tenían que demostrar su nobleza de cuna y su pertenencia a la Iglesia católica. Este alto clero eran propuestos por el rey y nombrados por el papa, normalmente comenzaban su carrera en diócesis media ( ni muy rica ni muy pobre ) y dependiendo de ese poder ascendía a diócesis superioris. Por su parte el bajo clero estaba formado por curas párrocos beneficiados y capellanes. El paso de seglares a eclesiásticos eran muy sencillo muchos llevaban una vida que nada se diferenciaba de la población durante el S.XVI el número de eclesiásticos fue muy elevado. Durante el S.XVII se mantuvo y finalmente en el XVIII disminuyó. Los contemporáneos de la época se lamentaban de su excesivo nº y también del deficiente nivel intelectual y moral del bajo clero. Muchos de ellos carecían de formación y no tenían vocación auténtica, la razón del elevado número es en parte el hambre. Muchos de estos eclesiásticos entran a formar parte de la iglesia para salir del hambre y la pobreza. Como estamento privilegiados al igual que la aristocracia el clero también gozó de ciertos privilegios: el principal la exención fiscal ( no pagaban impuestos ) y jurisdicción propia, esto quiere decir que eran juzgados por sus propios tribunales. Además percibían el Diezmo ( que lo paga el 3er Estado ) ( muy importante ), es decir todas las personas excepto los pertenecientes a los estamentos privilegiados, debían aportar el 10% de sus beneficios a la iglesia, hoy en día pese a la dificultad de saber la cantidad exacta que significaba este diezmo si se puede afirmar, que eran cantidades respetables. Durante el siglo XVII los precios subieron ininterrumpidamente, por su parte durante el siglo XVII paro el crecimiento de los precios pero se mantuvieron no bajaron. Los problemas económicos del país influyeron en todos, pero afectaron especialmente a las clases medias y bajas. El estado lleno en su nivel máx. estaba formado por agricultores acomodados y la burguesía urbana. Este grupo formaba parte de los consejos municipales y de en general de la administración local. Se preocuparon que sus hijos se formaran y alcanzaron puestos de nivel medio en la nueva administración que tomaba fuerza. 3. Cuestiones administrativas, características del Antiguo Régimen. Las principales características del Derecho son: 1. La continuidad : es decir no existe ninguna estructura entre el derecho de la Edad Media y entre el derecho de la Edad Moderna. Entre una etapa y la otra no existe ningún elemento, ni ningún hecho político que incide o influye en el derecho y que modifique su trayectoria. Continuará siendo un derecho que emana principalmente del rey, de sus órganos dependientes y con gran influencia del derecho común. La existencia de este derecho común tendrá como consecuencia la aplicación del derecho romano y canónico. *Derecho común: obra de comentaristas, glosadores, derecho canónico,derecho romano y derecho feudal. 2. El derecho es de creación real con mínima intervención de las cortes y de los tribunales de justicia, no es por tanto un sistema legalista ni judicialista. 3. Se produce un incremento del derecho público frente al derecho privado. Al ser un Estado Absoluto, el rey, a través de sus instituciones, legisla los impuestos del pueblo. El derecho privado no evoluciona tanto porque la sociedad continúa siendo estamental que en la época anterior y además el monarca no está interesado en regular las relaciones jurídicas entre particulares, es decir al monarca le interesa controlar todo lo público, ya que es lo que produce beneficio. 4. El derecho se convierte en un derecho coactivo, es decir se imponen mayores penas ante la comisión de un delito. 5. Durante la Edad Moderna se va a producir una extraordinaria Estado, los Monarcas concedieron el título de secretario a muchas personas, hay que diferenciar a principalmente a 3 personas: 1. Los que ostentan el título, como una mención honorífica. 2. Los que son secretarios del Rey y los consejos. 3. Los que se incorporan al entorno del Rey y despachan asuntos privados. Los secretarios de estado, son siempre secretarios del Rey, en un principio hubo una única secretaría de Estado, pero posteriormente se divide en dos y así continúan hasta el siglo XVIII. La importancia del secretario de Estado reside en que el monarca, que era el presidente del consejo, no acudía a las reuniones y por eso el secretario de Estado, mantenía una relación cara a cara con el monarca. Estos representaban la invisible fiscalización del monarca. De esta manera se convirtieron en personajes centrales de la organización del Estado. En segundo lugar vamos a analizar la figura del secretario privado y secretario del Estado universal. Llamamos secretario privado al que disfrutaba de la figura del monarca y despachaban directamente con él, su peso político fue relativamente importante hasta que los secretarios de Estado acapararon el favor regio. Durante el siglo XVII surgen los validos (sustituyen a los secretarios privados), ellos se caracterizan por 2 cuestiones: ❏ Mantienen una relación íntima con el Rey. ❏ Gobiernan. Ej: Conde Duque de Olivares. Cuando desaparece la figura del valido los consejeros de Estado adquieren nuevamente importancia. Mientras están los validos en el poder se produce un colapso en la administración, se amontonan los expedientes y la burocracia del momento no es capaz de sacar adelante los asuntos, de ahí que se cree un nuevo tipo de secretario denominado el secretario del despacho universal, con el tiempo se configura como un oficio autónomo proyectado a todo tipo de asuntos y sin significación política, esta figura es el origen de los actuales secretarios (altos funcionarios). Con la llegada de los Borbones su primer Rey Felipe V, inicia su gobierno con un sistema de escasa eficiencia y muy desprestigiado. Los asuntos se dilataban excesivamente en el tiempo lo que producía un retraso en el tiempo. Este sistema era inviable y por ello Felipe V y sus sucesores optaron por llevar a cabo una reforma paulatina. Este sistema consistió en dejar poco a poco los consejos y crear paralelamente una estructura que se ocuparía de los mismo asuntos. El monarca utilizó para ello la denominada “Vía reservada” que consistía en asumir competencias que hasta ese momento habían sido de determinado consejo para después entregárselas a las nuevas secretarías. La justificación que utilizaban los monarcas era que se trataba de asuntos que el Rey tenía que conocer por sí mismo y después entregaba a los ministros. A partir 1787, el monarca ordena que, con el fin de tratar asuntos de interés para la nación, se reúnan los presidentes de las diferentes secretarías una vez a la semana y adopten los acuerdos oportunos. Esta asamblea da origen al consejo de ministros, eran presididas por el consejero de Estado. Tema 3: El Tránsito a lo contemporáneo. Las etapas de la revolución liberal burguesa. Desarrollo posterior. 