Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SUMARIO, Apuntes de Derecho

Asignatura: instituciones publicas y privadas, Profesor: perez unceta, Carrera: Derecho, Universidad: UCM

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 18/03/2015

.2654
.2654 🇪🇸

3

(2)

5 documentos

1 / 12

Toggle sidebar

Documentos relacionados


Vista previa parcial del texto

¡Descarga LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SUMARIO y más Apuntes en PDF de Derecho solo en Docsity! LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS 9 TEMA 2º.- LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS. SUMARIO: 2.1. Los antecedentes y la creación de la ONU. 2.2. Las transformaciones de la ONU. 2.3. El estatuto de miembro. 2.4. La estructura orgánica. 2.5. Los objetivos y principios básicos y las funciones de las Naciones Unidas. 2.1. LOS ANTECEDENTES Y LA CREACIÓN DE LA O.N.U. El primer modelo contemporáneo de cooperación internacional son las conferencias diplomáticas, en las cuales se reúnen los Gobiernos de los Estados, no de forma periódica, sino cuando surge un problema común que requiere la concertación política internacional. Este es el modelo propio y característico del siglo XIX, de ahí la denominación de este período histórico como Europa de los congresos. Destacan, por un lado, los Congresos de Viena, Aquisgrán, Troppau, Laibach y Londres, entre 1814 y 1830, en los que se consagra la Santa Alianza y el derecho de intervención para defender la legitimidad dinástica, el absolutismo político y el régimen confesional (intervenciones en España, Nápoles y Grecia). Es liderado principalmente por Austria, Francia, Prusia, Rusia y el Reino Unido. Posteriormente, a partir de mediados del siglo, se retiraría el Reino Unido (Doctrina Disraeli de la sweet isolation) y se incorporarían el Imperio Otomano e Italia. La principal característica de este período es la concertación europea para resolver problemas del continente europeo. Comienza a fracturarse con las guerras franco-austriaca, franco- DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO E INSTITUCIONES INTERNACIONALES 10 prusiana y de Crimea, y se quiebra definitivamente con la Primera Guerra Mundial. Y por otro lado, las conferencias coloniales sobre África y Asia de Madrid, Berlín, Bruselas y Algeciras, entre 1880 y 1906, cuyo objetivo es el reparto colonial de estos continentes. El concierto colonial se erosiona, a su vez, con los conflictos de Afganistán, Marruecos y Sudáfrica, y el rechazo general de Alemania. Finalizada la Primera Guerra Mundial, las potencias vencedoras intentaron crear un sistema de cooperación internacional más efectivo que el anterior que permitiera asegurar la preservación de la paz mundial y, en consecuencia, la solución pacífica de las controversias internacionales. De esta forma, en el Tratado de Paz de Versalles (1919) se crea, además, la Sociedad de Naciones, una organización con sede en Ginebra y estructura internacional con una Asamblea plenaria, un Consejo restringido con miembros permanentes y elegidos, y una Secretaría, a los que se suma posteriormente el Tribunal Permanente de Justicia Internacional con sede en La Haya. La Sociedad de Naciones tuvo éxitos importantes en materia socioeconómica (OIT, en 1919, y organizaciones técnicas en materia de comunicaciones) y consiguió iniciar el proceso de descolonización (mandatos sobre colonias de países derrotados en la Primera Guerra Mundial). Sin embargo, en general, fracasó, debido a la no interdicción del uso de la fuerza, a la ausencia de un mecanismo obligatorio de solución pacífica de las controversias y de los conflictos internacionales (favoreciendo el anexionismo italiano, japonés, soviético y alemán) y a la falta de participación de las principales potencias; así, Estados Unidos no fue nunca miembro pese a ser una idea del Presidente Wilson, Alemania sólo fue miembro entre 1926 y 1933, Japón hasta 1933, España estuvo ausente entre 1926 y 1931…. No impidió