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Nuevas formas de gobierno en la adhesión a la UE: desafíos y oportunidades - Prof. Gallego, Resúmenes de Ciencia de la administración

Este documento analiza la adhesión de países a la ue y los desafíos que surgen en la reestructuración de sus instituciones para cumplir con las condiciones de adhesión. Se discute la eficacia y legitimidad de las políticas de la ue y la alternativa de los modos de base, que permiten la participación de actores privados en la formulación de políticas. Se examina el papel de la ue como caso de nuevas formas de gobierno y la importancia de la regulación y la cooperación entre actores públicos y privados.

Tipo: Resúmenes

2010/2011

Subido el 24/04/2011

merinoide
merinoide 🇪🇸

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¡Descarga Nuevas formas de gobierno en la adhesión a la UE: desafíos y oportunidades - Prof. Gallego y más Resúmenes en PDF de Ciencia de la administración solo en Docsity! Las nuevas formas de gobernabilidad en y para la adhesión: La paradoja de una doble debilidad. La adhesión se puede ver como una bendición o una maldición para los países en transición que aspiran a ser miembros de la UE. Requiere una transformación de los regímenes autoritarios con economías controladas a democracias liberales con economías de mercado. Los países candidatos se enfrentan a dificultades en la reestructuración de sus instituciones a fin de cumplir las condiciones para la adhesión a la UE. No obstante las políticas de la UE se ha encontrado problemas de eficacia y legitimidad. Dado que son países débiles, carecen de capacidad de absorción y voluntad de poner en práctica las políticas. Ante esto surge una alternativa, los modos de base; que sistematiza la participación de actores privados en la formulación de políticas. Los nuevos modos de gobernabilidad ¿que son? Hay una gran variedad de definiciones sobre los nuevos modos de gobernabilidad. La confusión tiene que entendemos por gobernabilidad. Por tanto para estudiar los nuevos modos se adopta la siguiente definición: los nuevos modos se refieren a la elaboración y aplicación de las decisiones colectivas vinculantes. Dentro de esta definición se tiene en cuenta: • Las decisiones adoptadas y cumplidas de manera voluntaria. • Participación sistemática de los actores privados, con fines de lucro o no. La coordinación no jerárquica supone un “gobierno sin gobierno”. Un modo de dirección política que no tiene autoridad para imponer, sino que se basa en la cooperación voluntaria. Se distinguen dos formas de dirección no jerárquica: • Establecimiento de incentivos positivos y negativos. • Ausencia de una manipulación persuasiva en pro de un aprendizaje social. Los modos de gobierno basados en la participación de los actores privados en la formulación de políticas públicas mediante la coordinación no jerárquica permite mayores acuerdos. No obstante se excluyen los acuerdos entre actores privado que se basan en la auto-coordinación y no tienen por objetivo el suministro de bienes y servicios comunes. En general esta practica no es nueva. Sin embargo a un a pesar de no serlo, las políticas internacional y nacional son diferentes. Ya que por ejemplo la UE no tiene capacidad de dirección jerárquica. Puede adoptar políticas contra la voluntad de los Estados miembros, pero no puede hacerlas cumplir. Tiene que confiar en el cumplimiento voluntario de los Estados. Por tanto, la UE es un caso de nuevas formas de gobierno. Sin embargo, si definimos de modos de gobierno como la participación no jerárquica de las empresas y la sociedad civil en la formulación de las políticas públicas, la UE sigue estando dominado, en gran parte, por las decisiones supranacionales y las negociaciones intergubernamentales. Y aunque los actores no estatales participan en la formulación de las políticas europeas, no lo hacen con “en igualdad de condiciones”. Por otra parte, un reciente reglamento extiende el principio de cooperación. Dando mayor importancia a las empresas y la sociedad civil, a fin de que estén realmente involucrados. Sin embargo la interpretación varia entre los Estados y en general todavía tienen un papel marginal en comparación con los gobiernos nacionales, regionales y locales. De la misma manera sucede en el Método Abierto de Coordinación. Que surgió como una forma innovadora de aplicar la Estrategia de Lisboa. A un así, el carácter intergubernamental y voluntariosa hacen de MAC un modo aceptable de coordinación de las políticas en las zonas sensibles de los Estados miembros. Estos procesos requieren formas de regulación de la UE a nivel nacional con el fin de garantizar una competencia leal y corregir los fallos. Sin embargo los Estados miembros son reticentes a transferir competencias. Para