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Legislación educativa y organización de centros, Apuntes de Desarrollo organizacional

Legislación educativa y organización de centros

Tipo: Apuntes

2022/2023

Subido el 26/02/2023

mireia-bermudez-casquero
mireia-bermudez-casquero 🇪🇸

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¡Descarga Legislación educativa y organización de centros y más Apuntes en PDF de Desarrollo organizacional solo en Docsity! TEMA 6: LA CONFIGURACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL 1. ¿CÓMO ESTUDIAR ESTE TEMA? Este tema tiene como principal objetivo que llegues a interiorizar con claridad los distintos niveles y etapas que conforman el sistema educativo español vigente en la actualidad. En el tema 4, hemos visto los antecedentes legislativos más importantes de los últimos 40 años. Es decir, hemos visto los rasgos más importantes de las principales Leyes Orgánicas educativas que han estado en vigor en España desde la aprobación de la CE, en diciembre de 1978. Y hemos comprendido que la Política Educativa tiene un papel importante en el diseño y en la configuración de los elementos esenciales de cualquier sistema educativo, también del español, Pues bien, en este tema podrás encontrar una exposición detallada tanto del organigrama del sistema educativo vigente en nuestro país, en la actualidad, como de las principales características de dicho sistema (principios, fines, objetivos, elementos del currículo, niveles, derechos y libertades, etc). Hay que tener en cuenta que el actual sistema educativo español está regulado por la LOE, de 2006, así como por la LOMLOE, de 2020. Para ello, vamos a analizar con detalle el texto vigente de la LOE/LOMLOE, teniendo en cuenta que la LOE ha sido modificada profusamente por la LOMLOE (como anteriormente lo fue por la LOMCE), pero que, en todo caso, hay cuestiones importantes del sistema educativo español que todavía vigentes desde la LOE (e, incluso, son anteriores a la propia LOE); es decir, que todavía siguen aplicándose en la actualidad, sin modificaciones importantes por parte de la LOMLOE. Finalmente, para terminar, vamos a estudiar, también, las características esenciales, tanto organizativas como pedagógicas, de la Educación Infantil y de la Educación Primaria, poniendo especial énfasis en la Educación Infantil. Para ello, también señalaremos las principales características cognitivas, emocionales y conductuales de los alumnos de estas etapas educativas, atendiendo a los principales avances y consensos en psicología de la educación. 1 En este sentido, el tema se divide en tres apartados: ● El organigrama del sistema educativo vigente en España: es decir, ¿qué etapas, niveles, ciclos y cursos existen en el sistema educativo actual, es este curso lectivo? ● Los elementos esenciales del sistema educativo en España: es decir, ¿cuáles son las características más importantes del sistema educativo español en su conjunto, teniendo en cuenta que la Política Educativa, la Administración Educativa y la Legislación educativa ya han sido estudiados en temas anteriores? ● Las características básicas de la Educación Infantil y de la Educación Primaria: es decir, ¿cómo se organizan las etapas de la Educación Infantil y de la Educación Primaria? Y, en especial, ¿cuáles con las características esenciales, tanto organizativas como pedagógicas, de la etapa pre obligatoria de la Educación Infantil? 2. EL ORGANIGRAMA DEL SISTEMA EDUCATIVO ACTUAL: LOE/LOMLOE La norma jurídica que regula el sistema educativo vigente, en la actualidad es la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE). La tramitación del anteproyecto de la LOMLOE, presentado por el Gobierno del PSOE (y sus socios de gobierno), se debatió durante los años 2019 y 2020 en sede parlamentaria y fue finalmente aprobado por el Congreso de los Diputados de 19 de noviembre de 2020. Fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 30 de diciembre de 2020 y entró en vigor a comienzos de 2021. Como veremos a continuación, la nueva ley educativa, la LOMLOE, no deroga totalmente el contenido de la LOE (como tampoco hizo la LOMLOE), sino que modifica el texto original de esa misma Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, de tal manera que podemos decir que, en realidad, el actual sistema educativo no universitario, en España, se regula por dos Leyes Orgánicas: la LOE y la LOMLOE. Por eso, para abreviar, el Temario de esta asignatura siempre se referirá a un artículo concreto o a un Título determinado de la LOE/LOMLOE. La LOMLOE es la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, cuyo artículo único proporciona un conjunto muy amplio de 2 Como ya sabemos, la EP, la ESO y los ciclos formativos de grado básico constituyen lo que se conoce como la educación básica obligatoria (EBO). Según el artículo 3.4 de la LOE/LOMLOE, la educación