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Ética, Moral y Derecho: Conceptos Relacionados y Distintos - Prof. Esteban, Esquemas y mapas conceptuales de Deontología

Una introducción a la ética, la moral y el derecho. Se distingue entre ética y moral, y se examina la relación entre ellas y el derecho. Se abordan temas como la deontología profesional, el derecho positivo y natural, y la participación en asuntos políticos. Además, se discuten los valores, normas y costumbres en el sistema normativo.

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2022/2023

Subido el 20/01/2024

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¡Descarga Ética, Moral y Derecho: Conceptos Relacionados y Distintos - Prof. Esteban y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Deontología solo en Docsity! Tema 1: Ética, moral y derecho 1.1 Distinción entre ética y moral La ética y la moral son conceptos relacionados pero distintos: Etimológicamente, ambos términos tienen raíces que se refieren al comportamiento humano. "Ética" proviene del griego "ethos", que significa hábito o costumbre, mientras que "moral" proviene del latín "mos", que también se refiere a la costumbre. Desde un enfoque filosófico, la ética se considera la reflexión y el pensamiento sobre la moral. La moral son códigos de comportamiento que indican lo que una persona debe o no debe hacer, mientras que la ética proporciona argumentos, razones y fundamentos para seguir ciertos comportamientos. La moral es en gran medida un producto de la sociedad y suele ser cumplida de forma voluntaria, aunque el incumplimiento puede llevar al rechazo social y generar remordimientos en el individuo. En cambio, la ética surge de la reflexión individual y es una elección consciente y voluntaria. 2. Pluralidad de éticas y morales 2.1 Corrientes éticas Existen varias corrientes éticas que han surgido a lo largo de la historia y que influyen en cómo las personas perciben y abordan cuestiones éticas. Dos de las principales corrientes éticas son: 1. Éticas Teleológicas: Se centran en los resultados de una acción como el principal determinante de su moralidad. Ejemplos incluyen el utilitarismo y el egoísmo ético. 2. Éticas Deontológicas: Se basan en la idea de que la moralidad de una acción está determinada por el deber o la obligación de actuar de cierta manera, independientemente de las consecuencias. Ejemplo: ética kantiana. 2.2 Deontología: Significado y relación con ética y moral La deontología es una rama de la ética que se enfoca en el estudio de los deberes y obligaciones morales en el ejercicio de una profesión específica. Esta disciplina busca promover comportamientos éticos y responsables dentro de una profesión y asegurar que los profesionales actúen de manera ética y conforme a un conjunto de normas predefinidas. 2.3 Deontología profesional y ética profesional La ética profesional se enfoca en lo que se considera bueno en una profesión, pero no es necesariamente exigible ni está recogida en normas. Es más relativa a las creencias individuales. En cambio, la deontología se centra en el deber y está respaldada por códigos deontológicos que son exigibles para los profesionales de un colectivo. 3. Ética, moral y derecho El derecho se refiere al "orden de convivencia social" y tiene como función regular los comportamientos y relaciones en la sociedad. A menudo, el derecho se basa en valores morales y convicciones éticas. La moral y la ética influyen en la evolución y cambios en el derecho. En el contexto español, el derecho abarca todas las normativas utilizadas en España para regular la sociedad. 3.2 Elementos del derecho Los elementos del derecho incluyen la coacción, que implica sanciones por parte de la administración pública, la fuerza cuando es necesaria para hacer cumplir la ley, y la autoridad que respalda la aplicación de las normativas. Estos elementos tratan garantizar la seguridad y la libertad de la mayoría en la sociedad. 3.3 Derecho positivo y derecho natural El derecho natural se refiere a la idea de que existen derechos naturales a los seres humanos de forma independiente de las leyes humanas, basados en principios éticos y morales universales. Por otro lado, el derecho positivo se refiere al conjunto de normativas y leyes creadas y reconocidas por las autoridades de un país en un momento dado. En el caso de España, la Constitución es la ley suprema y establece los derechos y obligaciones fundamentales. Los derechos fundamentales en la Constitución española se encuentran en los artículos 14 al 29, aunque es importante destacar que el derecho a la salud no está explícitamente mencionado en estos artículos. Tema 2: Valores normas y costumbres En el sistema normativo, coexisten distintos tipos