llenar el vacío legal, las autoridades nacionales han formado redes informales para intercambiar información y desarrollar las normas y procedimientos para hacer frente a problemas comunes. Estas redes de regulación puede están abiertas a la participación de actores privados, los cuales tienden a ser transgubernamental. La delegación mas importante, de la UE, en este tema es el Diálogo Social. Los interlocutores tienen derecho a celebrar acuerdos de políticas sociales, que impide tomar acciones legales sin consultar a los interlocutores sociales. Esta forma de Euro-corporativismo es único, pero el procedimiento de negociación del diálogo social apenas ha sido mencionado. Los Estados miembros todavía son muy diversos como para ponerse de acuerdo sobre las normas legales de la EU y como resultado la delegación ha sido poco utilizada en la política social. Y aunque los acuerdos a nivel nacional abundan, las organizaciones empresariales las evitan. Sin embargo la autorregulación privada sin la participación pública es imposible a nivel UE. A un así los agentes privados se coordinan sin la supervisión de las instituciones supranacionales. Y en lugar de participar en el gobierno, las empresas y organizaciones de la sociedad civil se centran en grupos de presión individual o colectivas sobre aquellos que tomas las decisiones. Como consecuencia, los nuevos modos de gobierno han proliferado menso de lo esperado. Las empresas y la sociedad civil juegan un papel en la formulación de políticas de la UE, pero las decisiones se adoptan por actores transnacionales. En cuanto al revés? Nuevas formas de gobierno y adhesión La relación entre la UE y los países candidatos está muy poco jerarquizado. Por ejemplo, la supremacía de la legislación de la UE que obliga hacer cumplir a los tribunales nacionales la ley UE sin el consentimiento de los gobiernos nacionales no tomarán efecto hasta después de la adhesión. Es decir ni con los incentivos positivos y negativos se ha conseguido una coordinación jerárquica eficiente. Esto hace que las relaciones entre países de la UE y los de la adhesión puedan ser asimétricos, en términos de distribución de poder. A un así se vuelve a decir que la UE no tiene medio legal de imponer su voluntad a los países en adhesión. Esto a supuesto que dichos países tengan que aplicar mas de 10.000 actas jurídicas antes de poder unirse. Este hecho es un reto considerable debido a la falta de capacidades de los países candidatos, ya que carecen de los recursos necesarios. Para promover la aplicación se incentiva la cooperación de los actores privados para compartir o transferir la carga de la implementación y aplicación. A un así se cuestiona si son las capacidades que realmente se necesitan. La capacidad del Estado: un concepto difícil de alcanzar? El concepto de “capacidad estatal” puede referirse a el rendimiento o la producción orientado a los inputs. Los primeros se centran en la capacidad del Estado para formular y aplicar políticas que persiguen intereses colectivos. La capacidad del Estado se trata como la variable dependiente, que se define como la salida efectiva del outputs, y es medida por indicadores como el PIB. En este sentido la UE ha adoptado un enfoque de rendimiento, es decir la equiparación de la capacidad el Estado con la aplicación efectiva de las políticas de la propia UE. De esta manera se conceptualiza la capacidad de los Estados como factor que explique el éxito o el fracaso de los países candidatos en la adopción y adaptación de las normas comunitaria. Cuando se habla de recursos se habla de la facultad legal y financiera, militar o humana. Esto supone que los países candidatos que deseen aplicar eficazmente las políticas necesitan personal suficiente y cualificado. Esto supone que deben tener los conocimientos jurídicos que derivan de los reglamentos, así como los conocimientos sobre la aplicación de la ley y el control sobre su cumplimiento. Con los recursos financieros se puede suplir esas carencias. Sin embargo incluso con recursos pueden tener dificultades si, por ejemplo, dichos recursos están dispersados entre varios organismos públicos y niveles de gobierno. Los enfoques neo-institucionalistas argumentan que la estructura institucional interna influye en el grado de capacidad de un Estado para actuar y su autonomía para tomar decisiones. Ademas los actores con capacidad de veto pueden reducir la capacidad de un Estado para hacer los cambios necesarios. Al mismo tiempo y por otro lado, la literatura ha argumentado que la participación de los afectados en la toma de decisiones puede aumentar el cumplimiento y la eficacia. La critica a fomentado el desarrollo de un tercer concepto de capacidad estatal. Centrado en la
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