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Organización de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL) en la Empresa, Apuntes de Relaciones Laborales y Recursos Humanos

La importancia de organizar la prevención de riesgos laborales (prl) en una empresa, las responsabilidades de los distintos actores implicados, y las diferentes formas de organizar la gestión preventiva. Se detalla el papel del empresario, el comité de seguridad y salud, y los trabajadores, así como las características de las diferentes modalidades de organización preventiva, como la asunción personal por parte del empresario, la designación de trabajadores, o el contratado de servicios de prevención ajenos.

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 03/08/2014

palmontejodio
palmontejodio 🇪🇸

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¡Descarga Organización de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL) en la Empresa y más Apuntes en PDF de Relaciones Laborales y Recursos Humanos solo en Docsity! TEMA 5. LA ORGANIZACIÓN DE LA PRL DENTRO DE LA EMPRESA. I. El deber de organizar la PRL. Para poder hacer cumplir la corrección de la salud y seguridad de los trabajadores resulta imprescindible que desde la empresa se lleve a cabo un conjunto de acciones organizativas. Si bien, hay que tener en cuenta las reglas e instituciones emanadas del Estado. Atendiendo al propio ámbito empresarial, vemos que le corresponde al alto mando el llevar a cabo la organización de la PRL, para ello debe contar con una serie de medios humanos y materiales organizados y especializados en PRL. Para aquellas empresas que no sean capaces de hacerse cargo de la PRL, debe contar con el apoyo y colaboración de otros organismos especializados en materia de PRL. El Estado no puede eximirse o dimitir de sus funciones de vigilancia y control del cumplimiento de la normativa de prevención. La PRL debe ser algo que se integre a todos los niveles de la empresa, lo que va a suponer la atribución de distintos niveles de responsabilidad, y se debe dar en todas las actividades de la empresa, y debe ser algo que se integre también en todas las decisiones de la organización. Dentro del ámbito de una empresa se observan los siguientes niveles de responsabilidad y actividades: El empresario: velar por la seguridad y salud de los trabajadores: • Debe hacer una evaluación inicial de los riesgos; ésta se deberá actualizar. • Se debe hacer una planificación de la PRL para eliminar o reducir los riesgos. • Puesta en práctica el plan de PRL: * Designar a uno o varios trabajadores. * Concertar un servicio de prevención propio. * Contratar estos servicios con una entidad ajena. • Se debe auditar. Órganos técnicos especializados: servicios de PRL, médicos de empresa, servicios de formación... Comité de seguridad y salud: hace unas revisiones regulares periódicas en materia de PRL. Trabajadores: colaborar y participar en materia de PRL. Art. 6 e) LPRL – RD 39/1997 (capitulo III y VII) II. Las modalidades de organizar la PRL dentro de la empresa. A partir de una evaluación inicial de los riesgos y teniendo en cuenta las características individuales de la empresa (tamaño, actividad, magnitud de los riesgos), es cuando el empresario puede decidir cómo organizar la acción preventiva dentro de la empresa. La acción preventiva que haya elegido el empresario debe de estar identificada en el Plan de PRL. Diferentes formas de organizar la gestión preventiva de una empresa: asunción personal por parte del propio empresario, asignar a uno o varios trabajadores, servicio de prevención propio y servicio de prevención ajeno. 1 El empresario, antes d organizar la gestión preventiva, debe consultar con los trabajadores y con sus representantes legales, además, en el Comité de Seguridad y Salud se debatirá la forma de organización escogida. Los trabajadores no tienen que asumir los costes de éste trámite. Cualquiera que sea la modalidad escogida para llevar a cabo la organización de PRL, deberá ser suficiente como para garantizar la protección y salud de los trabajadores. La idoneidad de las formas de organización de PRL queda garantizada a través del sistema de evaluación externa y mediante la acreditación por la autoridad laboral de los servicios de prevención externos. 1. La asunción personal por el empresario de la actividad preventiva. En el caso de que el empresario asuma su actividad de prevención, no podrá llevar a cabo la vigilancia de la salud. Para que el empresario pueda asumir personalmente la actividad preventiva se deben dar las siguientes características: Deben ser empresas de menos o igual a 10 trabajadores. La actividad que se desarrolle en la empresa no debe ser considerada de especial peligrosidad (Anexo I RSP <<RD 39/1997>>). Debe desarrollar su actividad personal de forma habitual en la empresa. Debe tener formación en materia de PRL. 2-. La designación de trabajadores para ocuparse de la actividad preventiva. Si el empresario se decide a optar por esta forma de organización preventiva, no podrá complementarla con otra modalidad. Art. 12.2 RSP: solo se puede optar por esta modalidad siempre u cuando resulte suficiente, teniendo en cuenta el tamaño de la empresa, la actividad y la magnitud de los riesgos. Requisitos: Capacidad suficiente para poder realizar ésta actividad: • Técnicos básicos en PRL. • Técnicos intermedios. • Técnicos superiores. La ley no precisa el número de trabajadores que se deben designar, sino que debe ser el suficiente (hay que ir al convenio). Los trabajadores deberán disponer del tiempo y de los medios precisos para realizar su actividad. Para la implantación de ésta modalidad de prevención de designación de trabajadores para ocuparse de la actividad preventiva, el empresario debe facilitar el acceso a toda la información y documentación de la empresa. Los trabajadores designados para esta función tienen el deber de sigilo profesional. A estos trabajadores, por el desempeño de esta actividad preventiva, no se les puede producir ningún tipo de prejuicio. A este respecto, la LPRL extiende las mismas garantías que para los representantes legales de los trabajadores en la empresa: Apertura de un expediente contradictorio en caso de infracción grave o muy grave. Prioridad de permanencia en la empresa. No pueden ser suspendidos ni sancionados. En caso de despido improcedente, elige el trabajador si readmite o indemniza. 3-. Los servicios de prevención. 2
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