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Trabajo y esclavitud en las civilizaciones antiguas: Grecia y Roma, Apuntes de Gestión de Recursos Humanos

Este documento analiza el papel del trabajo y la esclavitud en las civilizaciones antiguas, con un enfoque particular en grecia y roma. Se examinan las diferentes formas de trabajo y esclavitud, incluyendo el trabajo esclavo en grecia y la figura del esclavo en roma como 'cosa' sin condición de persona. Además, se discuten las instituciones de colonato y collegia.

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 16/12/2015

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rsl99999 🇪🇸

3.8

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¡Descarga Trabajo y esclavitud en las civilizaciones antiguas: Grecia y Roma y más Apuntes en PDF de Gestión de Recursos Humanos solo en Docsity! TEMA 2: EL TRABAJO EN LOS DERECHOS DE LA ANTIGÜEDAD Franz Oppenheimer dice que en las civilizaciones primitivas hay un instinto de conservación y hay dos necesidades básicas: el trabajo y el rol, es decir, el trabajo personal y el robo, la apropiación violenta del trabajo de otro. El robo es importante en las civilizaciones primitivas. Hay un medio económico: el trabajo personal, y un medio político: la apropiación sin compensación del trabajo ajeno. Entre los pueblos cazadores y agricultores no pueden hacer una idea de estado, hasta que no se ha logrado establecer un marco laboral, si puede existir una organización política con agricultores, pero para que haya estado tiene que haber propietarios libres, trabajadores libres y trabajadores esclavos. En los pueblos americanos (ej: Incas de Perú) si hay concepto de estado, pero existe la esclavitud. El agricultor está sujeto al suelo y tiene cierta libertad de movimiento, pero puede ser atacado por invasores. Para que haya una organización social y política tiene que haber una abundancia de suelo cultivable. Por un lado, los agricultores no suelen ser guerreros, los propietarios de ganado o los pueblos basados en el ganado pueden serlo más y los pueblos cazadores son muy belicosos. Los pueblos pastores viven en tribus aisladas que favorecen la creación del estado, pero sin embargo a parte de los rebaños, entre los pueblos pastores existen diferencias sociales, lo que favorece la creación. Por otro lado, existen pueblos depredadores, dedicados al botín y que basan su trabajo en el robo, estos pueden ser los vikingos, pueblo marinero que atraca en tierra, roban y vuelven al mar. Otros pueblos, como los pieles roja, antes de la conquista americana habían constituido una sociedad que tenía una aristocracia hasta cierto punto, pero no tenían esclavos y tenían una gran igualdad social. En el Sahara existía por ejemplo una sociedad primitiva, muy clasista con príncipes, jefes, hombres libres, y esclavos. Esto existe también entre otros pueblos, los nómadas del mar, un pueblo dispuesto a ocupar un lugar, abandonar la ocupación que tiene en tierra por la guerra y el pillaje, por la rapilla. Además, entre estos pueblos, basados en el pillaje, para que los jóvenes tengan un reconocimiento, honor y respeto, tienen que haber robado, intervenido en operaciones de pillaje y así adquieren la categoría de héroes. El vikingo es un claro ejemplo, también existen otros pueblos primitivos que hacen expediciones de pillaje a caballo que son corsarios de la tierra. persona como esclava. En Grecia no hubo ninguna escuela filosófica que defendiera la igualdad moral entre hombres y consideraron al esclavo como un ser, una fuente de trabajo que no tiene valor ni existencia política y eso que algunos filósofos griegos hablaron de la igualdad social. En este sentido se habló en Grecia de la mistoforía, que era indemnizaciones para favorecer la participación en la vía pública y medidas de asistencia social a gente que tenía menos dinero. Se habla también de algunos derechos de la mujer, incluso de que se creara una asamblea de mujeres, pero no se llegó a crear. En el mundo griego hay diversas concepciones sobre la organización política. Se habla de: - Oligarquía: régimen de gobierno de los mejores aristocráticos • Aristocracia: Es el gobierno de superioridad patrimonial, es un predominio de los mejores, es decir, es el caso de aquellos que, en función de su formación, talento, no de sus bienes, deben regir la comunidad. • Monarquía: Es el gobierno de una sola persona, El