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INFORME DE DIAGNOSTICO FISICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA ALLIMA SACHAYUK CANAYO, Monografías, Ensayos de Derecho Ambiental

EN EL PRESENTE INFORME SE PUEDE APRECIAR LA RECOPILACION GRAFICA Y LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA ALLIMA SACHAYUK CANAYO UBICADO EN EL DISTRITO DE CHAZUTA PROVINCIA DE SAN MARTIN DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN PERU

Tipo: Monografías, Ensayos

2022/2023

Subido el 06/05/2024

kenneth-sandoval
kenneth-sandoval 🇵🇪

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¡Descarga INFORME DE DIAGNOSTICO FISICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA ALLIMA SACHAYUK CANAYO y más Monografías, Ensayos en PDF de Derecho Ambiental solo en Docsity! DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” INFORME DE DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA ALLIMA SACHAYUK CANAYO DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN PROVINCIA DE SAN MARTÍN DISTRITO DE CHAZUTA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA SAN MARTÍN DIRECCIÓN DE TITULACIÓN, REVERSIÓN DE TIERRAS Y CATASTRO RURAL “PROYECTO DE CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ TERCERA ETAPA PTRT3-GTS” Tarapoto, mayo del 2023 DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” PRESENTACIÓN Informe de Diagnóstico Físico Legal de la Comunidad Nativa “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” Presentado por PTRT3-GTS-SAN MARTIN a: Ing. WAGNER ARMANDO MENDOZA SAAVEDRA. Director de Titulación – Reversión de Tierras y Castro Rural GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA SAN MARTÍN DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN PROVINCIA DE SAN MARTÍN DISTRITO DE CHAZUTA. Lugar y fecha de presentación: TARAPOTO - MAYO - 2023 RESPONSABLE FISICO - LEGAL N° Nombre Función/Puesto Firma 1 MARICELA RAMÍREZ SAAVEDRA Ingeniero 2 VICTOR HUGO SALAS BENZAQUEN Abogado DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” GLOSARIO ACP Áreas de Conservación Privada. ACA Áreas de Conservación Ambiental. ACR Áreas de Conservación Regional. ALA Autoridad Local del Agua. ANA Autoridad Nacional del Agua. ANP Área Natural Protegida. ARA Autoridad Regional del Ambiente. ACM Áreas de Conservación Municipal. ADEL Agencia de Desarrollo Económico Local. AIDESEP Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana. BP Bosques Protectores. BID Banco Interamericano de Desarrollo. BPP Bosques de Producción Permanente. CM Concesiones Mineras. CODEPISAM Coordinadora de Desarrollo y Defensa de los Pueblos Indígenas de la Región San Martín. CONAFOR Comisión Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. COFOPRI Organismo de Formalización de Propiedad Informal. DIGESPARC Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural DC-SM Dirección de Cultura San Martin DGAAA Dirección General de Asuntos Ambientales y Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego. DRASAM Dirección Regional de Agricultura San Martín. DREM Dirección Regional de Energía y minas DRTC-SM Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones de San Martin DTRTyCR Dirección de Titulación, Reversión de Tierras y Catastro Rural. FEPIKECHA Federación de los Pueblos Indígenas Kechwa Chazuta Amazonía. GEOREFERENCIACIÓN Es la técnica de posicionamiento espacial de una entidad en una localización geográfica única y bien definida en un Sistema de Coordenadas y Datum Específicos. GPS Sistema de Posicionamiento Global. GIS Sistema de información Geográfica. GORESAM Gobierno Regional de San Martín. IIAP Instituto de la Investigación de la Amazonia Peruana IGN Instituto Geográfico Nacional. IVP-SM Instituto Vial Provincial de San Martin INEI Instituto Nacional de Estadística e Informática DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” MINAGRI Ministerio de Agricultura y Riego. MINAM Ministerio del Ambiente. MPSM Municipalidad Provincial de San Martin MDCH Municipalidad Distrital de Chazuta INGEMMET Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico. OIT Organización Internacional del Trabajo. OSINFOR Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y Fauna Silvestre. PEHCBM Proyecto Especial Huallaga Central Bajo Mayo PNCAZ Parque Nacional Cordillera Azul. PCM Presidencia del Consejo de Ministros. PO Plan Operativo. PETT Proyecto Especial de Titulación de Tierras. PTRT3 Proyecto de Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú Etapa 3. RPR Registro de Predios Rurales. SSET Sistema de Seguimiento de Expedientes de Titulación. SERFOR Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. SBN Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. SENAMHI Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú SERNANP Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado. SINAFOR Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre. SINANPE Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado. SUNARP Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. UEGPS Unidad Ejecutora de la Gestión de Proyectos Sectoriales. UGFFS Unidad de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre. UMF Unidad de Manejo Forestal. UTM Universal Transversal de Mercator. UT Unidad Territorial. WGS84 World Geodetic System 1984. ZEE Zonificación Ecológica Económica. ZF Zonificación Forestal. ZA Zonas Arqueológicas. ZR Zonas de Riesgo. ZOCRE Zona de Conservación y recuperación de sistema. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 1 I. INTRODUCCIÓN Cuando se discutía la Ley de Demarcación y Titulación, en 1987, surgió la preocupación de un sector de parlamentarios por los términos a emplear en la ley. Mientras algunos sugerían reconocer el derecho de las comunidades nativas sobre su "territorio", otros más bien recomendaban emplear la expresión "tierras". La razón es que el término territorio es mucho más amplio que tierra, por lo que su uso en el Derecho normalmente se reserva para referirse a uno de los elementos que conforman los Estados (territorio, población y poder). Por esa misma razón, el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo, referido a los Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, se cuida de advertir que la utilización del término "pueblos" en ese Convenio "no deberá interpretarse en el sentido de que tenga implicación alguna en lo que atañe a los derechos que pueda conferirse a dicho término en el derecho internacional" (artículo 1°, numeral 3). Pero el mismo Convenio 169 de OIT estipula que "La utilización del término “tierras” en los artículos 15° y 16° deberá incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra manera" (artículo 13°, numeral 2). Tal vez por esas consideraciones la Ley de Comunidades Nativas finalmente empleó casi indistintamente los términos tierras y territorio. La Constitución de 1979, al referirse a las comunidades campesinas y nativas, habla de sus "tierras". Sin embargo, dentro del marco legal vigente en nuestro país desde hace varias décadas, con base en el dominio eminente del Estado sobre los recursos naturales se hace una distinción bastante clara en el campo dogmático-teórico del Derecho, pero de difícil aplicación práctica. En efecto, el Derecho peruano distingue entre el derecho de propiedad sobre el suelo -el cual está plenamente garantizado por la Constitución y la ley- y el derecho de los particulares a explotar los recursos naturales existentes en el subsuelo, que corresponden a otro dueño: el Estado. Algo similar ocurre con los bosques y otros recursos existentes sobre el suelo. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 4 II. ANTECEDENTES En el año 1992, mediante Decreto Ley N° 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se crea el Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural - PETT. Su rol inicial fue regularizar solamente la propiedad rural del área afectada por la ley de reforma agraria y de las tierras eriazas en posesión de particulares. A partir de esto se institucionalizo las labores de Saneamiento físico legal. A partir de 1996, con el apoyo financiero del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se puso en ejecución el Programa de Titulación y Registro de Tierras (PTRT). La Primera Etapa (PTRT1) centro su accionar en el saneamiento físico- legal de los predios ubicados en la Costa y Sierra lográndose levantar el catastro de 2 millones de predios y la inscripción en los registros públicos de 1 millón de predios rurales. La Segunda Etapa (PTRT2), a partir del año 2001, acumuló en conjunto con el PTRT1 un total de 2´400,000 predios catastrados y 1´700,000 predios individuales inscritos, así como 549 Comunidades Campesinas y 57 Comunidades Nativas, tituladas e inscritas. En el año 2010 a través de la Resolución Ministerial N° 0304-2010-AG, del 30 de abril del 2010, se dio por concluida la etapa de transferencia de la función específica considerada en el literal n (promover, gestionar y administrar el proceso de Saneamiento Físico Legal de la propiedad agraria, con la participación de actores involucrados, cautelando el carácter imprescriptible, inalienable e inembargable de las tierras de las comunidades campesinas y nativas) del Artículo 51° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Mediante Decreto Supremo N° 115-2010-PCM, se dispuso el plazo para culminar la transferencia de la función “n” del artículo 51 de la Ley Nº 27867 a los gobiernos regionales, en virtud de esta disposición se encarga al Gobierno Regional de San Martín los procedimientos de Demarcación del Territorio de las Comunidades Nativas dentro del ámbito geográfico del departamento de San DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 5 Martín. Por ende, el Gobierno Regional de San Martín, crea la Dirección de Titulación, Reversión de Tierras y Catastro Rural (DTRTyCR), adscrita a la Dirección Regional de Agricultura de San Martín, ente encargado de la ejecución del procedimiento estipulado en la Ley N° 22175 (Ley de Comunidades Nativas y Desarrollo de Regiones de la Selva y Ceja de Selva), y su respectivo reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-79-AA. Mediante Decreto Supremo N° 001-2013-AG, del 25 de enero del 2013, se establece al Ministerio de Agricultura como órgano rector de la Política Nacional Agraria, encargado de desarrollar e implementar la política nacional en materia de propiedad agraria, incluyendo las tierras de Comunidades Campesinas y Nativas. Asimismo, precisa que el MIDAGRI capacitará a los gobiernos regionales en materia de saneamiento físico legal y formalización de la propiedad agraria. Con fecha 03 de octubre del 2014, la oficina de programación de Inversiones (OPI Agricultura) del MIDAGRI, aprobó el estudio de Pre- inversión a nivel de factibilidad del proyecto: “Catastro, Titulación, y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa-PTRT3. El 13 de Febrero de 2015, se suscribe el Contrato de Préstamo No. 3370/OC– PE, entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, para la implementación del proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT3”, con el objeto de mejorar la seguridad de la tenencia de la tierra rural, mediante el apoyo a la formalización de la propiedad rural, en zonas de Ceja de Selva, Selva y zonas focalizadas de la Sierra, cuya función le corresponde a los Gobiernos Regionales de todo el país a favor de los cuales se ha transferido la función de saneamiento físico legal de la propiedad agraria, prevista en el literal n) del artículo 51 de la a Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 6 Con Resolución Ministerial No. 0260-2015-MINAGRI, se crea la Unidad Ejecutora de Gestión de Proyectos Sectoriales (UEGPS), a quien se le dispone mediante Decreto Supremo No. 152.215-EF ejecutar el PTRT3, dentro del cual, se establecen 3 Componentes. El Componente 1 “Levantamiento Catastral, Titulación y Registro de Tierras Rurales”; El Componente 2 “Desarrollo de la Plataforma Tecnológica para el Catastro, Titulación y Registro”; El Componente 3 “Fortalecimiento de la Capacidad Institucional y del Marco de Políticas”. Para la ejecución del Componente 1, la UEGPS establece 4 Lotes. En lo pertinente al Lote 1, corresponde la ejecución en los departamentos de Amazonas, Cajamarca, y San Martín. Que a través de Decreto Supremo Nº 002-2016-MIDAGRI, del 18 de marzo del 2016, se aprueba la Política Nacional Agraria como el principal instrumento de orientación estratégica de mediano y largo plazo en materia agraria y que es de cumplimiento obligatorio por el Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en lo que respecta al Eje de Política 3: Seguridad Jurídica sobre la tierra, cuyo Lineamiento estratégico es la de “Promover y generar mejores condiciones para la implementación del saneamiento físico legal, formalización y titulación de la propiedad agraria, priorizando las tierras de las comunidades campesinas y nativas reconocidas en el marco de la normatividad vigente” En el ámbito del proceso de la Fase de consulta de la solicitud (MICI-PE-2015- 0094) relacionada al proyecto: “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú Tercera Etapa-PTRT3”, los días 21 y 22 de junio del 2016 se llevó a cabo un ejercicio conjunto entre la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), representantes del MIDAGRI-UEGPS (Unidad Ejecutora de la Gestión de Proyectos Sectoriales) y con representantes del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) llegando a suscribir el Acta del Ejercicio Conjunto en el cual precisa que el PTRT3 iniciará con la titulación de Comunidades Nativas. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 9 Con fecha 07 de noviembre del 2018, se congregaron en Chazuta representantes de las diferentes dependencias del GORESAM y los representantes de las diferentes Organizaciones Indígenas de San Martín con el objetivo de realizar un balance de los procesos de titulación de Comunidades Nativas, en el marco del proyecto PTRT3, la misma que incluirá la titulación de 28 comunidades nativas. En este sentido, la Comunidad Nativa es reconocido mediante Resolución Directoral N° 193-2013-GRSM/DRASAM/DTRTyCR de fecha 16 de octubre del 2013; con el nombre de “Kichwa Canayo”, la misma que se rectificó el error material con la Resolución Directoral N°146-2023-GRSM/DRASAM/DTRTyCR de fecha 22 de mayo del 2023, la cual se corrige el nombre a Comunidad Nativa “Allima Sachayuk Canayo”, de acuerdo a la inscripción de su Personería Jurídica inscrita en la Partida Registral N° 11078930, el mismo que en cumplimiento a la “Fase Preliminar del Procedimiento de Demarcación y Titulación de Comunidades Nativas, que establece la Ley N° 22175 Ley de Comunidades Nativas y Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva publicada el 10 de mayo de 1978, se ha desarrollado el Diagnóstico Físico Legal, estructurado y desarrollado de acuerdo al índice propuesto. El presente informe contiene los resultados del Diagnostico Físico Legal, de la Comunidad Nativa “Allima Sachayuk Canayo”, ubicado en el distrito de Chazuta, Provincia y Departamento de San Martín, en el Perú. Está orientado a conocer de manera objetiva el Diagnostico Físico Legal, de la zona de intervención del Proyecto de Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú PTRT3-GTS-San Martín, el cual busca promover el saneamiento físico legal y la formalización de la propiedad agraria, incrementando así la productividad e ingresos agrarios de un conjunto de Comunidades Nativas, Comunidades Campesinas y agricultores individuales de diferentes regiones del País, siendo entre ellas San Martín. Lo descrito ut supra es el resultado del Proyecto formulado por El Ministerio de Agricultura y Riego –MINAGRI y el Banco Interamericano de Desarrollo –BID: DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 10 “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa – PTRT3” cuyo financiamiento proviene de fondos públicos, así como de un préstamo monetario para el cual se ha suscrito el Contrato de Préstamo de Endeudamiento Nº 3370/OC-PE entre el BID y la República del Perú. Con fecha 14/03/2022, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) y el Gobierno Regional de San Martin (GORE). Suscribieron el CONVENIO N° 009-2022-MIDAGRI-DM de cooperación interinstitucional, con el objeto de cumplir los alcances de la cooperación interinstitucional para la continuidad de la ejecución de las actividades del proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú Tercera Etapa-PTRT3”, mediante una nueva estrategia de intervención a través de Grupos de Trabajo Supervisados (GTS). DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 11 III. MARCO LEGAL 3.1. NORMAS GENERALES En el marco del desarrollo del Proyecto Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú- Tercera Etapa PTRT3, las presentes bases legales sustentadas en el reciente informe se basan específicamente en el beneficio de las Comunidades Nativas que fueron beneficiadas para el proceso de demarcación y posterior titulación y brindarles seguridad jurídica buscando soluciones a los conflictos, Problemas de concesiones, etc. Que presenta cada comunidad. 3.1.1. Constitución Política del Perú – 1993 Contiene un conjunto de normas que consagran principios esenciales que garantizan la propiedad y la inversión privada; La inviolabilidad de la propiedad, garantizada por el Estado, salvo por causas excepcionales con la debida compensación. Sobre este extremo con relación a la demarcación y titulación de las comunidades nativas resulta necesario citar los siguientes artículos principales de la constitución política. TÍTULO I DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD CAPÍTULO I DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA Artículo 1°. Establece la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Artículo 2°. Nos menciona que toda persona tiene derecho: (literales) 1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 14 Artículo 135º.- Existencia jurídica de las comunidades Para la existencia legal de las comunidades se requiere, además de la inscripción en el registro respectivo, su reconocimiento oficial. Artículo 136°. - Carácter de las tierras de las comunidades Las tierras de las comunidades son inalienables, imprescriptibles e inembargables, salvo las excepciones establecidas por la Constitución Política del Perú. Se presume que son propiedad comunal las tierras poseídas de acuerdo al reconocimiento e inscripción de la comunidad. 3.2. NORMAS ESPECIALES 3.2.1. Decreto Ley N° 22175 - Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de la Selva y Ceja de Selva, aprobada el 10 de mayo del 1978, precisa en el: Artículo 10°. - El estado garantiza la integridad de la propiedad territorial de las Comunidades Nativas, levantara el catastro correspondiente y les otorgara títulos de propiedad. Artículo 11°. - La parte del territorio de las comunidades nativas que correspondan a tierras con aptitud forestal, les será cedida en uso y su utilización se regirá por la legislación sobre la materia. 3.2.2. Decreto Supremo Nº 003-79-AA- Reglamento de la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de Selva y Ceja de Selva, aprobada el 25 enero del 1979 precisa: Artículo 9º.- La demarcación del territorio de las Comunidades Nativas que hayan adquirido carácter sedentario, se efectuará teniendo en cuenta la superficie que actualmente ocupan en la que se incluirá lo siguiente: DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 15 a) Los espacios donde se ubican las viviendas, centro poblado y/o servicios b) Las tierras dedicadas a la actividad agropecuaria en forma individual o en común, así como las áreas boscosas comprendidas en el sistema de rotación de uso de tierras que utilizan de acuerdo a sus usos y costumbres, incluyendo las áreas en descanso ("purmas"); y c) Las áreas que ocupan desarrollando sus actividades de extracción forestal, recolección, caza y pesca. Artículo 10º. - Para la demarcación del territorio de Comunidades Nativas que realizan migraciones estacionales se tendrá en cuenta lo siguiente: a) Cuando las áreas donde efectúan migraciones estacionales tienen continuidad, se demarcará la totalidad de su superficie; b) Cuando las áreas donde efectúan migraciones estacionales no tienen continuidad, se demarcará la superficie de cada una de ellas, las mismas que en su conjunto constituirán el territorio comunal; y c) Si el territorio donde una Comunidad Nativa que efectúa migraciones estacionales no puede ser delimitado con exactitud, la Dirección Regional Agraria mediante Resolución determinará un área provisional que comprenda la superficie donde se presume realizan tales migraciones. 3.2.3. Decreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada, aprobada el año 1991 precisa en el: Artículo 54° [Segundo párrafo] El establecimiento de áreas naturales protegidas no tiene efectos retroactivos ni afecta los derechos adquiridos con anterioridad a la creación de las mismas. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 16 3.2.4. Resolución Ministerial N° 0547-2014-MINAGRI, aprobado el 30 de setiembre del 2014 precisa en el: Artículo 1°. - Precisar que el procedimiento administrativo de demarcación y titulación del territorio de las comunidades nativas a cargo de los gobiernos regionales, previsto en el Decreto Ley N° 22175 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-79-AA, no podrá ser suspendido por superposición con áreas de los Bosques de Producción Permanente-BPP. 3.2.5. Resolución Ministerial N° 0368-2018-MINAGRI, aprueba los Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente, en el anexo integrante de la presente Resolución precisa en el: Artículo 5°.- Causales para la excepción de áreas de bosques de producción permanente. 4.1. El Redimensionamiento es el proceso mediante el cual se excluyen del BPP áreas que cuenten con: a) Derechos otorgados por la autoridad competente para el caso de las comunidades nativas, en aplicación de lo dispuesto en la RM N° 0547- 2014-MINAGRI. 3.2.6. Resolución de secretaria general N° 026-2008-COFOPRI-SG. “Manual de Diagnóstico de la Informalidad (Proceso 0)” que será de utilidad en el desarrollo de los procedimientos de formalización; y, establece los paramentos mínimos para el estudio y análisis en la Elaboración del Informe Final de Diagnóstico Físico Legal. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 19 grupos humanos en aislamiento voluntario de contacto inicial o esporádico. Artículo 89°. Derechos de las Poblaciones Locales y comunidades campesinas o nativas 89.1. El Estado reconoce los derechos adquiridos, tales como propiedad y posesión entre otros, de las poblaciones locales incluidos los asentamientos de pescadores artesanales y las comunidades campesinas o nativas, que habitan en las Áreas Naturales Protegidas con anterioridad a su establecimiento. En el caso de las comunidades campesinas o nativas vinculadas a un Área Natural Protegida, se debe considerar esta situación en la evaluación del otorgamiento de derechos para el uso de los recursos naturales con base a la legislación de la materia y los Convenios Internacionales que al respecto haya suscrito el Estado, en particular reconociéndose los conocimientos colectivos de las mismas. 3.2.12. Decreto Legislativo N° 613. Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Título Preliminar Medio Ambiente como patrimonio común de la Nación: II. El medio ambiente y los recursos naturales constituyen patrimonio común de la Nación. Su protección y conservación son de interés social y pueden ser invocados como causa de necesidad y utilidad públicas. Derecho de propiedad y medio ambiente: VII. El ejercicio del derecho de propiedad, conforme al interés social, comprende el deber del titular de actuar en armonía con el medio ambiente. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 20 3.2.13. Resolución N° 122-2013-Sunarp/SN, que aprueba la Directiva N° 05-2013-Sunarp/SN Directiva que regula la inscripción de los actos y derechos de las Comunidades nativas. 6.1. Inmatriculación del territorio de Comunidades Nativas Para la inmatriculación del territorio de una comunidad nativa se presentarán los siguientes documentos: a) Título de propiedad otorgado por la Dirección Regional Agraria correspondiente y la resolución que lo sustente. b) Plano de demarcación territorial con su correspondiente memoria descriptiva, elaborado y visado por el órgano competente. En el Plano debe constar claramente la distinción entre áreas de propiedad, de cesión en uso y áreas de protección, sin que en ningún caso esta distinción implique solución de continuidad. 6.2 Efectos de la duplicidad No existe impedimento para la inscripción de actos posteriores referidos a partidas registrales duplicadas. En el caso que el informe de catastro concluya que el territorio comunal que se pretende inmatricular se superpone con un Área Natural Protegida, dicha constatación no constituirá impedimento para la inmatriculación. A tal efecto deberá extenderse un asiento de correlación entre la partida del territorio comunal y la partida del Área Natural Protegida. Cuando el informe de catastro advierta que el predio que se pretende inmatricular se superpone parcialmente con una concesión forestal, deberá presentarse la resolución administrativa correspondiente expedida por la Autoridad Forestal y de Fauna Silvestre u órgano competente, en virtud de la cual se redimensione o actualice la superficie de dicha concesión, excluyendo con ello el área superpuesta con la comunidad nativa. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 21 6.3 Desistimiento de área superpuesta con territorio comunal inscrito En aquellos casos en que la oficina de catastro advierta que el predio que se pretende inmatricular se superpone parcialmente a otro inscrito, se podrá desistir de inscribir el área superpuesta. En dicho supuesto se podrá efectuar la inscripción de la parte del predio que no se superpone en virtud de nuevo plano y memoria descriptiva con las respectivas formalidades previstas en el numeral 6.2.b) de la presente directiva. En dicho caso se podrá conceder la prórroga a que se refiere el segundo párrafo del artículo 27° del T.U.O. del Reglamento General de los Registros Públicos. 6.4 Actos de disposición y gravamen sobre el territorio comunal. De conformidad con el artículo 11º de la Ley Nº 26505, para efectos de disponer, gravar, arrendar o ejercer cualquier otro acto sobre las tierras comunales, se requerirá del acuerdo de la asamblea general con el voto conforme no menos de los 2/3 de todos los miembros de la comunidad nativa. 7. Principio de pro-inscripción Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 8 del Convenio 169 de la OIT, que establece que al aplicar la legislación nacional a las Comunidades Nativas se deberá tomar en consideración sus costumbres o su derecho consuetudinario; Las disposiciones normativas previstas en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas y en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, se aplicarán supletoriamente respecto de aquellos aspectos no regulados por la presente directiva, sólo si facilitan y propician la inscripción de sus actos y derechos. 3.2.14. Resolución N° 157-2011-SUNARP/SN, que aprueba la Directiva N° 005-2001- SUNARP/SN que precisa la normatividad aplicable y establece normas que regulan procedimientos de inscripción de la Comunidades Nativas. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 24 tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes. Artículo 14.2. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión. 3.3.2. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, del 13 de setiembre del 2007, precisa: 26.1. Los Pueblos Indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado o adquirido. 26.2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otro tipo tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma. CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS Artículo 21°. Derecho a la Propiedad Privada: 21.1. Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes. La ley puede subordinar tal uso y goce al interés social. DECLARACIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 25 Artículo XXIII. Toda persona tiene derecho a la propiedad privada correspondiente a las necesidades esenciales de una vida decorosa, que contribuya a mantener la dignidad de la persona y del hogar. En virtud al artículo 21° de la Convención Americana y del artículo XXIII de la Declaración Americana, los Pueblos Indígenas son titulares de derechos de propiedad y dominio sobre las tierras y recursos que han ocupado históricamente, y por lo tanto tienen derecho a ser reconocidos jurídicamente como los dueños de sus territorios. A obtener un título jurídico formal de propiedad de sus tierras y que los títulos sean debidamente registrados. 3.4. NORMAS RELACIONADAS A LA DEMARCACIÓN Y LA TITULACIÓN DE CC.NN. 3.4.1. Ley N° 29763 Ley que crea el Sistema Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR Y su reglamento específico aprobado por Decreto Supremo N° 021-2015- MINAGRI, aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas. 3.4.2. Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades (Art. 73°) que confiere la potestad a las Municipalidades de proponer la creación de Áreas de Conservación Ambiental –ACA- conocido mayormente como las ACM – Áreas de Conservación Municipal, el mismo que se aprueban mediante Ordenanza Municipal para su Inmatriculación. 3.4.3. Decreto Supremo Nº 038-2001-AG “Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas” aprobada el 22 de junio 2001. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 26 3.4.4. Decreto Supremo Nº 017-2009-AG. Reglamento de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0194-2017-MINAGRI, aprueba los “Lineamientos para la ejecución del proceso de evaluación agrológica de las tierras de las comunidades nativas y la clasificación por su capacidad de uso mayor a nivel de Grupo, con fines de titulación”. 3.4.5. Decreto Supremo Nº 018-92-EM – Reglamentos de Concesiones Mineras. 3.4.6. Ley 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales, que establece normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones, y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales. 3.4.7. Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Aprueban Reglamento de la Ley 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales. 3.4.8. Decreto Supremo Nº 005-2006 Reglamento de la Ley que Crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su Vinculación con el Registro de Predios. 3.4.9. Ley 27308 Ley Forestal y de Fauna Silvestre – LFFS (Art. 8° numeral 1 literal a). Establece el aprovechamiento de los BPP. 3.5. NORMAS DE SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL RELACIONADAS 3.5.1. Ley 28259 - Ley de Reversión a favor del Estado de los predios rústicos adjudicados a título gratuito. Artículo 1°. Objeto de la Ley. La presente Ley tiene por objeto revertir a favor del Estado los predios rústicos declarados en abandono o que no hayan cumplido los fines para DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 29 se agota en su parte resolutiva, sino que se extiende a la ratio decidendi, incluso en aquellos casos en los que el Estado peruano no haya sido parte en el proceso”. En ese sentido, la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el Caso Comunidad Indígenas Sawhoyamaxa vs. Paraguay, en su párrafo 128 establece lo siguiente: 1) La posesión tradicional de los indígenas sobre sus tierras tiene efectos equivalentes al título de pleno dominio que otorga el Estado; 2) La posesión tradicional otorga a los indígenas el derecho a exigir el reconocimiento oficial de propiedad y su registro. 3) Los miembros de los pueblos indígenas que por causas ajenas a su voluntad han salido o perdido la posesión de sus tierras tradicionales mantienen el derecho de propiedad sobre las mismas, aún a falta de título legal, salvo cuando las tierras hayan sido legítimamente trasladas a terceros de buena fe; y 4) Los miembros de los pueblos indígenas que involuntariamente han perdido la posesión de sus tierras, y éstas han sido trasladas legítimamente a terceros inocentes, tienen el derecho de recuperarlas o a obtener otras tierras de igual extensión y calidad. Consecuentemente, la posesión no es un requisito que condicione la existencia del derecho a la recuperación de las tierras indígenas.” 3.6.1. STC. 0042-2004-AI/TC. Respeto al pronunciamiento sobre los estados multiculturales y politécnicos, con relación a la existencia de pueblos y culturas originaria y ancestral el Perú. 3.6.2. Casación N° 4685-2013-ICA, Sobre el cuestionamiento de judicial a las inscripciones de derecho de posesión sobre predios estatales 3.6.3. Expediente N° 0022-2009 de fecha 09 de junio del 2010. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 30 IV. OBJETIVOS DEL DIAGNÓSTICO: 4.1. OBJETIVO GENERAL Realizar el Diagnóstico Físico - Legal de la Comunidad Nativa “Allima Sachayuk Canayo”, para desarrollar actividades y trabajo de campo con fines de Titulación y Registro de su Territorio Comunal en el marco del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú Tercera Etapa- PTRT3”. Esto en mérito al CONVENIO N° 009-2022-MIDAGRI-DM, cooperación interinstitucional entre el ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) y el Gobierno Regional de San Martin (GORE). 4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Estos objetivos específicos tienden a obtener información en el ámbito geográfico que permita identificar los factores positivos para la viabilidad de la actividad, así como las contingencias que se presenten (problemas, amenazas y debilidades) en el ámbito de operatividad.  Realizar la recopilación documentaria ante las entidades Públicas y Privadas a fin de identificar los derechos de propiedad existentes en el ámbito del estudio.  Evaluar y analizar la documentación registral (fichas, partida y títulos archivados, etc.) que permita identificar la condición jurídica de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo.  Realizar la georreferenciación de puntos relevantes en el área de estudio de la comunidad nativa y determinar superposiciones graficas existentes con predios individuales titulados, ANP, BPP, ZOCRES, concesiones forestales, mineras, etc.  Brindar orientación legal en campo a los comuneros y agricultores dictando charlas sobre el proceso de diagnóstico DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 31 físico legal, y los beneficios de la demarcación y titulación en la Comunidades Nativas.  Verificar la documentación que acredite, el reconocimiento del territorio comunal, por parte de la entidad competente.  Recabar y verificar la documentación que acredita la posesión de los comuneros.  Identificar zonas Geológicas y Fisiográficas del territorio propuesto de la Comunidad Nativa.  Identificar zonas arqueológicas y aquellas declaradas como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación.  Identificar la existencia de fuentes hidrográficas en el área propuesta por la comunidad.  Identificar las condiciones riesgosas que podrían afectar al Territorio Comunal. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 34 VI. METODOLOGÍA APLICADA El método de trabajo consiste en la evaluación cualitativa y cuantitativa de la información documental, cartográfica recopilada en gabinete y campo; de las instituciones públicas y privadas con el objetivo de conocer el estado actual de los derechos y dominio, de propiedad existentes dentro la zona de trabajo. Elaborados en cuadros de consolidados y de manera descriptiva como didácticos. Las actividades de Diagnóstico Físico Legal, se desarrolla mediante el trabajo permanente en coordinación con el equipo de saneamiento y formalización del Proyecto “ Catastro, Titulación y Registro de tierras Rurales en el Perú Tercera Etapa- PTRT3-GTS” para el procesamiento de la información recabada, contando con el apoyo de los titulares, usuarios del Sistema de Seguimiento de Expedientes de Titulación (SSET), Catastro virtual, Sistema de Información Registral (SIR - RR.PP) y el archivo digital físico a cargo de la DTRTyCR/DRASAM; instrumentos necesarios para la ejecución del diagnóstico, debido a que registran en la base de datos y base de catastro. 