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MEMORIA TECNICA DE ESCOMBROS Y DESECHOS DE UNA CONSTRUCCION POR REMODELACIÓN , Resúmenes de Ingeniería de Edificación

SE DETALLA CON INDICE LOS PUNTOS REQUERIDOS DE LA MEMORIA COMO LO SOLICITA LA ENTIDAD PERTINENTE. 1. FICHA TÉCNICA 2. INTRODUCCIÓN 3. OBJETIVOS 3.1 Objetivo general 3.2 Objetivos específicos 4. ALCANCE 5. MARCO LEGAL 5.1 Constitución de la República 5.2 Código Orgánico del Ambiente 5.3 Reglamento del COA 5.4 Acuerdo Ministerial 061 5.5 Ordenanza Sustitutiva a la Ordenanza que norma el manejo y disposición final de escombros en el Cantón Guayaquil 6. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA EN GENERAL 6.1 Ubicación geográfica 6.2 Fuente de generación y área de intervención 7. FASE DE GESTIÓN 7.1 Almacenamiento temporal 7.2 Recolección y transporte 8. VOLÚMEN DE ESCOMBROS QUE SE GENERARÁ EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA 9. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. 9.1 Conclusiones 9.2 Recomendaciones 10. ANEXOS

Tipo: Resúmenes

2023/2024

Subido el 23/04/2024

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¡Descarga MEMORIA TECNICA DE ESCOMBROS Y DESECHOS DE UNA CONSTRUCCION POR REMODELACIÓN y más Resúmenes en PDF de Ingeniería de Edificación solo en Docsity! MEMORIA TÉCNICA DEL MANEJO Y DISPOSICIÓN FINAL DE ESCOMBROS OBRA: DIRECCIÓN: URBANIZACIÓN ELABORACIÓN: ABRIL - 2024 ÍNDICE GENERAL 1. FICHA TÉCNICA ........................................................................................................... 2 2. INTRODUCCIÓN .......................................................................................................... 2 3. OBJETIVOS .................................................................................................................. 3 3.1 Objetivo general ................................................................................................. 3 3.2 Objetivos específicos ......................................................................................... 3 4. ALCANCE .................................................................................................................... 3 5. MARCO LEGAL ............................................................................................................ 3 5.1 Constitución de la República .............................................................................. 3 5.2 Código Orgánico del Ambiente .......................................................................... 4 5.3 Reglamento del COA .......................................................................................... 6 5.4 Acuerdo Ministerial 061..................................................................................... 6 5.5 Ordenanza Sustitutiva a la Ordenanza que norma el manejo y disposición final de escombros en el Cantón Guayaquil ...................................................................... 8 6. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA EN GENERAL .................................................................... 9 6.1 Ubicación geográfica ............................................................................................... 9 6.2 Fuente de generación y área de intervención ................................................. 10 7. FASE DE GESTIÓN ..................................................................................................... 10 7.1 Almacenamiento temporal .............................................................................. 10 7.2 Recolección y transporte ................................................................................. 11 8. VOLÚMEN DE ESCOMBROS QUE SE GENERARÁ EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA .... 12 9. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. ................................................................. 15 9.1 Conclusiones .................................................................................................... 15 9.2 Recomendaciones ............................................................................................ 15 10. ANEXOS ................................................................................................................ 17 Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Art 66.- Se reconoce y garantiza a las personas: 27. El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y armonía con la naturaleza. Art. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución de la ley: 6. Respetar los derechos en la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible. 5.2 Código Orgánico del Ambiente EL COA publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 983 del 12 de abril del 2017 y entra en vigor una vez transcurrido 12 meses desde su publicación en el registro oficial. Art 1.