secundaria se divide en ESO y educación secundaria post obligatoria. Por su parte, la educación secundaria postobligatoria está formada por el Bachillerato, por la FP de grado medio, por las enseñanzas artísticas profesionales (tanto de música y de danza como de artes plásticas y diseño de grado medio), así como por las enseñanzas deportivas de grado medio. Mientras que la educación superior está formada por la FP de grado superior, por las enseñanzas artísticas superiores, por las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, por las enseñanzas deportivas de grado superior y, finalmente, por la propia educación universitaria (que se regulará por sus normas específicas). Veamos, ahora, las características más importantes, tanto organizativas como pedagógicas, de cada una de estas etapas y niveles de enseñanza en España, de forma resumida. EDUCACIÓN INFANTIL (EI) La Educación Infantil (EI) constituye una etapa educativa pre obligatoria, con identidad pedagógica y organizativa propia y que atiende a niñas y niños desde el nacimiento (desde los 4 meses, aproximadamente) hasta los seis años de edad. Está dividida en 2 ciclos, de 0 a 3 años y de 3 a 6 años, de 3 cursos cada uno. La educación infantil tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social cognitivo y artístico, así como la educación en valores cívicos para la convivencia (artículo 12 de la LOE/LOMLOE). En EI, la LOMLOE propone un plan, de ocho años de duración, para ampliar la escolarización en primer ciclo de la etapa, extendiendo una oferta pública suficiente y asequible, con equidad y claridad, y que garantice el carácter educativo de la etapa, además de meramente asistencial; y se otorg un mandato al Gobierno, en colaboración con las Administraciones educativas, para regular los requisitos mínimos que deben cumplir los centros que imparten el primer ciclo de esta etapa. EDUCACIÓN PRIMARIA (EP) La Educación Primaria (EP) constituye una etapa educativa que comprende 6 cursos académicos y que lo más habitual es que se cursen entre los 6 y. 12 años de edad (salvo excepciones). El objetivo fundamental de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas “los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas 5 de cultura y el hábito de convivencia así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos y alumnas y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria (artículo 16 de la LOE/LOMLOE). Las metodologías educativas en EP procurarán la integración de las distintas experiencias y aprendizajes de los estudiantes con una perspectiva global y, además, se intentarán adaptar a sus diferentes ritmos de trabajo. En EP, la LOMLOE recupera los tres ciclos organizativos de la etapa, que la LOMCE había eliminado; se eliminan los tres tipos de asignaturas creadas por la LOMCE (troncales, específicas y de libre configuración académica) y se recuperan las seis áreas de la LOE (es decir, las asignaturas); se pone especial énfasis en la educación inclusiva, en la atención personalizada y en la prevención de las dificultades de aprendizaje; se fomentará la lectura; se añade, en el tercer ciclo de la etapa, un área de Educación en Valores Cívicos y Éticos; se elimina la obligatoriedad de cursar una asignatura sustitutiva a la de la religión y, además, la calificación de la asignatura de religión no se tendrá en cuenta en las notas del estudiante; y se crea una evaluación de diagnóstico en el 4º curso de Primaria. Al finalizar cada uno de los tres ciclos de la etapa, el tutor o tutora elaborará un informe sobre el grado de adquisición de las competencias de cada estudiante, indicando (en su caso) las distintas medidas de refuerzo que se debe contemplar en el ciclo o en la etapa siguiente. Además, al finalizar la etapa, cada estudiante dispondrá de un informe sobre su evolución y sus competencias desarrolladas. En el área de Valores Cívicos y Éticos “se incluirán contenidos referidos a la Constitución española, al conocimiento y respeto de los Derechos Humanos y de la Infancia, a la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía munidas, a la igualdad entre hombres y mujeres, al valor del respeto a la diversidad y al valor social de los impuestos, fomentando el espíritu crítico y la cultura de paz y no violencia” (artículo 18.3 de la LOE/LOMLOE). EDUCACIÓN SECUNDARIA (ESO) La Educación Secundaria Obligatoria (ESO) constituye una etapa educativa que comprende 4 cursos académicos, los cuales se cursarán, de forma ordinaria, entre los 12 y los 16 años de edad (salvo excepciones). El objetivo fundamental de la Educación Secundaria Obligatoria consiste en lograr que los alumnos y alumnas adquieran “los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus 6 aspectos humanístico, artístico, científico, tecnológico y motriz; desarrollar y consolidar en ellos los hábitos de estudio y de trabajo; así como hábitos de