Rey. • Timocracia y Tiranía: Es cuando uno solo accede al poder y lo ejerce despóticamente. La timocracia se establece cuando en una aristocracia ideal los trabajadores se enriquecen y su ambición debe ser frenada por el poder militar. ROMA En Roma la figura del estado es muy importante, la sociedad romana es esclavista, es asombroso que los grandes creadores del derecho, los romanos, luego crearan una sociedad esclavista hasta límites extremos. En cuanto al trabajo, el esclavo no tenía condición de persona, sino de “cosa”. La relación que existe entre esclavo y propietario es de tipo dominical, el propietario se aprovecha del producto del trabajo del esclavo, si uno desea alquilar el trabajo de un esclavo como arrendamiento de un bien, el alquiler se establece con el propietario de dicho esclavo. Para llegar a estatus de esclavo puede ser por esclavo de guerra, el ciudadano cautivo en una situación determinada, causa de guerra puede ser rebajado a esclavo, por ser hijo de una esclava. No obstante, si la madre durante el embarazo ha sido libre en algún momento, aunque vuelva a la esclavitud, el hijo es libre. También por deudas no pagadas, pero se le permitía que no fuera él, sino alguien de su familia. El cristianismo afirmó la libertad natural del hombre, pero no pudo abolir la esclavitud, lo emperadores romanos de oriente trataron de mitigar la condición de esclavos. Durante siglos existieron los esclavos, estos adquieren la libertad mediante la manumissio (salir del poder o potestad del propietario del esclavo). La manumissio se puede hacer por carta, testamento o por determinación del propietario y si un esclavo es manumitido se convierte en liberto, no es un ciudadano, no es un hombre totalmente libre. EL TRABAJO SEMI-LIBRE Y LA INSTITUCIÓN DE COLONATO El trabajo de los libertos no es el trabajo de los esclavos, pero recibe el nombre de opera libertis ( la obra de un liberto ), es una excepción en el caso de los libertos , sin embargo, el digesto que es una obra del s VI, un libro jurídico considerado el más importante de toda la historia, en este digesto hay un capítulo dedicado al trabajo de los libertos y allí se establecía como debía ser la relación laboral del liberto con respecto a alguien que contratara sus servicios, que tenía algunas limitaciones. El colonato como institución nace en Egipto y en el norte de áfrica en el XII D.c. El trabajo del colono es semi-libre. Vive en una situación de sumisión, insegura, pero a veces el ser colono está bien visto en cuanto el dominus protege al colono, se es colono por: • Nacimiento de padre y madre colonos • Prescripción adquisitiva más de 30 años • Por deudas • Por mendicidad El colonato es una institución que en España se mantuvo hasta mitad del siglo Vll, los pueblos barbaros que se asientan dentro del imperio, tienen la condición de Dediticios, estos son vencidos por Roma y establecidos por fuerza como colonos en algún lugar. Después estaban los pueblos barbaros Federati, son aquellos barbaros que establecen un pacto con roma y cuentan con inmunidad fiscal, se les proporcionan tierras, para que las trabajen y se hace un reparto de estas tierras con los antiguos propietarios hispano- romanos. Los llamados barbaros Leti, que son barbaros prisioneros de guerra que luego fueron liberados y que están adjuntos a la tierra y que no podían contraer también llevar a cabo otras actividades laborales. El colono tiene sus ventajas, son diferentes de los esclavos. • El colono es hombre libre no es esclavo, es decir, es una persona no una res (cosa). • El colono tiene derecho a casarse con quien quiera. • Puede hacer testamento. • Puede poseer propiedades aparte del colonato, bienes e inmuebles. En el año 393 quedaron determinadas las normas del colonato: 1 Es hereditario. 2 Está adscrito a una tierra. 3 Cultiva tierras que no son de su propiedad. 4 Puede ser perseguido legalmente como si fuera un esclavo en algunas circunstancias en otras no, además ha de pagar un tributo al imperio el capitatio. 5 No puede vender sus propiedades, tiene que pedir permiso. 6 Puede abandonar la condición de colono para entrar en la vida religiosa en un monasterio. 