Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Nulidad de actos procesales, Apuntes de Derecho

Nulidad de actos procesales

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 31/07/2021

berenice-g-cruz
berenice-g-cruz 🇲🇽

3 documentos

1 / 15

Toggle sidebar

Documentos relacionados


Vista previa parcial del texto

¡Descarga Nulidad de actos procesales y más Apuntes en PDF de Derecho solo en Docsity! UNIVE RSIDA D DE LONDRES Licenciatura en Derecho NULIDAD DE LOS ACTOS PROCESALES Lic. Nissi Alcantara Gallegos MÉTODOS Y TECNICAS DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA Alumnos: Zaira Abigail Orozco Pérez Georgina Andrea Vargas Constantino Turno: Matutino Gpo. 2014 México, Ciudad de México, a 28 de Marzo de 2020 Página | 1 NULIDAD DE LOS ACTOS PROCESALES ÍNDICE CAPÍTULO 1. CONCEPTO ..ococccooccnononnncnononononononnnnonn corona nnnononannnnnnnos 5 1.1. Derecho PTOC8Sal.....ocnccccnnncccnncnoncnnnnncnncnononaninnnannannnnnanncnos 5 1.2. Nulidad de los actos procesales... ...ooooccoooccnccconoconccnnnnnnn coronas 5 CAPÍTULO 2. GRADOS DE NULIDAD....oooocccooncnononnccnononanonnonnnnonacnnonos 6 CAPÍTULO 3. ¿CÓMO SE RIGE LA NULIDAD PROCESAL? ....cocooccccconncos 6 3.1 Reglas que norman la nulidad de los actos procesales.... 3.2 Principios que rigen la nulidad proCeSal....oococonnninnnncnmmmmmmmmsm.. 8 CAPÍTULO 4. FORMAS DE PROMOVER LA NULIDAD PROCESAL........ 10 CAPÍTULO 5. NULIDAD ABSOLUTA Y RELATIVA ...ccocoocccononccnnonnnncnónns 11 5.1 Nulidad abSOlULA......ccoooocccccconocnnonononcnononanocnnnnncnn cnn anccncnnnnnos 11 5.2 Nulidad relaliVA.......oooccoonoccccncnoocnnnnoconcnononannononananinnnanocnnnnnnos 11 CONCLUSIONES ...oocccccncnncnncnnccnconcnnroncnnr nac cnc cnc cnc nnronr cnc cnc nnrarannanonenanns 13 FUENTES CONSULTADAS...oocccccncnncnncnncnncnnconcnncnncnaronronc cnn nnrnarannncnnnos 14 Página | 2 CAPÍTULO UNO 1. CONCEPTO 1.1 Derecho Procesal. Primero hay que entender lo que es un Proceso, Son las reglas que habrán de seguirse para la tramitación y resolución de los diversos asuntos (litigios) que concurren en tribunales. Es el conjunto de fases sucesivas que conducen a una resolución jurídica, emitida por un órgano competente para ello; sirve para solucionar litigios y su propósito es regular la función jurisdiccional. Es la aplicación del derecho a casos concretos. García Colín (2016, p. 111) cita a Becerra Bautista (1981, p.1) quien define que “El fin de todo proceso es la obtención de una sentencia que, en forma vinculativa, resuelva una controversia sobre derechos substanciales” Sentencia: es la resolución que emite el juez sobre la controversia planteada y la emite una vez que no existan pruebas por desahogar 1.2. Nulidad de los Actos Procesales. Según el Diccionario Jurídico Mexicano, t. VI (1994), la Nulidad de los actos procesales es la acción que se concede a las partes en un juicio contra actuaciones judiciales que estiman violatorias de un derecho o contrarias a las normas que rigen un procedimiento, las cuales aun cuando no ponen obstáculo al curso del juicio, deben plantearse y resolverse antes de que éste termine por sentencia ejecutoria. Incidente mediante el cual las actuaciones judiciales: promociones, acuerdos, proveídos, diligencias, ratificaciones y, en general, cualquier determinación del juez; referentes todas ellas a un procedimiento judicial, pueden ser revocadas o modificadas por existir en ellas un vicio cuya corrección legal procede. Página | 5 CAPÍTULO DOS 2. GRADOS DE NULIDAD La legislación y la doctrina han señalado diferentes grados en la nulidad procesal. Como primer grado tenemos el de la nulidad absoluta, esta impide la admisión del