vida saludables, preparándose para su incorporación a estudios posteriores, para su inserción laboral y formales para el ejercicio de sus derechos y obligaciones de la vida como ciudadanos” (artículo 22 de la LOE/LOMLOE). Es decir, en la ESO se debe prestar especial atención a la orientación educativa y pedagógica del alumnado, pero, también, a la profesional y a la ciudadana. En la ESO, la LOMLOE elimina, también, los tres tipos de asignaturas creadas por la LOMCE (troncales, específicas y de libre configuración autonómica). En su lugar, vuelve a la organización en materias y ámbitos de la LOE, como los siguientes (artículo 24.1 de la LOE/LOMLOE): A) Biología y Geología B) Educación Física C) Educación Plástica, Visual y Audiovisual D) Física y Química E) Geografía e Historia F) Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura G) Lengua Extranjera H) Matemáticas I) Música J) Tecnología y Digitalización El 4º curso de la etapa se configura como un curso orientador, con asignaturas comunes para todos los estudiantes y otras tres optativas, orientadas hacia las diferentes modalidades de Bachillerato, los diversos campos de la FP o la incorporación a la vida laboral. En uno de los cursos de la etapa de la ESO, todo el alumnado cursará la Educación en Valores Cívicos y Éticos. Según el artículo 25.7 de la LOE/LOMLOE, “en dicha materia, que prestará especial atención a la reflexión ética, se incluirán contenidos referidos al conocimiento y respeto de los Derechos Humanos y la Infancia, a los recogidos en la Constitución española, a la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial, a la igualdad de mujeres y hombres, al valor del respeto a la diversidad y al papel social de los impuestos y la justicia fiscal, fomentando el espíritu crítico y la cultura de paz y no violencia”. Además, se recuperarán los denominados Programas de diversificación curricular, orientados a la consecución del título de Graduado en ESO (artículo 27 de la LOE/LOMLOE). También, la LOMLOE 7 Además de todas estas enseñanzas anteriores de régimen general, en el sistema Educativo español también existen las llamadas enseñanzas de régimen especial, que están compuestas por las enseñanzas de idiomas, las enseñanzas deportivas y las enseñanzas artísticas. Las enseñanzas de idiomas que, según el artículo 59 de la LOE/LOMLOE, tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas que se puedan cursar, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo, y, especialmente, en relación con los idiomas de los países miembros de la Unión Europea. Las enseñanzas de idiomas se organizan en los siguientes niveles: el básico, el intermedio y el avanzado. Estos niveles se corresponden, respectivamente, con los niveles A, B y C del llamado Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, el cual, a su vez, se subdivide en los niveles A1, A2, B1, B2, C1 y C2. Las enseñanzas artísticas que, según el artículo 45 de la LOE/LOMLOE, tienen como finalidad la de proporcionar al alumnado una formación artística de calidad así como garantizar la cualificación de los futuros profesionales de la música, la danza, el arte dramático, las artes plásticas y el diseño. Las enseñanzas artísticas de música y de danza se dividen en “elementales”, “profesionales” y “superiores”. Por su parte, las enseñanzas de niveles básicos (o “elementales”) tendrán las características y la organización que las Administraciones educativas determinen, mientras que las enseñanzas profesionales de música y de danza se organizan en un ciclo de duración variable, según las características de cada estudio. Se podrán cursar, simultáneamente, estas enseñanzas artísticas profesionales y la Educación Secundaria. Las enseñanzas deportivas, que tienen como objetivo fundamental preparar a los alumnos para la actividad profesional en relación con una modalidad o especialidad deportiva, así como facilitar su adaptación a la evolución del mundo laboral y deportivo y a la ciudadanía activa (artículo 63 de la LOE/LOMLOE). Tal y como establece la normativa actual, las enseñanzas deportivas quedan estructuradas en 2 grados, un grado medio y un grado superior y podrán estar referidas al llamado Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, como la Formación Profesional. Por su parte, las enseñanzas de personas adultas tienen el objetivo fundamental de ofrecer, a todos los mayores de 18 años (aunque, excepcionalmente, a los mayores de 16), la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para su desarrollo personal y profesional (artículo 66 de la LOE/LOMLOE). Para conseguir el objetivo propuesto, las Administraciones Educativas podrán colaborar con otras Administraciones Públicas (AAPP), con 10 competencias en la formación de adultos y, en especial, con la Administración laboral, con las corporaciones locales (con las Diputaciones Provinciales y con los Ayuntamientos) y