7 La transferencia de la propiedad de la tierra conlleva que el colono pasa a depender a otro propietario. Los juristas consideran que el colonato no es una relación jurídico laboral, por la sencilla razón de que el colono paga un canon en dinero, no es una relación laboral propiamente dicha. LA REGULACIÓN DEL TRABAJO EN EL DERECHO ROMANO Hay un trabajo libre en Roma por cuenta ajena o por cuenta propia. La institución a tener en cuenta es lo que se denomina "Operae". Las operaes definen tanto al trabajo manual como al intelectual. También se puede utilizar para el trabajo de los esclavos, de los libertos y de todo hombre libre Para que haya una operae se deben dar las siguientes situaciones: 1. Ha de tratarse de una actividad. 2. Una obligatoriedad. 3. Una proyección de futuro. 4. Un factor cronológico. El trabajo tiene que tener una duración mínima que es 1 día. Por lo cual quedan fuera de la categoría de operae las prestaciones que tengan una duración inferior a 1 dia. Locatio Conductio Operis. 1. Es un contrato bilateral perfecto que cuenta con 2 partes con sus respectivas obligaciones, 2 además en segundo lugar es un contrato de buena fe entre las partes, es un contrato consensuado por mero acuerdo de las partes. Había 2 elementos personales también Por un lado el locator y por otro el conductor, que es distinto en cada una de las siguientes variedades Tiene 2 variedades: 1. Locatio Conductio Operis. Trabajo del hombre libre, contrato por el cual una persona se compromete a realizar una obra por un precio total, asumiendo el riesgo y respondiendo del resultado de esa encomendación. El locator en este caso es quien recibe el canon correspondiente y el que pone a disposición del conductor una serie de materiales para que realice una obra. La obligación fundamental es que se contrata el resultado, se obliga a realizar un trabajo, pero no existe o no cuenta el trabajo en si como el resultado del trabajo, es decir, la realización de la obra en el tiempo establecido. La responsabilidad por la custodia de los instrumentos que le han sido prestados y cuando muere el conductor no se extingue el contrato, este contrato conlleva una responsabilidad si no se lleva a cabo bien, que le puede ser exigida por la otra parte. 2. Locatio Conductio Operarium. Es el arrendamiento de servicios y consiste en la prestación de una serie de servicios por cuenta ajena, según el cual una persona llamada locator se obliga a realizar una determinada actividad a favor de otra que es el conductor con una remuneración, lo que llamaríamos salario. Lo fundamental en esta actividad no es el resultado sino la actividad. La prestación de estos servicios debía ser efectuada personalmente. En el derecho de época justiana es diferente porque ya se permite que no se lleve a cabo directamente por quien se comprometió, sino que puede hacerlo otra persona en su nombre, este contrato se extinguía por el cumplimiento de las obligaciones, y existe también un régimen de responsabilidad por incumplimiento del contrato correspondiente. El derecho de responsabilidad es muy importante en Roma y se publicó una ley famosa, la Lex Aquilia, que hablaba de los distintos casos de responsabilidad y se ocupaba por ejemplo de la responsabilidad con ocasión del juego en el trabajo del barbero. EL TRABAJO POR CUENTA PROPIA, LOS COLLEGIA Existe en Grecia y en Roma. En Roma existe además una institución que se llaman los collegia, asisten a personas que se dedican a una profesión y que son el antecedente del corporativismo y hasta cierto punto el antecedente de los sindicatos. Estos collegia eran corporaciones de interés público, tenían que ser aprobadas por el senado, por el emperador o en las provincias con cierta autonomía por el delegado. Los colegia tenían una existencia corporativa, Augusto (emperador) dio una "Lex Jolia de Collegis", una ley que establecía una reglamentación sobre el funcionamiento de estas instituciones que agrupaban profesionalmente a determinados grupos de trabajadores. Este documento agrupaba a los trabajadores del mar o a aquellos otros que trabajaban en los puertos o en actividades fluviales, porque en Roma el comercio fluvial era muy frecuente y estaba reglamentado. Estos colegios tienen un interés público, aunque sean privados y a partir del siglo lll se observa una decadencia de esta institución. Por otro lado los collegia no eran grupos cerrados como lo son los gremios en la baja edad media y la edad moderna, pero sí que se puede decir que son el antecedente de estos gremios. Los colegios romanos se diferencian de los gremios en que no están jerarquizados
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