1. La Revolución liberal burguesa. La sociedad que hemos visto hasta ahora en la que los hombres no tenían reconocida la igualdad de derechos, sino que había unos estamentos privilegiados: nobleza y clero, cuyos miembros eran titulares de una condición jurídica superior a la de los individuos que formaban parte del estamento no privilegiado, denominado Estado Llano o Tercer Estado. Este tipo de sociedad, Estado y derecho fueron sustituidos a finales del S.XVIII en Francia y a principios del XIX en España por otro modo de organización económica, jurídica y política. La gran vencedora de esta Revolución fue la clase burguesa, de ahí que se hable de Revolución burguesa. En la nueva sociedad se eliminaron los estamentos privilegiados y se predicó, la igualdad jurídica de todos los hombres. En realidad en un primer momento estos cambios sólo fueron declaraciones formales. Tuvo que pasar un tiempo para que estos principios tuvieran eficacia en la sociedad. En esta nueva sociedad se implantó la libre circulación de bienes, la liberalización de propiedad de la tierra y la supresión del Régimen Señorial. Todo ello de acuerdo con unas normas liberalizadoras propias del inicio de una sociedad capitalista. Estos cambios no se produjeron en toda Europa, ni al mismo tiempo, ni al mismo ritmo. Cada país la llevó a cabo según sus circunstancias: a) El modelo de revolución en Francia. Influyó en España sobretodo en el plano ideológico, por ello conviene hacer una pequeña referencia al esquema seguido por la revolución de 1789 (Revolucion Francesa). En la Francia de las últimas décadas del S.XVIII el crecimiento económico se vio frenado por la existencia de una economía campesina, ahogada por el régimen señorial, por la existencia de los privilegios de la aristocracia y el excesivo compromiso de la monarquía con la nobleza y el clero. En situaciones anteriores la burguesía siempre había mantenido cierta alianza con la nobleza. Sin embargo en 1789, formó un fuerte frente común con el campesinado. El interés de la burguesía residía en lograr la liberalización de la economía, la supresión de los estamentos privilegiados que impedían su acceso a la política y la creación de un mercado regido por normas racionales y seguras. Necesitaba llegar al poder político, para completar su poder económico. El campesinado era la víctima de un régimen señorial durísimo y el mayor contribuyente a las arcas del Estado. Existía una carga fiscal injustamente depositada sobre sus espaldas. Ante esta situación los campesinos radicalizan su postura y estalla la violencia. Por eso se dice que la Revolución Francesa es la suma de las 2 revoluciones: la urbana (dirigida por la burguesía) y la rural (encabezada por el campesinado). Esta revolución desembocó en un nuevo orden jurídico contenido en una constitución escrita y unos pocos códigos. El más importante fue sin duda el “Código Civil de Napoleón de 1804”. b) Revolución Burguesa en España: Las consecuencias de la Revolución Burguesa en Francia fueron ocultadas en nuestro país durante el reinado de Carlos IV, pero cuando tiene lugar la invasión napoleónica, el pueblo español tiene conocimiento, de los hechos sucedidos en el país vecino. Los mecanismos políticos y jurídicos que se habían establecido en Francia (Constitución y Códigos) ejercieron una profunda influencia. La peculiaridad del proceso revolucionario español consistió en el contraste entre unos programas muy innovadores al estilo Francés y una realidad social que nada tenía que ver con la de Francia. La doctrina discutió en su momento acerca de que si podía hablarse o no de revolución burguesa en España. Por revolución no hay que entender un cambio de efectos cataclísmicos. Esto es una alteración total y repentina del orden social del cual no queda nada, como consecuencia de la propia revolución. Esta visión es simple e irreal, pues nunca un cambio revolucionario es instantáneo, todo lo contrario, debe prepararse y llevarse a cabo en un momento más o menos dilatado en el tiempo. Tampoco elimina por completo todos los elementos de la sociedad transformada. Siguiendo al profesor Tomás y Valiente: por Revolución Burguesa debe entenderse el proceso estructural que transformó las bases del Antiguo Régimen y creó las condiciones políticas y jurídicas necesarias para la creación de una sociedad dominada por la burguesía, organizada políticamente bajo las formas de Estado Liberal y caracterizada por la implantación y desarrollo de unas relaciones capitalistas de producción del cambio. Si nos atenemos a este concepto es indudable, que en España si hubo Revolución Francesa, si bien esta se llevó a cabo, seg ún las características y atendiendo a las necesidades de la sociedad española. La Revolución Burguesa Española pasó por 3 etapas, fue un proceso largo y discontinuo que cambió una sociedad del Antiguo Régimen, a una sociedad Constitucional. urbanas pertenecientes, hasta finales del siglo XVIII a las denominadas manos muertas eclesiásticas o municipales, fueron convertidas en bienes nacionales (expropiadas). Y vendidas después en públicas subastas al mejor postor. Tiene 3 etapas: ● 1ª etapa de la desamortización tuvo lugar en el reinado de Carlos IV, bajo la dirección de Godoy y de su ministro Cayetano Soler. Los bienes desamortizados pertenecían a la compañía de Jesús, a los colegios mayores universitarios, diversos hospitales, casa de discordia y a otras entidades a mano de la iglesia. La finalidad por la que se llevó a cabo esta primera fase, fue el intento de ingresar en la Hacienda Real una importante cantidad de dinero, ya que este organismo no podía hacer frente a sus deudas, solo con cargos a los ingresos ordinarios. ● 2ª etapa de la desamortización fue dirigida por Mendizábal quien promulgó dos disposiciones fundamentales, ambas dirigidas a desamortizar los bienes de la Iglesia que quedaban convertidos en bienes nacionales y posteriormente enajenados (vendidos en venta pública), además de saldar parte de la deuda pública, Mendizabal quería pagar los gastos de la Primera Guerra Carlista y en ella se enfrentaban 2 