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Gestión de la Calidad y Prevención de Riesgos en la Industria Textil, Tesis de Bachillerato de Fundamentos de Administración y Gestión

Una profunda investigación sobre la gestión de la calidad y la prevención de riesgos en la industria textil. Se abordan temas como la evaluación de riesgos, los principios de la ley de prevención de riesgos laborales, el plan de prevención de riesgos laborales, la clasificación de los equipos de protección individual y los epi utilizados en la industria textil, así como los factores de riesgo y las medidas preventivas. Además, se analiza la prevención de riesgos en la industria textil, incluyendo los riesgos laborales, los ejemplos de riesgos y las condiciones de trabajo.

Tipo: Tesis de Bachillerato

2015/2016

Subido el 19/03/2024

maria-alvarado-81
maria-alvarado-81 🇪🇸

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¡Descarga Gestión de la Calidad y Prevención de Riesgos en la Industria Textil y más Tesis de Bachillerato en PDF de Fundamentos de Administración y Gestión solo en Docsity! GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 1 Tema 5: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ÍNDICE: 1. INTRODUCCIÓN 2. CONCEPTOS 2.1 EL TRABAJO Y LA SALUD 2.2 CONDICIONES DE TRABAJO 2.3 ACCIDENTE DE TRABAJO 2.4 ENFERMEDAD PROFESIONAL 2.5 FACTORES DE RIESGO 3. ANÁLISIS DE LA NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 3.1 PRINCIPIOS DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 3.2 PRINCIPIOS GENERALES DE LA ACCIÓN PREVENTIVA 3.3 PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 4. CLASIFICACIÓN DE NORMAS POR SECTOR DE ACTIVIDAD Y TIPO DE RIESGO 5. ANÁLISIS DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LA INDUSTRIA TEXTIL 5.1 RIESGOS LABORALES EN TEXTIL, CONFECCIÓN Y PIEL 5.2 RIESGOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS 5.3 EJEMPLOS DE RIESGOS EN LA INDUSTRIA TEXTIL 6. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL 6.1 ¿QUÉ SON LOS EPI ‘S? 6.2 CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL 6.3 EPI ’S UTILIZADOS EN LA INDUSTRIA TEXTIL GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 2 1. INTRODUCCIÓN El trabajo existe desde los primeros tiempos de la existencia del hombre como una actividad imprescindible para lograr su subsistencia y bienestar. Aunque el tipo de trabajo y las condiciones en que este se lleva a cabo han experimentado a lo largo de la historia cambios importantísimos, hay un concepto íntimamente ligado al trabajo que subsiste y es el concepto de "riesgo". Actualmente y dado que el trabajo se lleva a cabo, de manera más o menos generalizada, en el ámbito de una empresa en la que existe un empresario que ha establecido un contrato laboral con cada una de las personas que trabajan a su cargo y por el que estas en contraprestación perciben un salario, el concepto "riesgo" ha venido a adoptar un "apellido" denominándose de esta manera "riesgo laboral" y estando este sujeto a diversa normativa de obligado cumplimiento por parte del empresario para garantizar que las condiciones de trabajo en que este se desarrolla no pongan en peligro la integridad física de los trabajadores expuestos a dicho riesgo laboral en virtud del trabajo que llevan a cabo. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 4 establece la definición de riesgo laboral como "la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo". Hablamos de la "Gestión de la Prevención de los riesgos en el trabajo o de los riesgos laborales" o también de la "Gestión Preventiva" entendiendo como tal al conjunto de procedimientos y acciones encaminados a identificar y eliminar o controlar los riesgos mejorando las condiciones de trabajo con el objetivo último de que dichos riesgos no se materialicen en forma de daños a la salud de los trabajadores expuestos. Para ello nuestra legislación en esta materia, Real Decreto 39/1997 Reglamento de los Servicios de Prevención, artículo 34, contempla cuatro disciplinas preventivas a saber: a. Seguridad en el Trabajo b. Higiene Industrial c. Ergonomía y Psicosociología aplicada d. Vigilancia de la Salud 2. CONCEPTOS 2.1. EL TRABAJO Y LA SALUD El trabajo y la salud están fuertemente relacionados. El trabajo es una actividad necesaria no sólo para satisfacer nuestras necesidades de supervivencia, sino que es Ejemplo: Un trabajador para acceder a un determinado lugar en altura sube a una escalera portátil apoyada sobre una pared y desarrolla una determinada tarea en estas condiciones. Es evidente que existe la posibilidad de caer al suelo desde esa altura y sufrir un daño o daños de diversa consideración como consecuencia de dicha caída. Este riesgo laboral lo denominaremos como "riesgo de caída de altura" y deberemos gestionarlo como veremos más adelante en este y sucesivos temas. GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 5 “Protegiéndolo en el ámbito laboral seremos capaces de disfrutar de una mejor calidad de vida extra laboral, beneficiándose de ello tanto el trabajador, su entorno familiar y la sociedad en general “. 