de leyes que regulan la conducta de las personas: Las normas jurídicas son aquellas aprobadas por los órganos del estado con autoridad legislativa. Estas normas se encuentran escritas y establecen las bases legales para la convivencia de la sociedad. Por otro lado, las normas sociales y morales no están necesariamente escritas, pero siguen siendo relevantes en la sociedad. Aunque no son promulgadas por una autoridad específica, estas normas regulan el comportamiento humano y pueden conllevar sanciones sociales por su incumplimiento. Ejemplos de esto incluyen normas de respeto y educación. Los valores y principios jurídicos forman la base de nuestro sistema jurídico. Entre los valores superiores del ordenamiento jurídico se encuentran la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. La Constitución es la primera ley en la jerarquía del ordenamiento jurídico y refleja estos valores. Para la creación de leyes relacionadas con las comunidades autónomas, se emplean los estatutos de autonomía, los cuales también se vinculan con estos valores fundamentales. El artículo 23 de la Constitución Española establece el derecho fundamental a la participación en asuntos políticos, mientras que los artículos 6 y 7 se refieren al derecho a la formación de partidos políticos. Desde una perspectiva funcional, es importante considerar: - Los criterios de validez de las normas, que determinan si una norma es legal y aplicable. - La orientación en la creación normativa, que establece los procedimientos y principios para la elaboración de leyes. - La interpretación de todo el sistema jurídico, que permite comprender y aplicar las leyes de manera coherente. Concepto de la norma jurídica El concepto de norma jurídica se refiere a una regla de conducta emitida por una autoridad legítima. Su incumplimiento puede conllevar sanciones coercitivas, lo que significa que quienes no obedezcan la norma pueden enfrentar consecuencias legales. Es fundamental comprender que las normas jurídicas son parte de un sistema legal y, como tal, tienen validez jurídica. El desconocimiento de una ley no exime a las personas de cumplirla. Las leyes suelen tener dos características esenciales: son generales, aplicables a la colectividad con posibles excepciones particulares, y abstractas, ya que establecen supuestos tipo en lugar de situaciones concretas. En el marco de la filosofía legal, el filósofo Hart distingue entre normas primarias, que exigen ciertos comportamientos, y normas secundarias, que confieren derechos. Estructura y clases de normas jurídicas La estructura básica de una norma jurídica consta de dos partes: 2. El sistema jurídico El sistema jurídico es esencial para regular la convivencia en una sociedad, y en el caso de España, se basa en el ordenamiento jurídico, que abarca: - Conjunto de Normas Jurídicas: Un sistema legal que engloba todas las normas aplicables en el país, estableciendo reglas para las relaciones entre individuos y regulando el uso legítimo de la fuerza, como en casos de detención o registro de domicilio. - Principios Jurídicos y Valores: Estos fundamentan y guían la interpretación del sistema legal. Por ejemplo, el derecho constitucional de Habeas Corpus permite a una persona detenida cuestionar su detención ante un tribunal si considera que fue ilegal. Hay un plazo de 72 horas para llevar a la persona detenida ante un juez, aunque este plazo puede variar según la complejidad del caso. En cuanto a la estructura y el fundamento de las normas jurídicas en el sistema jurídico, se caracterizan por su naturaleza constitutiva (concesión de derechos), coercitiva (posibilidad de aplicar fuerza legal) y sancionadora (imposición de sanciones por incumplimiento). Eficacia de la norma jurídica La eficacia de una norma jurídica se refiere a su capacidad para producir efectos en la sociedad. Los diferentes aspectos relacionados con la eficacia de una norma son; 1. Obligatorio: Las normas jurídicas son obligatorias y deben ser publicadas en el Boletín Oficial del Estado o en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para que sean conocidas y aplicables en el territorio correspondiente. 2. Constitutivo: Las normas jurídicas atribuyen derechos subjetivos a los individuos a través del derecho positivo. Esto significa que las personas tienen el derecho de exigir ciertos comportamientos de terceros. Por ejemplo, el derecho a la educación es un derecho subjetivo. 3. Sancionador: Cuando se viola una norma, se aplican sanciones. Estas pueden ser sanciones civiles, como indemnizaciones, o sanciones penales, que pueden incluir penas de cárcel. 