concepciones de Estado: I. Por un lado la regente de Mª Cristina y los liberales, partidarios de la renovación, y por otro lado el infante Don Carlos, hermano del rey difunto de Fernando VI, que defendía la vuelta al absolutismo y la defensa de los derechos forales y las costumbres. Más allá de estos fines financieros, se trataba de crear una masa de propietarios interesados en el triunfo de la causa liberal. Solo con la victoria de los liberales se podía garantizar a los nuevos propietarios que habían adquirido esas tierras y la conservación de las mismas. II. Por otro lado la ley de 29 de julio de 1837, declaró extinguidos los diezmos, aquel impuesto que debían pagar todos los ciudadanos no privilegiados del 10% de sus ganancias a la Iglesia para compensar a la Iglesia por la pérdida de sus bienes y de las rentas procedentes del diezmo, se creó la denominada “contribución de culto y Clero”. ● 3ª etapa de la desamortización está representada por la Ley del 1 de mayo de 1855 elaborada por el ministro Madoz. Esta fue la más general de las leyes desamortizadoras pues mantuvo vigente las enajenaciones de los bienes hasta ahora convertidos en bienes nacionales y además también declaró bienes nacionales, las tierras de los municipios. Esta última etapa afectó especialmente a los campesinos que no habían tenido acceso a la adquisición de las tierras. Estos hasta aquel momento habían hecho uso de las tierras comunales de manera casi gratuita, al pasar de estas tierras a depender de un propietario tenían que pagar por su uso. Para muchos de ellos fue imposible y esa es una de las razones por las que gran cantidad de campesinos se vieron obligados a emigrar a los nuevos centros industriales. Lo que dará lugar en el futuro a la clase obrera. Los compradores de las tierras desamortizadas y desvinculadas podemos dividirlos en: 1. Negociantes de la desamortización y especuladores. 2. Los grupos burgueses conformado en su mayoría por comerciantes, industriales, profesionales liberales y políticos. 3. Las clases medias rurales, los hacendados y las clases medias urbanas. 4. Algunos nobles y extranjeros. Todos estos grupos compraron una propiedad de tipo burgués plena, libre e individual, cuya continuidad estaba ligada al triunfo y al arraigo de las nuevas sociedades. Por último hay que decir que la desamortización suprimió la base de riqueza sobre la que se había sustentado la Iglesia. TEMA 4: El marco social de la Edad Contemporánea 1. La Industria y la Revolución Industrial en España. A partir de mediados del S.XVIII, la vida económica de occidente sufre una gran transformación que es lo que se denomina Revolución Industrial, que consistió en una serie de innovaciones en la técnica y en los modos de producción, cuya base estuvo en la invención de la máquina de vapor, la organización nacional de los trabajos y el avance de los transportes. En nuestro país existían abundantes recursos mineros, pero apenas fueron aprovechados hasta las últimas décadas del S.XIX. Existía un excesivo intervencionismo y control por parte del Estado que suponía un freno a la iniciativa de los concesionarios. Esta situación produjo un estancamiento que sería superado por las doctrinas librecambistas, durante el reinado de Isabel II. La ley de base del 29 de diciembre de 1868 inauguró una nueva etapa al simplificar las adjudicaciones y conceder las minas a perpetuidad mediante el pago de un canon (pago de un precio por un recurso único). Esa ley y otra complementaria, que se dictó al año siguiente, daba libertad a la creación de sociedades, entre ellas las mineras. Esto trajo como consecuencia la llegada masiva de compañías extranjeras interesadas en sus explotaciones. Los ingleses y franceses se hicieron cargo del aprovechamiento de las minas de nuestro país como por ejemplo el plomo en Córdoba o el cobre del río tinto. Esto a su vez significó que el beneficio obtenido por esas compañías no quedará en nuestro país, por tanto la explotación minera no trajo más riquezas para los españoles. Por su parte la tecnología inglesa del acero exigía un hierro libre de fósforo. Este material se encontraba en las cuencas Vasco-Santanderinas. Esa es la razón por las que las compañías británicas comenzaron a explotar este mineral y esa es la razón de la riqueza. España se convirtió en ese momento en una potencia productora de hierro y en una de las mayores exportadoras del momento. Esas exportaciones dieron gran riqueza al País Vasco y fueron un factor clave en el desarrollo. Por su parte la industria textil-algodonera surgida en Cataluña se enfrentó a multitud de dificultades entre las que cabría destacar la desaparición del mercado de economía que en buena medida había permitido su desarrollo. Además se unieron otros factores que frenaron aquella industria tales como el incremento del precio del carbón y la lejanía de los centros de producción lo que encarecía el transporte del carbón. A pesar de todos estos factores, algunas familias lograron crear una fuerte industria de telares y máquinas de hilar en Cataluña. 2. La estructura social La estructura social sufrió grandes transformaciones a lo largo del S.XIX. El viejo orden estamental quebró con el reconocimiento y proclamación de la igualdad de los súbditos. El régimen de estamentos desaparece definitivamente a través del Decreto de unificación de fueros de 6 de diciembre de 1868 y que consagró la existencia de un único fuero o estatus legales de todos los españoles. La sociedad estamental se convierte en una sociedad de clases, en las que únicamente se diferencian unas de otras según su grado de influencia, poder o fortuna. Entre las clases privilegiadas destaca la aristocracia terrateniente, que fue en gran parte la beneficiada por la desamortización. anarquistas tuvieron mayor influencia en el campesinado andaluz y en el proletariado industrial, crearon un sindicato en el año 1911. Denominado confederación nacional del trabajo conocida como la CNT, esta organización pasó por diversas etapas de persecución y tolerancia y tuvo cierta influencia en los años posteriores. Por su parte lo socialistas se desarrollaron de manera menos espectacular bajo la influencia del marxismo francés. Una vez se funda el PSOE se lleva a cabo la fundación de Barcelona en el año 1898. La unión general de trabajadores UGT se traslada al año siguiente a madrid y consolidó su postura gracia a la defensa de los intereses de los trabajadores durante la crisis industrial de los años 80. Su mayor influencia