con los diversos agentes sociales del país, especialmente a nivel local y rural. Finalmente, las enseñanzas universitarias se regulan por sus normas jurídicas propias y constituyen una etapa post obligatoria, que debe organizarse atendiendo a las especificaciones del llamado Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), tal y como hemos visto en el Tema anterior. La CE 1978 garantiza, en su artículo 27.10, la autonomía de las Universidades. En el siguiente punto vamos a ver, más detalladamente, los distintos elementos básicos y esenciales del sistema educativo en España, atendiendo a los objetivos, fines y principios que rigen en el sistema educativo de nuestro país. 3. LOS ELEMENTOS ESENCIALES DEL SISTEMA EDUCATIVO EN ESPAÑA Tal y como exponía la LOMCE en su Preámbulo, “el alumnado es el centro y la razón de ser de la educación. El aprendizaje en la escuela debe ir dirigido a formar personas autónomas, críticas, con pensamiento propio. Todos los alumnos y alumnas tienen un sueño, todas las personas jóvenes tienen talento. Nuestras personas y sus talentos son lo más valioso que tenemos como país”. Estas palabras, u otras muy parecidas, han estado presentes en la aprobación de cada una de las Leyes Orgánicas educativas desde la entrada en vigor de la CE 1978. Por su parte, en la Exposición de Motivos de la LOMLOE se afirma que “una buena educación es la mayor riqueza y el principal recurso de un país y de sus ciudadanos y ciudadanas”. Sobre esta importante convicción se asienta y se levanta el sistema educativo español. Por ello como sabemos, la LOE (en 2006) se elaboró sobre 3 principios básicos y fundamentales, que presiden todo su contenido y ambición pedagógica: ● La exigencia de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos, a todos los alumnos y en todos los niveles del sistema educativo español. ● La necesidad de que todos los componentes de la comunidad educativa colaboren para conseguir ese objetivo tan ambicioso de ofrecer una educación de calidad que, por supuesto, tenga en cuenta la equidad. 11 ● El compromiso decidido del sistema educativo español con los objetivos educativos de la UE para los próximos años. La LOMCE, por su parte, ratificaba todos estos principios pero añadía alguno más, muy importantes para comprender la reforma educativa que planteó dicha Ley Orgánica educativa, en relación con el ideario que vertebra la LOE en 2006. La idea pedagógica fundamental de ambas Leyes consiste en concebir y desarrollar un sistema educativo que permita ofrecer una educación de calidad para todos y entre todos. Sin embargo, la LOMCE añadió otros principios a los de la LOE, así como modificó algunos de ellos. Por eso, ¿cuáles son los principios básicos que fundamentan la reforma educativa propuesta por la LOMCE (respecto de la LOE)? ● La reforma propuesta se basa en datos y evidencias ● La cultura del esfuerzo ● La incorporación generalizada al sistema educativo de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) ● El plurilingüismo ● El estímulo de la Formación Profesional ● El aumento de la autonomía de los centros y el refuerzo de la capacidad de gestión de la dirección de los mismos Por su parte, y como ya sabemos, la LOMLOE ha derogado completamente a la LOMCE y ha añadido una serie de principios rectores o enfoques a la educación española, tal y como la organizaba la LOE: el enfoque del respeto y la promisión de los derechos de la infancia, según lo que establece la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (1989); el enfoque de la igualdad de género, en todas las etapas educativas a través de la coeducación; el enfoque transversal, que está orientado a que todos los estudiantes tengan garantías de éxito en la educación, con una dinámica de mejora continua y de educación personalizada; el enfoque de la promoción y concienciación respecto del desarrollo sostenible; y, finalmente, el enfoque del cambio digital, sensible al desarrollo de las competencias digitales en todos los estudiantes. Recordemos que la LOMLOE se estructura en un artículo único que incluye 99 modificaciones al texto original de la LOE. Cada una de estas 99 modificaciones modifica parcial o totalmente a 77 artículos de la LOE, 19 disposiciones adicionales y 3 disposiciones finales, una de las cuales modifica varios artículos de la LODE. La LOMLOE incluye, también, 8 disposiciones adicionales, 5 transitorias 12 ● La educación para la convivencia, el respeto, la prevención de conflictos y la resolución pacífica de estos ● La autonomía de las AAPP y de los centros educativos ● El desarrollo de la igualdad de derechos, deberes y oportunidades, el respeto a la diversidad afectivo-sexual y familiar, el fomento de la igualdad efectiva de mujeres y hombres a través de la consideración del régimen de la coeducación de niños y niñas, la educación afectivo- sexual, adaptada al nivel