4. Eficacia Temporal: Las normas tienen un período de vigencia definido, que generalmente comienza desde su publicación en el Boletín Oficial correspondiente. Sin embargo, existen situaciones especiales que pueden afectar su vigencia, como la emergencia sanitaria causada por el COVID-19. 5. Eficiencia Espacial: Las normas también tienen un alcance geográfico específico, es decir, se aplican en un territorio determinado. 3. La ética, las normas morales y el derecho El derecho natural se refiere a principios y valores inmutables de carácter universal que buscan legitimar y aportar objetividad y racionalidad al sistema legal. Santo Tomás de Aquino es un autor relevante en este tema, ya que habla de principios religiosos que respaldan la existencia de derechos universales e inmutables para los seres humanos. En el sistema jurídico, el derecho refleja los principios éticos de la sociedad, y la ética refuerza la presión coactiva de las normas. A lo largo de los años, los derechos naturales han evolucionado, especialmente después de las guerras mundiales, lo que llevó a mejoras en los derechos naturales, sociales y económicos. La Constitución de 1978 en España incorporó principios que ya estaban presentes en otros textos constitucionales y los estableció como fundamentales. Por ejemplo, el artículo 23 garantiza el derecho a votar y ser votado. Además, se estableció un sistema de renta básica para ayudar a personas en situaciones diversas, como incapacitados que nunca han trabajado. La ética contemporánea se basa en orientaciones biológicas y políticas, y difiere del derecho natural en que la ética no es obligatoria, mientras que todo lo especificado como derecho en la Constitución es de cumplimiento obligatorio. Una corriente importante del derecho natural es el "Iusnaturalismo racionalista", que se aleja de las raíces religiosas y se enfoca en la razón. Figuras como Locke y Montesquieu influyeron en esta corriente, y sus principios se reflejaron en eventos como la Revolución Francesa y la Constitución de 1812. 4. Los usos sociales Los usos sociales son normas de urbanidad no escritas que regulan las interacciones entre individuos, basándose en la tradición y la práctica constante. Tienen ciertas características distintivas: 1. No cuentan con mecanismos de coacción predeterminados. 2. Se les atribuye una naturaleza normativa, aunque carecen de exigencia. 3. No son normas jurídicas en sí mismas, pero pueden tener una naturaleza jurídica en el contexto del derecho consuetudinario, que se basa en la costumbre. 4. No son normas éticas, ya que no implican una adhesión interna. Las normas éticas se manifiestan a través de la conciencia crítica. El Código Civil hace referencia continua a los usos sociales, como se puede observar en el Artículo 146, que se relaciona con el derecho de alimentos. Tema 4: La objeción de conciencia 1. Características y diferencias con la desobediencia civil La objeción de conciencia es un principio moral e individual que permite a una persona negarse a cumplir con una norma jurídica basándose en sus valores morales e ideológicos. Su origen en España se vincula principalmente a las obligaciones militares, como en el caso de los Testigos de Jehová y las transfusiones de sangre durante el servicio militar obligatorio. La Constitución de 1978 reconoce la objeción de conciencia, y en 1984 se aprueba la Ley Orgánica de Objeción de Conciencia, que se aplica específicamente a quienes deseaban evitar el servicio militar obligatorio, sustituyéndolo por un servicio social alternativo. En el artículo 16 de la Constitución se prohíbe obligar a declarar sobre la ideología, religión o raza de una persona, protegiendo su intimidad. La objeción de conciencia permite oponerse al cumplimiento de deberes establecidos de manera general por el ordenamiento. La Constitución aborda la objeción en relación con el servicio militar (artículo 30.2) y la "cláusula de conciencia" de los periodistas (artículo 20.1), asegurando la libertad de opinión. El Tribunal Constitucional ha reconocido la objeción de médicos y personal sanitario. Aunque la objeción de conciencia se admite en ciertos casos, no se permite de manera general y se contempla también la posibilidad de objeción de conciencia por parte de personas jurídicas. Tipos de objeción Existen dos tipos de objeción: activa, que implica realizar acciones que el derecho prohíbe, como en casos de embarazo o eutanasia; y omisiva, que consiste en no cumplir con obligaciones impuestas por el derecho, como la decisión de no defender casos de violación o asesinato. Características La objeción se caracteriza por ser una forma de desacuerdo no violenta, fundamentada en valores fundamentales respaldados por el artículo 16 de la constitución. Es de carácter individual y, en principio, no busca modificar una norma, sino expresar una discrepancia basada en principios fundamentales. Diferencias con la desobediencia civil La objeción es individual y no pretende cambiar normas, basándose en un desacuerdo no violento respaldado por valores fundamentales. En contraste, la desobediencia civil es pública, busca presionar socialmente para forzar cambios en las leyes, aspirando a la derogación o modificación de las normas a través de la movilización social. 