estaba en Vizcaya, Asturias , Cataluña y Madrid. Tema 5: organización política de la sociedad contemporánea 1. Proceso liberal En el año 1808 se produce una gran crisis. La cual hace que el monarca Carlos IV deba abdicar en su hijo Fernando y este fuera proclamado monarca. Ambos se ven obligados a acudir a Bayona ante la presencia de Napoleón. Mientras, en España se nombra una Junta Suprema que va actuar en nombre del monarca. En Bayona, Fernando le entrega el trono a su padre y este a su vez, a Napoleón. Ante determinadas actuaciones, el pueblo español reacciona y estalla el conflicto. En España, esos acontecimientos o maniobras se consideran una trampa por parte de Napoleón. Los españoles, a quien reconocen como monarca, es a Fernando y entienden que su renuncia es ilegítima, puesto que tienen su origen en las maniobras de Napoleón. En la mañana del 2 de Mayo de 1808, el pueblo de Madrid se levanta contra el enemigo francés y comienza la revolución popular. Ese es el momento en el que considera que comienza la guerra de la independencia, la Revolución Liberal y el comienzo de la Época Contemporánea en nuestro país. Durante las 9 décadas del siglo XIX se producen los siguientes acontecimientos que van a influir de manera categórica en la política española. 1. La Guerra de la Independencia (1808-1814). 2. Reinado de Fernando VII (1814-1833). 3. Regencia de María Cristina, madre de Isabel II (1833-1843). 4. Gobierno de Isabel II (1843-1868). 5. Sexenio liberal (Reinado de Amadeo de Saboya y 1ª República 1868- 1875). 6. La etapa de la Restauración (Se inicia con el reinado de Alfonso XII 1875-1885). Ya hemos visto durante varias ocasiones en el antiguo régimen a España como sociedad preindustrial. La tierra era la fuente fundamental de producción y por ello su explotación era una de las principales bases de su producción. A finales del siglo XVIII que en su mayoría pertenecían a la iglesia, a los municipios y a los nobles en régimen de propiedad amortizada o en régimen de mayorazgo, es decir, no enajenable fueron expropiadas y vendidas en pública subasta al mejor postor. Ese régimen especial que había existido durante el Antiguo Régimen, hacía que esas tierras no pudieran comprarse ni venderse con libertad. Muchas de ellas no estaban correctamente explotadas. A todo ello habría que añadir que la población se había incrementado y que las necesidades de alimentos eran mayores, al no estar correctamente atendidas las tierras no había suficiente producción y los precios se elevaron. Esta situación hizo que los responsables políticos se plantean la necesidad de modificar el régimen de propiedad de la tierra, de tal forma que sus propietarios pudieran comerciar libremente con ellas. Este régimen de propiedad de la tierra fue transformado con arreglo a las necesidades de la burguesía, a través de tres medidas: - Abolición del régimen señorial. - Desvinculación de mayorazgos. - Desamortización Esas grandes políticas económicas no estaban aisladas y se acompañaron de otras medidas que formaban parte de los principios liberales. Se dictaron disposiciones dirigidas a proteger el derecho a la propiedad y a garantizar la inviolabilidad del mismo. El establecimiento de esas libertades económicas implicaba el reconocimiento de otros complementarios, por ejemplo el arrendamiento o la solicitud de créditos. A partir de ese momento los arrendamientos serían libres según el acuerdo de los contratantes. Para que todos estos derechos económicos fueran completos era necesario proteger el ejercicio de las actividades mercantiles e industriales y reconocer una serie de libertades. Estas fueron: - Libertad para comercializar cualquier producto de la tierra, cualquier obra de trabajo y de la industria. - Libertad de precio. Todo se puede comprar y vender de la manera en que sus dueños lo estimen. - Libertad de comercio y de la industria. Cualquier ciudadano podrá dedicarse a esas actividades, incluso extranjeros. - Libertad de circulación de los productos por todo el territorio, especialmente productos agrícolas. - Se suprimen las aduanas interiores que existían durante el Antiguo Régimen entre los diferentes reinos de la monarquía y que fueron suprimidas (las fronteras) por la Constitución de 1812. A la vista de la gran cantidad de medidas económicas y jurídicas que se implantaron queda claro que el paso del Antiguo Régimen a un Estado Liberal fue un proceso largo y complejo. 2. Ordenación política y jurídica del Estado Contemporáneo. A partir de la experiencia liberal de las Cortes de Cádiz, se advirtió un gran enfrentamiento entre los liberales y los serviles. Y además, la aparición de una tendencia centrista. Tras la muerte de Fernando VII se plantea la opción de que gobierne el infante Don Carlos, hermano del difunto monarca (F. VII) y defensor del absolutismo. En el otro lado se encontraba la hija del rey, Isabel II que en ese momento aún es menor de edad. Ante esa situación sería su madre, la Regente Mª Cristina la que gobernara. La disputa dinástica en realidad representa el enfrentamiento entre la tradición y la modernidad. Hasta tal punto llegaría el enfrentamiento entre ambas tendencias, que daría lugar a la 1ª Guerra Carlista (1833-1840). El Carlismo es la opción contrapuesta a la corriente liberal, se inicia como negación de la Revolución Liberal y su ideología se va formando a partir de los fallos del liberalismo, de esa manera frente al progresismo el carlismo aspira a revitalizar las viejas herencias medievales. Frente al federalismo defendido por Pi y Margall, el Carlismo defiende la restauración de los fueros y de las identidades nacionales. Frente a la libertad religiosa defendida por los liberales los carlistas defienden la integridad católica. Durante esa primera mitad del S.XIX el arraigo al carlismo en nuestra sociedad era enorme. Se estima que el 50% de la población defendía la causa liberal y el otro 50% el Carlismo. Esa división ideológica se prolongará durante gran parte del S.XIX. A partir de la Revolución de 1868 se introdujeron cambios profundos en el panorama de las fuerzas políticas. Por una parte se reconoció la libertad de asociación, lo que favoreció el desarrollo de partidos políticos que se organizaron en todos los ámbitos de las circunscripciones electorales y establecieron coaliciones entre ellos. Por otro lado se reconoció el “sufragio Universal Masculino” dejando de lado el sistema censitario cuyas principales características eran que solo parte del censo votaba, generalmente