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Normas NIIF y PCGA (organizador), Esquemas y mapas conceptuales de Contabilidad

Permite conocer más a fondo algunas de las principales normas de la contabilidad

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2020/2021

Subido el 15/06/2023

joseph-olivo
joseph-olivo 🇪🇨

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¡Descarga Normas NIIF y PCGA (organizador) y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Contabilidad solo en Docsity! UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR NIVELACIÓN DE CARRERA GRUPO N°2 LOS PCGA Y LAS NIIF TUTOR/A DRA. MÓNICA BARBOSA INTEGRANTES JOSEPH OLIVO - BRITHANY PADILLA DIANA PAUCAR - BRAYAN ROSERO CRISTOPHER VALENCIA PARALELO: A3A-E-FI-003 2021 -2022 Hay algunas reglas y conceptos generales que controlan el campo de la contabilidad. Estas reglas generales, llamadas principios y estándares contables básicos, proporcionan una base para construir reglas contables más detalladas, complejas y legales. Los principios contables generalmente aceptados son las reglas establecidas para que las empresas sigan al informar datos financieros. El Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) ha emitido un conjunto de normas de contabilidad estandarizadas en los Estados Unidos llamados Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA). ORIGEN CLASIFICACION El origen de los principios contables; está relacionado con el movimiento asociativo de la industria, comenzó en el Reino Unido en 1880 y poco después, en 1886 en los Estados Unidos. Desde el principio se han promulgado normas contables para promover una representación uniforme de las cuentas, pero debía ocurrir un evento importante para destacar y universalizar la información financiera de las empresas. Esto sucedió en la crisis de la bolsa de New York de 1929 como resultado de las medidas tomadas para restaurar la confianza de los depositantes también se incluyeron medidas destinadas a lograr la objetividad y confianza de la información financiera. Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) se clasifican en postulados o principios básicos y los principios generales. Por un lado, los postulados o principios básicos constituyen la base para la formulación de principios generales. Aquí se determina que la contabilidad no puede dañar los intereses de una propiedad por otra. Los principios que lo constituyen son la equidad y la pertinencia. Por otro lado los principales generales se sub clasifican en: Supuestos Derivados del Ambiente: Esta parte incluye todo los relacionado con la empresa, el medio y la sociedad. Principios para cuantificar las operaciones: Este compuesto por los principios que establecen las bases para cuantificar el funcionamiento de una entidad y los eventos económicos que la afectan; valor histórico, dualidad económica, negocio en marcha, realización contable y periodo contable. Principios aplicables a los estados financieros: Esta categoría incluye todo el contenido relacionado con los métodos de adquisición, presentación y divulgación de información. OBJETIVO Las NIIF son emitidas por el International Accounting Standards Board (IASB), es un organismo privado, con sede en Londres, qué tiene la responsabilidad de emitir las normas contables NIIF. Es asegurar que los primeros estados financieros con arreglo a las NIIF de una entidad, así como informes financieros intermedios, relativos a una parte del ejercicio cubierto por tales estados financieros, contiene información de alta calidad. NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) Las NIIF que se encuentran en vigencia son: (a) sea transparente para los usuarios y comparable para todos los periodos en que se presenten; (b) suministre un punto de partida adecuado para la contabilización según las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); y (c) pueda ser obtenida a un costo que no exceda a sus beneficios. ALCANCE RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN ARRENDAMIENTOS PRESENTACIÓN E INFORMACIÓN 1) Sus primeros estados financieros conforme a las NIIF; y 2) en cada informe financiero intermedio que, en su caso, presente de acuerdo con la NIC 34 Información Financiera Intermedia relativos a una parte del periodo cubierto por sus primeros estados financieros conforme a las NIIF. Una entidad elaborará y presentará un estado de situación financiera de conforme a las NIIF en la fecha de transición a las NIIF.  Políticas contables  Exenciones en la aplicación retroactiva de otras NIIF.  Combinaciones de negocios.  Valor razonable  Retribuciones a los empleados.  Diferencias de conversión acumuladas.  