6.1. ASPECTO TÉCNICO 6.1.1. Estudio y análisis de la información cartográfica, física y/o digital recabada de las entidades públicas y privadas relacionadas a la zona de intervención, tarea que tiene por elaborar los planos de diagnóstico, para recomendar acciones administrativas sobre la toponimia del territorio comunal (exclusión o redimensionamiento), áreas de concesión en uso, entre otros de infraestructura consolidada. Cabe precisar que esta labor se realiza en coordinación con el responsable CAD GIS del equipo de Planta del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de tierras Rurales en el Perú Tercera Etapa- PTRT3-GTS - para su procesamiento de la Información por ser la única autorizada del proyecto sobre el uso del sistema de la data cartográfica y de catastro de la DTRTyCR/DRASAM por ser información reservada y confidencial. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 35 6.1.2 Determinar superposiciones en el área propuesto por la comunidad nativa con: Predios Individuales, Áreas Naturales Protegidas (ANP); Bosques de Producción Permanente (BPP), Áreas de Conservación Regional (ACR - ZOCRES), Concesiones Forestales (CF); Áreas de Conservación Municipal (ACM, ACA), Áreas determinadas como Zonificación Económica Ecológica - ZEE Concesiones Mineras (CM), Líneas de conducción de Hidrocarburos (oleoducto); Sitios Arqueológicos (ZA). Así como identificar Zonas de Riesgo (ZR); Zonas vulnerables o de amortiguamiento; Recursos Hídricos (fajas marginales), que podrían tener injerencia en el Procedimiento de Demarcación y Titulación de las Comunidades Nativas. 6.1.3. Georreferenciar las áreas propuestas y tomar puntos relevantes de control en campo, respecto a superposiciones y conflictos de dominio con la utilización de un equipo GPS Trimble submétrico, a efectos de determinar las vías de acceso y ubicadas en las áreas en conflicto con la comunidad. Para el levantamiento de la información el GPS Trimble submétrico estará configurado en: a. Proyección Cartográfica - Universal transversa de Mercator UTM - Zona 18 Sur b. Sistema de referencia - Datum: World Geodetic System 1984 (WGS 84) - Elipsoide: Geodetic Reference Station 1980 - Elevación: Altura sobre el Elipsoide (ASE). DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 36 6.2. ASPECTO LEGAL 6.2.1. El Barrido de la información documental consiste en la búsqueda de los antecedentes de dominio y la base de datos cartográficos de las instituciones públicas y privadas involucradas y de la sede DTRTyCR de la DRASAM, para su estudio, análisis y procesamiento en coordinación con el equipo técnico de saneamiento y formalización (de Planta) del Proyecto: “Catastro, titulación y registro de tierras rurales en el Perú Tercera Etapa-PTRT3”-GTS, a efectos de determinar en cuanto podrían inferir al desarrollo del procedimiento administrativo de demarcación y titulación del territorio comunal. 6.2.2. Verificar y evaluar la información contenida en el Sistema Catastral Rural - SCR y el Sistema del Catastro Virtual, de la DTRTyCR que recaiga dentro del área comunal para ser sincerado en gabinete y en campo, a afectos de establecer las posibles contingencias que podrían presentarse y recomendar las estrategias de saneamiento previo a la ejecución del procedimiento de demarcación territorial. Esta tarea se realiza en coordinación con el equipo de saneamiento y formalización del Proyecto: “Catastro, titulación y registro de tierras rurales en el Perú Tercera Etapa-PTRT3”-GTS y el equipo técnico de la DTRT y CR –DRASAM. 6.2.3. Realizar el cruce de información física y digital en materia legal de los diferentes catastros de saneamiento físico legal en materia agraria, realizados desde sus inicios REFORMA AGRARIA-PETT-COFOPRI- DRASAM, si fuera el caso dados por efectos de la fusión, transferencia y proceso de descentralización, para determinar el estado actual de los expedientes administrativos de saneamiento físico legal. 6.2.4. Analizar en forma individual cada una de las fichas y partidas registrales sobre derechos de dominio, propiedad, traslaciones o tracto DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 39 7.1.2. Recopilación Documental (Emitidos y Recibidos) Las instituciones públicas y privadas debajo descritas son generalmente aquellos que guardan vinculación con los trabajos de Saneamiento físico Legal de predios.  Autoridad Regional Ambiental – ARA  Autoridad Nacional del Agua – ANA  Agencia Desarrollo Económico Local – ADEL – Provincia de San Martín.  CIMA – Cordillera Azul  Director del INGEMMET/DC – sede lima (Catastro Minero).  Dirección Regional de Energía y Minas-DREM  Dirección Descentralizada de Cultura  Dirección General de Asuntos Ambientales y Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riesgo-DGAAA  Director Regional de Transportes y Comunicaciones.  Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI  Instituto Vial Provincial San Martín.  Instituto de Investigación de la Amazonia Peruana.  Instituto Geográfico Nacional – IGN.  Instituto Vial Provincial de San Martín – IVP  Municipalidad Distrital de Chazuta.  Municipalidad Provincial del San Martín  Ministerio de Agricultura y Riego – DIGESPARC-MINAGRI.  Oficina Registral de Tarapoto Z.R. N° III – SUNARP  Oficina Zonal SENAMHI Departamento de San Martin.  Organismo de Formalización de la propiedad Informal – COFOPRI  Paz y Esperanza  Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado- SERNANP.  Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR.  Superintendencia Nacional de Bienes del Estado-SBN. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 40 7.1.3. Elaboración de los Planos Temáticos de Diagnostico Para la elaboración de los planos temáticos de diagnóstico , sobre propiedades con derechos de dominio, se ha utilizado como herramienta de trabajo el programa ArcGIS, Arc-Map, y equipos (Plotter, escáner) necesarios para el procesamiento de la información recopiladas de las Instituciones involucradas, previa digitalización y georreferenciación de los datos de las coordenadas UTM a nivel de Excel para su exportación en el programa ArcGIS como puntos Shape (Data) y generar la base gráfica como polígono de campo para determinar las superposiciones con otras bases. En coordinación con el responsable del área Gis del equipo de planta de la UEGPS-PTRT3, nos agencio el Plano Temático de Ruta de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, la cual comprende principales aspectos Hidrográficos, Vía departamental SM-106, Limite Distrital y Provincial, colindancias, los mismos que obran en el Plano Temático.(Ver Plano 01) Respecto al procesamiento y/o georreferenciación de la información cartográfica para la elaboración de planos del Diagnóstico Físico Legal, de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, se entregó en DATUM WGS 84, puntos relevantes del territorio comunal en coordinación con el operador Gis que obran en el informe final. 7.2. FASE DE CAMPO 7.2.1. Orientación en Campo sobre el Estado Situacional Físico Legal, del Territorio Comunal y los Beneficios de la Demarcación y Titulación DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 41 Siendo notificado con OFICIO Nº 274-2023-GRSM-DRASAM- DTRTYCR (Trámite Nº005-2023289794), al Jefe Apu Sr. Axinel Apagueño Sangama de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo , se pone en conocimiento la fecha de ingreso de la brigada de Diagnostico Físico Legal del Proyecto PTRT3-GTS a la comunidad nativa, para la realización de la Reunión de Coordinación, Difusión y Socialización sobre el reinicio del Proyecto de “ Catastro Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa” – PTRT3GTS, para realizar el Diagnóstico Físico Legal e iniciar el proceso de Demarcación y Titulación, programadas para los días 20, 21, y 22 de marzo del año 2023. Así mismo se notificó a las federaciones e instituciones involucradas en el proceso tales como: CODEPISAM - Coordinadora de Desarrollo y Defensa de los Pueblos Indígenas de la Región San Martín, FEPIKECHA - Federación de los Pueblos Indígenas Kechwa Chazuta Amazonía, Municipalidad Distrital de Chazuta; Agencia de Desarrollo Económico Local ADEL – San Martín, acerca del Proceso de Diagnóstico Físico Legal a desarrollarse en dicha Comunidad Nativa. Con fecha 20 de marzo , acudieron a la comunidad nativa Allima Sachayuk Canayo, la brigada de Diagnostico Físico Legal, para el inicio de la reunión de Socialización y Difusión, con presencia de la Junta Directiva encabezado por el Jefe Apu, el sr. Axinel Apagueño Sangama, Sub Jefe Apu Julio Yaicurima Chujandama, Secretario de actas, Jorge Ojanama Amasifuen, Vocal, Pablo Apagueño Sangama, el Tesorero, Eisen Cenepo Del Castillo, y los comuneros, a la actividad que comprende informar el trabajo de Diagnostico Físico Legal, a llevarse a cabo en el territorio para conocer su situación técnica y jurídica. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 44 observaron problemas de colindancia. Cabe precisar que la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, se caracteriza porque el núcleo poblacional se ubica fuera del territorio comunal propuesto. Luego de finalizar el trabajo de campo, toma de puntos relevantes y recopilación de información del territorio comunal, la brigada de diagnóstico físico legal procedió a retirarse del lugar el 22 de marzo del 2023. En presencia del Jefe Apu, comuneros y autoridades de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, los mismos que agradecieron y expresaron su conformidad. 7.2.3. Determinación de Superposiciones en el Ámbito del Territorio Comunal. De acuerdo a la información recopilada y a la toma de puntos relevantes realizados en la visita en campo del área propuesta de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, se ha logrado determinar que no existen predios rurales individuales inscritos, dentro del área de estudio. Sin embargo se ha logrado identificar a dos posesionarios que cuentan con constancias de posesión emitidas por la Agencia de Desarrollo Económico San Martín en el año 2021, uno al señor Asterio Yaicurima Lachuma, predio denominado “VISTA ALEGRE”, y otro al señor Beralmindo Sangama Zumba, predio denominado “EL MIRADOR”, afectando con una extensión superficial de 52.8834 ha., según el análisis cartográfico al sector B de la comunidad nativa. Respecto a las fuentes hidrográficas ubicadas dentro del área de estudio, se ha logrado identificar la existencia de una quebrada DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 45 denominada Ferometo, en el sector A de la comunidad nativa, la misma que no está reconocida y no cuenta con resolución de faja marginal por la entidad competente, Autoridad Nacional del Agua (ANA), también existe un Derecho de uso de agua (DUA), con R.A N° 0520-2005-GR-SM/DRASAM/ATDR-T, en vías de regularización a favor del usuario Rubén Infante Garazatua. Asimismo existe superposición con el Territorio Comunal de la Comunidad Nativa Mushuck Llacta de Chipaota y Área Natural Protegida – Parque Nacional Cordillera Azul, esto con el fin de recomendar oportunamente acciones administrativas sobre exclusiones y/o redimensionamiento de ser el caso, como parte de las estrategias diseñadas en procedimiento de demarcación y titulación de la comunidad nativa. Con la información obtenida en campo, con la toma de coordenadas y las bases gráficas alcanzadas por el GIS del proyecto se elaboraron una serie de Planos Temáticos para determinar el área potencial a titular. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 46 VIII. PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE LA FUENTE DE INFORMACIÓN Con la información externa e interna, la verificación de campo, así como el estado registral, la brigada de Diagnostico Físico Legal, procesará y analizará toda la información para identificar los derechos existentes, entre ellos de propiedad, área de dominio público, servidumbres, etc., y las áreas factibles de formalización y de saneamiento en el territorio comunal. 8.1. RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN INTERNA Y EXTERNA 1. ARCHIVO DE DATOS DTRT y CR – DRASAM  CARTA Nº 014-2023 DPF, (GS TRÁMITE Nº 005-2023172279) del 28 de marzo del 2023, DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE TITULACIÓN, REVERSIÓN DE TIERRAS Y CATASTRO RURAL, Solicito información en formato digital de Base de Datos de Catastro Rural (Grafica y Alfanumérica) de la provincia de Lamas, provincia San Martin y departamento de San Martín (DL 667 Y DL 1089) de las Comunidades Nativas que serán trabajadas por el PROYECTO "CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA" - PTRT3-GTS. Respondió mediante Nota Informativa N° 208-2023-GRSM/DRASAM- DTRTyCR de fecha 14/04/2023, adjuntan CD con la información digital en formato shapfile. 2. VIAS DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES  OFICIO Nº 249-2023-GRSM/DRASAM-DTRTyCR (GS TRÁMITE Nº 005-2023955613) del 14 de marzo del 2023, INSTITUTO VIAL PROVINCIAL DE SAN MARTIN (IVP), Solicito información en físico y digital (Formato Shapefile y/o DXF) referente a las vías vecinales que se ubiquen o se encuentren próximas a las Comunidades Nativas que serán DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 49 Respondió mediante OFICIO Nº 00298-2023-IGN/GG/DIG/SDSIG de fecha 10/04/2023, manifiestan que a la fecha solo disponen de cartografía básica a escala 1: 100,000, la cual puede ser visualizada y descargada directamente de su Geovisor https://www.idep.gob.pe/geovisor/VisorDeMapas/  OFICIO N° 258-2023-GRSM /DRASAM -DT RT y CR, (GS TRÁMITE Nº 005-2023238286) del 1 4 de m a r z o del 2023, dirigido a la AGENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL - SAN MARTIN DE TARAPOTO, Solicito información sobre constancias de posesión que involucre o se encuentren próximas a las Comunidades Nativas que serán trabajadas por el PROYECTO "CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA" - PTRT3-GTS San Martín. Respondió mediante Nota de Coordinación N° 018-2023- GRSM/DRSAM/ADE-SM, nos informan que existen 2 constancias de posesión emitidas por la AGENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL - SAN MARTÍN en el año 2021, - Constancia de Posesión N° 024- 2021-GRSM//DRSAM/ADE-SM al señor Asterio Yaicurima Lachuma, predio denominado “VISTA ALEGRE”, con una área de 29.0000 hectáreas, - Constancia de Posesión N° 025-2021-GRSM//DRSAM/ADE- SM al señor Beralmindo Sangama Zumba, predio denominado “EL MIRADOR”, con un área 23. 4727 hectáreas, de las cuales gran parte se encuentra dentro del territorio comunal propuesto de la CC.NN Allima Sachayuk Canayo en el Sector B.  OFICIO Nº 264-2023-GRSM-DRASAM-DTRTYCR (GS TRÁMITE Nº 005-2023455543) del 14 de marzo del 2023, dirigido al ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL “COFOPRI”, Solicito información gráfica (Formato Shapefile y/o AutoCAD) de la Base DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 50 Grafica referente a las áreas urbanas y de expansión urbana, ubicadas en el Distrito de Chazuta, Provincia y Región de San Martin, de las Comunidades Nativas, que serán trabajadas por el PROYECTO "CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA" - PTRT3-GTS. Respondió mediante Oficio Nº D0000249-2023-COFOPRI-OZSM de fecha 03/04/2023, nos brindan información de planos perimétricos de pueblos formalizados por la institución dentro de la jurisdicción del distrito de Chazuta, provincia de San Martin, Región San Martin, analizando la información recabamos que no existen centro poblados dentro del territorio comunal propuesto. 4. SITIOS O ZONAS ARQUEALOGICAS  OFICIO N° 265-2023-GRSM /DRASAM /DT RT yCR (GS TRÁMITE Nº 005-2023904326) del 14 de marzo del 2023, dirigido al DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DESCONCENTRADA DE CULTURA SAN MARTÍN Solicito información Gráfica (Formato Shapefile y/o DxF) y temática sobre sitios o zonas arqueológicas en las Comunidades Nativas que serán trabajadas por el PROYECTO "CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA" - PTRT3- GTS Respondió mediante OFICIO N° 000225-2023DDC SMA/MC, informando que se registran monumentos arqueológicos prehispánicos declarados como Patrimonio Cultural de la Nación, en el Distrito de Chazuta, provincia y departamento de San Martin, denominado LLucanayacu, adjuntan coordenadas Este 381841, Norte 9274760, sin embargo estas se encuentran fuera del área de estudio de la CC.NN Allima Sachayuk Canayo. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 51 5. ZONAS DE RIESGO  OFICIO Nº 260-2023-GRSM-DRASAM-DTRTYCR(GS TRÁMITE Nº 005-2023070888) del 14 de marzo del 2023, INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA-SAN MARTIN (IIAP), Solicita información gráfica ( Formato Shapefile Y/O DXF ) y temática (Mapa de Desastres Naturales) sobre las zonas de riesgos por efectos de la naturaleza, vulnerabilidad; deslizamiento; inundaciones, incendios y sismos en la provincia de San Martín , de las Comunidades Nativas que serán trabajadas por el proyecto " CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA - PTRT3-GTS REGION SAN MARTÍN. Responde mediante Carta Nº 022-2023-IIAP-DRSM, de fecha 20 de marzo del 2023, alcanzan link de descarga de información sobre riesgo que elaboró el Programa de Cambio Climático, Desarrollo Territorial y Ambiente (PROTERRA) en el 2013 sobre peligros, vulnerabilidad y riesgo del departamento de San Martín, para su uso.Link:https://drive.google.com/file/d/10pSXs5mk9XAHXS40Vh8tGEvnY3 Q_ee8Q/view. Encontrándose la existencia de condiciones riesgosas en el área de estudio, con respecto a su Riesgo por Inundación en su mayor proporción y porcentual es NULO con una extensión superficial de 2,279.0833 hectáreas representando el 100 %, en el Riesgo por Deslizamiento se puede considerar como ALTO con una extensión superficial de 94.4021 hectáreas que representa el 4.14 %, y NULO con una extensión superficial de 2,184.6812 hectáreas que representa el 95.86 %, en el Riesgo por Sismo se determina como BAJO con una extensión superficial de 2,279.0833 hectáreas representando el 100 %, en el Riesgo por Incendio se determina como BAJO con una extensión superficial de 2,279.0833 DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 54 Ecológica Económica que se ubiquen o se encuentren próximas a las Comunidades Nativas que serán trabajadas por el Proyecto " CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA" - PTRT3-GTS-REGIÓN SAN MARTÍN. Respondió mediante OFICIO Nº 326-2023-GRSM/ARASM-GE de fecha 03/05/2023, remite información cartográfica de todo el departamento de San Martin. Esta información puede ser descargada del enlace: https://drive.google.com/drive/folders/1NFzqQpRSnJtwtrDbSdmlHcdbU2 y-mcHb?usp=share_link  OFICIO N° 251-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR (GS TRÁMITE Nº 005-2023718221) del 14 de marzo del 2023, dirigido a la GERENTE GENERAL DEL PROYECTO ESPECIAL HUALLAGA CENTRAL Y BAJO MAYO - PEHCBM, Solicito información gráfica y /o digital (Formato Shapefile y/o DXF) sobre el Área de Conservación Regional Cordillera Escalera que se ubiquen dentro de las Comunidades Nativas que serán trabajadas por el proyecto “CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA" - PTRT3-GTS-REGIÓN SAN MARTÍN. Respondió mediante OFICIO N° 023-2023-GRSM-PEHCBM-DMA-ACR- CE, del 04/04/2023, adjunta un INFORME N° 12-2023-GRSM-PEHCBM- DMA-ACR-CE/MCLDC, adjuntando un CD con la información cartográfica digital del límite del ACR Cordillera Escalera, en formato Shape File, Datum WGS 84,zona 18 Sur, indicando que la CC.NN Allima Sachayuk Canayo se encuentra fuera del ACR Cordillera Escalera.  OFICIO N° 262-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR (GS TRÁMITE Nº 005-2023552214) del 14 de marzo del 2023, dirigido al CORDINADOR SEDE TARAPOTO CIMA – CORDILLERA AZUL, Solicito información gráfica (Formato Shapefile y/o DXF) sobre las Áreas naturales protegidas que su DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 55 institución preside a cerca de Áreas de Conservación – Cordillera Azul, que se ubiquen dentro de las Comunidades Nativas que serán trabajadas por el proyecto “CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA" - PTRT3-GTS-REGIÓN SAN MARTÍN. Respondió mediante Carta N° 029-2023-CIMA/AMRR-CRT, de fecha 10/05/2023, indicando que utilizan fuentes oficiales del SERNANP e información de la DTRTyCR, nos brindan un link de descarga: http://drive.google.com/file/d/1ZkvERw7E1s30wtljjao1xh_CIN4btcMB/vie w?usp=share_link  OFICIO N° 263-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR (GS TRÁMITE Nº 005-2023190222) del 14 de marzo del 2023, dirigido al SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO - SERNANP, Solicito información gráfica (Formato Shapefile y/o DxF) y temática expedientes técnicos y planos de áreas naturales protegidas que involucre o se encuentren próximos a las Comunidades Nativas que serán trabajadas por el proyecto “CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA" - PTRT3-GTS- REGIÓN SAN MARTÍN. Respondió mediante OFICIO Nº 147-2023-SERNANP-DDE de fecha 24/03/2023, determinan que: La base grafica denominada “Kichwa Canayo”, se encuentra gráficamente superpuesta al Parque Nacional Cordillera Azul, y al interior de la Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional Cordillera Azul. En tal sentido adjuntan la base grafica digital del Parque Nacional Cordillera Azul, Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional Cordillera Azul, asimismo el límite del Área de conservación Regional Cordillera Escalera. Todo ello en el siguiente link: http://foldersgd2.sernanp.gob.pe/index.php/s/IXEIthtnwzdVJPI DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 56  OFICIO N° 273-2023-GRSM /DRASAM /DT RT yCR (GS TRÁMITE Nº 005-2023370683) del 14 de marzo del 2023, dirigido al DIRECTOR DE PAZ Y ESPERANZA, Solicito Información gráfica (formato shapefile y/o DXF) de las Comunidades Nativas que están siendo trabajadas por el Proyecto "Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú" "CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA" - PTRT3-GTS Respondió mediante Carta N° 10-2023/PE-SM, el Director de Paz y Esperanza remiten la información en link, https://drive.google.com/drive/folders/12bHyCi0qNE2bnXqJvhksju0LRK6 QBe  OFICIO N° 357-2023-GRSM /DRASAM /DT RT yCR (GS TRÁMITE Nº 005-2023819753) del 31 de marzo del 2023, dirigido al DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES AGRARIOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIESGO - DGAAA Solicito información de la zonificación ecológica de las Comunidades Nativas que serán trabajadas por el PROYECTO "CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA" - PTRT3-GTS Respondió mediante OFICIO N° 428-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA, de fecha 04/04/2023, indicando que la Dirección General no tiene competencias en materia de Zonificación Ecológica Económica, por lo que no cuenta con dicha información.  