- Este Código tiene por objeto garantizar el derecho a las personas a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, así como proteger los derechos de la naturaleza para la realización del buen vivir o sumak kawsay. Las disposiciones de este Código regularán los derechos, deberes y garantías ambientales contenidos en la Constitución, así como los instrumentos que fortalecen su ejercicio, los que deberán asegurar la sostenibilidad, conservación, protección y restauración del medio ambiente, sin perjuicio de lo que establezcan otras leyes sobre la materia que garanticen los mismos fines. Art 2.- Las normas contenidas de este Código, así como las reglamentarias y demás disposiciones técnicas vinculadas con esta materia, son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades, organismos y dependencias que comprenden el sector público, personas naturales y jurídicas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, que se encuentren permanente o temporalmente en el territorio nacional. La regulación del aprovechamiento de los recursos naturales no renovables y todas las actividades productivas que se rigen por sus respectivas leyes, deberán observar y cumplir con las disposiciones del presente Código en lo que respecta a la gestión ambiental de las mismas. Art 173.- El operador de un proyecto, obra y actividad, pública, privada o mixta, tendrá la obligación de prevenir, evitar, reducir y, en los casos que será posible, eliminar los impactos y riesgos ambientales que pueda generar su actividad. Cuando se produzca algún tipo de afectación al ambiente, el operador establecerá todos los mecanismos necesarios para su restauración. El operador deberá promover en su actividad el uso de tecnologías ambientalmente limpias, energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto, prácticas que garanticen la transparencia y acceso a la información, así como la implementación de mejores prácticas ambientales en la producción y consumo. Art. 224.- La gestión integral de residuos y desechos está sometida a la tutela estatal cuya finalidad es contribuir al desarrollo sostenible, a través de un conjunto de políticas intersectoriales y nacionales en todos los ámbitos de gestión, de conformidad con los principios y disposiciones del Sistema Único de Manejo Ambiental. Art 226.- La gestión de residuos y desechos (escombros) deberá cumplir con la siguiente jerarquización en orden de prioridad: • Prevención • Minimización de la generación en la fuente; • Aprovechamiento o valorización; • Eliminación; y • Disposición final La disposición final se limitará a aquellos desechos que no se puedan aprovechar, tratar, valorizar o eliminar en condiciones ambientalmente adecuadas y tecnológicamente factibles. Art 227.- Prohibiciones. Las personas que participen en la gestión de residuos y desechos en cualquiera de sus fases deberán cumplir estrictamente con lo establecido en las normas técnicas y autorizaciones administrativas correspondientes. Art 228.- La gestión de los residuos sólidos no peligrosos, en todos los niveles y formas de gobierno, estará alineada a la política nacional dictada por la Autoridad Ambiental Nacional y demás instrumentos técnicos y de gestión que se definan en efecto. Art. 229.- La gestión apropiada de estos residuos contribuirá a la prevención de los impactos y daños ambientales, así como la prevención de los riesgos a la salud humana asociados a cada una de las fases. Las fases de gestión integral de residuos sólidos no peligrosos serán determinadas por la Autoridad Ambiental Nacional. 5.3 Reglamento del COA La expedición de este reglamento fue publicada en el Registro Oficial Suplemento N° 507, del 12 de junio del 2019. Art 1.- El presente Reglamento desarrolla y estructura la normativa necesaria para dotar de inaplicabilidad a lo dispuesto en el Código Orgánico del Ambiente. Constituye normativa de obligatorio cumplimiento para todas las entidades, organismos y dependencias que comprenden el sector público central y autónomo descentralizado, personas naturales y jurídicas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, que se encuentren permanente en el territorio nacional. Art 584.- Además de las obligaciones establecidas en la Ley y Normativa aplicable, todo generador de residuos y desechos sólidos no peligrosos deberá: A. Ser responsable de su manejo hasta el momento en que son entregados al servicio de recolección o depositados en sitios autorizados que determine el prestador del servicio, en las condiciones técnicas establecidas en la normativa aplicable; y, B. Tomar medidas con el fin de minimizar su generación en la fuente, conforme lo establecido en las normas secundarias emitidas por la Autoridad Ambiental Nacional. 