Instrumentos Financieros.  Activos y Pasivos de dependientes, asociados, y negocios conjuntos.  Designación de instrumentos financieros reconocidos previamente.  Contratos de seguro.  Determinación de si un acuerdo contiene un arrendamiento.  Excepciones a la aplicación retroactiva de otras NIIF.  Baja de activos financieros y pasivos financieros.  Contabilidad de coberturas.  Estimaciones.  Explicación de la transición a las NIIF.  Conciliaciones.  Uso de valor razonable como coste atribuido.  Información financiera intermedio. FECHA DE VIGENCIA Una entidad aplicará esta NIIF si sus primeros estados financieros conforme a las NIIF corresponden a un Periodo que comience a partir del 1 de julio de 2009. Se permite su aplicación anticipada El objetivo de esta NIIF consiste en especificar la información financiera que ha de incluir una entidad cuando lleve a cabo una transacción con pagos basados en acciones. En concreto, requiere que la entidad refleje en el resultado del periodo y en su posición financiera los efectos de las transacciones con pagos basados en acciones, incluyendo los gastos asociados a las transacciones en las que se conceden opciones sobre acciones a los empleados. ALCANCE  Transacciones con pagos basados en acciones liquidadas mediante instrumentos de patrimonio,  transacciones con pagos basados en acciones liquidadas en efectivo, y  transacciones en las que la entidad reciba o adquiera bienes o servicios, y las condiciones del acuerdo proporcionen ya sea a la entidad o al proveedor de dichos bienes o servicios, RECONOCIMIENTO Una entidad reconocerá los bienes o servicios recibidos o adquiridos en una transacción con pagos basados en acciones en el momento de la obtención de dichos bienes, o cuando dichos servicios sean recibidos. La entidad reconocerá el correspondiente incremento en el patrimonio, TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN ACCIONES, LIQUIDADAS MEDIANTE INSTRUMENTOS DE PATRIMONIO  Aspectos generales  Transacciones en las que se reciben servicios.  Transacciones valoradas por referencia al valor razonable.  Determinación del valor razonable del patrimonio. INFORMACION A REVELAR Una entidad revelará información que permita, a los usuarios de los estados financieros, comprender la naturaleza y alcance de los acuerdos con pagos basados en acciones que se hayan producido a lo largo del periodo. TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN ACCIONES LIQUIDADAS EN EFECTIVO la entidad medirá los bienes o servicios adquiridos y el pasivo en el que haya incurrido, al valor razonable del pasivo, sujeto a los requerimientos de los párrafos 31 a 33D. Hasta que el pasivo se liquide, la entidad volverá a medir el valor razonable del pasivo al final de cada periodo FECHA DE VIGENCIA Una entidad aplicará esta NIIF en los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. El objetivo de esta NIIF es especificar el tratamiento contable de los activos mantenidos para la venta, así como la presentación e información a revelar sobre las operaciones discontinuadas. ALCANCE CLASIFIACIÓN DE ACTIVOS NO CORRIENTE (O GRUPOS A SU DISPOCISION) PARA LA VENTA MEDIACIÓN DE ACTIVOS NO CORRIENTES (O GRUPOS A SU DISPOCISION) PARA LA VENTA PRESENTACIÓN E INFORMACIÓN A REVELAR Los requerimientos de clasificación y presentación de esta NIIF se aplicarán a todos los activos no corrientes reconocidos y a todos los grupos de disposición de una entidad. Los requerimientos de medición de esta NIIF se aplicarán a todos los activos no corrientes reconocidos y a los grupos de activos para su disposición, excepto a aquellos activos enumerados en el párrafo 5, que continuarán midiéndose de acuerdo con la Norma que se indica en el mismo. Una entidad clasificará a un activo no corriente (o un grupo de activos para su disposición) como mantenido para la venta, si su importe en libros se recuperará fundamentalmente a través de una transacción de venta, Una entidad medirá los activos no corrientes (o grupos de activos para su disposición) clasificados como mantenidos para la venta, al menor de su importe en libros o su valor razonable menos los costos de venta. Una entidad presentará y revelará información que permita a los usuarios de los estados financieros evaluar los efectos financieros de las operaciones discontinuadas y las disposiciones de los activos no corrientes (o grupos de activos para su disposición). NIIF 6 EXPLORACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS MINERALES OBJETIVO ESPECIFICAR LA INFORMACIÓN FINANCIERA RELATIVA A LA EXPLORACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS MINERALES. -MEJORAS LIMITADAS EN LAS