OFICIO N° 358-2023-GRSM /DRASAM /DT RT yCR (GS TRÁMITE Nº 005-2023936402) del 31 de marzo del 2023, dirigido al DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SANEAMENTO DE LA PROPIEDAD AGRARIA CATASTRAL RURAL - DIGESPARC, solicito información de DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 59 10. CLASIFICACIÓN DE TIERRAS POR SU CUM  Mediante Resolución Ministerial N° 0194-2017-MINAGRI de fecha 24 de mayo del 2017, “Lineamientos para la ejecución del proceso de evaluación agrológica de las tierras de las comunidades nativas y la clasificación por su capacidad de uso mayor a nivel de Grupo, con fines de titulación”. Donde explica en el Artículo 4. Que el órgano competente son los gobiernos regionales a cargo del procedimiento de demarcación del territorio de las Comunidades Nativas. Las mismas que serán ejecutadas por los especialistas de dicha dependencia. Asimismo de la definición del Artículo 5. Etapas del proceso de evaluación agrologica de las tierras de las comunidades nativas; cuyo numeral: 5.1. Etapa preliminar de gabinete. Su finalidad es recopilar y procesar información cartográfica disponible, que comprende:  Recopilación de la información de cartografía básica  Utilización de imágenes satelitales.  Elaboración del mapa fisiográfico y de pendientes sobre la base de la interpretación analógica de las imágenes satelitales procesadas y georreferenciadas.  Selección de las áreas o zonas de muestreo, para la distribución de calicatas.  Impresión de mapa fisiográfico y de pendientes preliminares, como mapa base del trabajo en campo y gabinete final. 5.2. Etapa de campo, prescribe: Se ejecuta durante el proceso de demarcación del territorio comunal que comprende las actividades de: DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 60  Realizar un reconocimiento del área materia de evaluación, para la familiarización de los padrones edáficos dominantes, así de sus cortes naturales, etc.  Corrección de las unidades fisiográficas y pendientes del terreno, determinados en el mapa fisiográfico y pendientes.  Reconocimiento y mapeo sistemático del suelo del área de evaluación, así como distribuir y excavar las calicatas en las partes representativas de las unidades fisiográficas para el muestreo.  Descripción de las características físicas y morfológicas de los horizontes del perfil del suelo, así como las características del relieve y paisaje.  Determinación del pH, etc. En virtud a lo señalado en líneas anteriores; se concluye que el proyecto PTRT3-GTS, en la segunda etapa que es de demarcación realizara la evaluación de las posibles áreas adjudicables, así como la interpretación de las unidades fisiográficas, geológicas que se encuentran dentro del territorio comunal; usando como herramienta los mapas temáticos preliminares de diagnóstico como Fisiográfico, Geológico y Zona de Vida, para la implementación del análisis geológico del territorio comunal.  OFICIO N°2152-2015-MINAGRI-DVDIAR-DGAAA del 15 de Noviembre del 2015 pone en conocimiento a través de su INFORME N° 132-2015-MINAGRI-DVDIAR- DGAAA-DERN elaborado por la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales, que la información alcanzada sobre Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor reconocido por la FAO -ONERP en año de 1967 proviene de estudios antiguos; por lo que no es posible hacer las precisiones de localización de los tipos de suelos individualmente. Cabe poner de su conocimiento, que mediante Resolución Ministerial N° 0194-2017- MINAGRI, donde se Aprueba los Lineamientos para la DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 61 Ejecución del Proceso de Evaluación Agrologica de la Tierras de la Comunidades Nativas y La Clasificación por su Capacidad de Uso Mayor a nivel del Grupo, con fines de titulación. Cuyo contenido no discrepa en nada a la reformulación del referido en párrafo ut supra. 11. SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS  OFICIO N°257-2023-GRSM /DRASAM -DT RT y CR (GS TRÁMITE Nº 005-2023129851) del 1 4 de m a r z o del 2023, dirigido a la OFICINA REGISTRAL DE TARAPOTO, solicito certificado de Búsqueda Catastral de las Comunidades Nativas que serán trabajadas por el Proyecto “CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ PTRT3” - REGIÓN SAN MARTÍN. La Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP mediante PUBLICIDAD N° 2023-1753514, de fecha 05/04/2023, remiten búsqueda catastral de la CC.NN Allima Sachayuk Canayo. En su análisis y conclusión indican que la CC.NN Allima Sachayuk Canayo se superpone de forma gráfica y parcial con la partida electrónica N° 04007310, con un área de 254.1823 Ha, en el Sector “A”, y 26.0976 ha., en el Sector “B”, respectivamente. También indican que existe superposición de forma gráfica y parcial con la partida electrónica N° 11009418 con un área de 0.0002 Ha, inscrito a nombre del Estado-Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP del Parque Nacional Cordillera Azul.  OFICIO N°378-2023-GRSM /DRASAM -DT RT y CR, (GS TRÁMITE Nº 005-2023202441) del 1 2 de a b r i l del 2023, dirigido a la OFICINA REGISTRAL DE TARAPOTO, Solicita Copia Literal de personas jurídicas de las Comunidades Nativas, que serán trabajadas por el DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 64 con predios inscritos, pero si colinda con predios rurales individuales inscritos con (D.L. N° 1089). Cuadro N° 02 - Consolidado de Predios que fueron catastrados por Decreto Legislativo Nº 1089, Colindantes con la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, Distrito de Chazuta, Provincia y Departamento de San Martín. PREDIOS COLINDANTES CON LA COMUNIDAD NATIVA ALLIMA SACHAYUK CANAYO,DISTRITO DE CHAZUTA,PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN N° U.C SECTOR TITULAR AREA ESTADO PARTIDA ELECTRONICA 1 303474 SANTA ROSA DE CHIPAOTA ROLANDO RAMIREZ SHUÑA 24.4896 INSCRITO 04032956 2 303506 SANTA ROSA DE CHIPAOTA FIDELINA FATAMA SANGAMA ROLANDO TAPULLIMA PIZANGO 18.6669 INSCRITO 04032955 3 289213 SANTA ROSA DE CHIPAOTA GERALDO SANGAMA MIRSA CENEPO ISUIZA 9.1985 INSCRITO 04032954 4 303475 SANTA ROSA DE CHIPAOTA JUANA GONZALES MORI PEDRO TUESTA PANAIFO 48.2368 INSCRITO 04032949 5 303510 SANTA ROSA DE CHIPAOTA TESALIA CENEPO PIZANGO OSCAR SEGUNDO PANAIJO SHAPIAMA 74.2156 INSCRITO 04032950 6 303606 JUMACHI ROSA TAPULLIMA PANAIFO GEUSTER CHASNAMOTE PIZANGO 8.1974 INSCRITO 04032969 7 303607 JUMACHI BENEITO MORI GUERRA 5.2510 INSCRITO 04013394 8 303602 JUMACHI LUZ MERCEDES MORI GUERRA JULIO YAICURIMA CHUJANDAMA 14.3581 INSCRITO 04029739 9 303590 JUMACHI WILLIAN CHUJUTALI YAUCURIMA 3.7310 INSCRITO 11085224 10 303583 JUMACHI ANTONIA AMASIFUEN DE YAICURIMA ESTEBAN YAICURIMA ZUMBA 10.6913 INSCRITO 04033038 11 303582 JUMACHI SANDRA PANAIFO TAPULLIMA WILDO YAICURIMA ZUMBA 8.7278 INSCRITO 04033029 12 303576 JUMACHI NIMIA TAPULLIMA LOPEZ JULIO YAICURIMA CHUJANDAMA 17.4946 INSCRITO 04007301 13 303574 JUMACHI GUILLERMO CONDEZO QUIÑONEZ EDITH YAICURIMA CHUJANDAMA 17.1379 INSCRITO 04031905 14 303573 JUMACHI MARIANA SHUPINGAHUA OJANAMA TOMAS YAICURIMA CHUJANDAMA 16.8031 INSCRITO 04003327 15 303612 JUMACHI MERY LUZ YAICURIMA YAHUARCANI QUINTO FELIX MANIHUARI CHOTA 12.0165 INSCRITO 11085234 16 303570 JUMACHI OSCAR ALBURQUEQUE NAVARRO MARIA DEL CARMEN CENEPO CHASNAMOTE 15.7832 INSCRITO 04031913 17 303640 JUMACHI SONIA YAICURIMA CHUJANDAMA JUAN ISHUIZA ISHUIZA 30.1222 INSCRITO 04031914 18 303641 JUMACHI MENECIO SHAPIAMA CENEPO 23.6429 INSCRITO 04033011 19 303645 JUMACHI OLSON CENEPO CHUJANDAMA MIGUELINA TENAZOA DE CENEPO 19.3812 INSCRITO 04007304 20 303646 JUMACHI TEOUBITA FASABI APAGÛEÑO SANTOS CENEPO TENAZOA 17.5461 INSCRITO 04016674 DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 65 21 303680 JUMACHI MARTIN VILLARAN SALA 11.0703 INSCRITO 11085257 22 303679 JUMACHI MARTIN VILLARAN SALA 8.7306 INSCRITO 04016666 23 303678 JUMACHI RONAL MENDOZA FABABA 5.7726 INSCRITO 11085256 24 303677 JUMACHI JEAN PIERRE DUFFY BARAYBAR FLOR DE ESPERANZA ANGULO ROJAS 11.9559 INSCRITO 04016653 25 303742 JUMACHI AURELIO CENEPO SHUPINGAHUA 12.8449 INSCRITO 11085160 26 303743 JUMACHI EGNA CENEPO CENEPO RAMIRO CENEPO GONZALES 10.9055 INSCRITO 11085161 27 303744 JUMACHI RAQUEL CENEPO CENEPO ISMAEL HEREDIA TANTAJULCA 6.5665 INSCRITO 11085162 28 303745 JUMACHI OLEGARIO CENEPO SHUPINGAHUA 9.7967 INSCRITO 11085163 29 303746 JUMACHI VICTOR TERCERO TAPULLIMA CHUJANDAMA 7.4082 INSCRITO 11085164 30 303748 JUMACHI MANACES JAROL TORRES ISUIZA 5.008 INSCRITO 11085166 31 303749 JUMACHI HERNANDO RUIZ SATALAYA 4.9066 INSCRITO 11085167 32 303751 JUMACHI BERNANDO NEYRA PORRAS 5.2247 INSCRITO 11085169 33 303752 JUMACHI PALMIR DEL CASTILLO DE MARTINES ABEL MARTINES LOZANO 6.7880 INSCRITO 11085170 34 303753 JUMACHI CARLOS TENAZOA TANCHIVA ROSA EUDOCIA VELA GUERRA 9.5977 INSCRITO 11085171 35 303754 JUMACHI RAMIRO CENEPO CENEPO 6.0070 CATASTRAD O NO INSCRITO _ 36 303685 JUMACHI OLIVER EGGERS ABENDROTH LUZ ELIZA JUNGBLUTH SUAREZ DE EGGERS 6.943 INSCRITO 11085258 8.2. DETERMINACIÓN DE SUPERPOSICIONES EN EL ÁMBITO DEL TERRITORIO COMUNAL. Luego de la revisión y análisis de la información obtenida de las entidades públicas y/o privadas, se ha determinado e identificado en el área de estudio lo siguientes: a) Posesionarios: se ha identificado como posesionario al señor: Asterio Yaicurima Lachuma y Beralmindo Sangama Zumba, con constancias de posesión emitidas por la Agencia Desarrollo Económico San Martín en el año 2021. En el sector B del área de estudio de la comunidad, afectando con un área de 52.3884 hectáreas, que se puede visualizar en el Imagen 2. Plano de Diagnóstico del Área de Estudio de la Comunidad Nativa, Información recopilada de la Agencia Desarrollo Económico San Martín. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 66 b) Área Natural Protegida: Se ha determinado la superposición con el Parque Nacional Cordillera Azul (PNCAZ), con una superficie de 0.0824 hectáreas, en el área de estudio sector B, según lo reportado por el SEFOR y la ARA; por otro lado, la SUNARP reporta la superposición con una superficie de 0.002 hectáreas. c) Territorio comunal: Se ha determinado superposición gráfica con el territorio de la Comunidad Nativa Mushuck Llacta de Chipaota, que comprende una superficie de 280.2799 hectáreas. Según reporte de la búsqueda catastral. Esta superposición en situ, no es real, solo es gráfico. 8.3. DESCRIPCIÓN DE LA FISIOGRAFÍA Y GEOLOGÍA DENTRO DEL TERRITORIO COMUNAL a) Fisiografía. En el área de estudio de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, se han identificado 03 unidades fisiográficas, de acuerdo a la información de la Zonificación Ecológica Económica - ZEE San Martín. Cuadro N° 03. Descripción de Unidades Fisiográficas del Territorio Comunal de la Comunidad Nativa lAllima Sachayuk Canayo FISIOGRAFÍA DESCRIPCIÓN FISIOGRÁFICA CÓDIGO/ SIMBOLO ÁREA TOTAL (ha.) PORCENTAJE EN RELACIÓN A LA UNIDAD TERRITORIAL Tierras cálido a Templado, Relieve Montañoso y Colinado / Cordillera Subandina Montañas bajas de laderas empinadas 11 1912.7553 83.93 % Tierras cálido a Templado Relieve, Montañoso y Colinado / Cordillera Subandina Montañas bajas de laderas muy empinadas 12 341.9103 15.00 % Tierras cálido a Templado, Relieve Montañoso y Colinado / Cordillera Subandina Colinas altas fuertemente disectadas 13 24.4177 1.07 % TOTAL 2,279.0833 100% Zonificación Ecológica Económica - ZEE San Martín DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 69 IX. CONCLUSIONES:  La Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, es reconocida mediante Resolución Directoral N° 193-2013-GRSM/DRASAM/DTRTyCR de fecha 16 de octubre del 2013; con el nombre de “Kichwa Canayo”; corrigiéndose el error material con la Resolución Directoral N° 146-2023- GRSM/DRASAM/DTRTyCR de fecha 22 de mayo del 2023; de acuerdo a su personería jurídica, inscrita en la Partida Electrónica N° 11078930, del Registro de Comunidades Campesinas y Nativas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP, de la oficina registral Tarapoto de la Zona Registral N° III-Sede Moyobamba.  Se desarrolló de manera satisfactoria el proceso de difusión y socialización del Proyecto de Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú – Tercera Etapa - PTRT3-GTS, de la Etapa de Diagnóstico Físico Legal en la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, con la participación del Jefe Apu Axinel Apagueño Sangama, y su junta directiva acompañado de los comuneros en general, los mismos que se comprometieron a respetar los linderos de sus colindantes suscribiéndose en el acta de reunión de fecha 20 de marzo del 2023.  La Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo se encuentra ubicado en el distrito de Chazuta, provincia y departamento de San Martín, en la actualidad cuenta con una población aproximada de 150 comuneros (a), que serán beneficiados con la Titulación de su territorio comunal, gracias al Proyecto de Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú PTRT3- GTS-San Martín.  La Junta directiva de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, integrado: por el Jefe Apu Axinel Apagueño Sangama, Sub Jefe Apu Julio Yaicurima Chujandama, Secretario de Actas y Archivos José Isaac Ojanama Amasifuen, Secretario de Organización Lustian Wendor Chashnamote DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 70 Insapillo, Tesorero Eisen Rodil Cenepo del Castillo, Vocal 1 y 2 Pablo Apagueño Sangama, se encuentra inscrito en los Registros Públicos con Partida Electrónica N° 11078930, cuya vigencia es desde el 16/04/2022 hasta el 15/03/2024.  La Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, colinda por el norte y oeste con 36 predios rurales individuales inscritos con el D.L N° 1089, por el sur con el territorio comunal de la Comunidad Nativa “Mushuck Llacta de Chipaota” y quebrada Chipaota, por el este con área propuesta de la comunidad nativa Callanayacu, y el Parque Nacional Cordillera Azul.  No se han encontrado propiedades rurales privadas inscritas en la oficina registral Tarapoto de la Zona Registral N° III-Sede Moyobamba, en el área de estudio de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, de acuerdo al certificado de búsqueda catastral, con número de publicidad N° 1753514.  En el certificado de búsqueda catastral, se ha reportado la partida 04007310, perteneciente a la comunidad nativa Mushuck Llacta de Chipaota; Sin embargo, en los expedientes de la comunidad y haciendo las consultas con el técnico catastral de SUNARP, se ha determinado que, se ha consignado erróneamente como partida registral del territorio comunal, siendo lo correcto 04028345.  Según, el certificado de búsqueda catastral, existe superposición grafica parcial con el territorio de la comunidad nativa Mushuck Llacta de Chipaota, inscrita en la partida 04028345, con un área de 254.1823 ha, en el Sector “A” y 26.0976 ha, en el Sector “B”. Cabe indicar que el territorio de la comunidad nativa Mushuck Llacta de Chipaota, tiene un proceso de georreferenciación inconclusa, iniciado en el año 2010, aprobado mediante Resolución Directoral N° 0045-2012- GRSM/DRASAM/DTRTyCR, realizado en mérito al Convenio de Colaboración y Coordinación Técnica Interinstitucional entre el Organismo DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 71 de formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, el Gobierno Regional de San Martin – GORESAM y el Instituto Nacional de Recursos Naturales – EXINRENA.  Existe una superposición gráfica en el sector “A” de 0.0824 hectáreas con el Área Natural protegida, denominado “Parque Nacional Cordillera Azul”, inscrito en la partida electrónica 11009418, análisis realizado con la información cartográfica de ARA; asimismo, coincide con el reporte de SERFOR. Sin embargo, SUNARP, mediante el certificado de búsqueda catastral, informa en su análisis, que existe una superposición gráfica parcial de 0.0002 hectáreas. Existiendo una discrepancia de superficie de SERFOR y SUNARP, respecto a la superposición con el área de estudio. También, se informa que la superposición de 0.0002 hectáreas reportada por la SUNARP, se encuentra en parte superpuesta, a la superficie reportado por el SERFOR.  Se ha identificado en el área de estudio a 02 posesionarios, que cuentan con constancias de posesión, emitidas por la Agencia de Desarrollo Económico San Martín en el año 2021. La Constancia N° 024-2021- GRSM/DRASAM/ADE-SM y constancia N° 025-2021- GRSM/DRASAM/ADE-SM, a favor de Asterio Yaicurima Lachuma y Beralmindo Sangama Zumba, por una superficie de 29.0784 ha y 23.4727 ha respectivamente, y se ha determinado, que la superposición gráfica está en el sector “B” del área de estudio, por una superficie de 28.1264 ha y 21.7570 ha respectivamente, sumando una afectación superficial de 52.8834 ha.  Según el análisis cartográfico en cuanto a los recursos hídricos se identificó dentro del área de estudio sector A, de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, una Quebrada, denominada Ferometo, conforme se puede visualizar en el plano temático N ° 02, la cual no cuenta con resolución de reconocimiento y la aprobación de su faja marginal, por la Autoridad Administrativa del Agua. Asimismo, se identificó derechos de uso de agua DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 74 acuerdo a los lineamientos aprobados en la Resolución Ministerial N° 00370- 2017-MIDAGRI, aplicando el artículo 5, inciso 5.16, 5.17 y Articulo 6.  Referente a las dos constancias de posesión emitidas por la Agencia de Desarrollo Local San Martin en el año 2021, Se recomienda, a las autoridades de la comunidad a invitar a los ocupantes precarios y mejores ubicados en tierra de la comunidad, para escuchar su manifestación al momento de levantar el acta de demarcación que realiza el equipo de la Dirección Regional Agraria, respecto si desean integrarse o no a la comunidad, de acuerdo al inciso A del artículo 5 del Decreto del Reglamento del Decreto Ley N° 22175, de lo contrario solicitar la nulidad de las Constancias de Posesión considerando en el artículo 7 de la Resolución Ministerial N° 0029-2020- MINAGRI, “No procede la expedición de constancias de posesión con fines de formalización de predios rústicos en tierras de propiedad y/o posesión de las comunidades campesinas y nativas, así como en áreas en trámite de reconocimiento o de titulación de comunidades campesinas y nativas.  Respecto a la quebrada identificada en el área de estudio, se recomienda. para el proceso de demarcación considerar lo establecido del artículo 6 Disposiciones Específicas para la demarcación territorial, inciso 6.6.2. Visita de inspección para la demarcación del territorio comunal, “nos precisa para la delimitación de la faja marginal, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) a través de sus órganos desconcentrados brindará el soporte técnico especializado al equipo de demarcación, en cuanto a la capacitación de la metodología a aplicar”, El Equipo Técnico Especializado (ETE) para demarcación procesará la información gráfica obtenida y remitirá informe técnico, plano y la base gráfica digital (*.shp) impreso y digital. La ALA procede a la evaluación y aprobación del informe técnico, que será remitido a la AAA para su aprobación a través de su Resolución Directoral correspondiente, en un plazo máximo de 10 días hábiles de decepcionado el informe técnico de la ALA, conforme establece la Resolución Ministerial N° 0443-2019-MINAGRI. Del Decreto Ley N° 22175, Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 75 Regiones de la selva y Ceja de la Selva, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-79-AA.  La superposición con el Parque Nacional de cordillera Azul en el área propuesto, lo mismo que está reconocido mediante Decreto Supremo N° 031- 2021-AG. Se recomienda: A las autoridades de las Comunidades Nativas localizadas dentro de los límites de los Parques Nacionales, cuyas actividades no atenten contra los principios que justifican el establecimiento de dichas unidades de conservación, podrán permanecer en ellas sin título de propiedad conforme establece el artículo N° 18 de la Ley de Comunidades Nativas y Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva, Decreto Ley N° 22175. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 76 XI. ANEXOS 11.1. DOCUMENTALES 1. Resolución Directoral N° 193-2013-GRSM/DRASAM/DTRTyCR de fecha 16 de octubre del 2013; sobre el Reconocimiento de la Comunidad Nativa con el nombre de “Kichwa Canayo”. 2. Resolución Directoral N° 146-2023-GRSM/DRASAM/DTRTyCR de fecha 22 de mayo del 2023; sobre la Rectificación de nombre de la Comunidad Nativa con el nombre de “Allima Sachayuk Canayo”. 3. Copia Literal de la personería jurídica de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo, P.E N° 11078930 4. Copia Literal de los colindantes que serán notificados en el proceso de demarcación. 5. Acta de reunión de ejecución de actividades de Diagnostico Físico Legal. De fecha 20 de marzo del 2023. 6. Certificado de Búsqueda Catastral 7. Oficios de notificación e invitación para la socialización:  OFICIO Nº 274-2023-GRSM/DTRTYCR (EXP: 005-2023289794); Señor: AXINEL APAGUEÑO SANGAMA-APU COMUNIDAD NATIVA ALLIMA SACHAYUK CANAYO.  OFICIO Nº 275-2023-GRSM/DTRTYCR (EXP: 005-2023970833); Señora: IBIS MARISOL GARCIA APAGUEÑO-PRESIDENTA DE FEPIKECHA.  OFICIO Nº 276-2023-GRSM/DTRTYCR (EXP: 005-2023292181); Señor: WILFREDO TSAMASH CABRERA-PRESIDENTE DE CODEPISAM.  OFICIO Nº 277-2023-GRSM/DTRTYCR (EXP: 005-2023611918); Señor: HOSMER GUEVARA MARTINEZ-AGENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO (ADE)-SAN MARTÍN. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 79  OFICIO N° 166-2023-GRSM-DRTC, de fecha 23 marzo del 2023.  OFICIO N°257-2023-GRSM /DRASAM -DT RT y CR, del 14 de marzo del 2023, dirigido a la OFICINA REGISTRAL DE TARAPOTO.  Certificado de Búsqueda Catastral con Publicidad Registral N°1753514.  OFICIO Nº 258-2023-GRSM-DRASAM-DTRTYCR, del 14 de marzo del 2023, dirigido a la AGENCIA DE DESARROLLO ECÓNOMICO DE SAN MARTÍN.  NOTA DE COORDINACIÓN N° 018-2023-GRSAM- DRSAM/ADE//SAN MARTÍN, de fecha 20 de marzo del 2023.  OFICIO N°259-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR, del 14 de marzo del 2023, dirigido al INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA – INEI.  OFICIO N° 001709-2023-INEI/DNCE, de fecha 25 de abril del 2023.  OFICIO Nº 260-2023-GRSM-DRASAM-DTRTYCR, del 14 de marzo del 2023, INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA- SAN MARTIN (IIAP).  CARTA N° 022-2023-IIAP-DRSM, de fecha 20 de marzo del 2023.  OFICIO N° 262-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR, de l 14 de marzo del 2023, dirigido al CORDINADOR SEDE TARAPOTO CIMA – CORDILLERA AZUL.  CARTA N° 029-2023-CIMA/AMRR-CRT. De fecha 10 de mayo del 2023.  OFICIO N° 263-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR, de l 14 de marzo del 2023, dirigido al SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO – SERNANP. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 80  OFICIO N° 147-2023-SERNANP-DDE, de fecha 24 de marzo del 2023.  OFICIO Nº 264-2023-GRSM-DRASAM-DTRTYCR, del 14 de marzo del 2023, dirigido al ORGANISMO DE LA PROPIEDAD INFORMAL COFOPRI.  OFICIO N° D0000249-2023-COFOPRI/OZSM, de fecha 03 de abril del 2023.  OFICIO Nº 265-2023-GRSM-DRASAM-DTRTYCR, del 14 de marzo del 2023, DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DESCONCENTRADA DE CULTURA SAN MARTÍN.  OFICIO N° 000225-2023DDC-SMA/MC, de fecha 27 de marzo del 2023.  OFICIO Nº 266-2023-GRSM-DRASAM-DTRTYCR, del 13 de marzo del 2023 dirigido a la OFICINA SENAMHI.  OFICIO N° 000016-2023-SENAMHI-DZ9, de fecha 12 de abril del 2023.  OFICIO N°273-2023-GRSM /DRASAM, del 12 de abril del 2023, dirigido al DIRECTOR DE PAZ Y ESPERANZA.  CARTA N° 10-2023/PE-SM, de fecha 19 de abril del 2023.  OFICIO N°357-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR, del 31 de marzo del 2023, dirigido al DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES AGRARIOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO – DGAAA.  OFICIO N°531-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR, del 17 de mayo del 2023. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 81  OFICIO N°358-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR, del 31 de marzo del 2023, dirigido al DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SANEMAIENTO DE LA PROPIEDAD AGRARIA CATASTRAL RURAL – DIGESPACR.  