aquellos que demostraban tener una solidez económica o patrimonial suficiente que les permitía ejercer el sufragia activo (derecho a votar) y el sufragio pasivo (derecho a ser votado). Finalmente la opción planteada en las elecciones a cortes constituyentes de 1869 dio la opción de elegir entre monarquía o república, cosa que hasta aquel momento había sido inviable. Corriente moderada: se caracteriza por la búsqueda del custo medio del Absolutismo Carlista I y el a la media del absolutismo. El protagonista de esta política tras la muerte de Fernando VII fue Martínez de la Rosa, autor del Estatuto ilustradas formadas por personas con formación política y jurídica. Este modelo de código choca con el derecho consuetudinario (basado en la Costumbre), cambiante por su propia naturaleza y dependiente de circunstancias temporales, culturales y regionales. El fenómeno de la codificación aparece en Europa aplicado a 4 sectores jurídicos fundamentales: civil, mercantil, penal y procesal. Surgen en Baviera, Prusia, Austria e Italia cuando aún no ha tenido lugar su revolución. Sin embargo en Francia este mismo fenómeno se desarrolla tras la revolución Burguesa. El código por excelencia y que sirve de modelo a otros muchos en Europa, es el Código Civil de Napoleón de 1804. Otro importante código sumamente técnico y completo es el Código Civil de 1900. El fenómeno de la codificación y del constitucionalismo responde a un mismo impulso racionalizador uniformista e igualitario. Sin embargo la mayor complejidad de los códigos y la menor politización les otorga mayor resistencia al paso del tiempo, esa es una de las razones por las que nuestro país, por cada cambio político que se produjo durante el S.XIX se promulgaba una nueva constitución. El 1er Código Penal español se promulgó en 1822 (Trienio Liberal, por lo que no ha terminado la desamortización ni han aparecido los Fueros ni se ha desarrollado la Industria en nuestro país). Consta de 1 título preliminar sobre cuestiones generales y 2 partes dedicadas, la 1ª a los delitos de la sociedad y la 2ª a los delitos contra los particulares. Una vez que termina el periodo del Trienio Liberal, el Código Penal queda abolido y se vuelve al sistema anterior. En 1843 una comisión de codificación estableció las bases para preparar textos codificadores de derecho penal, civil y procesal. Se aprueba un nuevo código en 1848, este aparece dividido en 3 títulos: Disposiciones generales, Delitos y Faltas. Fue muy riguroso en el castigo de los delitos religiosos. Finalmente el Código Penal de 1870 fue una gran reforma de 1848 y se propuso fundamentalmente 3 cosas: adaptarlo a los nuevos principios políticos de la constitución, atenuar el rigor del texto anterior y corregir sus defectos técnicos. Esa es la razón por la que se suprimen los delitos contra la religión y se establecen nuevas figuras penales para prevenir el terrorismo (surgimiento del anarquismo y atentados contra el liceo, asesinato de Cánovas, etc), adaptándose así, el Código, a las nuevas circunstancias. El código de 1870 estuvo vigente hasta la dictadura de Primo de Rivera, cuando esta desaparece vuelve a instaurarse el Código Penal de 1840 y desaparece definitivamente en 1842. Codificación mercantil había sido en su origen el derecho especial de los mercaderes, es decir un derecho de clases. Con el tiempo se abrió camino una concepción objetiva que extendía ese ordenamiento a los actos de comercio, independientemente de quienes intervinieran. Hay que destacar que los primeros códigos de comercio se desarrollaron cuando históricamente aún no había tenido lugar el desarrollo de la moderna empresa. El código Mercantil de 1829 es heredero ideológico del francés, pero también incorpora en buena medida las normas y las doctrinas de la tradición nacional. El ritmo de vida junto con el despegue económico y la detección de defectos técnicos explican que a los 5 años de su promulgación se crea una comisión para redactar un nuevo código, lo que se intenta es buscar la simplicidad e incluir la libertad de comercio y la finalización de los privilegios. El código de 1885 repite la estructura y linea fundamentales de 1829 y la gran diferencia es la desaparición del libro 5º que hacía diferencia a la jurisdicción mercantil que ya había desaparecido. El derecho Procesal es el conjunto de normas que regula el proceso, es decir del litigio jurídico que las partes presentan ante los tribunales. La existencia ante un código Civil y un Código Penal lleva aparejado la existencia de una ley de enjuiciamiento civil y criminal. La ley de enjuiciamiento civil es de 1855 y consta de casi 1500 artículos y se distribuye en 2 partes: la jurisdicción contenciosa y la voluntaria. En 1851 se aprueba una nueva ley de enjuiciamiento civil con casa 2200 artículo que la convierte en la más extensa de Europa. En cuanto a ley de enjuiciamiento Penal, la primera se aprobó en 1872, constaba de 1 título preliminar dedicado a disposiciones generales, 3 títulos relativos al sumario, juicio oral y procedimiento de faltas y 1 título final dedicado al proceso de extradición. Reconocía la figura del jurado, pero su aplicación resultó difícil por la inadecuada estructura judicial. En 1832 se promulga una ley de bases para reformar el procedimiento criminal con arreglo a los principios de brevedad, publicidad, etc. En realidad se trataba de una nueva ley de enjuiciamiento criminal, dotada de buena técnica y progresista. Merece destacar el reconocimiento de los derechos del inculpado y la regulación de la fianza. Por último a diferencia de lo sucedido en francia, el código Civil fue el último eslabón de la codificación español, ello se explica por la facultad de un borde común de derechos forales. Tras varios intentos fallidos, en los años 80, la empresa codificadora adopta aires más realistas. Se busca una solución armónica y flexible que respete la peculiaridad foral. Alonso Martinez en el año 1891 representa una ley de bases del código Civil en él se autorizaba al Gobierno a publicar … con las variaciones oportunas. El proyecto preveía la vigencia general del código civil como supletorio en las regiones forales, pero un cambio político frenó la posibilidad de su aprobación. Su sucesor Francisco Silvela volvió sobre el mismo proyecto en 1885. Este fue aprobado por las Cortes y se convirtió en la ley de bases de 1888. Tras esta ley todo fue muy rápido y al año siguiente se promulgó el primer Código Civil, constaba de 1 título preliminar