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Impacto de actividades humanas sobre la naturaleza y Cambio climático global: causas y consecuencias., Apuntes de Desarrollo Sostenible

Una dinamica simple sobre el impacto humano sobre la naturaleza

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 30/10/2020

diego-armando-aguilar
diego-armando-aguilar 🇲🇽

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¡Descarga Impacto de actividades humanas sobre la naturaleza y Cambio climático global: causas y consecuencias. y más Apuntes en PDF de Desarrollo Sostenible solo en Docsity! Impacto de actividades humanas sobre la naturaleza y Cambio climático global: causas y consecuencias. La dinámica poblacional o de poblaciones comprende el estudio de todas las variaciones que experimenta un conjunto de individuos de una misma especie. Estos cambios se miden en términos de variabilidad de parámetros como número de individuos, crecimiento poblacional, estructura social y de edades, entre otras. Conceptos que rigen el estudio de las poblaciones Modelos de crecimiento poblacional El crecimiento poblacional se estudia mediante modelos matemáticos, y existen distintos tipos dependiendo de la cantidad de recursos que existan en la población. Crecimiento exponencial El primer modelo es el crecimiento exponencial. Este modelo supone que no existen interacciones con otras especies. Además, también involucra la existencia ilimitada de recursos y no hay ningún tipo de restricción en la población. Como es lógico pensar, este modelo es exclusivamente teórico ya que no existe ninguna población natural que cumpla con todos los supuestos antes mencionados. El modelo permite estimar el tamaño poblacional a un tiempo dado. Crecimiento dependiente de la densidad El siguiente modelo usado se denomina crecimiento dependiente de la densidad o logístico. Esta variación incluye condiciones más realistas, como recursos limitados. La población empieza a crecer como en el modelo anterior, pero llega a cierto punto donde agota sus recursos y la tasa reproductiva disminuye. Artículos de la constitución política de México. Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Artículo 2o. La Nación Mexicana es única e indivisible. La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. Artículo 4o.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. Artículo 5o. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial. Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado. Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. Artículo 7o. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones. Artículo 8o. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República. Artículo 10. Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva. La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas. Artículo 6.0. 1. El matrimonio (Die Ehe) y la familia gozarán de especial protección del ordenamiento estatal. 2. El cuidado y la educación de los hijos constituyen un derecho natural de los padres y su principal deber, sobre cuyo ejercicio velará la colectividad. 3. Sólo en virtud de una ley podrán los hijos ser separados de su familia contra la voluntad de sus legítimos educadores cuando estos falten a su deber o, por otros motivos, los hijos corran peligro de desamparo. 4. Toda madre tendrá derecho a la protección y asistencia de la comunidad. 5. La legislación otorgará a los hijos habidos fuera de matrimonio las mismas condiciones para su desarrollo físico y espiritual y su inserción en la sociedad que a los hijos legítimos. Artículo 7.0. 1. El sistema educativo en su conjunto estará bajo la supervisión (Aufsicht) del Estado. 2. Los encargados de la educación del niño tendrán derecho a decidir sobre la participación de este en la enseñanza religiosa. 3. La enseñanza religiosa constituirá una asignatura ordinaria en las escuelas públicas, con excepción de las escuelas no confesionales. Sin perjuicio del derecho de supervisión del Estado, la enseñanza religiosa se impartirá de acuerdo con los principios fundamentales de las comunidades religiosas. Ningún maestro podrá ser obligado contra su voluntad a impartir enseñanza religiosa. 