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Orientación Universidad
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mecanica en mantenimieto , soldadura, Exámenes de Mecánica

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Tipo: Exámenes

2019/2020

Subido el 28/11/2021

cristian-pineda-torres
cristian-pineda-torres 🇵🇪

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¡Descarga mecanica en mantenimieto , soldadura y más Exámenes en PDF de Mecánica solo en Docsity! SENATI DEL OBJETO DEL REGLAMENTO INTERNO, ALCANCE Y BASE LEGAL Artículo 01.- Delos objetivos del Reglamento Interno. ] El objetivo del Reglamento Interno es contribuir en el desarrollo integral de los estudiantes del SENATI, que contemple especialmente la adquisición de valores y principios que les permita una inserción positiva en la sociedad. [| Orientar el comportamiento de los estudiantes del SENAT! en las diversas actividades formativas e informar sobre sus deberes y responsabilidades, derechos y atribuciones, impedimentos y medidas disciplinarias. Artículo 02.- Del alcance del Reglamento Interno. El presente Reglamento Interno, tiene alcance a todo el personal del SENATI, principalmente a los que están vinculados directamente con la formación y es aplicable a los estudiantes de los diferentes niveles del programa de Formación Profesional. La lectura y cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente “Reglamento Interno” es de carácter obligatorio para todos los estudiantes del SENATI. Artículo 03.- De la Base Legal. Constitución Política del Perú. Decreto Ley N* 20151 Aprendiz aje en el sector Industria y Comercio. Ley del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (SENATI) N* 26272. Ley N* 29672 que autoriza al Servicio Nacional de Adiestramiento Industrial (SENATI) a otorgar Título a Nombre de la Nación. Decreto Supremo N* 008-2011-ED. Decreto Supremo N* 014-2011-ED. Reglamento del Sistema de Formación Profesional. SEN-DIRE-21 “Ciclo de Estudios Generales”. ACAD-P-22 “Ciclo de Profesionalización”. ACAD-P-23 “Titulación en los Programas de Formación Profesional”. Artículo 04.- Del glosario de términos. [| Formación Aprendizaje DUAL. El Aprendizaje Dual es una modalidad de formación profesional que se caracteriza por promover el aprendizaje práctico globalizado de los conocimientos y de las capacidades para el trabajo, alternando actividades formativas en un Centro o Escuela de Formación Profesional del SENATI con actividades de formación práctica en las unidades productivas de las empresas. [ Estudiante. Persona en formación, orientada a una realización humana, capaz de construir su proyecto de vida basado en: - Actuar de forma autónoma, con la conciencia clara de tomar la responsabilidad en relación consigo mismo, su dignidad y el valor de todos los seres humanos. - El desarrollo de sus capacidades para una vida profesional/laboral activa. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página :5 de 38 - Surelación con los demás, con grupos heterogéneos, como parte de una sociedad global cada vez más interdependiente. - El desarrollo sostenible y calidad educativa que le permita el uso de herramientas, adaptándolas a sus propios fines para interactuar efectivamente con el ambiente: tanto físicas como en la tecnología de la información y socioculturales como en el uso del lenguaje. - Una formación holística. [| Bolsa de Trabajo. Servicio posventa del SENAT!, que recibe ofertas y peticiones de trabajo, para poner en conocimiento y ubicar a los egresados. Participa con la implementación del banco de empresas colaboradoras. ¡cación/ Titulación. Reconocimiento formal y documentado por parte del SENATI, mediante certificado o título de acuerdo al nivel que corresponda al estudiante que ha cumplido con los requisitos académicos y aprobado las evaluaciones correspondientes. [ Ciclo de Estudios Generales. Etapa que tiene un objetivo propedéutico o preparatorio para el Ciclo de Profesionalización en una carrera profesional determinada. [ Ciclo de Profesionalización. Etapa en la que se desarrollan conocimientos y capacidades específicas para el trabajo, o competencias, de acuerdo a los requerimientos del perfil ocupacional de una carrera profesional determinada. [] El Contrato de Aprendizaje SENATI. Es un contrato sui géneris (no perteneciente a la esfera de los Contratos de Trabajo), instituido en el país a propuesta del SENATI desde 1963 y regulado por Decreto Ley 20151, que vincula al estudiante del SENATI con una empresa patrocinadora. El patrocinio de la empresa consiste en brindarle las oportunidades para el aprendizaje práctico en sus instalaciones productivas, facilitados por un trabajador designado por la empresa identificado como Monitor, contratar un seguro privado para cubrir los accidentes de trabajo del estudiante y otorgarle una asignación económica mensual no menor del 50% de la remuneración mínima vital, costos de ESSALUD y ONP. Este contrato es suscrito por la Empresa, el estudiante y el SENATI. [ Convenio de Colaboración Mutua SENATI - Empresa. Es un acuerdo, mediante el cual la empresa se compromete a brindar las facilidades para la utilización de sus instalaciones para el aprendizaje práctico del estudiante, ubicándolo en los procesos de producción o servicio y sin interrumpir las actividades normales de la empresa. La empresa colaboradora voluntariamente puede otorgar al estudiante una asignación económica mensual; los riesgos de accidentes personales son cubiertos por la póliza de seguro privado contratada por el SENAT!. Este Convenio es suscrito por la Empresa, el estudiante y el SENATI. [| Cuaderno de Informe Semanal. Cuaderno diseñado por el SENATI para que el estudiante efectúe diariamente anotaciones resumidas con relación a las tareas que realiza en la empresa y que permite comparar con respecto al avance y desarrollo del Plan Específico de Aprendizaje (PEA) en la empresa y CFP/UCP/Escuela de Formación Profesional. [| Formación Básica. Etapa en la que el estudiante desarrolla capacidades básicas de una carrera orientadas al desempeño en un puesto de trabajo, que facilitarán la continuidad de la formación práctica en las empresas. Se realiza en los talleres, laboratorios y aulas tecnológicas de los CFP/UCP/Escuela de Formación Profesional. [ Formación Específica. Etapa en la que el estudiante desarrolla su formación práctica en las empresas con asistencia al CFP/UCP/Escuela de Formación Profesional del SENATI para su formación o complementación tecnológica/práctica. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página :8 de 38 CAPITULO Il DE LA IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL Artículo 05.- Del SENATI. El Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial (SENATI) es una persona jurídica de derecho público, con autonomía técnica, pedagógica, administrativa y económica, con patrimonio propio, de gestión privada, no comprendida en el ámbito de aplicación de las normas del sistema administrativo del sector público, correspondiendo a su Consejo Nacional dictar el estatuto de organización y funciones, incluyendo normas de control que aseguren la correcta aplicación de los recursos que recaude o genere, que tiene por finalidad proporcionar formación profesional y capacitación a los trabajadores de las actividades productivas consideradas en la categoría D de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIU) de todas las actividades económicas de las Naciones Unidas (Revisión 3) y de todas las demás actividades industriales de instalación, reparación y mantenimiento contenidas en cualquier otra de las categorías de la misma clasificación El SENAT! otorga títulos a nombre de la Nación a los egresados de sus programas de formación profesional, según las normas vigentes. Artículo 06.- De la Política Institucional. La Política Institucional se encuentra publicada en la página web del SENATI: http://www.senati.edu.pe/nosotros/politica-institucional. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI (5) SENATI ACADÉMICO esco + ACADREGON REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página Versión :01 Fecha : 2018-03-05 : 9 de 38 Misión Visión Formar profesionales técnicos innovadores y altamente productivos. Liderar en América Latina, la excelencia en formación profesional tecnológica. A y * Integridad Hacer lo correcto en cualquier circunstancia. - Compromiso Responsabilidad para cumplir profesionalmente con lo ofrecido y alcanzar resultados de calidad. = Servicio Actitud de colaboración permanente con los clientes Va lores internos y externos, teniendo siempre presente la responsabilidad social de la Institución. = Disciplina Capacidad de actuar ordenadamente para conseguir un objetivo deseado, » Innovación y Creatividad Actitud proactiva al cambio y capacidad de generar nuevas ideas o conceptos, orientados a soluciones que agreguen valor. Acuerdo N” 156-2016 del Consejo Nacional del SENATI. a E La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 10 de 38 ¡INUTENN DEL SISTEMA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 08.- Definición. El Sistema de Formación Profesional del SENATI es el conjunto estructurado de actividades educativas organizadas con la finalidad de descubrir y desarrollar las aptitudes y capacidades humanas para una vida activa productiva y satisfactoria, mediante procesos de aprendizaje, investigación, innovación y transferencia tecnológica, orientados a proporcionar los conocimientos, habilidades, actitudes y valores necesarios para el desempeño de una ocupación profesional, de acuerdo a las demandas del mercado laboral y de los sectores productivos, teniendo presente al mismo tiempo las expectativas de realización personal, social, económica y cultural de los estudiantes. Artículo 09.- De los objetivos educativos de los Programas de Formación Profesional. Los objetivos educativos de los programas de formación profesional del SENATI se expresan en términos de capacidades específicas o competencias, entendiendo por competencia la capacidad humana para la realización eficaz y satisfactoria de una tarea o función productiva en una situación concreta. Esta capacidad de acción es resultante de la activación global e interactiva de los conocimientos, habilidades, actitudes y valores pertinentes, en función de un propósito concreto de la persona que actúa. De acuerdo al propósito inmediato de la persona, el SENATI ha identificado tres tipos de competencias que intervienen en la estructuración del perfil de competencias para el desempeño de una ocupación profesional. [| Competencias Técnicas o Específicas.- Conocimientos y capacidades directamente relacionadas con las tareas o funciones productivas. [| Competencias Metodológicas.- Conocimientos y capacidades para la comprensión, planeamiento e intervención operativa eficaz de las personas en una situación concreta. [ Competencias Personales y sociales.- Conocimientos, capacidades y actitudes para la relación armoniosa con otras personas en procura de propósitos comunes. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI E Código : ACAD-REG-01 ACADÉMICO 9 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE — [Página : 13 de 38 6 semestres (carreras nuevas y actualizadas) 8 semestres La matrícula es un acto formal y voluntario . Consiste en la inscripción o selección del bloque/cursos que desarrollará el estudiante en el semestre y haber cancelado el concepto de cuota de matrícula correspondiente. Este concepto no es sujeto de devolución. Sólo quienes hayan alcanzado en estricto orden de mérito una vacante de las ofertadas, entregarán los documentos personales, académicos y contratos de aprendizaje, al momento de la matrícula. La matrícula puede ser vía Web o presencial. Matrícula vía Web. Todos los estudiantes que son promovidos al siguiente semestre académico y no tienen deuda con la institución podrán efectuar su matrícula web, haciendo uso del ID y contraseña. Matrícula presencial. Para los estudiantes ingresantes o regulares que no efectuaron la matrícula vía web en las fechas establecidas, re ingresantes, repitentes, traslados, cambios de carrera, etc. acudirán a su CFP/UCP/Escuela a realizar su matrícula. Si el estudiante no se matricula oportunamente de acuerdo al cronograma establecido por el SENATI, perderá la vacante para ese periodo académico y estará sujeto a la disponibilidad de vacantes. Concluido el proceso de matrícula, la secretaría académica ejecuta supervisiones al proceso con la finalidad de corregir desviaciones o errores y sugerir mejoras. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 14 de 38 Los admitidos para matricularse al Ciclo de Estudios Generales deberán presentar los siguientes requisitos: - Haber sido admitido en cualquiera de las modalidades de admisión y haber alcanzado la vacante a la que postule de acuerdo al orden de mérito y disponibilidad - Certificado de estudios de educación secundaria completa Original, con una vigencia no mayor a dos años de su expedición. - Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Carné de Extranjería. - Constancia de ingreso. - Ficha única del participante. - Original y copia del voucher del Pago de Matrícula. - Contrato de Aprendizaje, si es el caso (por triplicado) firmado por la empresa patrocinadora. - Dos fotografías recientes tamaño carnet a color. - Certificado de salud (ESSALUD, Ministerio de Salud, Clínicas y/o Centros Médicos particulares). - Declaración jurada de salud. - Certificado de antecedentes policiales para mayores de 18 años o de conducta para menores de edad. El SENATI cumple con lo dispuesto por la Ley N” 29947, Ley de Protección a la economía familiar respecto del pago de pensiones en instituciones de Formación Profesional. Asimismo, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley N” 29733, Ley de Protección de Datos Personales, los datos personales y datos sensibles proporcionados por los estudiantes serán incluidos en el Banco de Datos Personales “Alumnos” y Banco de Datos Personales “Egresados”, ambos de titularidad del SENATI, y serán tratados por la institución con el propósito de brindar información, ofrecer sus productos y servicios para fines comerciales que puedan ser de su interés, para la gestión académica y financiera del producto o servicio contratado, a efectos de dar cumplimiento a las obligaciones contraídas; así como el envío de información de los resultados del rendimiento académico a solicitud de sus tutores, apoderado y/o patrocinadores; para la particip ación en pasantías, becas y concursos u otras actividades educativas relacionadas con el producto o servicio contratado; así mismo para la elaboración de materiales de publicidad, materiales didácticos e instructivos. El SENATTI garantiza que los datos personales serán tratados de forma estrictamente confidencial y respetando las medidas de seguridad dispuestas en la Ley N” 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 003-2013-JUS. Artículo 15.- Del Ciclo de Estudios Generales/ Semestre 1. Este Ciclo tiene un objetivo propedéutico o preparatorio para el Ciclo de Profesionalización en una carrera profesional determinada. En el Ciclo de Estudios Generales se desarrollan las siguientes áreas. - Ciencias Básicas. - Idioma Inglés. - Alfabetización Digital. - Habilidades metódicas. - Módulos de carrera (S1). Los cursos del área de Ciencias Básicas y/o Módulos de carrera, deben ser obligatoriamente aprobados para que el estudiante pueda continuar el Ciclo de Profesionaliz ación. Los estudiantes que no aprueben alguna otra área tendrán opción a desarrollarlo como curso a cargo, siendo obligatorio aprobarlo antes de ser promovidos a la formación específica. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 15 de 38 Artículo 16.- Del Ciclo de Profesionalización. La profesionalización tiene por objetivo, desarrollar conocimientos y capacidades específicas para el trabajo o competencias, de acuerdo a los requerimientos del perfil ocupacional de una carrera profesional determinada. Los contenidos a desarrollar son los referidos a los conocimientos, habilidades, actitudes y valores correspondientes a las tareas de una determinada área de responsabilidad o puesto de trabajo, organizados en forma de experiencias de aprendizaje práctico, en situaciones reales de trabajo o similares a la realidad productiva, de acuerdo al perfil ocupacional y al perfil de competencias de la carrera profesional. Los requisitos para iniciar la profesionaliz ación son los siguientes. - Haber aprobado como mínimo todos los cursos del Área de Ciencias Básicas / Módulos de carrera (S1) del Ciclo de Estudios Generales. - Pago de derechos de enseñanza o contrato de aprendizaje (De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley N* 20151). - Para la formación específica debe contar con una empresa para su formación práctica mediante el contrato de aprendizaje o Convenio de Colaboración Mutua. - Presentar a la empresa donde realizará la formación práctica el Plan Específico de Aprendizaje (PEA), este documento será proporcionado por el Centro de Formación. La modalidad operativa en el Ciclo de Profesionalización es la formación en talleres, laboratorios y aulas tecnológicas (ambientes de aprendizaje) de los Centros de Formación Profesional, por jornadas de trabajo, con un instructor por grupo de aprendizaje, así como el aprendizaje práctico en unidades de producción, mediante el sistema dual SENATI-EMPRESA, a través de Contratos de Aprendizaje, Convenios de Colaboración Mutua SENATI-EMPRESA o Convenios de Aprendizaje. Artículo 17.