y 4 libros con un total de 1966 artículos. Tomó como modelo el Código Francés, pero teniendo en cuenta las circunstancias de nuestro país. En un primer momento recibió grandes críticas. Sin embargo con el paso del tiempo, esa opinión fue variando y mejorando. El S.XIX se caracteriza por la existencia por numerosos textos constitucionales, siendo cada uno de ellos consecuencia del momento histórico que vive el país. Los textos que vamos a estudiar son: - Constitución 1812: El levantamiento de mayo de 1808 dio comienzo a la Guerra de la Independencia que tenía como objeto rechazar al enemigo Francés, pero paralelamente surgió un movimiento político revolucionario contra el Antiguo Régimen. La ausencia de un rey legítimo (Fernando VII) y el no reconocimiento de José Bonaparte como rey de España produjo una situación de vacío de poder. Las juntas populares lo asumieron y la junta central suprema convocó Cortes Generales en Cádiz en 1810. Las Cortes cuando se reunieron lo hicieron en una sola cámara como asamblea constituyente y no separada por estamentos. Por tanto las Cortes son unicamerales. La constitución que surgió de aquella asamblea declaró: 1. La soberanía reside en la nación.El rey no es el titular de la soberanía, está limitado y sometido a la constitución, deben guardar y hacer guardar la constitución. Esto significó supuso un cambio radical, ya que las Cortes reconocían a Fernando VII como rey de España, pero no como rey absoluto, sino como rey constitucional. Con esto se produce el cambio de la Monarquía Absoluta a la Monarquía Constitucional. 2. La división de poderes atribuye la potestad de creación de leyes al rey y a las Cortes. El poder ejecutivo se le reconoce al rey y el judicial a los tribunales de justicia. 3. Reconoce el principio de confesionalidad católica, es decir, la religión del Estado es la religión católica. 4. El principio de rigidez constitucional, significa que se fijan una serie de dificultades para poder llevar a cabo una reforma de la constitución. 5. El principio de unidad de códigos y de unidad jurisdiccional. 6. Respecto a los órganos del estado: el rey, las cortes y los tribunales de justicia. Las cortes son la reunión de todos los diputados, todos ellos se unen en una única cámara. Entre la facultades de las cortes se encuentra aprobar y derogar las leyes. Renovar anualmente las contribuciones y recibir al rey cuando es nombrado como tal. 7. Respecto al rey es el titular del poder ejecutivo, y como tal se encarga de ejecutar las leyes, conservar el orden, y la seguridad del Estado. Por su parte los tribunales de justicia eran los encargados de aplicar las leyes en las causas civiles y penales de manera exclusiva. 8. En cuanto al sistema electoral se trataba de un complejo sistema indirecto que constaba de cuatro fases: a. La primera escogía a los compromisarios de parroquia de partido y de importantes facultades judiciales.Y tercero se promulga una nueva ley electoral que restringe nuevamente al derecho al sufragio activo, solo los más ricos pueden votar. En líneas generales se retroceso un proceso al reconocimiento de las libertades. Se restringe nuevamente los derechos a la asociación política así como el derecho de imprenta. - Constitución 1869: Tras la salida de Isabel II de España, se formó un gobierno provisional y asumieron la soberanía las juntas, se estableció el sufragio masculino universal y con arreglo a este sistema se convocaron Cortes Generales, las cuales redactaron una nueva Constitución. Esta tiene el respaldo popular, en consecuencia se reconoce el principio de soberanía nacional. Así mismo declara el sufragio universal masculino. Se establece la división de poderes y por primera vez se producen los derechos individuales: ➔ El derecho de asociación la libertad de expresión de domicilio de propiedad privada, de culto entre otros. ➔ La forma de gobierno sigue siendo la monarquía y el poder ejecutivo reside en el rey, quien lo ejerce a través de sus ministros. ➔ Se mantuvo el bicameralismo pero de estableció que los senadores debían ser elegidos por sufragio universal. Cualquier hombre mayor de edad y con pleno goce de sus derechos civiles podía ejercer el derecho al voto y ser asimismo elegido diputado. ➔ El poder judicial lo ejercían los tribunales y se reconocía el juicio por jurado esta constitución estuvo vigente durante la regencia del General Serrano y el Gobierno de Prim, mientras se buscaba un rey para España. También siguió vigente durante corto reinado de Amadeo de Saboya formalmente durante la primera república siguió vigente puesto que no se derogó. - Constitución 1876: Tras el hundimiento de la primera república se instauró nuevamente la dinastía de Los Borbones en la figura de Alfonso XII. Es la etapa conocida como la restauración el gran artífice de esta etapa fue canoas quien defendía las siguientes ideas restablecer la dinastía borbónica, excluir a los militares de la política e instaurar un sistema de rotación de partidos conservador y liberal. Con la implantación de este sistema la burguesía se acomodo en el poder quedando excluidos los partidarios del absolutismo el proletariado urbano el campesinado y sus representantes anarquistas y socialistas. El triunfo de esta política es innegable y fue posible gracias a la creación de una nueva constitución y el falseamiento de toda consulta electoral este sistema nos distanció de europa al no reflejar los cambios de opinión en la configuración de las cortes durante esta etapa surge el fenómeno del caciquismo en las ciudades y pueblos de España estos a través de su influencia y poder en el lugar controlaban el voto en las elecciones. El proyecto de constitución se llevó a cabo fuera del parlamento pero fue aprobado por las cortes formalmente. La constitución de 1876 fue una de las más larga vigencia desde el reinado de Alfonso 12 hasta la dictadura de primo de rivera hasta el año 1923 proclamaba los siguientes principios: no hay más soberanía que la ejercida por la corona y las cortes por tanto no hay soberanía nacional, segundo la reforma de la Constitución puede llevarse a cabo sin un procedimiento legislativo especial, tercero reconocía muchos derechos individuales pero reservaba su desarrollo a un futuro a través de leyes ordinarias esto dejaba a dicho derechos vacíos de contenidos. Finalmente las cortes eran bicamerales y el poder judicial no aparecía como tal mencionado en la constitución si no como un mero poseedor de la función de administrar justicia en nombre del rey y en cuanto al sistema electoral se reconocía la elección de los senadores y diputados a través de una sistema indirecto y fencitsrio tanto en el sufragio activo como en el pasivo. Historia económica. Libro = los tiempos cambian: historia de la economía, Jordi Palafox (ed) 2014. Tema 1. Las relaciones laborales en las economías preindustriales. 