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NIIF y NIC - Información Financiera de Entidades, Esquemas y mapas conceptuales de Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II

Finanzas InternacionalesNormas Financieras InternacionalesContabilidad Internacional

La documentación ofrece una introducción a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y Normas Internacionales de Contabilidad (NIC). Estas normas establecen los requisitos para la presentación de estados financieros, incluyendo información sobre activos, pasivos, patrimonio neto, ingresos y gastos, aportaciones y distribuciones, y flujos de efectivo. La información financiera intermedia también se discute, con el objetivo de mejorar la capacidad de los inversores, prestamistas y otros usuarios para entender la capacidad de una empresa para generar beneficios y flujos de efectivo, así como su fortaleza financiera y liquidez.

Qué aprenderás

  • ¿Qué papel desempeña la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) en la presentación de estados financieros?
  • ¿Qué objetivos persigue la NIC en relación a la presentación de estados financieros?
  • ¿Qué tipos de entidades están sujetas a las NIIF y NIC?
  • ¿Qué es la información financiera intermedia y cómo mejora la capacidad de los usuarios?
  • ¿Qué elementos deben incluirse en los estados financieros según las NIIF y NIC?

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2017/2018

Subido el 29/09/2022

yesenia-samayoa
yesenia-samayoa 🇬🇹

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¡Descarga NIIF y NIC - Información Financiera de Entidades y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II solo en Docsity! 1 Guatemala, noviembre 2011 No. 11 LA APLICACIÓN EN GUATEMALA DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD -NIC- Y LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA -NIIF-1 En un mundo globalizado, con un imparable crecimiento de los mercados, es necesario presentar la información financiera contable de las empresas de una forma comparable y comprensible para todos. Motivo por la cual se hace necesario que en Guatemala se adopte la utilización de normas o principios que establezcan los lineamientos para llevar la contabilidad de la forma como es aceptable en el mundo. Como resultado de esta necesidad, el 20 de Diciembre de 2007 la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala, que es el máximo organismo que regula la profesión de la contaduría pública y auditoría en nuestro país, publicó en el Diario de Centro América dos resoluciones, en el cual se adoptan como principios de contabilidad generalmente aceptados en Guatemala a los que se refiere el Código de Comercio y como marco conceptual para la preparación y presentación de estados financieros, a las Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF-, emitidas por el Consejo de Normas Internaciones de Información Financiera. La vigencia de esta resolución fue optativa a partir de 2008 y obligatoria desde enero de 2009, para la presentación de los Estados Financieros de las empresas en Guatemala. Además, el 13 de julio de 2010 fue publicado en el Diario Oficial la Resolución, sobre “Adopción de la Norma Internacional de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Entidades” (NIIF para PYMES). En el artículo 1º de dicha resolución se establece: “Adoptar como parte de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Guatemala a que se refiere el Código de Comercio Decreto 2-70 del Congreso de la República de Guatemala la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas 1 Elaborado por Rony Carmelo de la Cruz Hernández, Auxiliar de Investigación IIES. Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 2 Entidades –NIIF– para las PYMES (en Inglés, The International Financial Reporting Standard for Small and Medium Sized Entities – IFRS for SMEs) emitida en julio de 2009 por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (en Inglés International Accounting Standards Board – IASB).” No obstante que ahora son las NIIF para Pymes las vigentes en Guatemala, éstas tienem su base en la NIC/NIIF, que aún se encuentran vigentes para todas aquellas entidades que no son consideradas como pequeñas y medianas empresas, por esta razón las analizaremos en el presente Boletín Economía al Día, para entender su incidencia en Guatemala. Normas Internacionales de Contabilidad (NIC). Antes que nada las NIC han sido productos de grandes estudios y esfuerzos de diferentes entidades educativas, financieras y profesionales del área contable a nivel mundial, para estandarizar la información financiera presentada en los estados financieros. Las NIC, son un