acto, esta nulidad es declarada por el juez y no tiene posibilidad de subsanación. En este caso será procedente la nulidad de oficio. En segundo grado está la nulidad relativa, se refiere a la carencia de elementos accesorios, los cuales pueden ser objeto de substanciación, contrario a la nulidad absoluta, esta nulidad es únicamente procedente a petición de parte. También se impondrá nulidad por inexistencia, es decir, por falta de consentimiento, de objeto e incluso de solemnidad, esto dará lugar a “la nada jurídica”, es decir, será inconfirmable, imprescriptible y no produce efectos. En el capítulo cinco desarrollaremos más a fondo las características y consecuencias de cada uno de los grados de nulidad. CAPÍTULO TRES 3. ¿CÓMO SE RIGE LA NULIDAD PROCESAL? 3.1. Reglas que norman la nulidad de los actos procesales. Varias son las reglas que norman la nulidad de los actos procesales, según el mismo Diccionario Jurídico Mexicano, estas son 7... L La nulidad no existe de pleno derecho. Página | 6 Mi. Si no hay disposición expresa en las leyes y para los casos que comprendan, no puede reconocerse la existencia de nulidades de pleno derecho, porque tales nulidades deben ser declaradas por la autoridad judicial en todos los casos y previo el procedimiento que se marque en cada caso. La nulidad de una actuación debe reclamarse en lo subsecuente. Si el interesado no lo hace en esta forma corre el riesgo de que se tenga por consentida la actuación nula; en consecuencia, debe proponerse desde luego el incidente respectivo aun cuando no se haya dictado nueva providencia en el asunto, a efecto de evitar que una determinación posterior impida reponer los actos nulos. Es voluntario el cumplimiento del acto procesal. De no encontrarse objeciones por las partes a la actuación judicial, el cumplimiento voluntario del acto procesal surte efectos de ratificación y extingue la acción de nulidad por falta de forma. El error o la violencia en actos procesales produce siempre nulidad. Quien incurra en estos hechos está expuesto a que sus actuaciones se estimen viciadas y consecuentemente sean rechazadas y encauzadas por el correcto orden legal Los escritos no producen nulidad. Cuando se presenta un escrito cuyo contenido es parte de las argumentaciones expuestas o cuando existen signos inequívocos o tácitos que son el resultado de hechos o de actos que los presupongan o que autoricen a presumirlo, ni unos ni otros producen nulidad y obligan a las partes en un juicio. Las partes deben restituirse los derechos robados. Los efectos de la nulidad consisten en que las partes se hagan las restituciones que hayan sido señaladas, por lo que aun cuando en una resolución no se indique de manera expresa que las partes se restituyan lo que respectivamente deben recibir a consecuencia de la celebración Página | 7 El principio de trascendencia descansa en la antigua máxima: pas de nullité sans grief, es decir, no hay nulidad sin agravio, sin daño, sin perjuicio. CAPÍTULO CUATRO 4. FORMAS DE PROMOVER LA NULIDAD PROCESAL. La Suprema Corte de Justicia ha sustentado en varias ejecutorias el criterio de que la nulidad de actuaciones no se obtiene, entre nosotros, sino mediante el incidente respectivo durante el juicio, y dicho incidente se abre cuando se falta a las formalidades de un juicio o cuando se alteran en algún sentido otros actos procesales que causen perjuicio a los litigantes, quienes tienen derecho a que dicho juicio siga el procedimiento establecido. Por esta razón los incidentes de nulidad no pueden promoverse después de pronunciada sentencia que causó ejecutoria, por tratarse de actuaciones anteriores a ella. De aceptarse su tramitación