1. Las relaciones sociales de producción: Sistema Feudal. ➔ La familia constituía la base de la producción. ➔ Los señores se habían retirado en gran parte de controlar el proceso de producción. ➔ La gran explotación señorial era menos eficiente que la explosión campesina. ➔ Los períodos de auge y crisis en el modo de producción feudal están conectados con la dinámica de los rendimientos decrecientes (examen), es decir que se sigue produciendo, pero cada vez en menor cantidad. 1.2 La reproducción de la fuerza del trabajo: la población hasta 1750. ➔ El desarrollo de la población, bloqueado por: las epidemias, la acción del Estado y las guerras. ➔ La población europea que creció notablemente desde finales del siglo XV, dejó crecer en el XVII. En Castilla la gran peste comenzó en 1650, había provocado la pérdida de un cuarto de la población y tardó mucho en recuperarse dicha población. Siglo XIII (aumento de población, comercio en el mediterráneo), XIV (decrece, la peste, guerra 100 años), XV (se mantiene se acaba la conquista de la Península), XVI (aumenta, para las economías del sur de europa es un ciclo de crecimiento económico), XVII (decrece, siglo de la historia de la climatología, serie de factores climáticos, afectó a las cosechas y se pasó hambre, provocó descenso de población) y XVIII (siglo de recuperación, tardaron 200 años en recuperar la población que se perdió en el siglo XVII). Crecimientos poblacionales lentos. ➔ La Península Ibérica e Italia, sólo pudieron recuperar sus efectivos poblacionales hacia 1750. ➔ Francia, Suecia y Alemania hubo un modesto crecimiento. ➔ Sin embargo, en los Países Bajos, las Islas Británicas y Escandinavia, a fines del XVIII la población había aumentado al doble que de principios del XVIII. ➔ En Europa oriental, Polonia y Hungría se produjo un importante descenso demográfico en el XVIII. ➔ Variables demográficas y mecanismos correctores: “ Si tenemos en cuenta la historia climática, la historia económica, o al menos la agraria, se reduce en una maldición tras otra”, Jan de Vries, (1981): Measuring the impact of climate on history, London. ➔ Las causas de la caída demográfica hay que buscarlas en: la mortalidad catastrófica (muertes por catástrofes por los ciclos climáticos, produjo deterioro en los campos y aumento de plagas) y en las tasas de natalidad. 1.3 Cambios en el sector agrario: los límites al crecimiento económico. ➔ Norte y oeste de Europa-Finlandia, Noruega, Gales e Irlanda- agricultura de subsistencia. ➔ Este del Elba y norte de Danubio, la esclavitud personal o servidumbre. ➔ En el área del Mediterráneo, mezzadria (es un contrato de trabajo, el cual lo inventó los moros) [aparecería (el propietario de una finca rústica encarga a enfermedades mortales: Aumentó en toda Europa e incluso en Rusia, por la introducción de nuevas técnicas, que lo facilitó. Trampa Malthusiana, proviene de Malthus que fue un economista británico del S.XVII que habla de que el mundo no podía salir de una “maldición divina”, que consistía en que lo alimentos nunca sería suficientes para toda la población existente, el crecimiento de la población de alimentos no podrá satisfacer la población. Todo esto ocurre hasta la sociedad preindustrial ➔ La productividad agrícola (rendimiento por trabajador) aumentó debido a la introducción de nuevas técnicas: Las nuevas técnicas proporcionó mayor oferta de alimentos. ➔ En el S.XX siguió creciendo a un ritmo inferior al ritmo del mundo: 2.500 Millones de personas en el mundo. ➔ El uso de fertilizantes orgánicos y químicos, aumentó el rendimiento de los suelos. ➔ El menor coste del Hierro promovió el uso de herramientas más modernas y eficaces. ➔ La máquina agrícola, como las trilladoras movidas a vapor y las segadoras mecánicas contribuyeron al incremento de la productividad de explotaciones agrícolas: La maquinaria agrícola fue el gran cambio. En París se exponían los nuevos alimentos (ferias). Los grandes beneficiarios eran las tierras vírgenes y los grandes países, todo ello produjo mayor volumen, se movían los alimentos. por lo que había más gente y mejor alimentada. La Revolución Industrial y Demográfica: Inglaterra, en los factores se encuentra mejora higiene personal, alimentación, transporte, mejora sanitaria, desaparición de las pestes. Con ello la reducción de la mortalidad catastrófica (epidemias y el hambre), junto con la reducción drástica de la mortalidad. Todo esto lo provoca, según Kuznetz, la Revolución Demográfica (mano de obra) hace que aumente la demanda(hay más gente ya que están mejor alimentados) y provoca la Revolución Agrícola (capital), con ambas cosas da lugar a la revolución industrial por lo que ocurre al final la Revolución Tecnológica. 1.3 Éxodo rural y urbanización: ➔ A principios del XIX, Inglaterra era ya la nación más urbanizada con un 30% de su población localizada en aglomeraciones de 2000 habitantes: 30% ciudades,añadimos el éxodo rural( abandono campo ciudad). ➔ En 1800, apenas había en Europa 20 ciudades con poblaciones de más de 100.000 hb, y ninguna en el continente americano; en 1900 había más de 150 en Europa y Norteamérica, y en 1950 más de 600. ¿Qué es lo que dice Kuznetz? ● R. Demográfica----->Alta demanda------>R. Agrícola ● Mano de obra------->R. Industrial ←-------- Capital R. Tecnológica ➔ La movilidad del factor trabajo tuvo en el siglo XIX su mayor expresión. ➔ Los hombres se movían dentro de los territorios industriales, como Alsacia, el norte de Francia, Sajonia, Renania o ciudades textiles del norte de Italia. ➔ No pudieron absorber las oleadas de campesinos, produciéndose una abultada emigración ultramarina, desde el sudoeste de Alemania, Irlanda, Escocia y más tarde Escandinavia. ➔ Dos millones y medio de personas abandonaron. Alemania entre 1815 y 1870 ➔ Era el desequilibrio entre un aumento de la población y la incapacidad de las económicas para absorber el aumento demográfico ➔ Similar ocurrió en la periferia Europea a partir de 1890, continuando en 19114 y 1920 1.4 Reforma y modernización agraria: su influencia en la configuración del nuevo mercado de trabajo. El papel del sector agrario en la Revolución