4. Se garantiza el derecho al establecimiento de escuelas privadas; las escuelas requerirán, sin embargo, como sustituto de las escuelas públicas la autorización del Estado y estarán sujetas a las leyes de cada Estado regional. La autorización deberá concederse cuando las escuelas privadas no estén a un nivel inferior, en cuanto a las finalidades de su enseñanza y en sus instalaciones, así como en la formación científica de sus cuadros docentes, al de las escuelas públicas y no se promueva una discriminación de los alumnos según las condiciones económicas de los padres. Se deberá negar la autorización cuando no esté suficientemente garantizada la situación económica y jurídica del personal docente. 5. Sólo se autorizará una escuela privada de enseñanza primaria cuando la autoridad reconozca en ella un interés pedagógico especial o, a instancias de las personas encargadas de la educación de los niños, cuando dicha escuela se establezca como escuela interconfesional, confesional o ideológica y no exista en el municipio una escuela primaria oficial de esta clase. 6. Quedan abolidas las escuelas preparatorias (Vorschulen). Artículo 8.0. 1. Todos los alemanes tendrán derecho a reunirse pacíficamente y sin armas sin necesidad de notificación ni autorización. 2. Este derecho podrá ser restringido por una ley o en virtud de una ley por lo que se refiere a las reuniones al aire libre (Versammfungen unterfreiem Himmel). Artículo 9.0. 1. Todos los alemanes tendrán derecho a constituir asociaciones (Vereine) y sociedades (Gesellschaften). 2. Se prohíben las asociaciones cuyos fines o cuya actividad contravengan las leyes penales o que vayan dirigidas contra el orden constitucional (gegen die verfassungsmssige Ordnung) o contra la idea del entendimiento entre los pueblos. 3. Se garantiza a todos y a todas las profesiones el derecho a constituir asociaciones para la preservación y la mejora de las condiciones laborales y económicas. Serán nulos (nichtig) cualesquiera pactos que restrinjan este derecho o traten de obstaculizarlo e ilícitas (rethswidrig) cuantas medidas se propongan dicho fin. Las providencias que se adopten al amparo de los artículos 12 a), 35, párrafos 2 y 3; 87 a), párrafo 4, y 91 no podrán ir dirigidas contra acciones de lucha laboral que se desarrollen con vistas a la preservación y a la mejora de las condiciones de trabajo y de la economía por las asociaciones mencionadas en el inciso primero del presente párrafo. Artículo 10.0. 1. Será inviolable el secreto de la correspondencia (Briefgeheimnis), así como el del correo y los telégrafos. 2. Sólo en virtud de una ley podrán establecerse limitaciones a este derecho. Si la restricción obedece al propósito de proteger el orden básico liberal y democrático o la existencia o salvaguardia de la Federación o de un Estado regional, podrá la ley disponer que no se comunique la restricción al afectado y que el control sea asumido por órganos y auxiliares designados por la representación del pueblo, en vez de correr a cargo de la autoridad judicial. Artículo 11 1. Todos los alemanes gozarán de libertad de movimiento y de residencia (Freizugikeit) en la totalidad del territorio federal. 2. Este derecho sólo podrá ser restringido por una ley o en virtud de una ley, y únicamente en el caso de que no existan suficientes medios de subsistencia y puedan originarse cargas especiales para la colectividad o en el supuesto de que así sea necesario para prevenir un peligro que amenace la subsistencia o el orden fundamental demoliberal de la Federación o de algún Estado, para combatir peligros de epidemia, catástrofe natural o accidente especialmente grave, para proteger a los menores contra el desamparo o para evitar acciones delictivas. Artículo 12 1. Todos los alemanes tendrán derecho a escoger libremente su profesión, su puesto de trabajo y su centro de formación, si bien el ejercicio de las profesiones podrá ser regulado por la ley o en virtud de una ley. 2. Nadie podrá ser compelido a realizar un trabajo determinado, salvo en el ámbito de un servicio público obligatorio (offentliche Dienstleistungspficht) de tipo convencional y general e igual para todos. 3. Sólo en virtud de sentencia judicial de privación de libertad serán lícitos los trabajos forzados (Zwangsarbeit). Artículo 12.0.a 1. Los varones podrán ser obligados, a partir de los dieciocho años de edad, a prestar servicio en las Fuerzas Armadas (Streitkr„fte), en la Policía Federal de Fronteras o en alguna unidad de defensa civil (Zivilschutzverband). 