la Segunda Guerra Mundial y se disolvió formalmente el 18 de abril de 1946, transfiriendo sus bienes a la recién creada ONU. El fracaso del mecanismo de mantenimiento de la paz creado con la Sociedad de Naciones conduce al Reino Unido y a los Estados Unidos a la idea de crear una organización internacional que la sustituya con carácter inmediato, es decir, no sólo como un proyecto de futuro sino incluso como una alianza durante la contienda mundial. Aunque durante la guerra el Mando Aliado lo era de las Naciones Unidas, como una cuestión de hecho, la gestación formal de la organización se fraguó en las conferencias de aquél durante la contienda. Al mismo tiempo de Roosevelt, Churchill, Stalin y De Gaulle (también, después, Chang Kai-shek) concertaban las estrategias y operaciones militares en los distintos frentes, debatían sobre la futura organización, diseñándola hasta el más pequeño detalle, en la conferencias de Londres, Atlántico Norte, Moscú, El Cairo, Teherán, Bretón Woods, Dumbarton Oaks y Yalta, entre otras. Es importante tener en cuenta que la ONU nace del seno de una alianza militar y que su principal función es, lógicamente, el mantenimiento de la paz después de la guerra mundial conforme al orden establecido por las potencias que llevan el peso del enfrentamiento militar con el Eje. Las otras funciones que se añaden a esta en su tratado constitutivo –como la libre determinación de los pueblos o la protección de los derechos humanos fundamentales- son incorporadas por LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS 13 en conflictos secundarios. Y tampoco han tenido éxito las propuestas auspiciadas por el Secretario General Boutros Ghali de reformar la organización (Agendas y Programas para la Paz, la Democracia y el Desarrollo). 2.3. EL ESTATUTO DE MIEMBRO. La ONU es una organización de vocación universal, de la que son miembros originarios los 50 Estados participantes de la Conferencia de San Francisco de 1945 (artículo 3 de la CNU) más Polonia3. Para ser miembros admitidos los Estados deben ser, según el artículo 4 de la CNU, amantes de la paz, aceptar las obligaciones contendidas en la misma y tener capacidad y disposición para cumplirla, sin embargo el Dictamen del TIJ de 1954 superó la querella de las admisiones y la cuestión española considerando suficiente la soberanía estatal como requisito, para que se abandonara el debate entre los dos bloques cada vez que un Estado solicitaba su adhesión, como ocurrió con España. El procedimiento de admisión es el general de la ONU: se adopta una decisión por mayoría de 9 miembros de los 15 que integran el CS, con derecho de veto de los cinco permanentes, y se traslada la propuesta para su ratificación por dos tercios de la Asamblea General. También está prevista la suspensión y expulsión de los miembros (artículos 5 y 6), por el mismo procedimiento que la admisión. En el primer caso se suspenden temporalmente los derechos, pero no las obligaciones. No hay práctica al respecto, aunque Indonesia se retiró voluntariamente entre 1965 y 1966 y se suspendieron las credenciales a los diplomáticos sudafricanos entre 1974 y 1994 como medida de presión contra la política de apartheid. Actualmente hay 193 Estados Miembros. Vaticano tiene el estatuto de Estado observador desde 2004. En idéntica situación está Palestina (representado por la Autoridad Nacional Palestina) desde 2012, pese a la controversia existente sobre su condición de Estado. Los últimos Estados admitidos han sido Andorra, República Checa, Eslovaquia (se extingue Checoslovaquia), Eritrea, Mónaco y Ex República Yugoslava de Macedonia en 1993, Palau en 1994, Kiribatí, Naurú y Tonga en 1999, la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro) y Tuvalú en 2000, Timor Oriental y Suiza en 2002, y Montenegro en 2006 (por separación de la RFY, y después Unión Estatal de Serbia y Montenegro, quedando en su lugar la República de Serbia como continuadora), y Sudán del Sur en 2011. 