5.4 Acuerdo Ministerial 061 Publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 316 del lunes 4 de mayo de 2015. Corresponde a la reforma de El Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente. Art 49.- Se establecen como políticas generales para la gestión integral de estos residuos y/o desechos y son de obligatorio cumplimiento tanto para las instituciones del Estado, en sus distintos niveles de gobierno, como para las personas naturales o jurídicas públicas o privadas, comunitarias o mixtas, nacionales o extranjeras, las siguientes: A. Manejo integral de residuos y/o desechos; B. Responsabilidad extendida del productor y/o importador; C. Minimización de generación de residuos o desechos; D. Minimización de riesgos sanitarios y ambientales; constructivas de las obras civiles, tales como, sobrantes de madera, tuberías, mampostería, acero, cemento, vidrios, entre otros. B. Desechos sólidos no peligrosos generados en demoliciones: Este tipo desecho sólido no peligroso se genera en las demoliciones de obras civiles, tales como, edificios, pavimentos, puentes, infraestructura sanitaria, entre otros, estos desechos son cascotes de hormigón armado o simple, fragmentos de mampostería, yeso, tuberías, madera y similares. C. Desechos sólidos no peligrosos de material de excavación o material de excavación no deseado: Material generado en las excavaciones realizadas en las obras civiles producto del proceso constructivo, para esta ordenanza estos desechos se denominarán material de excavación no deseado. 6. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA EN GENERAL La edificación en estudio se trata de una construcción compuesta de dos plantas en un terreno en pendiente. La misma que tiene un uso residencial. Esta edificación va a ser sometida a trabajos de aumento y remodelación, sin embargo, hay que tener en cuenta que los trabajos no serán de gran envergadura, si no trabajos sencillos, los cuales no generarían en gran medida escombros. De igual manera y dando cumplimiento a la ordenanza antes citada, se puede mencionar que se seguirá los lineamientos establecidos en la misma. 6.1 Ubicación geográfica El inmueble se encuentra ubicado en la provincia del Guayas, Cantón Guayaquil, Parroquia Tarqui, Urbanización consta de dos niveles y garaje en el nivel más bajo del terreno, la estructura del inmueble es de hormigón, se deja evidenciado que la actividad de dicha edificación es Residencial. Nota: Tomado de Google Earth Pro 6.2 Fuente de generación y área de intervención ARTICULO 5.- Fuentes de generación. – Los generadores de escombros, en términos de la presente ordenanza, son los siguientes: A. Obras civiles de índole público Municipal, estas se clasifican en: • Obras civiles municipales por administración directa. • Obras civiles municipales por contratación pública. B. Obras civiles de otras entidades públicas. C. Obra civil de carácter privado regularizada. D. Obra civil no regularizada. En el caso particular de la obra en estudio, podemos determinar que, de acuerdo con la ordenanza, estaría dentro del literal c, se trata de una obra civil de carácter privado regularizada. En cuanto al área de intervención de la edificación, se puede mencionar que será una construcción de aumento y remodelación. Los trabajos de mayor relevancia en esta obra serán los siguientes: Levantamiento de columnas, mampostería, contrapiso, boquetes para puertas y ventanas, fundición de losa, colocación de acabados, trazado y replanteo de instalaciones eléctricas y sanitarias, de las cuales las que más generan desechos son los trabajos de excavación para cimentación. 7. FASE DE GESTIÓN De acuerdo con la ordenanza se establece las siguientes fases de gestión, las cuales serán cumplidas a cabalidad, y se detallarán a continuación: a) Almacenamiento temporal b) Recolección c) Transporte d) Disposición final. 7.1 Almacenamiento temporal El almacenamiento temporal de la obra se lo realizará en un centro de acopio que estará ubicado en uno de los cuartos adecuados para tal efecto. El área de este cuarto de almacenamiento temporal será de aproximadamente 12,00 m² y una altura de 2.8 m y contará con las respectivas normas de bioseguridad para el almacenaje de los escombros. El volumen que se generará diariamente en la obra será de aproximadamente 3,00 m³ aproximadamente, dando cumplimiento a lo establecido en ordenanza. 7.2 Recolección y transporte Prestataria del servicio de aseo: deberá seguir las siguientes disposiciones con relación a la recolección, transporte y descarga de escombros: 1. Le prestataria del servicio de aseo tiene la exclusividad de recolectar, transportar y descargar en el relleno sanitario, los escombros de arrojo clandestino; así también los receptados en los centros de acopio temporales autorizados por la Municipalidad para tal efecto, de acuerdo con las disposiciones del contrato de prestación de servicios. 