Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

LECCION 7: ACTOS PREVIOS, Apuntes de Derecho Procesal

Asignatura: Derecho Procesal II, Profesor: MON MON, Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2013/2014

Subido el 21/01/2014

araceligimenoca
araceligimenoca 🇪🇸

3.7

(84)

22 documentos

1 / 14

Toggle sidebar

Documentos relacionados


Vista previa parcial del texto

¡Descarga LECCION 7: ACTOS PREVIOS y más Apuntes en PDF de Derecho Procesal solo en Docsity! LECCIÓN 7ª ACTOS PREVIOS ACTIVIDADES PREVIAS AL PROCESO NECESARIAS: RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA FACULTATIVAS: CONCILIACIÓN DILIGENCIAS PREVIAS CONCEPTO, CLASES Y NATURALEZA  REGULACIÓN: arts. 460 a 480 de LEC 1881  CONCEPTO: comparecencia necesaria o facultativa de las partes en un conflicto de intereses, ante una autoridad designada por el Estado, para que en su presencia traten de solucionar el conflicto que las separa, regulada por el ordenamiento jurídico que atribuye determinados efectos, asimismo jurídicos, a lo en ella convenido.  CLASES:  PREVENTIVA-PREPROCESAL (arts. 460-480 LEC 1881)  INTRA-PROCESAL (arts. 415 y 428.2 LEC)  NATURALEZA: Medio autocompositivo. . B) CARÁCTER VOLUNTARIO Y SUPUESTOS EXCLUIDOS  Art. 460 LEC 1881: "Antes de promover un juicio, podrá intentarse la conciliación ante el Secretario judicial”  SUPUESTOS EXCLUÍDOS: 1) Los juicios en que estén interesados el Estado, las Comunidades Autónomas y las demás Administraciones públicas, Corporaciones o Instituciones de igual naturaleza. 2) Los juicios en que estén interesados los menores y los incapacitados para la libre administración de sus bienes. 3) Los juicios de responsabilidad civil contra jueces y magistrados. 4) En general, los que promuevan sobre materias no susceptibles de transacción ni compromiso. C) COMPETENCIA a) Objetiva: Secretarios judiciales de los Juzgados de Primera Instancia y a los Jueces de Paz. Es controlable de oficio. b) Territorial: El Juzgado  del domicilio del “demandado” y, en su caso  el de residencia IMPUGNACIÓN DE LO CONVENIDO  Contra el convenio obtenido en la conciliación podrá ejercitarse la ACCIÓN DE NULIDAD por las causas que invalidan los contratos. DILIGENCIAS PRELIMINARES  REGULACIÓN: Arts. 256- 263 LEC  CONCEPTO: Son actuaciones que se postulan de los órganos judiciales y tienen por objeto lograr información acerca de circunstancias relativas a la personalidad del futuro demandado o aclarar algún elemento desconocido, solicitando la obtención de documentos y objetos que resulten necesarios para entrar en dicho proceso. GENERALIDADES 1.- Solo pueden pedirse y decretarse las diligencia previstas expresamente en alguna Ley. 2.- Competencia: Juzgado de primera instancia del domicilio de la persona que, en su caso, hubiere de declarar, exhibir o intervenir en las actuaciones que se acordaren como DP. 3.- No necesaria postulación cuando se trate de medidas urgentes. 4.- Los gastos ocasionados a las personas que hubieren de intervenir serán a cargo del solicitante de las mismas. 5.- Debe prestarse caución.
Docsity logo



Copyright © 2024 Ladybird Srl - Via Leonardo da Vinci 16, 10126, Torino, Italy - VAT 10816460017 - All rights reserved