conjunto de normas que establecen la información que debe haber en los estados financieros y la forma en que esa información debe aparecer, en dichos estados. Las NIC son normas que el hombre de acuerdo a sus experiencias comerciales, ha considerado de importancia en la presentación de información financiera. Las Normas Internacionales que se encuentran en vigencia y de las cuales sólo veremos sus objetivos, ya que el presente estudio no pretende analizar a profundidad cada norma sino un análisis en su conjunto y su aplicación y situación actual en Guatemala, son las siguientes: Norma Internacional de Contabilidad nº 1 (NIC 1). Presentación de Estados Financieros. “El objetivo de esta Norma es establecer las bases para la presentación de los estados financieros con propósito de información general, para asegurar la comparabilidad de los mismos, tanto con los estados financieros de la propia entidad correspondientes a ejercicios anteriores, como con los de otras entidades. Esta Norma establece requerimientos generales para la presentación de los estados financieros, directrices para determinar su estructura y requisitos mínimos sobre su contenido.”2 2 Normas Internacionales de Contabilidad No. 1 (NIC 1). La NIC 1 nos establece los lineamientos de cómo preparar y presentar los estados financieros, los cuales debe estar conforme las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Esta norma nos establece que los estados financieros deberán suministrar información acerca de los siguientes elementos: a) activos; b) pasivos; c) patrimonio neto; d) ingresos y gastos, en los que se incluyen las ganancias y pérdidas; e) aportaciones de los propietarios y las distribuciones a los mismos en su condición de tales; y f) flujos de efectivo. Nos establece los estados financieros a presentar, los cuales deberán ser los siguientes: (a) un estado de situación financiera al final del ejercicio; (b) un estado del resultado global del ejercicio; (c) un estado de cambios en el patrimonio neto del ejercicio; (d) un estado de flujos de efectivo del ejercicio; (e) notas, que incluyen un resumen de las políticas contables más significativas y otra información explicativa; y (f) un estado de situación financiera al principio del ejercicio comparativo más antiguo en el que una entidad aplica una política contable retroactivamente o realiza una reexpresión retroactiva de partidas incluidas en sus estados financieros, o cuando reclasifica partidas de dichos estados financieros. Esta norma en si nos establece que toda la información financiera presentada en los estados financieros reflejará fielmente la situación financiera y el rendimiento financiero, así como los flujos de efectivo de una entidad; asimismo, nos establece que los estados financieros se preparen con todos los requisitos que las NIIF establecen. Norma Internacional de Contabilidad nº 2 (NIC 2). Existencias (Inventarios). El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las existencias. Un tema fundamental en la contabilidad de las existencias es la cantidad de coste que debe reconocerse como un activo, y ser diferido hasta que los correspondientes ingresos ordinarios sean reconocidos. Esta Norma suministra 3 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 financieros en una moneda extranjera. El objetivo de esta norma es prescribir cómo se incorporan, en los estados financieros de una entidad, las transacciones en moneda extranjera y los negocios en el extranjero, y cómo convertir los estados financieros a la moneda de presentación elegida. Los principales problemas que se presentan son el tipo o tipos de cambio a utilizar, así como la manera de informar sobre los efectos de las variaciones en los tipos de cambio dentro de los estados financieros. Norma Internacional de Contabilidad nº 23 (NIC 23). Costes por Intereses. El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los costes por intereses. La Norma establece, como regla general, el reconocimiento inmediato de los costes por intereses como gastos. No obstante, el Pronunciamiento contempla, como tratamiento alternativo permitido, la capitalización de los costes por intereses que sean directamente imputables a la adquisición, construcción o producción de algunos activos que cumplan determinadas condiciones. Norma Internacional de Contabilidad nº 24 (NIC 24). Información a Revelar sobre Partes Relacionadas. El objetivo de esta Norma es asegurar que los estados financieros de una entidad contengan la información necesaria para poner de manifiesto la posibilidad de que tanto la posición financiera como el resultado del ejercicio, puedan haberse visto afectados por la existencia de partes vinculadas, así como por transacciones realizadas y saldos pendientes con ellas. Norma Internacional de Contabilidad nº 26 (NIC 26). Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Beneficio por Retiro. Esta Norma se aplica en la elaboración de informes de los planes de prestaciones por retiro, cuando tales informes se elaboren y presenten. Norma Internacional de Contabilidad nº 27 (NIC 27). Estados Financieros Consolidados y Separados. Está Norma será de aplicación en la elaboración y presentación de los estados financieros consolidados de un grupo de entidades bajo el control de una dominante. 8 2. Esta Norma no aborda los métodos para contabilizar las combinaciones de negocios ni sus efectos en la consolidación, entre los que se encuentra el tratamiento del fondo de comercio surgido de la combinación de negocios (véase la NIIF 3 Combinación de negocios). 3. En el caso de que la entidad que presente los estados financieros haya elegido, o esté obligada, por las regulaciones locales, a elaborar estados financieros separados, aplicará también esta Norma al contabilizar las inversiones en dependientes, entidades controladas conjuntamente y asociadas. Norma Internacional de Contabilidad nº 28 (NIC 28). Inversiones en Empresas Asociadas. Esta Norma se aplicará al contabilizar las inversiones en asociadas. No obstante, no será de aplicación a las inversiones en asociadas mantenidas por: (a) entidades de capital riesgo; o, (b) instituciones de inversión colectiva, como fondos de inversión u otras entidades similares, entre las que se incluyen los fondos de seguro ligados a inversiones que desde su reconocimiento inicial hayan sido designadas para ser contabilizadas al valor razonable con cambios en el resultado del ejercicio, o se hayan clasificado como mantenidas para negociar y se contabilicen de acuerdo con la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración. Estas inversiones se medirán al valor razonable, de acuerdo con la NIC 39, y los cambios en el mismo se reconocerán en el resultado del ejercicio en que tengan lugar dichos cambios. Norma Internacional de Contabilidad nº 29 (NIC 29). Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias. La presente Norma será de aplicación a los estados financieros individuales, así como a los estados financieros consolidados, de una entidad cuya moneda funcional sea la moneda correspondiente a una economía hiperinflacionaria. Norma Internacional de Contabilidad nº 30 (NIC 30). Información a Revelar en los Estados Financieros de Bancos y Entidades Financieras Similares. Esta Norma debe ser aplicada en la preparación de los estados financieros de los bancos y otras entidades financieras similares (a las que se hará referencia en lo sucesivo también como bancos). 9 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 Para los propósitos de la Norma, el término «banco» incluye a todas las entidades financieras que tienen, como una de sus actividades principales, la de tomar depósitos y préstamos con el objetivo de dar, a su vez, créditos o préstamos y realizar inversiones, y cuyas actividades se encuentran bajo el ámbito de la legislación bancaria u otra equivalente. La Norma es de aplicación para tales empresas, ya contengan o no en su denominación la palabra «banco». En todos los países del mundo, los bancos representan un significativo e influyente sector empresarial. La gran mayoría de los individuos y las organizaciones hacen uso de los servicios bancarios, ya sea como depositantes o como prestatarios. Los bancos juegan un importante papel en el mantenimiento de la confianza en el sistema monetario, a causa de su estrecha relación con las autoridades monetarias y los gobiernos, así como por las regulaciones que dichas entidades les imponen. Por tanto, existe un considerable y amplio interés en el bienestar de los bancos, y en particular en su solvencia y liquidez, así como en el grado relativo de riesgo que corresponde a los diferentes tipos de operaciones que realizan. La operatoria de los bancos es diferente de la que corresponde a otras empresas comerciales, y por tanto las exigencias contables y de información son también distintas. En esta Norma se reconocen tales necesidades particulares. En ella también se anima a la inclusión de información adicional, dentro de los estados financieros, que versen sobre asuntos tales como la gestión y control de la liquidez y del riesgo. Esta Norma complementa al resto de las Normas Internacionales de Contabilidad, que también son aplicables a los bancos, a menos que se especifique lo contrario en el texto de cualquiera de ellas. La Norma es de aplicación tanto a los estados financieros individuales como a los