PRÁCTICAS CONTABLES EXISTENTES PARA LOS DESEMBOLSOS POR EXPLORACIÓN Y EVALUACIÓN. -QUE LAS ENTIDADES QUE RECONOZCAN ACTIVOS PARA EXPLORACIÓN Y EVALUACIÓN REALICEN UNA COMPROBACIÓN DE SU DETERIORO DEL VALOR Y MIDAN CUALQUIER DETERIORO. -REVELAR INFORMACIÓN QUE IDENTIFIQUE Y EXPLIQUE LOS IMPORTES QUE EN LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA ENTIDAD SURJAN DE LA EXPLORACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS MINERALES. ALCANCE - APLICARÁ ESTA NIIF A LOS DESEMBOLSOS POR EXPLORACIÓN Y EVALUACIÓN EN LOS QUE INCURRA. -NO ABORDA OTROS ASPECTOS RELATIVOS A LA CONTABILIZACIÓN DE ENTIDADES DEDICADAS A LA EXPLORACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS MINERALES. NIIF 7 INSTRUMENTOS FINANCIEROS: INFORMACIÓN A REVELAR OBJETIVO REQUERIR A LAS ENTIDADES QUE, EN SUS ESTADOS FINANCIEROS, REVELEN INFORMACIÓN QUE PERMITA A LOS USUARIOS EVALUAR - RELEVANCIA DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS EN LA SITUACIÓN FINANCIERA Y EN EL RENDIMIENTO DE LA ENTIDAD. - LA NATURALEZA Y ALCANCE DE LOS RIESGOS PROCEDENTES DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS A LOS QUE LA ENTIDAD SE HAYA EXPUESTO DURANTE EL PERIODO. ALCANCE - DEBERÁ APLICARSE POR TODAS LAS ENTIDADES, A TODO TIPO DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS, EXCEPTO A: (A) AQUELLAS PARTICIPACIONES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS O NEGOCIOS CONJUNTOS, QUE SE CONTABILICEN NIIF 8 SEGMENTOS DE OPERACIÓN PRINCIPIO BÁSICO UNA ENTIDAD REVELARÁ INFORMACIÓN QUE PERMITA QUE LOS USUARIOS DE SUS ESTADOS FINANCIEROS EVALÚEN LA NATURALEZA Y LOS EFECTOS FINANCIEROS DE LAS ACTIVIDADES DE NEGOCIO QUE DESARROLLA Y LOS ENTORNOS ECONÓMICOS EN LOS QUE OPERA. ALCANCE - ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS O INDIVIDUALES DE UNA ENTIDAD: CUYOS INSTRUMENTOS DE DEUDA O DE PATRIMONIO SE NEGOCIEN EN UN MERCADO PÚBLICO O EXTRANJERO. - LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS DE UN GRUPO CON UNA CONTROLADORA: QUE REGISTRE, O ESTÉ EN PROCESO DE REGISTRAR, LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS EN UNA COMISIÓN DE VALORES U OTRA ORGANIZACIÓN REGULADORA NIIF 9 INSTRUMENTOS FINANCIEROS OBJETIVO ESTABLECER LOS PRINCIPIOS PARA LA INFORMACIÓN FINANCIERA SOBRE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS, DE FORMA QUE SE PRESENTE INFORMACIÓN ÚTIL Y RELEVANTE PARA LOS USUARIOS. ALCANCE SE APLICARÁ A TODAS ENTIDADES Y TODO TIPO DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS EXCEPTO: -AQUELLAS PARTICIPACIONES EN SUBSIDIARIAS, ASOCIADAS Y NEGOCIOS CONJUNTOS, QUE SE CONTABILICEN DERECHOS Y OBLIGACIONES SURGIDOS DE ARRENDAMIENTOS A LOS QUE SEA APLICABLE: - LAS CUENTAS POR COBRAR DE ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS Y CUENTAS POR COBRAR POR ARRENDAMIENTOS OPERATIVOS. OBJETIVO Requerir que una entidad revele información que permita a los usuarios de sus estados financieros evaluar: - La naturaleza de sus participaciones en otras entidades y los riesgos asociados con estas - Los efectos de esas participaciones en su situación financiera, rendimiento financiero y flujos de efectivo. ALCANCE JUICIOS Y SUPUESTOS SIGNIFICATIVOS PARTICIPACION EN SUBSIDIARIAS PARTICIPACION EN SUBSIDIARIAS NO CONSOLIDADAS Esta NIIF se aplicará por una entidad que tiene una participación en las siguientes entidades:  Subsidiarias  Acuerdos conjuntos (operaciones o negocios conjuntos)  Asociadas  Entidades estructuradas no consolidadas Una entidad revelará información sobre los juicios y supuestos significativos realizados (y cambios en esos juicios y supuestos) para determinar:  Que tiene el control de otra entidad, es decir, una participada.  Que tiene el control conjunto de un acuerdo o influencia significativa sobre otra entidad.  El tipo de acuerdo conjunto cuando el acuerdo ha sido estructurado a través de un vehículo separado. Una entidad revelará información que permita a los usuarios de sus estados financieros consolidados - Comprender:  La composición del grupo  La participación que las participaciones no controladoras tienen en las actividades y flujos de efectivo del grupo - Evaluar:  Alcance de restricciones significativas sobre su capacidad para utilizar activos y liquidar pasivos.  Naturaleza de los riesgos asociados con su participación en entidades y los cambios en estas.  Consecuencias de cambios en su participación en la propiedad de una subsidiaria que no dan lugar a una pérdida del control. Una entidad revelará información que permita a los usuarios de sus estados financieros:  Comprender la naturaleza y alcance de sus participaciones en entidades estructuradas no consolidadas.  