- De las cargas académicas. La carga académica del estudiante es la suma de las horas académicas correspondientes a los módulos formativos/cursos de la estructura curricular vigente de la carrera y semestre que esté matriculado. La carga académica se regula por las siguientes disposiciones: 1. El estudiante debe matricularse en el total de los módulos formativos/cursos de la estructura curricular vigente y correspondiente a un semestre académico. 2. El estudiante que desaprueba por primera vez los cursos de las áreas de idiomas, alfabetización digital y habilidades metódicas del primer semestre, debe matricularse en el semestre de Formación Básica y en los cursos desaprobados, realizando el pago correspondiente por curso a cargo. 3. El estudiante no puede matricularse en el semestre de Formación Específica sin antes haber aprobado todas los módulos formativos de la carrera de la Formación Básica/Formación en Centro y los cursos del primer semestre. Artículo 18.- De la asistencia y la puntualidad a las actividades formativas. 1. La asistencia a las actividades formativas en los ambientes de aprendiz aje del SENATI y empresa de Formación Prácticas es obligatoria. 2. El Instructor tomará asistencia a cada sesión haciendo uso del “Registro de Asistencia y Evaluación”. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI Para el caso de alumnos que deseen elevar el promedio final, habiendo aprobado el curso, puede rendir la prueba de subsanación, y la nota obtenida reemplazará la nota anterior. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código: AGAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 18 de 38 Escala de calificaci La escala de calificación a utilizar, en el SINFO-SENATI, es la vigesimal (de O a 20). Esta escala es denominada Estándar y se aplica a todos los módulos/cursos que se desarrollan. Se consideran las notas expresadas en números enteros, con redondeo al entero más cercano con un único decimal. La nota mínima aprobatoria es de 10,5. La correspondencia entre la escala estándar cuantitativa y la escala cualitativa es la siguiente: CUANTITATIVA CUALITATIVA CONDICION 16,8 - 20,0 Excelente 13,7 - 16,7 Bueno Aprobado 10,5 - 13,6 Aceptable 00 - 10,4 Deficiente Desaprobado Artículo 20.- Condiciones de aprobación! Promoción/Matricula. Finalizado el semestre y pasada las notas al Historial Académico, se tienen las siguientes condiciones: 1. Aprobado: Cuando se aprueba todos los cursos del semestre matriculado. son promovidos al siguiente semestre y se matricula vía web. El alumno debe de realizar los pagos correspondientes al presente semestre. 2. Aprobado con Curso a Cargo: Cuando se aprueba todos los cursos de carrera y desaprueba los complementarios/ transversales son promovidos al siguiente semestre, se matriculan vía Web y deben matricularse en los cursos a cargo antes de culminar su carrera. El alumno debe de realizar los pagos correspondientes al semestre en curso, además del pago por los cursos a cargo de acuerdo a la tarifa vigente. 3. Desaprobado: Cuando desaprueban los cursos obligatorios/de carrera, no son promovidos al siguiente semestre y deben de volver a matricularse en el todos los cursos del semestre repetido. El alumno debe de realizar los pagos correspondientes al presente semestre. 4. Para el caso de los Administradores y Técnicos Industriales, el desaprobado sólo se matricula en los cursos desaprobados. El pago corresponde sólo a los cursos a cargo. Todos los alumnos que se matriculan deben efectuar los pagos correspondientes al semestre vigente. Por ningún motivo procede la devolución de dinero por concepto de matrícula. Artículo 21.- Cumplimiento de pagos. Los pagos se deben realizar de acuerdo al cronograma de pagos establecido para cada semestre. En el caso de incumplimiento: [El sistema colocará automáticamente en la cuenta corriente del alumno restricciones que impera: Ver calificaciones parciales/finales, solicitar constancias y/o certificados de estudios, impedirá la matrícula a otros programas académicos. [Sólo para deuda de cuotas mensuales, se cursará una carta de compromiso para el cumplimiento de pago dentro del semestre lectivo. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 19 de 38 Artículo 22.- De la Certificación y Titulación. El proceso de Certificación es para dejar constancia por escrito a los estudiantes que participan en las diferentes actividades académicas como estudiantes matriculados en un Programa del Sistema de Formación Profesional. El SENATI, expide documentos oficiales: Constancias (Constancia de Estudios, de Notas etc.), Certificado de Estudios, Certificado de Aprobación de Curso/Módulo, Certificado de Calificación Profesional y Título a Nombre de la Nación. El título a Nombre de la Nación es el documento que otorga el SENATI a un egresado declarando que ha concluido satisfactoriamente un Programa del Sistema de Formación Profesional Instituido por el SENATI. Para la emisión del Título a Nombre de la Nación, el egresado debe haber aprobado todos los cursos, módulos y créditos (Malla curricular) de la Carrera Profesional seguida, así como la sustentación del Proyecto de Innovación y/o Mejora. El estudiante debe de revisar semestralmente su malla curricular en el SINFO SENATI. El SENATT! otorga títulos a Nombre de la Nación, con mención a una carrera del Catálogo de Carreras de Formación Profesional, de acuerdo al nivel de Calificación: - Título de Técnico Operativo. El egresado debe aprobar como mínimo 120 créditos. - Título de Profesional Técnico. El egresado debe aprobar como mínimo 180 créditos. - Título de Profesional. El egresado debe aprobar como mínimo 240 créditos. (TR DE LOS DEBERES Y RESPONSABILIDADES. Artículo 22.