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Sentencia STC7641-2020: Violación de Derechos en Manifestaciones Cívicas, Esquemas y mapas conceptuales de Lógica

Derechos fundamentalesDerechos HumanosDerecho ConstitucionalDerecho Penal

Una actividad de resultado de aprendizaje sobre la violación de derechos humanos y fundamentales durante manifestaciones cívicas en Colombia. Los estudiantes Maria Camila Bedoya, Nathaly Flores, Adrian Jesus Rhentials y Miguel Angel Salgado, bajo la dirección de Orlando Ramón Alarcón, analizan la sentencia STC7641-2020 de la Corte Suprema de Justicia de Colombia siguiendo el modelo discursivo propuesto por Toulmin. El documento detalla la tesis, fundamentos, garantías y respaldos de la sentencia, incluyendo casos de intervención sistemática, violenta y arbitraria de la fuerza pública en manifestaciones pacíficas, uso desproporcionado de la fuerza, detenciones ilegales y abusivas, y ataques contra la libertad de expresión y de prensa.

Qué aprenderás

  • ¿Qué derechos humanos y fundamentales se han violado durante manifestaciones cívicas en Colombia?
  • ¿Qué medidas han sido adoptadas para impedir la manifestación pacífica y públicas en Colombia?
  • ¿Cómo se ha manifestado la intervención sistemática de la fuerza pública en manifestaciones y protestas?