Evaluar la naturaleza de los riesgos asociados con sus participaciones en entidades estructuradas no consolidadas y los cambios en estas. PARTICIPACIONES EN ACUERDOS CONJUNTOS Y ASOCIADAS Una entidad revelará información que permita a los usuarios de sus estados financieros para evaluar:  La naturaleza, alcance y efectos financieros de sus participaciones en acuerdos conjuntos y asociadas, incluyendo la naturaleza y efectos de su relación contractual con los inversores con control conjunto de los acuerdos conjuntos y asociadas o influencia significativa sobre éstos.  La naturaleza de los riesgos asociados con sus participaciones en negocios conjuntos y asociadas y los cambios en estos. OBJETIVO - Define valor razonable - Establece en una sola NIIF un marco para la medición del valor razonable - Requiere información a revelar sobre las mediciones del valor razonable. ALCANCE MEDICIÓN INFORMACION A REVELAR Se aplicará cuando otra NIIF requiera o permita mediciones a valor razonable o información a revelar sobre mediciones a valor razonable (y mediciones, tales como valor razonable menos costos de venta, basadas en el valor razonable, o información a revelar sobre esas mediciones). Valor razonable Esta NIIF define valor razonable como el precio que sería recibido por vender un activo o pagado por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de la medición. El activo o pasivo Una medición del valor razonable es para un activo o pasivo concreto. Por ello, al medir el valor razonable una entidad tendrá en cuenta las características del activo o pasivo de la misma forma en que los participantes del mercado las tendrían en cuenta al fijar el precio de dicho activo o pasivo en la fecha de la medición. Estas características incluyen, por ejemplo, los siguientes elementos:  La condición y localización del activo  Restricciones, si las hubiera, sobre la venta o uso del activo. Una entidad revelará información que ayude a los usuarios de sus estados financieros a evaluar los dos elementos siguientes:  Para activos y pasivos que se miden a valor razonable sobre una base recurrente o no recurrente en el estado de situación financiera después del reconocimiento inicial, las técnicas de valoración y datos de entrada usado para desarrollar esas mediciones.  Para mediciones del valor razonable recurrentes utilizando datos de entrada no observables significativas (Nivel 3), el efecto de las mediciones sobre el resultado del periodo u otro resultado integral para el periodo. OBJETIVO Especificar los requerimientos de información financiera para los saldos de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas que surgen cuando una entidad proporciona bienes o servicios a clientes a un precio o tarifa que está sujeto a regulación de tarifas. ALCANCE RECONOCIMIENTO, MEDICION, DETERIORO DE VALOR Y BAJA EN CUANTAS PRESENTACION INFORMACION A REVELAR Se permite que una entidad aplique los requerimientos de esta Norma en sus primeros estados financieros conforme a las NIIF si y solo si:  Realiza actividades con tarifas reguladas.  reconoció importes, que cumplen los requisitos de los saldos de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas, en sus estados financieros de acuerdo con sus PCGA anteriores. Una entidad que tiene actividades con tarifas reguladas y que queda dentro del alcance de esta Norma, y que decida implementarla, aplicará los párrafos 10 y 12 de la NIC 8 al desarrollar sus políticas contables para el reconocimiento, medición, deterioro de valor y baja en cuentas de los saldos de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas Cambios en la presentación Esta Norma introduce los requerimientos de presentación para los saldos de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas. Cuando se aplique esta Norma, los saldos de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas se reconocerán en el estado de situación financiera, además de los activos y pasivos que se reconozcan de acuerdo con otras Normas. Estos requerimientos de presentación separan el impacto del reconocimiento de los saldos de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas de los requerimientos de información financiera de otras Normas. Una entidad que decida aplicar esta Norma revelará información que permita a los usuarios evaluar:  La naturaleza y los riesgos asociados con la regulación de tarifas que establece el precio que la entidad puede cargar a los clientes por los bienes o servicios que proporciona.  Los efectos de dicha regulación de tarifas en su situación financiera, rendimiento financiero y flujos de efectivo.
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