- De la presentación personal en el SENATI. Una correcta presentación, sobria y limpia es una manera de expresar respeto hacia uno mismo y hacia los demás. Son deberes y responsabilidades del estudiante. 1. Asistir al SENATI correctamente vestido sin portar prendas ajenas al uniforme oficial. 2. Identificarse con su Carné de Estudiante al ingresar al SENAT!I y portarlo en un lugar visible durante su permanencia en las instalaciones de la institución. 3. Los varones deberán mantener el cabello aseado y peinado. Usará zapatos color negro lustrados. . Las damas llevarán el cabello sujetado y recogido. 5. Como medida de seguridad e higiene, en los talleres, las damas usarán una redecilla en la cabeza, collete y ganchos. 6. Llevar el uniforme adecuadamente, con orden y limpieza. La parte inferior de la camisa o blusa, debe mantenerse en el interior del pantalón. a La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 1. Deben ingresar puntualmente a los ambientes de aprendizaje, con la indumentaria adecuada. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE — [Página :22de 38 2. DAIDNA o 10. 11 12 13. 14. 15. . No deben salir de las aulas, talleres o laboratorios sin el permiso del Instructor. 17. 18. 19. 20. Deben Deben cumplir permanentemente con las normas de seguridad e higiene ocupacional. Deben hacer uso de los tachos ecológicos y clasificar los residuos. Participar activamente durante las clases, con el fin de lograr aprendizajes. Cumplir con las actividades o tareas que se le asigne y en el tiempo previsto. Dar cuenta de sus inasistencias y/o ausencias oportunamente tanto al Instructor como al Tutor Estudiantil dentro del período establecido (máximo 48 horas después). Comunicar los cambios de dirección de su empresa de Formación Práctica y/o patrocinadora, en el momento oportuno. A los aprendices que estén realizando su Formación Práctica, les está prohibido cambiarse de empresa sin la presentación de la carta de agradecimiento a la empresa (ver modelo en el Cuaderno de Informe), autorización del Especialista de seguimiento a su cargo. El incumplimiento se considerará como inasistencias injustificadas aquellos días en los que el SENATI no sabe del cambio. Se tomará en cuenta si alcanza el derecho a ser considerado apto para los exámenes finales del semestre. Durante la Formación Práctica en la empresa, el estudiante debe usar el mameluco (SENATI), salvo que la empresa le proporcione la ropa de trabajo. Evitar el uso de joyas, juegos electrónicos, equipos musicales portátiles u otros como: cámaras fotográficas y de video. Cumplir con el Manual y/o Reglamento interno de la empresa y disposiciones del SENATI. Realizar sus evaluaciones y/o asignaciones de manera personal de modo que reflejen los conocimientos adquiridos. Se sancionará estrictamente cualquier indicio de copiar o cometer fraude. No deben ingresar a las aulas, talleres o laboratorios portando alimentos o bebidas. No usar celulares o equipos de audio durante el desarrollo de la clase o de una actividad de formación. Solucionar sus conflictos a partir de la práctica de NO A LA VIOLENCIA, empleando el entendimiento, el diálogo y fundamentándolo por la fuerza de la verdad y siguiendo los conductos regulares. No practicar actos de discriminación, comercio, usura o transacción económica con sus compañeros o personal de la Institución. Practicar permanentemente el ejercicio responsable y autónomo de los valores morales, e institucionales. Artículo 26.- Del cuidado de las prendas de vestir y objetos de su propiedad. Los estudiantes deberán tomar las medidas pertinentes para el cuidado de sus prendas de vestir, así como objetos de valor u otros, puesto que el SENATI no se responsabiliza, bajo ningún caso, de la pérdida de prendas de vestir y objetos personales. Artículo 27.- Del seguro en caso de accidentes. Por la naturaleza de las actividades formativas, El SENATI a través del seguro brinda coberturas a estudiantes contra el riesgo de accidentes dentro y fuera del centro de estudios. La cobertura está activa al 100% desde el primer día de clase y para contar con este beneficio el alumno debe tener obligatoriamente matrícula vigente. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 23 de 38 Artículo 28.- De la carpeta del estudiante. La carpeta del estudiante comprende toda la información personal y académica del estudiante (requisitos exigidos en el proceso de Admisión) y es administrado por el Asistente Académico/Administrativo durante su permanencia en el Centro o Escuela de Formación Profesional. La custodia y confidencialidad es responsabilidad del Jefe de la oficina de Registro Central o quien haga sus veces. DE LOS DERECHOS Y ATRIBUCIONES DEL ESTUDIANTE. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 26 de 38 deberá proceder conforme a lo establecido en la Ley N* 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, su Reglamento y demás normas conexas. Artículo 32.- De la reanudación de los estudios. " Artículo 33.- De la reserva de la matrícula. La solicitud de reserva de vacante, se presenta en los siguientes casos: - Enfermedad comprobada. - Cierre de empresa de formación práctica. - Participación en eventos deportivos a nivel de selecciones nacionales. - Servicio Militar. La solicitud de reserva de matrícula es presentada al Director Zonal/Jefe de CFP/UCP/Escuela, adjuntando los documentos originales probatorios, quien analiza y resuelve al respecto. Los estudiantes con reserva de vacante deben ser registrados en el SINFO-SENAT!I. Los estudiantes patrocinados con reserva de matrícula gestionada y aceptada, al volver a matricularse deben gestionar un nuevo contrato de Aprendizaje. Artículo 34.