madurativo, y la prevención de la violencia de género, así como el fomento del espíritu crítico y la ciudadanía activa. ● La educación para la transición ecológica, con criterios de justicia social, como contribución a la sostenible dad ambiental, social y económica. Por otro lado, según el artículo 2 de la LOE/LOMLOE, el sistema educativo español vigente se orientará a la consecución de los siguientes fines: ● La educación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y la igualdad de todos los estudiantes. ● El pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos ● El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor. ● La educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad. De derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en igualdad de trato y no discriminación de las personas con discapacidad. ● La formación en el respeto y reconocimientos de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la culturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad. ● La educación en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos. ● La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte. ● La educación en la responsabilidad individual y en el mérito y esfuerzo personal. 15 ● La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales, de cuidados y de colaboración social. ● La formación para La Paz, el respeto a los derechos humanos, la vida en común, la cohesión social, la cooperación y solidaridad entre los pueblos, así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y los derechos de los animales, y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y desarrollo sostenible. ● La preparación para el ejercicio de la ciudadanía, para la inserción en la sociedad que nos rodea y para la participación activa en la vida económica, social y responsable y con capacidad de adaptación a las situaciones cambiantes de la sociedad del conocimiento. Otros de los elementos básicos del sistema educativo español es la concepción curricular de la enseñanza. Como hemos visto en un tema anterior, según la LOE/LOMLOE, el currículo consiste en el “conjunto de objetivos, competencias, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente Ley”. Así, en el artículo 6 de la LOE/LOMLOE se entiende que el currículo está integrado por los siguientes elementos: ● Los objetivos de cada enseñanza y de cada etapa educativa: es decir, los logros que se espera que los estudiantes hayan alcanzado al finalizar cada etapa educativa y cuya consecución está vinculada a la adquisición de las llamadas competencias clave. ● Las competencias clave y las específicas (o las capacidades para aplicar, de forma integrada, los contenidos propios de cada enseñanza y de cada etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades así como la resolución eficaz de problemas complejos). ● Los contenidos de cada materia y/o asignatura (o el conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y aptitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y de cada etapa educativa y a la adquisición de competencias). Los contenidos se ordenan en asignaturas que, a su vez, se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participen los alumnos y alumnas. En la LOE/LOMLOE se relacionan con los llamados saberes básicos, que son aquellos “conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de una materia o ámbito cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas”. 16 ● La metodología didáctica (que comprende tanto la descripción de las prácticas docentes como la organización del trabajo y de las actividades de todos los docentes, tanto en los centros escolares como en las aulas). ● Los criterios de evaluación del grado de adquisición de las competencias, así como del logro de los objetivos de cada enseñanza y de cada etapa educativa. Es decir, aquellos referentes que indican “los niveles de desempeño esperados en los estudiantes en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada materia o ámbito en un momento determinado de su proceso de aprendizaje”, según los Reales Decretos de contenidos mínimos ya aprobados. Como vemos y, en relación con la concepción curricular de la enseñanza y del aprendizaje que existe en España desde la LOGSE, la LOMLOE ha eliminado los llamados estándares de aprendizaje evaluables de entre los elementos del currículo, creados por la LOMCE, y que, a partir de febrero de 2021, tendrán mero carácter orientativo, menos en FP, que se considerarán parte del currículo (artículo 6.1 de la LOE/LOMLOE). Hay que tener en cuenta que los objetivos y los contenidos de cada etapa educativa, por ejemplo, son establecidos por la Política educativa (es decir, por el Estado y por los Gobiernos respectivos de cada CCAA, mediante Reales Decretos y Decretos Autonómicos, respectivamente). Por lo que es muy importante conocer el ideario pedagógico de la Política Educativa de