3 Vid. nota supra. DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO E INSTITUCIONES INTERNACIONALES 14 2.4. LA ESTRUCTURA ORGÁNICA. La CNU establece los órganos principales de la organización y prevé la posibilidad de crear órganos subsidiarios y de llegar a cuerdos de vinculación con organismos internacionales especializados4. Son órganos principales la Asamblea General, el Consejo de Seguridad y el Tribunal Internacional de Justicia, todos ellos independientes, así como el ECOSOC (dependiente de la Asamblea General), el Comité de Administración Fiduciaria (dependiente de la Asamblea y el Consejo) y la Secretaría General (dependiente de la Asamblea, el Consejo, el ECOSOC y el CAF). Los órganos subsidiarios son creados por los órganos principales y están subordinados a éstos. Son órganos subsidiarios (ver cuadro en archivo adjunto):  De la Asamblea General: Comités especiales, Comités permanentes, Comisión de Derecho Internacional (CDI), Comisión de Desarme y Consejo de Derechos Humanos.  Del Consejo de Seguridad: Comité de Estado Mayor, Comité contra el Terrorismo, Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia, TPI para Ruanda, Comités permanentes, Comités de sanciones y operaciones de mantenimiento de la paz (OMP’s o cascos azules).  De la Asamblea General y del Consejo de Seguridad: Comisión de Consolidación de la Paz de las Naciones Unidas.  Del ECOSOC: Comisiones orgánicas (Ciencia y Tecnología para el Desarrollo, Estadística, Estupefacientes, etc), Comité de Políticas de Desarrollo, Comité encargado de las Organizaciones No Gubernamentales y otros órganos.  De la Asamblea General y el ECOSOC: ACNUR, ONU-Habitat, ONU- Mujeres, OOPS, PMA, PNUD, FNDUC, VNU, PNUMA, UNCTAD, UNFPA, UNICEF, UNODC, UNICRI, UNIDIR, UNITAR, UNRISD, UNSSC, UNU, ONUSIDA, UNISDR y UNOPS.  De la Secretaría General: Oficina del Secretario General, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Oficina de Asuntos Jurídicos, Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz, y otros departamentos y oficinas.  De la Secretaría General y el ECOSOC: Comisiones regionales. 4 Sobre la estructura orgánica de la ONU, pero también sobre otras cuestiones, como los Estados Miembros, los programas, las operaciones de mantenimiento de la paz, las resoluciones de sus órganos, los informes y otras cuestiones y documentos se debe consultar la página web de la organización: www.un.org. LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS 15 Los organismos especializados son organizaciones internacionales con personalidad jurídica propia creadas bajo los auspicios de la ONU y vinculadas con ella (ECOSOC). Son los siguientes: Organización Internacional del Trabajo (OIT, con sede en Ginebra y 185 miembros), Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, París, 1955), Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, Roma, 1956), Banco Mundial (Washington, con AIF, BIRF, CFI, CIADI y OMGI7), Fondo Monetario Internacional (FMI, Washington 188), Organización para la Aviación Civil Internacional (OACI, Montreal, 1908), Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA, Roma, 1729), Organización Marítima Internacional (OMI, Londres, 17010), Organización Meteorológica Mundial (OMM; Ginebra, 19111), Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI; Ginebra, 186), Organización Mundial de la Salud (OMS, Ginebra, 19412), Organización Mundial del Turismo (OMT, Madrid, 154), Organización de las Naciones Unidas para la para el Desarrollo Industrial (ONUDI, Viena), Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT, Ginebra, 188) y Unión Postal Universal (UPU, Berna, 191). 2.4.1. La Asamblea General. Es un órgano plenario intergubernamental, por lo que cuenta con delegaciones de todos los Gobiernos de los Estados Miembros. Se reúne en sesiones ordinarias (desde septiembre) y extraordinarias (convocadas al 5 Son miembros 186 Estados (no lo son ni Estados Unidos, ni Reino Unido ni Israel, entre otros) y 9 territorios: Palestina (admitida como Estado), Islas Cook y Niué (Estados Libres Asociados con Nueva Zelanda), Macao, Tokelau, Islas Feroe, Aruba, Islas Vírgenes Británicas e Islas caimán. 