2. Quien se niegue por objeción de conciencia a prestar el servicio militar armado podrá ser obligado a prestar un servicio sustitutivo (Ersatzdienst), cuya duración no podrá ser superior a la de aquel. Se regularán los pormenores de aplicación por una ley que no podrá menoscabar la libertad de la decisión de conciencia y que deberá prever también una posibilidad de servicio sustitutivo que no esté en relación de modo alguno con las unidades de las Fuerzas Armadas y de la Policía Federal de Fronteras. 3. Las personas que, estando sujetas al servicio militar obligatorio, no fueren llamadas a servir con arreglo a lo dispuesto en el párrafo l o en el 2, podrán ser obligadas por una ley o en virtud de una ley en el caso de defensa del país (im Verteidigungsfalle) a prestar servicios civiles con fines defensivos, incluyendo la protección de la población civil, en un régimen de naturaleza laboral. Los servicios obligatorios en un régimen de relación de servicios de derecho público sólo serán lícitos para el cumplimiento de misiones policíacas o de las tareas de soberanía de la Administración Pública que únicamente puedan desarrollarse en una relación de servicios sometida al derecho público. Se podrán instituir relaciones de trabajo conforme a lo previsto en el primer inciso dentro de las Fuerzas Armadas, en el ámbito del abastecimiento a las mismas, así como de la Administración Publica. Los servicios forzosos bajo una relación laboral en el ámbito del abastecimiento a la población civil sólo serán lícitos en la medida necesaria para cubrir las necesidades vitales de aquella o para garantizar su seguridad. 4. Cuando en el caso de defensa no se puedan cubrir sobre la base del voluntariado las necesidades de servicios civiles en materia de sanidad y asistencia medica, así como en la organización sanitaria militar de lugar fijo, las mujeres de edad comprendida entre los dieciocho y los cincuenta años podrán ser llamadas, por ley o en virtud de ley, a desempeñar dichas prestaciones. En ningún caso podrán prestar servicio de armas. 5. En época anterior al caso de defensa, las prestaciones del tipo indicado en el párrafo 3 sólo podrán imponerse con arreglo al Artículo 80 a, párrafo 1. Por ley o en virtud de ley se podrá declarar obligatoria la participación en cursos de adiestramiento para la preparación con vistas a prestaciones Identificar la importancia que tienen los diferentes fenómenos naturales y los desastres ocasionados por: huracanes, tormentas, tornados, tifones, inundaciones, erupciones, sismos, entre otros; a nivel mundial, regional y local. Huracanes: El término ciclón tropical se usa para referirse a un sistema tormentoso caracterizado por una circulación cerrada alrededor de un centro de baja presión que produce fuertes vientos y abundante lluvia Los huracanes producen vientos fuertes, lluvias abundantes y tormentas eléctricas. Los huracanes pueden causar daños tremendos. Los vientos pueden superar las 155 millas por hora. ... Los vientos fuertes y las lluvias copiosas pueden destruir edificios, carreteras y puentes y derribar líneas eléctricas y árboles. Los huracanes son como los aires acondicionados para la atmósfera terrestre, estabilizan la temperatura desde el ecuador hasta los polos (sur y norte) convirtiéndose en reguladores naturales del clima. El movimiento de masas de aire caliente forma vientos que disminuyen la temperatura en los trópicos, de no suceder esto, la vida sería muy difícil en esta región. Tormentas: Las tormentas son una manera de que la atmósfera libere energía. Cuando el aire cálido y húmedo se encuentra con aire más frío y seco, el aire más cálido se eleva, el vapor de agua se condensa en la atmósfera y forma una nube. A medida que el vapor de agua se condensa, libera calor, que es una forma de energía. Gran cantidad de la energía de la tormenta proviene del proceso de condensación que forma las nubes de tormenta. A medida que avanza la tormenta, la precipitación es capaz de enfriar el aire caliente, finalizando este proceso desapareciendo la energía. Las tormentas eléctricas producen rayos y lluvias intensas, y pueden producir granizo, tornados, y vientos fuertes. Las lluvias intensas pueden provocar inundaciones repentinas, efecto que produce la muerte por ahogamiento a más personas cada año que los tornados, rayos o huracanes. Las tormentas