Industrial, se plantea en términos de “contribuciones” del sector al crecimiento económico (Kuznets). Fue necesario cierto estímulo de la demanda para desencadenar las mejoras en la producción de alimentos y el flujo de mano de obra desde el campo. TEMA 3: FUERZA Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EN LA INDUSTRIALIZACIÓN INTENSIVA 1. Cambios en la composición de la fuerza de trabajo. Los grandes procesos migratorios. La crisis agraria al final del XIX y la demanda de los sectores industriales emergentes provocaron profundos cambios en la estructura del empleo en muchos países. La corriente migratoria más importante se produjo en Europa, en menor medida Asia, y el continente americano Coolies: trabajadores con escasa cualificación procedentes de la India, China, entre 1830 y 1930. Entre 50 y 60 millones de personas dejaron Europa rumbo a América entre la era napoleónica y 1930. El principal país receptor fue Estados Unidos que entre 1840 y 1920 recibió 34 millones de individuos en cantidades anuales que oscilaron entre las 300.000 y las 570.000. En Argentina, en 1870, tenían 1,8 millones de personas, un 71% de los cuales vivían en el medio rural. En 1914, la población había crecido hasta 7,5 millones. El perfil personal y profesional del emigrante europeo cambió a lo largo del siglo XIX. Hasta mitad del siglo XIX, los emigrantes habían sido granjero y artesanos de zonas rurales (famlia). Final del XIX y primera décadas del XX, la emigración es urbana, masculina, joven, individual y analfabeta. 1.2 Causas y consecuencias de los movimientos migratorios. Economistas educativos: el factor trabajo se mueve desde donde es más abundante que los factores o capital hacia aquellos otros donde es más escaso. Economistas inductivo: los que emigran son aquellos que tienen mejores expectativas de futuro que en sus países de origen, descontados los costes del viaje. Otros argumentos: “push and pull” empujar y atraer. La pobreza no fue necesariamente la única razón para emigrar. La sociedad de masas: crecimiento urbano y la racionalización del trabajo (cadenas de montaje). El consumo de masas, hace referencia a todas aquellas familias que aspiran a tener frigoríficos, radio, televisión, etc. Consiguiendo así que los trabajadores produzcan para los trabajadores, ya que se producen a un coste inferior, en el que la clase obrera pueda comprarlo. Esto fue un gran salto en la producción, debido a que antes los trabajadores producían para el señorío. Producción orientada a satisfacer las necesidades de un mercado amplio de consumidores. Los límites al crecimiento económico: ● La agricultura en crisis: caída de los precios agrícolas, exceso de producción, endeudamiento de los agricultores. ● La industria: las viejas industrias exceso de inversión, sobreproducción y paro estructural; las nuevas crecen rápidas y con alto grado de concentración. ● Produciendo que el comercio y las finanzas se encuentran en permanente tensión. 3. Evolución de las rentas del trabajo en las economías industriales. Entre 1890 y 1913, los salarios nominales crecieron de forma muy leve, casi inapreciable: un 1% en el Reino Unido; 0.6% en Francia; un 1% en Holanda. Entre 1914 y 1918 los salarios nominales crecieron para compensar la subida de precios de los productos básicos. A partir de 1921, los salarios nominales se estancaron y caen en los años de la gran depresión. En la Italia fascista, el gobierno decretó en noviembre de 1930 un recorte de salarios del 12 de 100 para los empleados públicos y un 8 por 100 para los obreros del sector industrial. Salario reales: - Mejoría en los países industrializados. - Su evolución depende de la evolución de cualquiera de los dos elementos de la relación-salarios nominales o precios. - Reducción de los precios agrícolas permitió que los asalariados pudieran tener acceso a otros bienes de consumo. Se enriquece la cesta de la compra de las familias favoreciendo la lucha contra las enfermedades, ampliando así la vida En Estados Unidos en 1888 el dinero que las familias destinaban a comida era el 44% de todos sus ingresos; en 1961, el 27%. Participación de los salarios en la ganancias de productividad; la acción de los sindicatos contra la flexibilidad de los salarios hacia abajo, y la acción de los gobiernos. La influencia de los sindicatos sobre los salarios fue positiva. Los sindicatos fueron eficaces en coyunturas depresivas como la de los ochenta del siglo XIX y la de los años treinta del siglo XX La incidencia de los gobiernos sobre la renta de los trabajadores fue mayor allí donde la regulación evitó la sobreexplotación. Los trabajadores británicos ganan más que los españoles no porque sus salarios eran superiores aun trabajando menos horas, sino porque el índice desregulación de sus mercados de trabajo. 4.1 La homogeneización de los salarios. Los sindicatos y la negociación colectiva, impulsaron la homogeneización de los salarios A partir de la aparición de los sindicatos generales, se nivelan los salarios en la negociación colectiva los incrementos son lineales y no porcentuales. Los gobiernos con sus políticas reguladoras del trabajo y de la asistencia social contribuyeron a la homogeneización de las rentas salariales. El primer tercio del siglo XX persistían diferenciales de salarios entre los trabajadores por razones extraeconómicas, institucionales y culturales. - Artesanos y especialización - Género: en la industria británica, hacia 1935, los varones ganaban por término medio 64.5 chelines a la semana; las mujeres 31.3 chelines. - Blancos y negros. 5. La distribución de la riqueza durante el nacionalismo económico. A finales del XIX, la élites económicas representadas en el 5 por 100 de la población poseían entre el 30% y el 40% de la riqueza mundial. Después de la Segunda Guerra Mundial , todos los países se acercaban al 25 por 100. El producto social se fue distribuyendo de forma más equitativa en los países industrializados. Las causas del aumento de la productividad y de los beneficios: - Aumento del capital humano de la población - Incremento de rendimientos - Descenso de absentismo y de los accidentes de trabajo El salario mínimo: - En USA, se impuso en toda la nación con carácter general. - El salario mínimo como una herramienta en manos de los trabajadores más indefensos en la negociación con sus patronos. - Marginalistas y empresarios predecían que el salario mínimo no contribuía a aumentar las rentas.
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