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Migración mexicana Colombia , Guías, Proyectos, Investigaciones de Mecánica

Tarea de una vez que me digan h

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2022/2023

Subido el 24/04/2024

ka-re
ka-re 🇨🇴

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¡Descarga Migración mexicana Colombia y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Mecánica solo en Docsity! El futuro Gobierno IN A TE Abece del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos e | ABECÉ DEL ESTATUTO TEMPORAL DE PROTECCIÓN PARA MIGRANTES VENEZOLANOS Es un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados, que permite llenar los vacíos existentes en este régimen, con base en la realidad migratoria y la capacidad de respuesta que tiene el país en materia institucional, social y económica. 1 ¿Qué es el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes? ¿Cuál es su objetivo? El objetivo del Estatuto Temporal de Protección es permitir el tránsito de los migrantes venezolanos que se encuentran en el país de un régimen de protección temporal a un régimen migratorio ordinario, es decir, que los migrantes venezolanos que se acojan a la medida tendrán un lapso de 10 años para adquirir una visa de residentes. Esta medida busca estimular el tránsito al régimen migratorio ordinario y disminuir las cifras de migración irregular actuales y futuras. ¿Cuál es la finalidad de este Estatuto? El Estatuto Temporal de Protección busca proteger a la población migrante que se encuentra actualmente en condiciones de irregularidad, teniendo en cuenta que se trata de la población más vulnerable, medida que adicionalmente desestimula la migración irregular con posterioridad a la entrada en vigencia de la norma. Este Estatuto nace del compromiso que adquirió el Gobierno para definir nuevos mecanismos de flexibilización migratoria, los cuales permitan la integración de la población migrante venezolana a la vida productiva del país, a partir de su regularización. El marco regulatorio tiene como finalidad ofrecer resguardo a las personas que huyen de su país de origen por causa de la crisis. 4 ¿Por qué crear un Estatuto Temporal de Protección? Teniendo en cuenta que más del 56% de los venezolanos que se encuentran en Colombia están en condición irregular y entendiendo que la irregularidad afecta no solo al migrante, sino también al país, es que se decide plantear la posibilidad de crear un estatuto temporal de protección para migrantes venezolanos. ¿Qué características tiene este Estatuto Temporal de Protección? Características Generales 1. Se trata de un acto humanitario y apolítico. 2. Debe ser flexible para reaccionar rápidamente a la crisis, proporcionando un nivel mínimo de protección como una respuesta humanitaria. 3. Contribuye al mejoramiento de la gestión de respuesta mundial a las crisis humanitarias y los movimientos transfronterizos de población. 4. Proporciona una respuesta de protección humanitaria que disminuya la motivación de la migración irregular. 5. Está orientados a la búsqueda de soluciones dentro de un plazo definido. 6. Permite el ingreso y permanencia regular de extranjeros que huyen a causa de la crisis, con base un conjunto de normas mínimas de los derechos humanos. 7. Proporciona herramientas de identificación, registro y documentación formales, así como la detección oportuna de personas en condiciones de necesidad específica o vulnerabilidad que requieran otros canales de atención especializados. ABECÉ DEL ESTATUTO TEMPORAL DE PROTECCIÓN PARA MIGRANTES VENEZOLANOS 5 8. Debe procurar cobijar a la población existente y no solo a la entrante, que no puede retornar a su país y no tiene recursos o no cumple con los requisitos para una estancia legal en el Estado receptor. ¿Qué permitirá la implementación de este Estatuto Temporal de Protección? Características Particulares 1. Implementar medidas de flexibilización migratoria enfocadas a la ampliación de la protección de derechos fundamentales, que propongan soluciones a un plazo definido. 2. Contar con herramientas de identificación, caracterización y registro de la población migrante venezolana para una adecuada planeación y diseño de políticas públicas de atención y de disminución del impacto negativo en materia económica y social. 3. Detectar la población migrante en condiciones de vulnerabilidad, o sujetos de especial protección para una adecuada y oportuna atención. 4. Establecer medidas que abarcan y reconocen la realidad de la población migrante venezolana, brindando opciones para el acceso al régimen ordinario de visas. 