OFICIO N° 642-2023-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPARCR, de fecha 26 de abril del 2023.  OFICIO N°360-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR, del 31 de marzo del 2023, dirigido al INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO – INGEMMETH.  OFICIO N°530-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR, del 17 de mayo del 2023.  OFICIO N°359-2023-GRSM /DRASAM -DT RT y CR, del 31 de marzo del 2023, dirigido al DIRECTOR DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES DEL ESTADO – SBN.  OFICIO N°529-2023-GRSM /DRASAM /DT RT y CR, del 17 de mayo del 2023.  OFICIO N°378-2023-GRSM /DRASAM -DT RT y CR, del 12 de abril del 2023, dirigido a la OFICINA REGISTRAL DE TARAPOTO.  OFICIO N° 00509-2023-SUNARP/ZRIII/UREG/PUB, de fecha 15 de abril del 2023.  OFICIO N°379-2023-GRSM /DRASAM -DT RT y CR, del 12 de abril del 2023, dirigido a la OFICINA REGISTRAL DE TARAPOTO.  OFICIO N° 00508-2023-SUNARP/ZRIII/UREG/PUB, de fecha 15 de abril del 2023. DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 84 8 14/03/2023 OFICIO Nº258- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO INFORMACION SOBRE CONSTANCIAS DE POSESIÓN QUE INVOLUCRE O SE ECUENTREN PRÓXIMAS A LAS COMUNIDADES NATIVAS QUE SERAN TRABAJADAS POR EL PROYECTO DE “CATASTRO, TITULACIÓN Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCERA ETAPA” - PTRT3 – GTS. DIRECTOR DE LA AGENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO – SAN MARTÍN 17/03/2023 REPONDEN CON NOTA DE CORDINACIÓN N° 016 - 2023- GRSM/DRASAM/ ADE-SM 20/03/2023 INFORMA QUE SE EMITIÓ DOS CONSTANCIAS DE POSESIÓN EN EL AÑO 2021: AL SR. ASTERIO YAUCURIMA LACHUMA Y EL SEÑOR BERALMINDO SANGAMA ZUMBA. INTERNO 9 14/03/2023 OFICIO Nº265- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO INFORMACION EN FORMATO SHAPEFILE Y/O DX Y TEMATICA SOBRE SITIOS O ZONAS ARQUEOLOGICAS UBICADAS EN LAS COMUNIDADES NATIVAS QUE SE ESTAN TRABAJANDO POR EL PROYECTO DE CATASTRO, TITULACION Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERU PTRT3 - REGION SAN MARTIN DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DESCONCENTRADA DE CULTURA SAN MARTIN 14/03/2023 RESPONDEN CON OFICIO Nº000225-2023- DDC-SMA-MC 27/03/2023 INFORMAN QUE NO EXISTEN MONUMENTOS ARQUEOLÓGICOS PREHISPÁNICOS DECLARADOS COMO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN EN EL AREA DE ESTUDIO. INTERNO DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 85 CUADRO DE INFORMACIÓN EXTERNA Nº FECHA Nº OFICIO ASUNTO INSTITUCIÓN FECHA DE NOTIFICACION DOCUMENTO DE RESPUESTA FECHA DE RESPUETA INFORMACIÓN RECOPILADA DETALLE 1 14/03/2023 OFICIO Nº241- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO INFORMACION SOBRE PLANES DE DESARROLLO URBANO, PLANES VIALES, PLANES DE EXPANSION URBANA Y OTROS EN LAS COMUNIDADES NATIVAS, QUE SERAN TRABAJADAS POR EL PROYECTO CATASTRO, TITULACION Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERU - PTRT3 - REGION SAN MARTIN MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN MARTÍN 14/03/2023 RESPONEN CON OFICIO NºO33- 2023-SGPCUC-GI- MPSM 30/03/2023 INFORMA EN CUANTO A LOS PLANES VIGENTES, COMO PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL (PAT) Y PLAN DE DESARROLLO URBANO (PDU), NO SE ENCONTRÓ INFORMACIÓN RELEVANTE CON RESPECTO A LA CC.NN ALLIMA SACHAYUK CANAYO. EXTERNA 2 14/03/2023 OFICIO Nº244- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO INFORMACION SOBRE PLANES DE DESARROLLO URBANO, PLANES VIALES, PLANES DE EXPANSION URBANA Y OTROS EN LAS COMUNIDADES NATIVAS, QUE SERAN TRABAJADAS POR EL PROYECTO CATASTRO, TITULACION Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERU - PTRT3 - REGION SAN MARTIN MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAZUTA 23/03/2023 RESPONDEN CON OFICIO Nº 116- 2023-MDCH/A 14/04/2023 PONE EN CONOCIMIENTO MEDIANTE INFORME Nº 099- 2023-MDCH-DDUR/ALI, INDICANDO QUE NO CUENTAN CON PLANES DE DESARROLLO URBANO, PLANES VIALES, PLANES DE EXPANSIÓN URBANA Y OTROS SOBRE LA CC. NN ALLIMA SACHAYUK CANAYO. EXTERNA 3 14/03/2023 OFICIO Nº247- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO INFORMACION GRAFICO (FORMATO SHAPEFILE Y/O DXF) Y TEMATICA DE BOSQUES DE PRODUCCION PERMANENTE, CONCESIONES FORESTALES Y PERMISOS FORESTALES EN LAS COMUNIDADES NATIVAS QUE SERAN TRABAJADAS POR EL PROYECTO DE CATASTRO Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERU - PTRT3 - REGION SAN MARTIN OFICINA DE ENLACE SERFOR - 21/03/2023 RESPONDEN CON OFICIO Nº005- 2023-MIDAGRI- SERFOR-OER- SANMARTIN 13/04/2022 INFORMA INDICANDO EL LINK, PARA LAS CONSULTAS DIGITALES, DE LA INFORMACIÓN SOLICITADA. EXTERNA DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 86 4 14/03/2023 OFICIO Nº249- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO INFORMACION EN FORMATO DIGITAL (SHAPEFILE O DXF) REFERIDAS A VÍAS VECINALES, QUE SE UBIQUEN O SE ENCUENTREN PROXIMAS A LAS COMUNIDADES NATIVAS QUE SERAN TRABAJADAS POR EL SE ESTAN TRABAJANDO POR EL PROYECTO DE CATASTRO, TITULACION Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERU PTRT3 - REGION SAN MARTIN INSTITUTO VIAL PROVINCIAL – SAN MARTÍN 17/03/2023 RESPONDEN CON OFICIO Nº048- 2023-GG/IVP-SM 21/03/2022 REMITEN INFORMACIÓN EN FORMATO SHAPEFILE , LA CUAL NO EXISTEN VIAS VECINALES, CAMINOS Y TROCHA CARROSABLES, DENTRO DEL TERRITORIO PROPUESTA DE LA CC.NN ALLIMA SACHAYUK CANAYO EXTERNA 5 14/03/2023 OFICIO Nº257- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL DE LAS COMUNIDADES NATIVAS QUE SERAN TRABAJADAS POR EL PROYECTO DE “CATASTRTO TITULACIÓN Y REGIDTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCER ETAPA” – PTRT3 – GST – SAN MARTÍN RESPONSABLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE TARAPOTO-ZONA REGISTRAL NºIII – SEDE MOYOBAMBA 25/03/2023 PUBLICIDAD REGISTRAL N° 1753514 05/04/2023 CERTIFICADOS DE BUSQUEDA REGISTRAL EXTERNA 6 14/03/2023 OFICIO Nº259- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO INFORMACION GRAFICA (FORMATO SHAPEFILE Y/O DXF) DE LAS COMUNIDADES NATIVAS Y SUS LIMITES, QUE ESTAN SIENDO TRABAJADAS POR EL PROYECTO DE CATASTRO, TITULACION Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERU PTRT3 - REGION SAN MARTIN DIRECTOR ZONAL DE LA OFICINA ZONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA INEI - TARAPOTO 14/03/2023 RESPONDEN MEDIANTE OFICIO Nº 0001709-2023- INEI/DNCE 25/04/2023 FORMATO SHAPEFILE, CUYA REFERENCIA ESPACIAL ES DATUM- WGS84, Y CARACTERÍSTICAS DE LA POBLACIÓN Y VIVIENDA DE CENTROS POBLADOS EN FORMATO EXCEL. EXTERNA 07 14/03/2023 OFICIO Nº260- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO INFORMACION GRAFICA (FORMATO SHAPEFILE Y/O DXF) Y TEMATICA (MAPA DE DESASTRES NATURALES) SOBRE LAS ZONAS DE RIESGOS POR EFECTOS DE LA NATURALEZA; VULNERABILIDAD; DESLIZAMIENTO; INUNDACIONES; INCENDIOS Y SISMOS DENTRO DE LAS COMUNIDADES NATUVAS QUE SERAN TRABAJADAS POR EL PROYECTO CATASTRO, TITULACION Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERU - PTRT3 - REGION SAN MARTIN DIRECTOR REGIONAL - IIAP SAN MARTIN 17/03/2023 RESPONDEN CON CARTA Nº022- 2023-IIAP/DRSM 20/03/2022 ALCANZO LINK PARA DESCARGA DE INFORMACIÓN SOBRE RIESGO EXTERNA DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 89 15 31/03/2023 OFICIO Nº358- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO INFORMACION DE LA BASE GRAFICA DEL CATASTRO DE PREDIOS DENTRO DE LAS COMUNIDADES NATIVAS QUE SE ESTAN TRABAJANDO POR EL PROYECTO DE CATASTRO, TITULACION Y RESGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERU PTRT3 - REGION SAN MARTIN DIRECTOR DE LA DIGESPACR 31/03/2023 RESPONDEN CON INFORME Nº 0082- 2023- MIDAGRI 24/04/2023 REMITE INFORMACIÓN DE LOS PREDIOS RURALES SOLICITADOS EN FORMATO SHAPEFILE,DESCARGA EN LINK EXTERNO 16 31/03/2023 OFICIO Nº359- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO INFORMACION TEMATICA Y BASE DE DATOS EN (FORMATO SHAPEFILE Y/O DXF) DE PREDIOS DE PROPIEDAD ESTATAL(DERECHOS DEL ESTADO) SOLICITUDES DE ADJUDICACION DE TERRENOS DEL ESTADO, TERRENOS DE PROPIEDAD DEL ESTADO TRANSFERIDOS A INSTITUCIONES PUBLICAS, INSTITUCIONES MILITARES Y POLICIALES, PROYECTOS DE DESARROLLO, CONCESIONES DE TERRENOS ERIAZOS QUE INVOLUCRE A LAS COMUNIDADES NATIVAS, QUE ESTAN SIENDO TRABAJADAS POR EL PROYECTO DE CATASTRO, TITULACION Y REGISTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERU PTRT3 - REGION SAN MARTIN SBN 31/03/2023 REITERATIVO OFICIO Nº 529- 2023- GRSM/DRSAM- DTRTyCR. 17/05/2023 EXTERNO 17 12/04/2023 OFICIO Nº378- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO COPIA LITERAL DE LAS PERSONAS JURIDICAS DE LAS COMUNIDADES NATIVAS QUE SERAN TRABAJADAS POR EL PROYECTO DE “CATASTRTO TITULACIÓN Y REGIDTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCER ETAPA” – PTRT3 – GST – SAN MARTÍN RESPONSABLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE TARAPOTO-ZONA REGISTRAL NºIII – SEDE MOYOBAMBA 12/04/2023 RESPONDEN CON OFICIO Nº00509-2023- SUNARP/ZRIII/UR EG/PUB 15/04/2023 COPIA LITERAL DE LA PERSONERIO JURÍDICA DE LA COMUNIDAD NATIVA ALLIMA SACHAYUK CANAYO EXTERNA DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 90 18 12/04/2023 OFICIO Nº379- 2023-GRSM- DRASAM- DTRTYCR SOLICITO BUSQUEDA DE PERSONAS JURIDICAS DE LAS COMUNIDADES NATIVAS QUE SERAN TRABAJADAS POR EL PROYECTO DE “CATASTRTO TITULACIÓN Y REGIDTRO DE TIERRAS RURALES EN EL PERÚ, TERCER ETAPA” – PTRT3 – GST – SAN00 MARTÍN RESPONSABLE DE OFICINA REGISTRAL DE TARAPOTO-ZONA REGISTRAL NºIII – SEDE MOYOBAMBA 12/04/2023 RESPONDEN CON OFICIO Nº00508- 2023- SUNARP/ZRIII/UR EG/PUB 15/04/2023 BUSQUEDA DE LA PERSONERIA JURIDICA DE LA COMUNIDAD NATIVA ALLIMA SACHAYUK CANAYO EXTERNA DIAGNÓSTICO FÍSICO LEGAL DE LA COMUNIDAD NATIVA “ALLIMA SACHAYUK CANAYO” 91 11.3. MATRIZ DE VINCULACIÓN MATRIZ 1. Superposición del área de estudio de la Comunidad Nativa Allima Sachayuk Canayo con Área Natural Protegida - Parque Nacional Cordillera Azul. Situación crítica identificada Marco Normativo Análisis Ruta de acción 1. LA COMUNIDAD NATIVA SE ENCUENTRA SUPERPUESTA CON AREA NATURAL PROTEGIDA Constitución Política del Perú.  Art. 66°. Establece que los recursos naturales renovables y no renovables, son patrimonio de la nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento.  Art. 68°. El estado está obligado a promover la conservación de la diversidad bilógica y de las áreas naturales protegidas. Convenio 169 de la OIT:  Art. 15.1. Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de esos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos. DL 22175, Ley de Comunidades Nativas y Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva.  Art. 11. La parte del territorio de las comunidades nativas que corresponda a tierras con aptitud forestal, les será cedida en uso y su utilización se regirá por la legislación sobre la materia. El Parque Nacional cordillera Azul (PNCAZ), conserva una serie única de especies, comunidades biológicas y formaciones geológicas típicas del bosque montano y premontano de la Cordillera Azul. Para las Comunidades Nativas es una zona de ocupación tradicional de importante valor espiritual y cultural, que permite la supervivencia de sus pobladores y la revitalización de sus conocimientos tradicionales. En este contexto el Estado tiene las obligaciones legales para reconocer y respetar los derechos territoriales de las comunidades nativas sobre estas áreas que  Identificar claramente la superposición, de manera gráfica y en campo.  Informar a la Comunidad sobre tratamiento legal de la superposición.  Generar diálogo, mesas de trabajo entre los siguientes actores involucrados: SERNANP Autoridad Regional Ambiental-ARA. Dirección de titulación de comunidades nativas. Organizaciones Indígenas representativas (CODEPISAM). Oficina Regional de Dialogo y Sostenibilidad. Oficina Regional de Desarrollo de Pueblos Indígenas de San Martin.  Elaborar y socializar los contratos de cesión de uso con participación de las comunidades nativas.
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