un país, para saber qué objetivos educativos pretenden conseguirse y mediante la impartición de qué contenidos, por ejemplo. El resto de los elementos del currículo también son establecidos, en mayor o menor medida, por la Política Educativa española, en cada momento histórico del desarrollo del país. Y son desarrollados, por supuesto, y como corresponde con un país descentralizado, por los distintos niveles de la Administración educativa, incluyendo a los propios centros escolares y a los propios profesores. Así, como ya sabemos, por ejemplo, las llamadas enseñanzas mínimas requerirán el 50% de los horarios escolares para las CCAA que tengan lengua cooficial, mientras que requerirán el 60% para aquellas CCAA que no tengan lengua cooficial. La LOMLOE habla de situaciones de aprendizaje, que son “situaciones y actividades que implican el despliegue por parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias específicas y que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas”. Como 17 Hay que tener en cuenta que la LOMLOE no ha modificado sustancialmente la regulación que, de esta etapa, hacía la LOE, además de actualizarla. Por ello, el articulado original de la LOE, incluido en el Capítulo I del Título I, artículos 12-15, ambos inclusive, se mantiene bastante similar, aunque con varias modificaciones y actualizaciones. Veamos qué regula cada uno de estos artículos: ● Artículo 12: los principios generales de la etapa ● Artículo 13: los objetivos generales de la etapa ● Artículo 14: la ordenación de la etapa y sus principios pedagógicos ● Artículo 15: oferta de plazas y gratuidad La Educación Infantil se ordena en 2 ciclos, el primero de los cuales comprende hasta los 3 años de edad, mientras el segundo va desde los 3 años a los 6 años de edad. Ambos ciclos responden a una misma intencionalidad pedagógica y educativa. Y, por otro lado, en ambos ciclos de la EI se deberá atender, progresivamente, al pleno desarrollo físico, afectivo, social, cognitivo y artístico del alumnado, prestando especial atención al desarrollo del movimiento y de los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento del entorno, de los seres vivos que en él convienen y de las características físicas y sociales del medio en el que viven los alumnos. Además, por otro lado, se intentará estimular y facilitar que todas las niñas y niños pueden elaborar (se) una imagen de sí mismos positiva y equilibrada e igualitaria, adquieran la máxima autonomía personal y conozcan e identifiquen las emociones y los sentimientos básicos. La LOMLOE incluye, en estos principios pedagógicos, la educación en valores, la educación para el consumo responsable y sostenible y la promoción y educación para la salud. Finalmente, la LOMLOE subraya la importancia de contribuir al desarrollo de la educación en valores cívicos para la convivencia. 20 Atendiendo al esfuerzo compartido que deben realizar las AAPP, la familia, la propia sociedad y los centros escolares, la Educación Infantil se sostiene sobre la responsabilidad fundamental de las madres, padres o tutores legales en esta etapa. Por ello, los centros de educación infantil, tanto los públicos como los privados y/o concertados, habrán de cooperar estrechamente con las familias. Según el artículo 12.5 de la LOE/LOMLOE, la “programación, la gestión y el desarrollo de la educación infantil atenderán, en todo caso, a la compensación de los efectos que las desigualdades de origen cultural, social y económico tienen en el aprendizaje y evolución infantil, así como la detección precoz y atención temprana de necesidades específicas de apoyo educativo”. Tal y como afirma el artículo 13 de la LOE/LOMCE, la educación infantil contribuirá a desarrollar en todos los alumnos, niñas y niños, una serie de capacidades que les permitan: ● Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias. ● Observar y explorar su entorno familiar, natural y social. ● Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales. ● Desarrollar sus capacidades afectivas. ● Relacionarse con los demás en igualdad y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en el uso de la empatía y en la resolución pacífica de conflictos, evitando cualquier tipo de violencia. ● Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión. ● Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo. ● Promover, aplicar y desarrollar normas sociales que promueven la igualdad de género. La LOMLOE apuesta por modificar el primer ciclo de EI para transformarlo en una etapa pedagógica y educativa, no meramente asistencial. Para ello, afirma que el carácter educativo de ambos ciclos deberá ser recogido en una propuesta pedagógica por todos los centros escolares que impartan Educación Infantil en España. Los contenidos educativos de la etapa de la EI no se organizan, técnicamente, ni de forma curricular (como en EP o en la ESO, por ejemplo) ni