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parcial derecho comercial II, Exámenes de Derecho Común

es la segunda pregunta del parcial de derecho comercial II de la carrera de abogacia de la universidad blas pascal de la ciudad de cordoba

Tipo: Exámenes

2021/2022
En oferta
30 Puntos
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Subido el 28/10/2022

Mroba
Mroba 🇦🇷

4.9

(8)

14 documentos

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¡Descarga parcial derecho comercial II y más Exámenes en PDF de Derecho Común solo en Docsity! Punto 1. Un cliente suyo, Miguel Jordán, que necesita realizar operaciones comerciales en otros puntos del país, le consulta sobre la existencia de un contrato que permita válidamente hacerlo sin que tuviera que trasladarse a dichos lugares personalmente; por lo que requiere de usted la instrumentación y la confección de dicho contrato. Usted, a los fines de su elaboración, debe considerar las cuestiones, y en base a ello responda lo siguiente con fundamento jurídico: a. ¿Cuál es la figura contractual adecuada para que una persona, actuando en nombre de otra, pueda realizar operaciones comerciales en otro lugar? La figura contractual para el caso es la de mandato (art. 1319 de CCCN), el cual puede ser con representación (art. 1320 del CCCN) o sin ella (art. 1321 de CCCN), cuya diferencia radica en el que el mandato con representación, el mandatario actúa en interés y en nombre y por cuenta del mandante, sin embargo en el mandato sin representación, el mandatario continua actuando en interés del mandate pero obrando frente al tercero en nombre propio. b. Por los actos realizados, ¿quién es la persona que queda obligada frente al tercero con el que se contrata? Depende aquí de la clase de contrato de mandato que se haya celebrado, es decir, si se trata de mandato con o sin representación. De realizarse un mandato con representación, quien se encuentra obligado frente al tercero es el mandante, siempre que el mandatario haya cumplido con lo estipulado para ello (debe de tener facultad para representar al mandate, debe actuar dentro de los limites establecidos por dicho facultamiento, debe hacerle conocer al tercero que se encuentra obrando en nombre del mandante), caso contrario es el mandatario el responsable frente a terceros por los daños que causare (no pudiendo reclamar nada al mandante). Si el contrato es un mandato sin representación, entonces es el mandatario quien se encuentra obligado frente al tercero, pudiendo el mandante subrogarse en las acciones que tiene el mandatario contra el tercero, e igualmente el tercero en la acciones que pueda ejercer el mandatario contra el mandante. c. ¿Quién corre con los gastos que estos actos demanden? Tal y como lo estipula el CCCN en su art. 1328 inc. A ( suministrar al mandatario los medios necesarios para la ejecución del mandato y compensarle, en cualquier momento que le sea requerido, todo gasto razonable en que haya incurrido para ese fin), corresponden al mandante los gastos para la realización del mandato. d. ¿Tiene derecho el apoderado a una retribución por los actos encargados? El mandante tiene derecho a una retribución por los actos encargados, tal y como lo expresa el art. 1328 inc. D del CCCN ( abonar al mandatario la retribución convenida). Punto 2. José Guardiola, empleado estatal, presta a Margarita Flor, comerciante dedicada a la compra y venta de artículos del hogar, la suma de pesos Veinte mil, para que ella la devuelva en el plazo de sesenta días de celebrado el contrato, con más un interés del diez por ciento anual. En base a ello, indique con fundamento jurídico: a. ¿Qué contrato han celebrado las partes? El contrato aquí celebrado es el de mutuo, el cual se encuentra detallado en el CCCN en su art. 1525, el que establece que “Hay contrato de mutuo cuando el mutuante se compromete a entregar al mutuario en propiedad, una determinada cantidad de cosas fungibles, y éste se obliga a devolver igual cantidad de cosas de la misma calidad y especie”.
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