6 192 Estados, Niué e Islas Cook y la Unión Europea. Además son Miembros Asociados Islas Feroe y Tokelau. 7 El Grupo del Banco Mundial está integrado por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, con 188 miembros (entre ellos Kosovo y Palestina), la Asociación Internacional de Fomento (172 miembros), la Corporación Financiera Internacional (184 miembros), el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (180 miembros) y el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (158 miembros). 8 189 Estados y las Islas Cook. 9 170 Estados y Niué y las Islas Cook. 10 169 Estados y las Islas Cook. 11 Son miembros 183 Estados y además Niué, Islas Cook, Hong Kong, Macao, Nueva Caledonia, Curaçao y Sint Maarten, Polinesia Francesa y los Territorios Caribeños Británicos. 12 Los 193 Estados miembros de la ONU y las Islas Cook. DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO E INSTITUCIONES INTERNACIONALES 18 reelegido por veto de Estados Unidos), Kofi Anan (Ghana, 1997-2006) y Ban Ki-moon (Corea del Sur, 2007-). Sus competencias son la asistencia administrativa de los órganos de la ONU, salvo el TIJ, que tiene su propio secretario, las funciones delegadas que le encomienden, la llamada de atención al Consejo, en el que participa sin voto, la representación diplomática de la ONU y la emisión de informes. En la práctica también es un impulsor de los trabajos de la ONU y ejerce labores de mediación y buenos oficios para la solución de las controversias internacionales. 2.4.4. El Tribunal Internacional de Justicia. Es heredero del Tribunal Permanente de Justicia Internacional de la Sociedad de Naciones tanto en sus bienes materiales como en su jurisprudencia, es un órgano judicial independiente integrado por quince jueces elegidos cinco cada tres años por un mandato de nueve por la Asamblea y el Consejo, en este caso, excepcionalmente, sin derecho de veto. Los jueces deben poseer la cualificación suficiente para ejercer las más altas magistraturas en sus países o ser iusinternacionalistas de reconocido prestigio. Tiene que haber una representación de las diferentes sistemas jurídicos, con un máximo de uno por Estado (si en un asunto una de las partes tiene un juez de su nacionalidad, la otra puede designar un juez ad hoc) y elijen a su presidente. Su composición actual es la siguiente: Presidente: Peter Tomka (Eslovaquia)15 Vicepresidente: Bernardo Sepúlveda Amor (México) Jueces: Xue Hanqin (China) Giorgio Gaja (Italia) Leonid Skotnikov (Rusia) Abdulqawi Yusuf (Somalia) Kenneth Keith (Nueva Zelanda) Antonio A. Cançado Trindade (Brasil) Joan Donoghue (Estados Unidos) Mohamed Bennouna (Marruecos) Hisashi Owada (Japón) Julia Sebutinde (Uganda) Christopher John Greenwood (Reino Unido) Ronny Abraham (Francia) Dalveer Bhandari (India) Con sede en La Haya, tiene competencia para emitir opiniones consultivas no vinculantes sobre cualquier cuestión jurídica que le soliciten la Asamblea, el Consejo de Seguridad y otros órganos con autorización de la primera, y para dictar sentencias en asuntos jurisdiccionales. A este respecto, la determinación de la competencia jurisdiccional le corresponde 15 Así, por ejemplo los jueces Tomka y Owada, los más antiguos de los actuales, fueron elegidos en 2003 y después de haber sido reelegidos en 2012, terminan su mandato en 2021. LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS 19 al propio tribunal, sólo pueden ser partes en los procesos los Estados que lo sean del Estatuto del Tribunal, que es un documento anexo a la CNU. Materialmente puede conocer sobre la interpretación de cualquiera de las normas internacionales o sobre cuestiones de hecho relevantes jurídicamente. Las sentencias son de obligado cumplimiento pero el sometimiento al Tribunal es voluntario, lo que puede hacerse antes de surgida la controversia mediante declaraciones de los Estados al efecto en el que se someten por un período de tiempo –exceptuando materias en ocasiones- o a posteriori, incluso de forma implícita. 