consolidados de los bancos. Cuando un grupo lleva a cabo operaciones bancarias, la Norma será de aplicación, con respecto a tales operaciones, en los estados consolidados. Norma Internacional de Contabilidad nº 31 (NIC 31). Participaciones en negocios conjuntos. Esta Norma se aplicará al contabilizar las participaciones en negocios conjuntos, así como para informar sobre sus activos, pasivos, gastos e ingresos en los estados financieros de los partícipes e inversores, con independencia de las estructuras o formas que adopten las actividades llevadas a cabo por tales negocios conjuntos. No obstante, no será de aplicación en las participaciones en negocios conjuntos mantenidas por: 10 (a) entidades de capital riesgo; o, (b) instituciones de inversión colectiva como fondos de inversión u otras entidades similares, entre las que se incluyen los fondos de seguro ligados a inversiones que, desde su reconocimiento inicial, hayan sido designados para ser contabilizadas al valor razonable con cambios en el resultado del ejercicio, o se hayan clasificado como mantenidas para negociar y se contabilicen de acuerdo con la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración. Estas inversiones se medirán al valor razonable, de acuerdo con la NIC 39, y los cambios en el mismo se reconocerán en el resultado del ejercicio en que tengan lugar dichos cambios. Norma Internacional de Contabilidad nº 32 (NIC 32). Instrumentos Financieros. Presentación e Información a Revelar. El objetivo de esta Norma consiste en establecer principios para la presentación de los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio neto, así como para la compensación de activos financieros y pasivos financieros. Se aplicará en la clasificación de los instrumentos financieros, desde la perspectiva del emisor, en activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; en la clasificación de los intereses, dividendos y pérdidas y ganancias relacionados con ellos, y en las circunstancias en que los activos financieros y los pasivos financieros puedan ser objeto de compensación. Los principios de esta Norma complementan los relativos al reconocimiento y valoración de los activos financieros y pasivos financieros de la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración, así como los relativos a la información a revelar sobre los mismos de la NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar. Norma Internacional de Contabilidad nº 33 (NIC 33). Ganancias por Acción. El objetivo de esta Norma es establecer los principios para la determinación y presentación de la cifra de ganancias por acción de las entidades, cuyo efecto será el de mejorar la comparación de los rendimientos entre diferentes entidades en el mismo período, así como entre diferentes períodos para la misma entidad. Aunque el indicador de las ganancias por acción tiene limitaciones a causa de las diferentes políticas contables que pueden utilizarse para determinar las “ganancias”, la utilización de un denominador calculado de forma uniforme mejora la información financiera ofrecida. El punto central de esta Norma es el establecimiento del denominador en el cálculo de las ganancias por acción. 11 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 Norma Internacional de Contabilidad nº 34 (NIC 34). Información Financiera Intermedia. El objetivo de esta Norma es establecer el contenido mínimo de la información financiera intermedia así como establecer los criterios para el reconocimiento y la valoración que deben seguirse en la elaboración de los estados financieros intermedios, ya se presenten de forma completa o condensada. La información financiera intermedia, si se presenta en el momento oportuno y contiene datos fiables, mejora la capacidad que los inversores, prestamistas y otros usuarios tienen para entender la capacidad de la empresa para generar beneficios y flujos de efectivo, así como su fortaleza financiera y liquidez. Norma Internacional de Contabilidad nº 36 (NIC 36). Deterioro del Valor de los Activos. El objetivo de esta Norma consiste en establecer los procedimientos que una entidad aplicará para asegurarse de que sus activos están contabilizados por un importe que no sea superior a su importe recuperable. Un activo estará contabilizado por encima de su importe recuperable cuando su importe en libros exceda del importe que se pueda recuperar del mismo a través de su utilización o de su venta. Si este fuera el caso, el activo se presentaría como deteriorado, y la Norma exige que la entidad reconozca una pérdida por deterioro del valor de ese activo. En la Norma también se especifica cuándo la entidad revertirá la pérdida por deterioro del valor, así como la información a revelar. Norma Internacional de Contabilidad nº 37 (NIC 37). Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes. El objetivo de esta Norma es asegurar que se utilicen las bases apropiadas para el reconocimiento y la valoración de las provisiones, activos y pasivos de carácter contingente, así como que se revele la información complementaria suficiente por medio de las notas, como para permitir a los usuarios comprender la naturaleza, calendario de vencimiento e importes, de las anteriores partidas. Norma Internacional de Contabilidad nº 38 (NIC 38). Activos Intangibles. El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados específicamente en otra Norma. Esta Norma requiere que las entidades reconozcan un activo intangible si, y sólo si, se cumplen ciertos criterios. La Norma también especifica cómo determinar el importe en libros de los activos intangibles, y exige la revelación de información específica sobre estos activos. 12 Norma Internacional de Contabilidad nº 39 (NIC 39). Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración. El objetivo de esta Norma consiste en establecer los principios para el reconocimiento y valoración de los activos financieros, los pasivos financieros y de algunos contratos de compra o venta de elementos no financieros. Las disposiciones para la presentación de información sobre los instrumentos financieros figuran en la NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación. Las disposiciones relativas a la información a revelar sobre instrumentos financieros están en la NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar. Norma Internacional de Contabilidad nº 40 (NIC 40). Inversiones inmobiliarias. El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las inversiones inmobiliarias y las exigencias de revelación de información correspondientes. Norma Internacional de Contabilidad nº 41 (NIC 41). Agricultura. El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable, la presentación en los estados financieros y la información a revelar en relación con la actividad agrícola. Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Las NIIF son estándares contables Internacionales desarrollados y aprobados por la International Accounting Standars Board –IASB- (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad), y emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Información Financiera. Son un manual para el Contador, ya que establece los lineamientos para llevar la Contabilidad de la forma como es aceptable en el mundo. Las NIIF que se encuentran vigentes son las siguientes: Norma Internacional de Información Financiera nº 1 (NIIF 1). Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera. El objetivo de esta NIIF es asegurar que los primeros estados financieros con arreglo a las NIIF de una entidad, así como sus informes financieros intermedios, relativos a una parte del ejercicio cubierto por tales estados financieros, contienen información de alta calidad que: 13 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 llevar contabilidad completa conforme lo estipula el Código de Comercio. Asimismo, el 13 de Julio 2010 la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos y Auditores aprueba como parte de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Guatemala a que se refiere el Código de Comercio en su decreto 2-70 del Congreso de la República, las NIIF para Pymes; sin embargo, en la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT- no existe disposición legal que obligue a los contribuyentes a que presenten los estados financieros de acuerdo con las NIC/ NIIF o NIIF para Pymes, concretándose la SAT a verificar que la información que se presente cumpla con las disposiciones legales que regula la legislación tributaria y que coincidan con los registros contables, con las declaraciones de impuestos presentados y con los estados financieros que deban publicarse. En pocas palabras, a la SAT lo único que le interesa es que paguen sus impuestos, no importa si la contabilidad la lleva de acuerdo a principios de Contabilidad Generalmente Aceptados o ésta es presentada de acuerdo a las NIC/NIIF. Es importante recordar que nuestra legislación fiscal no se adapta al uso de las NIC/NIIF, un ejemplo claro de esto es la Reserva para Cuentas Incobrables. La Ley del Impuesto Sobre la Renta nos permite deducir hasta un 5% de gasto mientras que las NIC/NIIF no lo permiten. No obstante, si un contribuyente de conformidad con el Código de Comercio está obligado a llevar contabilidad completa, deberá observar las normas vigentes, en este caso las disipaciones actuales emitidas por el ente Rector de la Contaduría