2. Naturaleza y fundamentos de la objeción de conciencia La objeción de conciencia encuentra su principal fundamento en la libertad. Aunque los derechos fundamentales no son absolutos y tienen límites, la libertad está reconocida en el artículo 9.2, que establece la sujeción de los ciudadanos y los cargos públicos a la constitución. Este principio busca promover condiciones de igualdad y libertad tanto a nivel individual como en los grupos sociales. A pesar de que el Estado es aconfesional, no laico total, como se refleja en la elección de la clase de religión en colegios públicos. 3. Ámbitos del ejercicio frecuente de la objeción de conciencia 3.1 Ámbito educativo En el ámbito educativo, la posición del Estado debe ser neutral, evitando el adoctrinamiento y protegiendo el desarrollo de los menores. Ejemplos de situaciones comunes incluyen la obligatoriedad de asignaturas sobre educación sexual en varios países de la UE. Además, la presencia de símbolos religiosos en centros educativos varía, siendo prohibidos en Francia y Turquía, mientras que en España, el centro tiene el derecho de imponer su ideario siempre que se garantice el derecho a la educación. 3.2 Ámbito sanitario En el ámbito sanitario, la objeción de conciencia se manifiesta en casos como el aborto, donde se permite dentro de un plazo establecido, respetando la libertad individual. También se aplica en la regulación de la eutanasia. Es importante destacar que la objeción de conciencia puede aplicarse a personas jurídicas, como empresas, que tienen derechos a contratar, a diferencia de las personas físicas. 3.3 Otros ámbitos La Sentencia Administrativa N 708/2015 del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, establece que la objeción de conciencia no es un derecho absoluto y debe respetar los derechos de los demás. Tema 5: Ética derecho y buenas prácticas 1. Consideraciones previas Considerando la actual crisis en los ámbitos social, político, económico y medioambiental, se buscan soluciones que involucren tanto la ética como el derecho. La ética se destaca por la reflexión sobre valores y principios, mientras que el derecho establece las reglas para ordenar la sociedad y los poderes públicos. Estas dos dimensiones son interdependientes. Se destaca la importancia de un ordenamiento jurídico que proteja la dignidad humana, así como los valores de justicia, igualdad, pluralismo político y los derechos humanos para lograr una sociedad justa. Además, se reconoce la necesidad de una perspectiva económica ética, donde la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) y la idea de cómplices juegan un papel crucial en la construcción de una sociedad más justa y sostenible. 2. El concepto de"buenas prácticas" El concepto de "buenas prácticas" implica una actuación honesta y ética, en contraste con las "malas prácticas". Se refiere a la aplicación correcta y sistemática de las reglas establecidas por un colectivo profesional o social representativo, especialmente en sectores estratégicos y colegios profesionales. El término se originó en el ámbito económico y de negocios como indicador de eficiencia y compatibilidad, pero su aplicación se ha extendido a diversas áreas. En el ámbito de la competencia, se destacan órganos reguladores independientes como la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia, con poder regulador y sancionador. El concepto también tiene raíces en políticas sociales, evidenciado en la Conferencia de Naciones Unidas de 1996, que buscaba mejorar las condiciones de vida en las ciudades, promoviendo el urbanismo y el en valores superiores como libertad, igualdad, justicia y pluralismo político. El derecho de voto se consagra como fundamental, otorgando a la población el derecho a participar en la vida política y fundar partidos políticos. Importancia de las Leyes en la Sociedad: Las leyes desempeñan un papel fundamental al abordar dos elementos clave: ● Las manifestaciones sociales, donde los individuos unen sus objetivos, como el derecho al trabajo y al salario. Estos derechos sociales se entrelazan con los aspectos económicos propios de una sociedad justa, recordando, en cierto sentido, los principios de una sociedad comunista, como el derecho a una vivienda y a la herencia. ● Otro componente esencial se encuentra en las manifestaciones democráticas, detalladas en la Constitución. El