alrededor de asignaturas de ningún tipo, sino en tres áreas diferenciadas, aunque relacionadas, que corresponden con ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil, atendiendo al 21 desarrollo cognitivo y motor de los niños y de las niñas de 0 a 3 años, en primer lugar, y de 3 a 6 años, en segundo lugar. Según el artículo del Real Decreto 95/2022, las áreas de educación infantil son las siguientes: ● Crecimiento en Armonía ● Descubrimiento y Exploración del Entorno ● Comunicación y Representación de la Realidad Por otro lado, dichas áreas, que organizan los contenidos de la etapa, se abordarán por medio de actividades globalizadas y lúdicas para que tengan interés y significado para los niños. La LOMLOE insiste en este punto cuando subraya que “los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias de aprendizaje emocionalmente positivas, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social y el establecimiento de un apego seguro” (artículo 14.6 de la LOE/LOMLOE). Finalmente, y dirigido a los 2 ciclos de la EI, las distintas acciones pedagógicas que se lleven a cabo se deberán basar en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar la autoestima, la autonomía y la integración social de todos los alumnos. Para todo ello, se organizarán los espacios de las aulas atendiendo a distintas metodologías (como el trabajo cooperativo, el trabajo por proyectos o el trabajo por rincones, por ejemplo) o a distintas escuelas (Montessori, High Scope, Reggio Emilia, Escuela de Ginebra, Método Decroly, etc). Como afirman tanto la LOMLOE como el Real Decreto 95/2022, de contenidos mínimos de infantil, “con carácter meramente orientativo y con el fin de facilitar al profesorado su propia práctica, se propone una definición de situación de aprendizaje y se establecen principios para su diseño”. Estas situaciones de aprendizaje han sido diseñadas por la LOMLOE y vamos a ver, a continuación, al analizar la organización curricular y didáctica de la EP. Las áreas de la EI deben entenderse, según la LOMLOE, “como ámbitos de experiencia intrínsecamente relacionados entre sí, por lo que se requerirá un planteamiento educativo que promueva la configuración de situaciones de aprendizaje globales, significativas y estimulantes que ayuden a establecer relaciones entre todos los elementos que las conforman” (artículo 8.3 del Real Decreto 95/2022). Además, las AAPP “fomentarán el desarrollo de todos los lenguajes y modos de percepción específicos de estas edades para desarrollar el conjunto de sus potencialidades, respetando la específica cultura de la infancia 22 ● Adquirir habilidades para la prevención y para la resolución pacífica de conflictos, que les permitan desenvolverse con autonomía en el ámbito familiar y doméstico, así como en los grupos sociales con los que se relacionan. ● Adquirir habilidades para la resolución pacífica de conflictos y la prevención de la violencia, que les permitan desenvolverse con autonomía en el ámbito escolar y familiar, así como en los grupos sociales con los que se relacionan. ● Conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de personas por motivos de etnia, orientación o identidad sexual, religión o creencias, discapacidad u otras condiciones. ● Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana y, si la hubiere, la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma y desarrollar hábitos de lectura. ● Adquirir en, al menos, una lengua extranjera la competencia comunicativa básica que les permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones cotidianas. ● Desarrollar las competencias matemáticas básicas e iniciarse en la resolución de problemas que requieran la realización de operaciones elementales de cálculo, conocimientos geométricos y estimaciones, así como ser capaces de aplicarlos a las situaciones de su vida cotidiana. ● Conocer los aspectos fundamentales de las Ciencias de la Naturaleza, las Ciencias Sociales, la Geografía, la Historia y la Cultura. ● Desarrollar las competencias tecnológicas básicas e iniciarse en su utilización, para el aprendizaje, desarrollando un espíritu crítico ante su funcionamiento y los mensajes que reciben y elaboran. ● Utilizar diferentes representaciones y expresiones artísticas e iniciarse en la construcción de propuestas visuales y audiovisuales. Respecto de los contenidos de la etapa, hay que decir que la LOMLOE ha derogado la clasificación que la LOMCE hacía de las asignaturas (para la EP, la ESO y el Bachillerato) en troncales, específicas y de libre configuración autonómica. Así, la LOMLOE vuelve a una clasificación de los contenidos en áreas, como hacía la propia LOE. De esta manera, el artículo 18 de LOE/LOMLOE establece que las áreas de la EP son: 25 ● Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural, que se podrá desdoblar en Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales. ● Educación