Pública y Auditoría en Guatemala, que actualmente es el Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala que en sus resoluciones adopta como principios de Contabilidad Generalmente Aceptados a las NIC/NIIF y la NIIF para Pymes. ¿Aplican las empresas las NIC/NIIF en Guatemala? En opinión de algunos expertos de la Contaduría Pública y Auditoría en Guatemala la mayoría de empresas no las aplican. Explican que la mayor parte de las empresas de Guatemala funcionan con capital propio, por lo cual no recurren a préstamos bancarios de montos significativos, por lo cual no se ven en la necesidad de presentar estados financieros para solicitar empréstitos. Los bancos exigen para otorgar préstamos a las empresas estados financieros en base a NIC/NIIF o NIIF para Pymes. Otra razón es que la adopción de las NIC/NIIF, implica un costo más elevado para las empresas ya que se tienen que llevar más controles para cumplir con los estándares que establece su adopción. 18 Las empresas que sí adoptan las NIC/NIIF son aquéllas que tienen representación en otros países o son sucursales de grandes empresas a nivel mundial tal es el caso de Wal-Mart y muchas más empresas que se ven en la necesidad de adoptar la utilización de las NIC/NIIF, no porque la legislación Guatemalteca les obligue, sino porque el gran capital mundial así lo requiere. En conclusión podemos decir que las NIC/NIIF son un conjunto de normas e interpretaciones de carácter técnico, que establecen los lineamientos para llevar contabilidad de una forma aceptable en todo el mundo. Una herramienta más que usa para facilitar la expansión del gran capital y que obliga a la profesión de la Contaduría Pública y Auditoría en Guatemala a estudiar, analizar y finalmente implementar en las empresas los estándares internacionales como son las NIC/NIIF. ¿Quiénes sí utilizan las NIC/NIIF y por qué lo hacen? En Guatemala son varias las razones por la que algunas empresas implementan y adoptan las NIC/NIIF. • Los Bancos e Instituciones Financieras llevan su contabilidad de acuerdo a NIIF por su relación con instituciones y empresas internacionales, las cuales exigen el uso de estas normas. Además este tipo de entidades tienen la obligación pública de rendir cuentas. La mayoría de entidades financieras son sucursales o tienen socios a nivel internacional que exigen la utilización de las NIIF. • Las empresas transnacionales llevan contabilidad de acuerdo a NIIF, pero lo hacen por requerimiento de la casa matriz que se encuentra en otros países, porque les facilita la consolidación de la información financiera. • Las empresas que solicitan préstamos bancarios deben de utilizar NIIF, ya que dependiendo del monto del préstamo los bancos solicitan que los estados financieros estén auditados, los cuales deben estar elaborados en base a NIIF. • Las empresas o contribuyentes a los que la –SAT- obliga a presentar estados financieros auditados deben de llevar contabilidad en base a NIC/NIIF, ya que los auditores o firmas de auditoría deben elaborar su trabajo en base a estándares internacionales. Esto no es del todo obligatorio ya que muchos auditores o firmas de auditoría pueden optar a realizar la auditoría a estados financieros basados en principios de contabilidad, haciendo la salvedad en su informe de auditoría. 19 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 Boletín “Economía al día” No. 11 noviembre 2011 • Se considera que actualmente no existe disposición legal o criterio por parte de la Superintendencia de Administración Tributaria, que obligue a los contribuyentes a presentar estados financieros de acuerdo con las NIC/NIIF, lo que verifica es que la información presentada por los contribuyentes en sus estados financieros, cumplan con las disipaciones legales que regula la legislación tributaria, y que coincidan con los registros contables, con las declaraciones de impuestos presentadas y con estados financieros que deban publicarse. En conclusión se puede decir que las empresas que llevan contabilidad en base a NIC/NIIF, lo hacen por requerimiento externo, no porque nuestra legislación los obligue a llevarla. Observamos entonces como la globalización poco a poco nos obliga a cambiar, algo que parece tan sencillo como la forma de llevar contabilidad pero que para el capital en expansión es de gran utilidad. No dudemos que con el paso del tiempo nuestra legislación se adaptará a estos cambios, ya que son las grandes empresas transnacionales que dominan en la formación económica y social capitalista en permanente expansión las que lo exigen. Impreso en Taller del IIES 200 Ejemplares Guatemala, noviembre 2011. 20
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