¡Descarga mapa sobre la contabilidad y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Contabilidad solo en Docsity! Art. 12. Realización. Solo pueden reconocerse
hechos económicos realizados. Se entiende
que un hecho económico se ha realizado
cuando quiera que pueda comprobarse que,
como consecuencia de transacciones o
eventos pasados,
económico tiene o tendrá un beneficio o un
sacrificio económico. Art. 13. Asociación. Se
deben asociar con los ingresos devengados en
cada período los costos y gastos incurridos
para producir tales ingresos, registrando unos
y otros simultáneamente en las cuentas de
resultados.
Art. 14. Mantenimiento del patrimonio. Se
entiende que un ente económico obtiene
utilidad, o excedentes, en un período
únicamente después de que su patrimonio al
ricio del mismo, excluidas las transferencias de
ecursos a otros entes realizadas conforme a la
ey, haya sido mantenido o recuperado.Art. 15.
Revelación plena. El ente económico debe
1formar en forma completa, aunque resumida,
todo aquello que sea necesario para
comprender y evaluar correctamente su
situación financiera, los cambios que esta
hubiere experimentado, los cambios en el
atrimonio, el resultado de sus operaciones y s
capacidad para generar flujos futuros de
efectivo.
Art. 90. Período. El ente económico debe preparar
y difundir periódicamente estados financieros,
durante su existencia.Art. 10. Valuación o
medición. Tanto los recursos como los hechos
económicos que los afecten deben ser
apropiadamente cuantificados en términos de la
unidad de medida.Art. 11. Esencia sobre forma.
Los recursos y hechos económicos deben ser
reconocidos y revelados de acuerdo con su
esencia o realidad económica y no únicamente en
su forma legal.
internos o externos, el ente
Art. 50. Definición. Las normas básicas son el
conjunto de postulados, conceptos y limitaciones,
que fundamentan y circunscriben la información Normas básicas (Decreto 2649/93 Capitulo l1l
art.5a18)
contable, con el fin de que esta goce de las
cualidades indicadas en el articulo anterior. Las
Normas Básicas son:
Art. 16. Importancia relativa o materialidad. El
reconocimiento y presentación de los hechos
económicos debe hacerse de acuerdo con su
importancia relativa.Art. 17. Prudencia. Cuando
quiera que existan dificultades para medir de
manera confiable y verificarle un hecho económico
realizado, se debe optar por registrar la alternativa
que tenga menos probabilidades de sobreestimar
los activos y los ingresos, o de subestimar los
pasivos y los gastos. Art. 18. Características y
practicas de cada actividad. Procurando en todo
caso la satisfacción de las cualidades de la
información, la contabilidad debe diseñarse
teniendo en cuenta las limitaciones
razonablemente impuestas por las características
y practicas de cada actividad, tales como la
naturaleza de sus operaciones, su ubicación
geográfica, su desarrollo social, económico y
tecnológico.
Art. 3o. Objetivos básicos. La información
contable debe servir fundamentalmente para: 1.
Conocer y demostrar los recursos controlados
por un ente económico, las obligaciones que
tenga de transferir recursos a otros entes, los
cambios que hubieren experimentado tales
recursos y el resultado obtenido en el período. 2.
Predecir flujos de efectivo. 3. Apoyar a los
administradores en la planeación, organización y
dirección de los negocios. 4. Tomar decisiones en
materia de inversiones y crédito. 5. Evaluar la
gestión de los administradores del ente
económico. 6. Ejercer control sobre las
operaciones del ente económico. 7. Fundamenta!
la determinación de cargas tributarias, precios y
tarifas. 8. Ayudar a la conformación de la
información estadística nacional, y 9. Contribuir
a la evaluación del beneficio o impacto social que
la actividad económica de un ente represente
ARTICULO 48. <CONFORMIDAD DE
LIBROS Y PAPELES DEL COMERCIANTE A
LAS NORMAS COMERCIALES - MEDIOS
PARA EL ASIENTO DE OPERACIONES>.
Todo comerciante conformará su
contabilidad, libros, registros contables
inventarios y estados financieros en
ARTICULO 19. <OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES>. Es
obligación de todo comerciante: 1) Matricularse en el
registro mercantil; 2) Inscribir en el registro mercantil todos
los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley
exija esa formalidad; 3) Llevar contabilidad regular de sus
negocios conforme a las prescripciones legales; 4) general, a las disposiciones de este
Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás Código y demás normas sobre la
documentos relacionados con sus negocios o actividades; 5) materia. Dichas normas podrán autoriza
Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago el uso de sistemas que, como la
corriente de sus obligaciones mercantiles, y 6) Abstenerse microfilmación, faciliten la guarda de s
de ejecutar actos de competencia desleal. archivo y correspondencia.
Introducción a la Contabilidad (C. de Cio. art
19 y 48 numeral 3)
contabilidad
Objetivos básicos y Cualidades (Decreto 2649/93
Capítulo Il art. 3 y 4)
Art. 4o. Cualidades de la información
contable. Para poder satisfacer
adecuadamente sus objetivos, la información
contable debe ser comprensible y útil. En
ciertos casos se requiere, además, que la
información sea comparable. La información
es comprensible cuando es clara y fácil de
entender. La información es útil cuando es
pertinente y confiable. La información es
pertinente cuando posee valor de
realimentación, valor de predicción y es
oportuna. La información es confiable
cuando es neutral, verificable y en la medida
en la cual represente fielmente los hechos
económicos. La información es comparable
cuando ha sido preparada sobre bases
uniformes.
para la comunidad.