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2021/2022

Subido el 04/07/2022

adrian-rhenals-1
adrian-rhenals-1 🇨🇴

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¡Descarga Sentencia STC7641-2020: Violación de Derechos en Manifestaciones Cívicas y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Lógica solo en Docsity! ACTIVIDAD DE RESULTADO DE APRENDIZAJE (LÓGICA Y ARGUMENTACIÓN JURÍDICA) MARIA CAMILA BEDOYA NATHALY FLORES ADRIAN JESUS RHENALS MIGUEL ANGEL SALGADO (ESTUDIANTES) ORLANDO RAMÓN ALARCÓN (DOCENTE) FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, JURIDICAS Y ADMINISTRATIVAS DERECHO SEMESTRE I UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA 2022 ACTIVIDAD DE RESULTADO DE APRENDIZAJE Analice la sentencia STC7641-2020, Radicación n.° 11001-22-03-000-2019-02527-02 de la Corte Suprema de Justicia siguiendo el modelo discursivo propuesto por TOULMIN. Esto es identifique la tesis que se plantea, los fundamentos, las garantías y el respaldo. Nota. Esta tarea práctica la puede hacer una sola persona, pero es recomendable que se haga en grupo, encargándose una persona de cada una de las cuatro tareas, entregando un solo escrito por el grupo, exponiendo después en clase oralmente su construcción. ESTA ES UNA ACTIVIDAD VÁLIDA PARA SEGUNDO CORTE DE SEGUIMIENTO ACADÉMICO cuando en horas de la mañana las “marchas” trascurrieron tranquilamente, el ESMAD usó, de manera excesiva, su fuerza y, además, sostienen que, en esa data, el mencionado ente policial se comportó de igual modo en Medellín, Cali y en Santander de Quilichao – Cauca-. Tres (3) de los acá actores afirman que el 22 de noviembre postrero, si bien un buen número de personas se encontraban congregadas de manera pacífica en la Plaza de Bolívar de la capital, el ESMAD las atacó sin motivo alguno con “(…) bombas aturdidoras y gases lacrimógenos (…)”. El 23 de noviembre ulterior, varios ciudadanos, entre quienes se encontraban tres (3) de los acá reclamantes, realizaron una caminata pacífica por la carrera 7ª, en sentido norte a sur; empero, fueron interceptados por el ESMAD, quien les lanzó “gases lacrimógenos”. El 27 de noviembre siguiente, se produjeron nuevas manifestaciones en la autopista norte con calle 170 de esta ciudad, en donde el ESMAD, reiteró sus agresiones contra los civiles y, en Sogamoso, estudiantes del SENA y de la UPTC, terminaron, igualmente, atacados por ese cuerpo de policía. Los actores destacan que, el 4 de diciembre del 2019 en Medellín, en los sectores de la “avenida regional” y “ciudad del río”, el ESMAD arremetió violentamente contra los participantes en las protestas y, en Cali y Bogotá, se presentaron circunstancias similares. Los promotores refieren que, en la primera semana de diciembre de 2019, con ocasión de los señalamientos efectuados por el Director General de la Policía Nacional hacia estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia –sede Bogotá-, éstos fueron agredidos “(…) de manera (…) brutal por (…) agentes del ESMAD (…)”. El gestor Yuri Enrique Neira Salamanca, asevera que, en el transcurso de unas protestas acaecidas el 1° de mayo de 2005, un agente del ESMAD disparó un dispositivo denominado “trufly” que impactó a su hijo, Nicolás David Neira Álvarez, menor de edad, quien por las heridas falleció días después. Sobre ese hecho, afirma, un policía reveló que el ESMAD estaba ocultando el suceso y, por esa conducta “(…) Julio César Torrijos Devia aceptó cargos en el año 2017 por el delito de encubrimiento del homicidio de Nicolás (…)” El 22 de septiembre de ese año, indican, en un mitin estudiantil en la Universidad del Valle –sede Cali-, Jhony Silva Aranguren, descendiente de los acá promotores, Wilman Silva Betancourt y Eneried Aranguren, fue herido por un proyectil de arma de fuego de dotación de la Policía Nacional y, posteriormente, falleció por esa lesión. Óscar Leonardo Salas Ángel, estudiante de la Universidad Nacional de Colombia, hijo de la tutelante Ana Benilda Ángel Orjuela, el 8 de marzo de 2006, en el recinto de dicho claustro, donde, se aduce, el ESMAD lanzó una “bola de cristal o canica” a gran velocidad, murió porque ese artefacto se alojó en su cráneo. El 28 de marzo de 2017, el actor, Johan Sebastián Ramírez Vanegas, sin estar involucrado en las manifestaciones de esa fecha, fue golpeado en el rostro con un objeto arrojado por el ESMAD y, con ocasión de ello, perdió la funcionalidad de su ojo izquierdo. El 14 de marzo de 2019, en Cajibío –Cauca-, durante una reunión de indígenas, el actor, Cristian Raúl Delgado Bolaños, fue testigo de la forma como el ESMAD y el Ejército Nacional los atacaba con sus armas de dotación de largo alcance, resultando heridas varias personas. En septiembre de 2019, Sergio Alejandro Martín Vergara y Andrés Juan Guerrero, aquí querellantes, estaban en las instalaciones de la Universidad Distrital de Bogotá y, al salir, el ESMAD le lanzó, al primero, una “granada de gas lacrimógeno”, la cual le causó la pérdida de su ojo izquierdo y, al segundo, un impacto que le generó el “estallido de su globo ocular derecho”. El 8 de octubre postrero, en Bucaramanga, Paola Marcela Silva Pérez, fue golpeada por la Policía Nacional, hasta padecer un “sangrado abundante”. El 22 de noviembre de 2019, Angye Katherine Rojas Rivera, quien se encontraba en la calle 128 con autopista norte de esta urbe, recibió un golpe en el rostro por parte de la policía que le produjo una incapacidad de treinta días (30). En las inmediaciones de la calle 19 con carrera 5ª de la capital, el 23 de noviembre del mismo año, Dylan Mauricio Cruz fue herido en la cabeza por el ESMAD con munición tipo “beang bag” y, con ocasión de las lesiones sufridas, murió dos días después. El 4 de diciembre siguiente, también en Bogotá, el ESMAD atacó con una granada de gas el área facial del tutelante Alejandro Briceño Díaz y, por ello, requirió ocho (8) puntos de sutura en la cara. GARANTÍAS La corte busca proteger derecho de reunión, Derecho fundamental (c. j.) DERECHO A LA MANIFESTACIÓN PACÍFICA Y PÚBLICA - Derecho fundamental: connotación en la Constitución Política de 1991 (c. j.) DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN - Importancia para la democracia y el Estado Social de Derecho (c. j.).
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