- De los desaprobados. Los estudiantes que desaprueban el semestre, presentarán una solicitud al Director Zonal/Jefe de CFP/UCP/Escuela., pidiendo matrícula como repitente. El pedido se analiza considerando puestos de trabajo, vacantes disponibles y si hay la factibilidad, se procede a la matrícula. Los estudiantes que desaprueban un semestre pierden su condición de patrocinado, hasta aprobar el semestre correspondiente, el cual lo realizarán en condición de pagante. Para retomar su condición de patrocinado tendrá que gestionar un nuevo Contrato de Aprendizaje. Los estudiantes que desarrollen cursos a cargo (Complementarios/Transversales), deberán realizar los pagos correspondientes por curso a cargo de acuerdo a la tarifa vigente. Los patrocinados que La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 27 de 38 desarrollen cursos a cargo (Complementarios/Transversales) continuarán en condición de patrocinados; sin embargo, deberán pagar el costo de los cursos a cargo. Artículo 35.- De los retiros. La solicitud de retiro es presentada por los estudiantes que habiendo efectuado el proceso de matrícula solicitan al Director Zonal/Jefe de CFP/UCP/Escuela. No continuar sus estudios y la anulación de sus cuotas pendientes de pago. Para que proceda la solicitud de retiro, el Jefe de CFP/UCP/Escuela/tutor estudiantil, debe agotar la determinación de las causas que motivan la decisión del estudiante y brindarle todas las posibilidades de apoyo institucional; de continuar con dicha decisión se procederá con el registro en el sistema, el estudiante cancelará el total correspondiente a los servicios recibidos hasta la fecha del vencimiento de la cuota, (de acuerdo a lo estipulado en la política de cobranzas publicada en el SINFO). En caso que el estudiante tenga Contrato de Aprendizaje y solicite su retiro, por causas justificadas, cuando reingrese se le atenderá sin perder los beneficios del Contrato de Aprendizaje. En este caso el estudiante debe tramitar un nuevo contrato de aprendizaje. El estudiante no puede retirarse del semestre más de dos veces en forma consecutiva ni más de cuatro veces en forma alterna. Los retiros autorizados se registran en el SINFO-SENATI. Artículo 36.- De los traslados de Sede. 1. Los estudiantes pueden solicitar cambio de Sede de estudios. 2. La solicitud se presenta a la Dirección Zonal de origen, anexando a la solicitud los certificados de notas de los semestres que corresponda y constancia de no tener deudas pendientes con el SENATI. 3. La solicitud es analizada en coordinación entre la Dirección Zonal de origen y la Dirección Zonal de destino, las cuales resuelven al respecto considerando la disponibilidad de vacantes. Artículo 37.- De la segunda Carrera. Los estudiantes que han concluido satisfactoriamente una Carrera y que deseen calificarse en otra Carrera pueden solicitar su matrícula, cumpliendo los siguientes requisitos: - Copia del Certificado de Calificación Profesional o Título Profesional. - No tener deudas pendientes con la institución. - Otros requisitos de acuerdo a las exigencias y requisitos de cada Programa. - Convalidación y reconocimiento de los cursos transversales. - Si existe la vacante se procederá a la matrícula. Artículo 38.- Del cambio de Carrera. Los estudiantes deben presentar una solicitud al Director Zonal o Jefe de CFP/UCP/Escuela, explicando las razones fundamentadas para cambiar de Carrera, el Director Zonal o Jefe de CFP/UCP/Escuela con participación /opinión de especialistas resuelve cada caso, teniendo en cuenta las convalidaciones posibles y el cumplimiento de las estructuras curriculares vigentes (Plan de Estudios). En los casos de 2da Carrera o cambio de Carrera, se convalidan los cursos transversales desarrollados y que figuran en las estructuras curriculares vigentes. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 28 de 38 Artículo 39.- Del abandono de estudios. Están considerados los estudiantes que se retiran sin comunicar ni realizar las gestiones correspondientes. Los casos de abandono son los siguientes: - Estudiantes que se encuentran aptos para matricularse en el periodo vigente y no efectúan su matrícula, - Estudiantes que habiéndose matriculado dejan de asistir a las actividades académicas sin efectuar la solicitud de retiro. En estos casos el Jefe de CFP/UCP/Escuela, con el apoyo del Tutor, debe verificar el motivo del abandono a sus estudios y permitirle todas las facilidades del SENAT! para que el estudiante desista de esta decisión y que pueda culminar sus estudios en el SENAT!. Para ambos casos se aplican procedimientos y políticas vigentes, las cuales deben ser aplicadas por los responsables de las áreas correspondientes, en función de la información oportuna que deben suministrar los instructores (control de asistencia). El máximo tiempo permitido para reanudar los procesos de la Formación Profesional es de tres años, cumpliendo con todas las responsabilidades administrativas y académicas. Para ello, los estudiantes deben presentar una solicitud dirigida al Director Zonal, Jefe de CFP/UCP/Escuela. , según corresponda, adjuntando los requisitos exigidos. Artículo 40.