2. Le prestataria del servicio de aseo de la ciudad de Guayaquil tiene la exclusividad de recolectar, transportar y descargar en el relleno sanitario de Guayaquil todos los desechos sólidos no peligrosos catalogados como escombros generados en las obras civiles de carácter privado regularizadas y obras civiles de las entidades públicas; así también los desechos sólidos no peligrosos generados en el proceso de construcción, remodelación y demolición generados en las obras civiles municipales por contratación pública, gestionadas por la Dirección de Obras Públicas, autorización de la Muy Ilustre Municipalidad de Guayaquil a través de la Dirección de Aseo Cantonal, Mercados y Servicios Municipales. Para tal efecto nos acogemos a lo que se dispone como antecedente. Se realizarán las gestiones pertinentes con la prestaría de servicio de aseo, en este caso específicamente con la compañía de URVASEO, para lo cual previamente se coordinará con la dirección de seo Urbano y Cantonal de Gobierno Autónomo Descentralizado de Guayaquil, toda vez que el proyecto sea aprobado por este, para luego gestionarse a la brevedad del caso de traslados de escombros que se generen en la ejecución de obra. Como usuarios particulares tendremos que hacernos firmes en lo que se establece en dicha ordenanza y que es de extrema relevancia: Si bien es cierto el plazo pactado para la ejecución de la obra no supera los 24 meses, se planificará debidamente la recolección y disposición final de los escombros que se generen a lo largo de la ejecución, siempre precautelando la protección del medio ambiente y respetando la normativa del medio ambiente municipal dispuesta. El cuadro que se detalla a continuación es un estimativo que se ha calculado en base a la cuantificación de los rubros que se van a ejecutar en la obra de construcción inicial de acuerdo con los trabajos a realizarse. DESCRIPCION DE RUBROS QUE GENERAN ESCOMBROS CANTIDAD DE ESCOMBROS (M3) VOLUMEN ESTIMADO DIARIO (M3) VOLUMEN ESTIMADO SEMANAL (M3) VOLUMEN ESTIMADO MENSUAL (M3) EXCAVACIÓN DE CIMENTACIÓN DEL AUMENTO 22,12 0,79 5,53 22,12 FUNDICION DE CIMENTACIÓN DEL AUMENTO 4,90 0,18 1,23 4,90 ENCOFRADO DE PILARES, RIOSTRAS DE AMARRE Y LOSAS 1,80 0,06 0,45 1,80 FUNDICIÓN DE CONTRAPISO Y LOSAS 7,36 0,26 1,84 7,36 MAMPOSTERIA Y APERTURA DE BOQUETES DE PUERTAS Y VENTANAS 13,10 0,47 3,28 13,10 DESECHOS DE CARTONES DE ALMASENAJE DE CERAMICAS E INODOROS NUEVOS 0,70 0,03 0,18 0,70 DESECHO DE FUNDAS DE PAPEL DE ALMACENAJE DE CEMENTO EN PLANTA BAJA 0,42 0,02 0,11 0,42 ENLUCIDOS EN TODA LA EDIFICACION 2,80 0,10 0,70 2,80 INSTALACION DE CERAMICA EN PLANTA BAJA 2,11 0,08 0,53 2,11 INSTALACION DE CERAMICA EN PLANTA ALTA 2,45 0,09 0,61 2,45 INSTALACION DE PIEZAS SANITARIAS 0,42 0,02 0,11 0,42 EMPASTE EN SUPERFIEES DE MAMPOSTERIA EN LA EDIFICACION 2,80 0,10 0,70 2,80 PINTURA EN TODA LA EDIFICACION 2,80 0,10 0,70 2,80 INSTALACION DE ALUMINIO Y VIDRIO Y PUERTAS 0,42 0,02 0,11 0,42 TOTAL 64,20 2,29 16,05 64,20 TOTAL, DE M³ DE ESCOMBROS 64,20 Se estima un promedio mensual de 64,20 m³ de desalojo de escombros, el mismo que se manejará de acuerdo con las disposiciones establecidas por el ente municipal. La recolección de este se lo realizará de manera diaria y se efectuará la respectiva clasificación de la misma manera, de tal forma que se facilite el trabajo de traslado por la compañía de recolección y transporte hasta su lugar final. Cabe indicar que, al momento de ejecutar obra, la misma tendrá su respectivo cerramiento provisional perimetral, de esta manera se evitará la contaminación visual que esta genere, así también de que pueda manipularse los escombros fuera del área de intervención. Se tendrá las debidas precauciones al respecto, se impartirá inducciones al personal que labore en la misma, de tal manera que se genere en la cultura adecuada para ejecutar la obra con normalidad y cumpliendo con los estándares que así lo establecen, evitando además cualquier sanción que se pueda realizar por los organismos que controla este ámbito. 9. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. 9.1 Conclusiones • De acuerdo con los cálculos en la ejecución de la obra se estima un promedio general de escombros mensual de 64,20 m³. • El volumen diario de escombros será de aproximadamente 2,29 m³, de los cuales se estima que el 80% serán no reciclables u ordinarios y el otro 20% serán reciclables (cartones, fundas de papel). • El área de acopio temporal efectiva calculada será 12.00 m², para cuestiones de operatividad. 9.2 Recomendaciones • Ejecutar en su totalidad las medidas planteadas en la presente Memoria Técnica de manejo y disposición final de escombros. • Cumplir con los alineamientos legales establecidos en el manejo y disposición final de escombros. RESPONSIBLE TÉCNICO REG. SENESCYT
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