ayudan a mantener a la tierra en equilibrio eléctrico. La superficie de la tierra y la atmósfera conducen la electricidad con fácilmente: La Tierra está cargada negativamente y la atmósfera positivamente. Siempre ha y una corriente constante de electrones que fluye hacia arriba desde toda la superficie de la Tierra. Tornados: Un tornado es una columna de aire con alta velocidad angular cuyo extremo inferior está en contacto con la superficie de la Tierra y el superior con una nube cumulonimbus o, excepcionalmente, como el tornado de Newton, en la base de una nube cúmulus. Se trata del fenómeno atmosférico ciclónico de mayor densidad energética de la Tierra, aunque de poca extensión y de corta duración. Un tornado inesperado puede causar daños por viento y por granizo. Los daños por tormenta originados por un poderoso huracán pueden provocar daños graves a la propiedad e inundaciones. Una tormenta de nieve invernal puede causar daños por viento y presas de hielo. Aunque sus lluvias torrenciales generan inundaciones y terminan siendo devastadoras para las ciudades, los huracanes aumentan el caudal de los ríos y ayudan también a limpiar la basura producida por los seres humanos que se han acumulado en las aguas. Tifones: Un tifón es un potente ciclón tropical, perteneciente a la región Oeste del Océano Pacífico. Los tifones pueden asociarse a los ciclones tropicales. En este caso, se trata de una tormenta que provoca lluvias y vientos de considerable intensidad, generando consecuencias como inundaciones y olas muy grandes en el mar. Los huracanes y tormentas tropicales son fenómenos perturbadores que llevan agua a zonas que la necesitan y a su paso dejan importantes beneficios: Mitigan la sequía. Limpian ríos y arroyos. Mantienen llenas las presas. Inundaciones: Una inundación es la ocupación por parte del agua de zonas que habitualmente están libres de esta, por desbordamiento de ríos, torrentes o ramblas, por lluvias torrenciales, deshielo, por subida de las mareas por encima del nivel habitual, por maremotos, huracanes, entre otros. Las inundaciones pueden causar daños a las tierras agrícolas, lo que daña los cultivos y el suministro de alimentos. El agua además puede desplazar a los animales tales como roedores y serpientes, lo cual acarrea condiciones potencialmente peligrosas tanto para los seres humanos como para los animales. Las inundaciones pueden traer beneficios. Recargan acuíferos, hacen los suelos fértiles, aumentan la disponibilidad de nutrientes al suelo, reabastecen los embalses de agua y mantienen la biodiversidad de las planicies inundables y estuarios. Erupciones: Es un fenómeno geológico caracterizado por la emisión violenta en la superficie terrestre, por un volcán, de lavas y/o tefras acompañadas de gases volcánicos. Se excluyen de esta definición los géiseres, que emiten agua caliente, y los volcanes de lodo, cuya materia, en gran parte es orgánica. Las erupciones volcánicas pueden provocar daños irreparables, tales como la pérdida de vidas humanas. Algunas víctimas mueren por lesiones o quemaduras provocadas por los escombros de estructuras derrumbadas por las ondas sísmicas del volcán, o por la lava emanada. Uno de los beneficios más importantes que brinda el vulcanismo es la formación de acuíferos y manantiales a partir del agua contenida en las rocas volcánicas. ... Este tipo de actividad brinda beneficios económicos de importancia a las comunidades aledañas a los volcanes. Sismos: Un terremoto, también llamado sismo, seísmo, temblor de tierra o movimiento telúrico, es un fenómeno de sacudida brusca y pasajera de la corteza terrestre producida por la liberación de energía acumulada en forma de ondas sísmicas. Los más comunes se producen por la actividad de fallas geológicas. Movimiento y ruptura del suelo son los efectos principales de un terremoto en la superficie terrestre, debido a roce de placas tectónicas, lo cual causa daños a edificios o estructuras rígidas que se encuentren en el área afectada por el sismo. Entre los beneficios que se otorgarán a las personas afectadas por el fenómeno natural se encuentran el acceso a créditos preferenciales, apoyos para la reconstrucción de vivienda, condonación del pago de ISR, el atraso de las fechas para la declaración de contribuyentes y otras deducciones.
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