- Del uso de los sistemas de información del SENATI. El área de Sistemas del SENAT! pone a disposición de los estudiantes el sistema académico SINFO — SENATI, correo electrónico, aula virtual, entre otros. El SENATI asigna a sus estudiantes una cuenta individual o ID, este le permitirá el ingreso personalizado a los diferentes sistemas de información que brinda SENATI, los estudiantes son responsables de mantener el carácter privado y personal de las cuentas asignadas, contraseñas (clave secreta) y asumen la responsabilidad total de las acciones realizadas con dichas cuentas. La vigencia del ID es por el tiempo que dure la formación profesional del estudiante. La Norma de Seguridad establece períodos de duración de las contraseñas cuyas fechas de expiración se informan con la debida anticipación. El SENATI ofrece información a sus estudiantes a través del Sistema Académico Banner, denominado SINFO-SENATI. Por ello, es responsabilidad de los estudiantes atender y verificar periódicamente la autenticidad de la información y, si es el caso, notificar al Jefe de CFP/UCP/Escuela cualquier error que detecten. No utilizar, bajo ninguna circunstancia, el correo electrónico para enviar mensajes con contenido comercial o publicitario, indecente, ofensivo y/o inmoral. El estudiante que sospeche que su clave secreta es conocida o que ha sido empleada por otra persona, debe cambiarla inmediatamente, de no ser así, es responsable del mal uso que pudiera realizarse con su clave secreta por otra persona. Para todos los efectos reglamentarios, se considera que el estudiante está debidamente notificado desde el momento en que ingresa al sistema académico y tiene la opción de acceder a toda la información que se ha registrado. Es responsabilidad del estudiante atender a dichas notificaciones a fin de evitar dificultades posteriores en el uso de los servicios de red (sistema académico, correo electrónico, Aula Virtual, entre otros). La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE — [Página :31de 38 10. Fomentar o contribuir con el uso de cadenas de correo electrónico y el mal uso de las redes sociales que afecten la imagen institucional (videos y fotos en donde se les aprecie vistiendo el uniforme de la institución). 11. Cuando se suplanta a otra persona en el uso del correo electrónico 12. Incumplir obligaciones y/o deberes establecidos en el presente Reglamento u otras normas del SENATI, que no revistan gravedad. Artículo 43.- De las faltas graves. » 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. Reincidir en las faltas leves. Ingerir bebidas alcohólicas o ingresar con síntomas de ebriedad al SENAT!. Fumar cigarrillos u otras sustancias, dentro de las aulas, talleres o en cualquier otro ambiente del SENATI. Mantener relaciones sexuales o realizar actos contra el pudor en cualquier ambiente de las instalaciones del SENATI. Faltar el respeto a los símbolos patrios. Utilizar dentro o fuera del SENAT! el nombre de la institución para realizar actividades particulares con o sin fines de lucro. Usar dentro o fuera de la institución el nombre del SENAT! o cualquiera de sus emblemas sin autorización. Participar activamente en una riña o pelea dentro del SENATI, o fuera de la institución portando el uniforme. Practicar o propiciar juegos de azar o aquellos en los que se apueste dinero o especies. Fomentar o participar en manifestaciones o disturbios que impidan a la institución el normal desarrollo de las actividades programadas. Instigar a sus compañeros u otros estudiantes a no ingresar a las aulas, talleres u otros ambientes, con el propósito de alterar el desarrollo de las actividades programadas. Ingresar a la institución bebidas alcohólicas o drogas. Comercializar o consumir bebidas alcohólicas o drogas. Presentar signos de ebriedad o estar bajo efecto de drogas. Distribuir revistas, folletos u otros bienes que perturben el normal desarrollo de las actividades académicas. Publicar leyendas, avisos, recortes o caricaturas sin autorización. Desarrollar propaganda política o partidaria. Realizar intercambios comerciales ya sea con dinero o en especie con el personal de la institución o con otros participantes. Difamar, injuriar, calumniar o propiciar actos de violencia contra los estudiantes o personal del SENATT! y/o de la empresa patrocinadora. Deteriorar intencionalmente las instalaciones, los muebles, paredes y ambientes de la institución, o realizar cualquier tipo de inscripción en dichos bienes. Faltar el respeto o burlarse del personal del SENATI. Tomar sin autorización el nombre de cualquier trabajador del SENATI para la realización de cualquier acto. Negar su identificación con su camé, usar otro para identificarse o prestar el suyo para fines que impliquen fraude o daño en perjuicio de la institución. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE — [Página :32 de 38 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. 31. 32. 33. 37. 38. 39. 40. 41. 42. 43. 45. 46. 47. 48. Ocasionar intencionalmente daño al compañero de estudios, instructor (físico y/o psicológico) o/a los bienes del SENAT! y/o empresa de formación práctica. Evadirse del SENAT!I y/o empresa de formación práctica, burlando la vigilancia. Sustraer indebidamente bienes de la institución, empresa de formación práctica, a compañeros o terceras personas. Opinar a nombre del SENATI sin autorización a través de cualquier medio de comunicación. Mantener relaciones sentimentales con sus Instructores. Esta falta, también constituye falta grave para el Instructor. Realizar actos reñidos con la moral y las buenas costumbres. (propiciar actos obscenos o sexuales en las instalaciones de SENAT!)). Realizar hostigamiento sexual a compañeros/as de estudios, instructores, o personal administrativo del SENATI. Incitar o participar reiteradamente de cualquier forma de maltrato físico, verbal y psicológico entre estudiantes, incluido en las redes sociales. Hacer reclamos en forma violenta. Falsificar firmas, documentos y/o hacer uso de un documento falso o falsificado como si fuese legítimo. . La ejecución de delitos dolosos en flagrancia dentro del SENATI. 35. 