Artículo 23 de la Constitución española se desglosa en dos partes fundamentales: el derecho a la participación y la dimensión activa de la democracia. En España, este derecho se materializa a través de tres organismos principales: las Cortes Generales, representando a toda la nación; las comunidades autónomas, con la Asamblea de Madrid como ejemplo de parlamento autonómico; y los entes locales o diputaciones provinciales. Proceso de Selección y Participación Ciudadana: Un aspecto significativo es el proceso de selección de cargos, como el de los jueces. En este contexto, una persona puede aspirar y obtener una plaza que asegure su condición de juez, aunque la elección no se realice mediante votación directa. El Artículo 9.2 establece el derecho a la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, enfatizando la importancia de la voz ciudadana en la toma de decisiones. Sufragio Pasivo y Representación Pública: El Artículo 23.2 aborda el sufragio pasivo, que se refiere al derecho de los ciudadanos a observar a los candidatos en las elecciones para obtener representación pública. Es crucial comprender que el simple acto de presentarse como candidato no garantiza la obtención de representación. Esta condición busca asegurar la igualdad entre todos los candidatos. Una vez obtenida la representación, la constitución y el ordenamiento jurídico respaldan la permanencia en el cargo. Derecho a la Participación Política en España: En el contexto español, el derecho a la participación política se considera fundamental y no obligatorio, como en otros países como Italia o Ecuador, donde el voto es de carácter obligatorio. Se prohíbe que los órganos legitimados democráticamente establezcan restricciones individualizadas para el acceso a cargos públicos, preservando así la igualdad y la participación ciudadana en el proceso democrático. Tema 7: Principio de igualdad Principio de Igualdad en la Constitución Española: El principio de igualdad, esencial en la Constitución Española, se manifiesta en distintos artículos, considerándose un valor supremo junto con el pluralismo político y la libertad. La igualdad, según el artículo 8.2, representa un objetivo fundamental de la constitución, destacando la búsqueda de una libertad material y real. El artículo 14 de la constitución, por su parte, aborda específicamente la igualdad entre hombres y mujeres, lo cual ha tenido repercusiones significativas en la legislación. En el ámbito laboral, el principio de igualdad entre hombres y mujeres se refleja en los estatutos de los trabajadores, facilitando condiciones equiparables para el acceso de la mujer al mercado laboral, promoviendo así la conciliación laboral y familiar. Instituciones Jurídicas: En el contexto judicial, la aplicación del principio de igualdad se evidencia en los juzgados especializados, como los de violencia sobre la mujer, favoreciendo a las mujeres en ciertos ámbitos. Este respaldo se manifiesta también en la implementación de listas electorales paritarias, donde se procura mantener una proporción equitativa entre hombres y mujeres. Naturaleza del Principio de Igualdad: La concepción del principio de igualdad varía entre considerarse un derecho subjetivo de la persona o un principio general que limita la actuación de la legislación. En un voto particular de una sentencia, se destaca su carácter trifecta con tres elementos fundamentales: como derecho subjetivo, como principio general del derecho que requiere justificación para excepciones, y como límite a la sobre actuación del poder legislativo en España. Acciones Positivas y Limitaciones Legislativas: El principio de igualdad no impide que el legislador regule con ciertas desigualdades, siempre y cuando éstas estén justificadas, razonadas y motivadas, denominándose acciones positivas. El poder legislativo puede crear un marco legal que favorezca a individuos para incorporarse al mercado laboral y corregir desigualdades existentes. Por ejemplo, otorgando beneficios a empresas que contraten mujeres en situaciones específicas. Sentencias Clave y Presupuestos del Principio de Igualdad: Dos sentencias fundamentales guían la interpretación del principio de igualdad en España. Primero, se requiere la existencia de un presupuesto: que la desigualdad sea real. Segundo, se debe demostrar que no existen motivos válidos para esa desigualdad. Por último, para aplicar el principio de igualdad, se plantea la necesidad de erradicar dicha desigualdad, estableciendo un fin legítimo y discernible, adaptación fiel al fin de la ley y la ausencia de desproporciones manifiestas en relación con otras personas o categorías jurídicas. Tema 8: Principio de constitucionalidad El principio de constitucionalidad en la estructura normativa