5. Establecer beneficios y deberes para los migrantes que ya se encuentran en el territorio nacional. ¿Cuál es la estructura del Estatuto? El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos contempla dos herramientas jurídicas: 1. El Registro Único de Migrantes Venezolanos bajo Régimen de Protección Temporal 2. El Permiso por Protección Temporal. ABECÉ DEL ESTATUTO TEMPORAL DE PROTECCIÓN PARA MIGRANTES VENEZOLANOS 6 ¿Por qué el término de vigencia por 10 años para este Estatuto? La vigencia de diez (10) años a partir de la expedición del Decreto por medio del cual se adopta el Estatuto, lo cual no impide que ésta o administraciones futuras ejerzan la facultad discrecional para determinar su prórroga o terminación. Para los titulares de PEP, este término permite que hagan tránsito al régimen ordinario de manera escalonada por el cumplimiento del requisito de tiempo para Visa R y por la obtención de los recursos necesarios. Para los migrantes irregulares en Colombia a la fecha de entrada en vigencia del Estatuto, este tiempo será amplio y suficiente para acudir de manera escalonada a obtener su permiso por protección temporal y posteriormente acumular el tiempo de permanencia requerida para aplicar a la visa tipo R. Para los migrantes regulares que ingresen al territorio después de la entrada en vigencia del estatuto durante los primeros 2 años de vigencia, podrán acumular el tiempo requerido para aplicar a la Visa Tipo R si desean permanecer en Colombia. ¿Qué obligaciones adquiere el migrante que sea cobijado por el Estatuto? - Incluir su información en el Registro so pena de los procedimientos administrativos sancionatorios a que haya lugar. - Obligatoriamente debe hacerse la transición de PEP a Permiso por protección temporal para unificación y control. - Aquellos migrantes venezolanos que incluyeron su información en el Registro y a pesar de poder solicitar el Permiso no lo hicieron, también serán sujetos de actuaciones administrativas sancionatorias. - Previo a la terminación de la vigencia del ETPV, el migrante venezolano que desee permanecer en Colombia deberá tramitar y obtener una visa. ABECÉ DEL ESTATUTO TEMPORAL DE PROTECCIÓN PARA MIGRANTES VENEZOLANOS 9 ¿Qué debe hacer el migrante para ser incluido en este registro? Para ser incluido en el Registro se requiere: - Cumplir con alguna de las características descritas en el ámbito de aplicación, Encontrarse en Colombia. - Presentar su documento de identidad vigente o vencido (Pasaporte, Cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia). - Acta de nacimiento (solo para menores de edad). - Declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia - Autorización de recolección de datos biométricos. ¿Qué es el Permiso por Protección Temporal? El permiso de protección personal es un mecanismo de regularización migratoria y documento de identificación, que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en Colombia en condiciones de regularidad migratoria especial por su término de vigencia. ¿Qué permite el Permiso por Protección Temporal a su beneficiario? Permite ejercer durante dicho período cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas. ABECÉ DEL ESTATUTO TEMPORAL DE PROTECCIÓN PARA MIGRANTES VENEZOLANOS 10 Le permitirá al extranjero acreditar su permanencia en Colombia para los efectos de la acumulación del tiempo requerido para aplicar a una Visa Tipo R. Este beneficio también aplica a aquellos que sean titulares de PEP vigente a la fecha de entrada en vigencia. ¿Cuáles son los requisitos para obtener el Permiso por Protección Temporal? - Estar incluido en el Registro Único de Migrantes - No tener antecedentes, anotaciones ni procesos administrativos o judiciales en curso. - No tener en curso investigaciones administrativas migratorias. - No tener en su contra medidas de expulsión, deportación o sanción económica vigente. - No tener en curso investigaciones o condenas por delitos cometidos en Colombia. ¿Quién expide el Permiso por Protección Temporal? La expedición del Permiso por Protección Temporal está a cargo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, entidad que deberá definir mediante acto administrativo su implementación y costo. Será un documento plástico con la información requerida por las instituciones públicas y privadas, con las respectivas condiciones de seguridad que permitan dar seguridad tanto al migrante venezolano como a las instituciones. El cumplimiento de los requisitos no implica el otorgamiento del permiso, el cual obedece a la facultad discrecional de la autoridad migratoria. Importante tener en cuenta que este permiso NO equivale al reconocimiento de la calidad de refugiado ni el otorgamiento de asilo. ABECÉ DEL ESTATUTO TEMPORAL DE PROTECCIÓN PARA MIGRANTES VENEZOLANOS 11 ¿Cuál es la vigencia del Permiso por Protección Temporal? El Permiso tendrá vigencia hasta el último día de vigencia del ETPV. Una vez pierda vigencia se procederá con su destrucción. La expedición de cualquier tipo de visa dará lugar a la pérdida de vigencia del Permiso. ¿El Permiso por Protección Temporal podrá ser cancelado por la autoridad migratoria? La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia procederá con la cancelación del permiso mediante acto administrativo cuando: - Se encuentre registro de infracciones del migrante venezolano al ordenamiento jurídico colombiano con posterioridad a su otorgamiento. - El migrante venezolano incurra en infracciones a la normatividad migratoria con posterioridad al otorgamiento. - Que la autoridad migratoria considere que la presencia del extranjero en Colombia es inconveniente. - Que el titular del Permiso se ausente del territorio nacional por un periodo superior a 180 días. - Contar con información de autoridades nacionales o extranjeras donde se considere que la permanencia del extranjero es inconveniente para la seguridad nacional o ciudadana. ¿Puede tenerse el Permiso por Protección Temporal al mismo tiempo con otro tipo de permisos? ABECÉ DEL ESTATUTO TEMPORAL DE PROTECCIÓN PARA MIGRANTES VENEZOLANOS
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