36. Proporcionar información falsa en la carpeta personal (Direcciones, teléfonos). La ejecución de delitos dolosos, fuera del SENAT!I que afecten el prestigio institucional o potencialmente la seguridad dentro del SENAT!I. El uso del uniforme en lugares públicos en estado inapropiado, como estar libando bebidas alcohólicas o estar bajo los efectos de éstas u otras drogas. Destruir, sustraer o alterar la información de los sistemas de la institución. Acceder a la información de los sistemas de la institución sin autorización correspondiente o vulnerando contraseñas o códigos de acceso. Utilizar los sistemas de información de la institución para dañar la imagen, el honor o el patrimonio de la institución, de sus miembros o de terceros. Usar un usuario y clave secreta ajena en los sistemas de información. Proporcionar a otra persona la clave secreta propia. Usar de manera indebida el correo electrónico, propio o ajeno, enviando mensajes de tipo insultante, malévolo, inútil, engañoso, fraudulento, proselitista, soez, difamatorio o que atente contra la moral. . Colaborar, simular, participar, reemplazar y/o suplantar de manera consciente a otras personas (estudiantes) o dejarse reemplazar en las actividades propias de la formación profesional. Copiar o dejar copiar en las evaluaciones. Ofrecer dinero o algún otro merecimiento a los instructores u otro personal del SENATI para superar evaluaciones u otras actividades académicas. Uso indebido del correo electrónico los siguientes casos: O Cuando se usa una clave secreta ajena. O Cuando se hace conocer a otra persona la clave secreta propia. O Cuando se envía mediante el correo electrónico mensajes o información ajenos a la formación académica personal y profesional del estudiante. Efectuar comentarios o alegar hechos falsos a través de las redes sociales y/o cualquier canal de comunicación en internet, en contra de la institución y/o autoridades del SENATI que afecten su buena imagen y de la institución. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 33 de 38 49. Incumplir obligaciones y/o deberes establecidos en el presente Reglamento u otras normas del SENATI, que revistan gravedad. CAPÍTULO IX DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS Artículo 44.- De la finalidad. La finalidad de las medidas disciplinarias es evitar la repetición de las faltas, desarrollar capacidades personales y sociales, las cuales se originan por no observar los deberes y obligaciones que ponen en riesgo o no permiten el desarrollo eficiente de la formación y el ejercicio de los derechos del estudiante. Teniendo en cuenta que toda sanción debe ser Reflexiva (para que recapacite sobre la falta y evitar reincidir), Formativa (puesto que está en proceso de aprendizaje y autodisciplina) y Pedagógica (aprender del error). Artículo 45.- De las sanciones. Teniendo en cuenta que el fin de toda medida disciplinaria es corregir, educar y formar, la primera acción que debería llevarse a cabo es dialogar, orientando hacia un cambio en la conducta, si es necesario se deriva al Comité de Disciplina. Las sanciones se aplican para mantener la disciplina y el orden en el proceso formativo y serán discrecionalmente determinadas por el Director Zonal en base al informe del Comité de Disciplina, para cada caso concreto, estas medidas son: 1. Amonestación verbal con conocimiento del padre o apoderado, y/o empresa de formación práctica. 2. Amonestación escrita con conocimiento del padre o apoderado, y/o empresa de formación práctica. 3. Condicionalidad de matrícula (Compromiso firmado por los padres). 4. Suspensión de asistencia al SENAT!I por un semestre. 5. Resolución del contrato de aprendizaje o el Convenio de Colaboración Mutua. 6. Expulsión. En el caso de la expulsión el estudiante queda impedido de reingresar a la institución a través de cualquiera de las Direcciones Zonales del SENATI en todo el ámbito nacional y a cualquiera de sus programas/modalidades. Las sanciones son emitidas por el Director Zonal mediante Carta de comunicación de sanción, el Jefe de CFP/UCP/Escuela quien preside el comité de disciplina, solicitará al Centro Único de Soporte al Usuario el registro de la sanción en el SINFO-SENATI. Las sanciones se aplican luego de verificada y comprobada la falta, respetando el derecho de defensa del interesado. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI 6 SENATI ACADÉMICO Código : ACAD-REG-01 Versión :01 Fecha : 2018-03-05 REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE [Página : 36 de 38 (UTE DE LA INSPECCIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA Artículo 47.- De la seguridad integral. El SENATTI cuenta con personal de seguridad integral, servicio de vigilancia y control para proteger contra todo riesgo a los clientes internos, clientes externos y los bienes de la institución. Sus funciones son: - Controlar el ingreso y salida de los estudiantes correctamente uniformados, y del público en general vestidos formalmente según el caso. - Revisar los maletines, paquetes y vehículos que ingresen o abandonen el SENATI, según normas internas. - Controlar el horario de ingreso y salida de los alumnos. - Retener el carné de los alumnos en casos de observar conductas que infrinjan las normas. CAl ULO XI DE LA ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO Artículo 48.- De la actualización del Reglamento Interno. El Reglamento Interno será objeto de revisión y actualización cuando sea necesaria y estará bajo la responsabilidad de la Gerencia Académica. Esta actualización se realizará de acuerdo a la necesidad de incorporar derechos o deberes no considerados, así como faltas y sanciones no previstas. Cualquier aspecto no previsto en el presente Reglamento Interno será tratado de manera excepcional por el Jefe de CFP/UCP/Escuela y el Comité de Disciplina, en última instancia por el Director Zonal correspondiente. La versión vigente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI ACADÉMICO REGLAMENTO INTERNO DEL ESTUDIANTE Código Versión Fecha Página : ACAD-REG-01 :01 : 2018-03-05 : 37 de 38 6 SENÑAT ¿gente de este documento es la que se encuentra en la intranet del SENATI
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