se obstruiría la firmeza de la cosa juzgada; sólo cuando la nulidad solicitada afecta actuaciones practicadas con posterioridad al fallo y relativas a la ejecución del mismo, pueden plantearse y resolverse. Estos incidentes poseen autonomía destacada dentro de cualquier juicio y por lo mismo se ajustan al principio en que se apoya toda garantía procesal. La oportunidad para pedir la nulidad es en cuanto el perjudicado tenga noticia del hecho a declarar nulo, siempre antes de la sentencia de primera instancia, en este caso el Juez resolverá dando vista a la contraria durante el plazo de tres días a partir del día siguiente en que se admita el recurso solicitando la nulidad. En caso de que no se interponga el recurso de nulidad sobre un acto que tenga vicio en grado relativa, se reconocerá como válido, a excepción de lo actuado por el órgano jurisdiccional, en cuyo caso debe subsanarse de oficio, así Página | 10 mismo los actos nulos con el grado de absoluta es procedente la declaratoria de oficio. Concluido el proceso, los actos nulos solo son subsanables a través del recurso de apelación, resolviendo en un auto especial para tal efecto, no obstante, solo es procedente cuando el alegato verse sobre la sentencia dictada por el juez de la causa CAPÍTULO CINCO 5. NULIDAD ABOLUTA Y NULIDAD RELATIVA Dentro de la legislación mexicana podemos encontrar de la inexistencia y de la nulidad en el Código Civil Federal en el Título Sexto. 5.1. Nulidad absoluta. Art. 2226 del CCF. La nulidad absoluta por regla general no impide que el acto produzca provisionalmente sus efectos, los cuales serán destruidos retroactivamente cuando se pronuncie por el Juez la nulidad. De ella puede prevalerse todo interesado y no desaparece por la confirmación o la prescripción. Se denominan nulos o afectados de nulidad absoluta aquellos actos jurídicos que contraríen las buenas costumbres y el orden público. Esta nulidad se origina con el nacimiento del propio acto al cual corresponde. Son nulos estos actos: — Celebrados por personas absoluta o relativamente incapaces que actúen sin representación legal acreditada. — Otorgados sin la autorización de una de las partes llamadas a hacerlo por ley. — Otorgados mediante simulación o fraude. - Cuyo objeto y causa sean ¡legales o inmorales y se encuentren expresamente prohibidos por la ley. — Carentes de las formalidades respectivas. — Cuando se hubieren celebrado con vicios Página | 11 Esta nulidad será: inconfirmable, imprescriptible, la puede pedir cualquier interesado, sí produce efectos pero serán destruidos retroactivamente. 5.2. Nulidad relativa. Art. 2227 del CCF. La nulidad es relativa cuando no reúne todos los Caracteres enumerados en el artículo 2226. Siempre permite que el acto produzca provisionalmente sus efectos. Esta nulidad es una medida de protección que la ley establece a favor de individuos determinados, por lo que tiene a la protección de intereses particulares, la pueden causar vicios en la voluntad, falta de forma y la falta de capacidad. Son anulables estos actos: - Cuando se comprueba que alguna de las partes ha obrado con alguna incapacidad accidental. — Cuando se demuestra que al momento de la celebración se desconocía la incapacidad de alguna de las partes. — Cuando se demuestra que al momento de la celebración se desconocía la prohibición recaída sobre el objeto del acto. — Cuando se hubieren celebrado con vicios de error, dolo o violencia. Esta nulidad será confirmable, prescriptible, la puede pedir sólo el perjudicado. Página | 12
Docsity logo



Copyright © 2024 Ladybird Srl - Via Leonardo da Vinci 16, 10126, Torino, Italy - VAT 10816460017 - All rights reserved