española se divide en control de constitucionalidad y reforma de la constitución. En EEUU se empieza a plantear el caso Marbury VS Madeson. Su propósito es restaurar el orden jurídico en la sociedad y, cuando un proceso contradice la constitución, se suspende y se remite a las Cortes Supremas, un órgano judicial, excluyendo la narrativa constitucional. En España, el Tribunal Constitucional, compuesto por expertos con al menos 15 años de experiencia, realiza el control de constitucionalidad. El Control de la constitucionalidad, es decir, la Constitución de 1978 establece este control sobre las leyes contrarias a ella, concentrando este poder en un único órgano. En el modelo estadounidense, los jueces priorizan la constitución sobre las leyes al dictar sentencias. En cambio, en España, los jueces pueden interpretar la jurisprudencia a su criterio. La jurisprudencia en el modelo estadounidense implica que los órganos inferiores deben respetar las decisiones de los superiores, principalmente la Corte Suprema. En España, cuando se emite una sentencia del Tribunal Constitucional, tiene un carácter de legislador negativo. Se publica en el Boletín Oficial del Estado y declara la inconstitucionalidad de la ley, prohibiendo su aplicación en el país, como ocurrió con la ley de amnistía. En el sistema de control constitucional en España, se emplean tres mecanismos principales: el recurso de inconstitucionalidad, la cuestión de constitucionalidad y el control previo de tratados internacionales. ● El recurso de inconstitucionalidad se presenta como un medio directo para impugnar leyes y determinar si éstas contravienen la constitución. Pueden interponerlo el gobierno, las Cortes Generales, el Defensor del Pueblo y los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas, siempre con la aprobación de los parlamentos autonómicos. - El Canon de Control implica que al evaluar la constitucionalidad de una ley, no solo se considera el texto constitucional, sino también el bloque de constitucionalidad. Este bloque incluye la constitución y leyes de especial importancia constitucional, como los estatutos de autonomía y la ley orgánica del Tribunal Constitucional. - El ámbito de control se aplica a leyes o actos normativos con rango de ley, como aquellas aprobadas por las Cortes Generales o los parlamentos autonómicos, excluyendo las que no requieren la aprobación de las Cortes. - Los efectos de la sentencia del recurso de inconstitucionalidad determinan si la ley es constitucional o no. Si se declara constitucional, la ley continuará aplicándose como antes. ● La cuestión de constitucionalidad surge cuando los órganos judiciales, por propia iniciativa o a solicitud de las partes interesadas en un procedimiento, perciben que una ley contradice la constitución. Este proceso detiene temporalmente el procedimiento judicial y remite la cuestión al Tribunal Constitucional para su resolución. ● En cuanto al control previo de tratados internacionales, establecido en el artículo 95 de la constitución, se activa cuando el gobierno o una de las cámaras (Congreso o Senado) considera que un tratado internacional que España planea firmar es contrario a la constitución. En este caso, las cámaras remiten el tratado al Tribunal Constitucional, que emite una declaración con efectos similares a una sentencia, vinculante para todos (erga omnes). La reforma constitucional tiene como propósito proteger la propia constitución, asegurando la eficacia de los derechos fundamentales y sólo contemplándose en momentos de especial relevancia política. Para llevar a cabo esta reforma, existen dos métodos distintos: - Reforma Ordinaria: Establecida en los artículos 166 y 167 de la constitución, se logra con la obtención de una mayoría de 3/5 en cada cámara. En caso de no alcanzarse esta mayoría, se constituye una comisión mixta paritaria con miembros tanto del Congreso como del Senado. - Reforma Agravada de la Constitución: Definida en el artículo 168 de la constitución, requiere que las nuevas Cortes ratifiquen el proyecto de reforma y lo aprueben con una mayoría de 2/3 en cada cámara. La clave para diferenciar estos métodos radica en las áreas que serán objeto de reforma. Se considera si la modificación afecta a la totalidad de la constitución, al título o a los derechos fundamentales (artículos 14 al 29), o si incide en el título segundo sobre la Corona (artículos del 56 al 64). La iniciativa para la reforma constitucional puede ser impulsada por aquellos con iniciativa legislativa, como el gobierno, las Cortes Generales y los parlamentos autonómicos. Además, se especifica la posibilidad de iniciar la reforma a través de la iniciativa legislativa popular. .
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