2.4.5. El Consejo Económico y Social (ECOSOC). Es un órgano principal, pero no autónomo, pues depende del Consejo y la Asamblea General, integrado por 54 miembros elegidos por ésta. Pueden participar además en sus deliberaciones y trabajos los organismos especializados de la Organización y determinadas organizaciones no gubernamentales16. Se reúne dos veces al año en Nueva York y Ginebra y sus decisiones se adoptan por mayoría simple de los miembros presentes y votantes, actuando principalmente en el seno de sus comités permanentes, comisiones técnicas y comisiones económicas regionales. Sus competencias incluyen el ejercicio de la mayor parte de las funciones económicas, sociales y culturales de la ONU, debatiendo asuntos, elaborando informes, haciendo recomendaciones, proponiendo proyectos de tratados, convocando conferencias sectoriales, coordinando las actividades de los organismos especializados, etc. 2.5. LOS OBJETIVOS Y PRINCIPIOS BÁSICOS Y LAS FUNCIONES DE LAS NACIONES UNIDAS. Aunque se desarrollan a lo largo del Curso, por suponer buena parte del contenido material del Derecho internacional, conviene señalar esquemáticamente cuáles son los principales objetivos, principios básicos y funciones de la ONU: 1. Mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, a cargo del Consejo de Seguridad, regulado en los Capítulos VII y VIII y basado en los principios estructurales de igualdad soberana, no intervención y prohibición del uso de la fuerza. 2. Solución pacífica de las controversias, a cargo del Consejo de Seguridad, regulado en el Capítulo VI y basado en el principio del mismo nombre. 16 Tienen reconocido el estatuto consultivo conforme al artículo 71 de la Carta, entre otras, Cáritas, Greenpeace, Human Rights Watch, Save The Children o YMCA. DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO E INSTITUCIONES INTERNACIONALES 20 3. Protección de los derechos humanos, a cargo de la Asamblea General, regulado en el Capítulo IX y basado en el principio del respeto a los derechos humanos fundamentales. 4. Libre determinación de los pueblos, a cargo de la Asamblea General, regulado en los Capítulos XI y XII y basado en el principio del mimso nombre. 5. Cooperación al desarrollo, a cargo de la Asamblea General y el ECOSOC, regulado en el Capítulo X y basado en el principio de solidaridad internacional. La función de mantenimiento de la paz se estudia en el Tema 3, la de protección de los derechos humanos en los Temas 4 y 5, y la libre determinación de los pueblos en el Tema 6. BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA RECOMENDADA: - KELSEN, H., The Law of the United Nations, Londres, 1951. - CONFORTI, B., The Law and Practice of the United Nations, La Haya, 1996. - COT, J.P. y PELLET, A., La Charte des Nations Unies, Economica, París, 1991. - FERNÁNDEZ DE CASADEVANTE, C. y QUEL LOPEZ, J., Las Naciones Unidas y el Derecho internacional, Ariel, Barcelona, 1997. - CARRILLO SALCEDO, J.A., La crisis constitucional de las Naciones Unidas, CSIC, Madrid, 1966; “Las Naciones Unidas entre 1945 y 1986”, en Revista de la Facultad de Derecho de la UCM, vol. 13, 1987, pp. 11-32. - FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, P.A. (coord.), La ONU, 50 años después, Universidad de Sevilla, 1996. - MARIÑO MENÉNDEZ, F. (ed.), Balance y perspectivas de Naciones Unidas en el cincuentenario de su creación, Universidad Carlos III, Madrid, 1996. - VV.AA., Jornadas sobre el Cincuenta Aniversario de las Naciones Unidas, Escuela Diplomática, núm. 2, Madrid, 1995. - YODER, A., The Evolution of the United Nations System, Londres, 1993. - BLANC ALTEMIR, A. (Ed.), El proceso de reforma de las Naciones Unidas, Tecnos, Madrid, 2009.
Docsity logo



Copyright © 2024 Ladybird Srl - Via Leonardo da Vinci 16, 10126, Torino, Italy - VAT 10816460017 - All rights reserved