Artística, que se podrá desdoblar en Educación Plástica y Visual, por un parte, y Música y Danza, por otra. ● Educación Física ● Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Propia y Literatura ● Lengua Extranjera ● Matemáticas En el tercer ciclo de la etapa (es decir, en 5º o 6º de Primaria), se deberá añadir el área de Educación en Valores Cívicos y Éticos. Y, como recoge el artículo 18.3 de la LOE/LOMLOE, “en esta área se incluirán contenidos referidos a la Constitución española, al conocimiento y respeto de los Derechos Humanos y de la Infancia, a la educación para el desarrollo sostenible y la ciudadanía mundial, a la igualdad entre hombres y mujeres, al valor del respeto a la diversidad y al valor social de los impuestos, fomentando el espíritu crítico y la cultura de paz y no violencia”. Finalmente, las AAPP educativas podrán añadir una segunda lengua extranjera, la llamada lengua cooficial respectiva (lengua propia y literatura catalana, del País Vasco o gallega, por ejemplo) o, incluso, una materia de carácter transversal. Para terminar con el estudio de los elementos y características básicas de esta etapa, en la EP se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, así como en la atención individualizada de cada uno de ellos (artículo 20 bis de la LOE/LOMLOE), en la prevención y atención de cualquier tipo de dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo, tan pronto como se detecten estas dificultades. Como principio pedagógico básico, en la EP se debe garantizar la inclusión educativa de todos los estudiantes, así como la atención personalizada del alumnado y de sus necesidades de aprendizaje, participación y convivencia. Además, en esta etapa se pondrá especial énfasis en la prevención de las dificultades de aprendizaje de cualquier estudiante y en la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo y flexibilización, alternativas metodológicas u otras medidas adecuadas tan pronto como se detecten cualquiera de estas situaciones (artículo 19.1 de la LOE/LOMLOE). En la atención a la diversidad, un aspecto básico para el desarrollo del principio de equidad, junto con el desarrollo de la educación personalizada y la bajada de ratios, se recupera la regulación 26 recogida en la LOE; así, la escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (ANEAE) deberá estar regida por los principios de inclusión y participación, calidad, equidad, no discriminación e igualdad efectiva; se fortalecen los objetivos y las actuaciones que deben llevar a cabo las Administraciones educativas ante las personas, grupos, entornos sociales y ámbitos territoriales que se encuentren en situación de vulnerabilidad socio educativa y cultural; se velará para evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza en determinados centros escolares; y, finalmente, el Gobierno, en colaboración con las Administraciones educativas, desarrollará un plan para que, en el plazo de diez años, los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad (Disposición adicional cuarta). Estas cuestiones las podemos ver con más detalle en otro tema. La LOMLOE ha derogado las evaluaciones finales de etapa (tanto de Primaria como de la ESO y de Bachillerato), creadas por la LOMCE y que tantas dificultades han tenido en su diseño y puesta en práctica. Sin embargo, la LOMLOE establece que, en el último curso de EP y de ESO, se llevará a cabo, con carácter muestral y plurianual, una evaluación de las competencias adquiridas por los estudiantes. Esta evaluación tendrá carácter informativo, formativo y orientador para los centros e informativo para el alumnado. Por otro lado, la LOMLOE ha creado una evaluación diagnóstica en 4º de EP. Todo el trabajo pedagógico de los centros escolares y de los profesores, en esta etapa, deberá procurar la integración de las distintas experiencias, ritmos y aprendizajes del alumnado, con una perspectiva global y teniendo en cuenta los distintos espacios formales, no formales e informales donde se desarrolla el procedimiento enseñanza-aprendizaje, además de dedicar una parte del horario lectivo a proyectos significativos y a la resolución colaborativa de problemas. Según el Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria, en su artículo 11, el currículo de la etapa de Primaria está compuesto por los siguientes elementos: el conjunto de objetivos de cada enseñanza o etapa educativa; las competencias o capacidades para aplicar los contenidos (a ejercicios, a casos prácticos o a situaciones de aprendizaje de la vida real, por ejemplo); los contenidos o conjuntos de conocimientos, enunciados en forma de saberes básicos (que son conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de un área o ámbito y cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas); las metodologías didácticas (o 27
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