2.4. ENFERMEDAD PROFESIONAL La Ley General de la Seguridad Social, entiende por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las actividades que se especifican en el cuadro de enfermedades profesionales, y que esté provocada por la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indican para cada enfermedad profesional. La enfermedad profesional se diferencia del accidente de trabajo en que aquélla se contrae, normalmente, de manera lenta y progresiva, y como consecuencia de unas determinadas sustancias y contraídas en actividades contempladas en el cuadro de enfermedades. CUADRO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES Modificado por el Real Decreto 1299/2006, según el agente causante, establece una división según las siguientes categorías: ✓ Enfermedades profesionales producidas por agentes químicos. ✓ Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos. ✓ Enfermedades profesionales provocadas por agentes biológicos. ✓ Enfermedades profesionales infecciosas y parasitarias. ✓ Enfermedades profesionales causadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados. ✓ Enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados. ✓ Enfermedades profesionales causadas por agentes carcinogénicos.Esta lista de enfermedades profesionales se ha visto actualizada debido no sólo a los cambios producidos en los procesos industriales, sino también a la aparición de nuevos elementos y sustancias que pueden incidir en la salud laboral de los trabajadores. Forma de Producirse. Agente Causante. Tipo de Lesión. Restricción Legal. Accidente de Trabajo. Súbita e instantánea. Agente material o energía fuera de control. Traumática. Ninguna. Enfermedad Profesional. Desarrollo lento. Condiciones ambientales. Orgánica o funcional. Debe estar incluida en una norma legal. GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 6 2.5. FACTORES DE RIESGO Un factor de riesgo es una característica del trabajo, que puede incrementar la posibilidad de queso produzcan accidentes o afecciones para la salud de los trabajadores. Podemos clasificar los factores de riesgo en los siguientes grupos: • Factores ligados a las condiciones de Seguridad: se incluyen en este grupo las condiciones materiales que influyen sobre la accidentabilidad: pasillos y superficies de tránsito, aparatos y equipos de elevación, vehículos de transporte, máquinas, herramientas, espacios de trabajo, instalaciones, etc. • Factores ligados al medioambiente del trabajador: se incluyen en este grupo los denominados “contaminantes físicos” (ruido, vibraciones, iluminación, condiciones termohigrométricas, radiaciones, etc.), los “contaminantes químicos” presentes en el medio ambiente de trabajo en forma de gases, vapores, nieblas, aerosoles, humos, polvos, etc., y los “contaminantes biológicos”, constituidos por microorganismos (bacterias, virus, hongos y protozoos). • Factores derivados de las características del trabajo: incluye las exigencias que la tarea impone al individuo que las realiza (esfuerzos, manipulación de carga, posturas de trabajo, niveles de atención, etc.) asociada a cada tipo de actividad y determinantes de la carga de trabajo, tanto física como mental. • Factores derivados de la organización del trabajo. Se incluyen en este grupo los factores debidos a la organización del trabajo (tareas que lo integran y su asignación a los trabajadores, horarios, velocidad de ejecución, relaciones jerárquicas, etc.). 3. ANÁLISIS DE NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS. GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 7 3.1. PRINCIPIOS DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES • Es obligatorio prevenir: Prevención significa prever con antelación las consecuencias negativas de una situación y actuar para cambiarla. • Las condiciones de trabajo afectan a la salud de los trabajadores: incluidas las relativas a su organización y ordenación. • Los accidentes no son “accidentales”, son evitables si se adopta una adecuada prevención, y hacerlo es una obligación empresarial. • Prevención frente a todos los riesgos: ¿Cuáles son las condiciones que pueden suponer un daño para la salud? El daño a la salud puede proceder no sólo de las máquinas, herramientas sustancias que se emplean, ni de los locales e instalaciones y procedimientos de trabajo, sino también de la organización y ordenación de las tareas. La prevención de riesgos laborales es la disciplina que busca promover la seguridad salud de los trabajadores mediante la identificación, evaluación y control de los peligros y riesgos asociados a un proceso productivo, además de fomentar el desarrollo de actividades y medidas necesarias para prevenir los riesgos derivados del trabajo. Si bien es un ámbito que, por lo menos en España, tiene una historia de más de 100 años, esta denominación ha sido relativamente reciente, a raíz de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. La presente Ley tiene por objeto la determinación del cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, y ello en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz de prevención de los riesgos laborales. • Integración de la prevención: Las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos laborales deben integrarse en la toma de decisiones sobre cualquier otro tema, y por lo tanto son tarea de todos. • Organización preventiva: La prevención debe estar integrada en la gestión habitual, pero es también una tarea específica que debe ser llevada a cabo de manera planificada, con recursos humanos cualificados y asignando recursos materiales suficientes. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga a que cada empresa disponga de una organización de recursos preventivos adecuada a sus necesidades. • Evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva: La evaluación de riesgos es un proceso de adquisición organizada de información sobre las condiciones de trabajo que sirve para aportar el soporte de conocimiento necesario para la toma de decisiones. La ejecución de esas decisiones requiere una planificación de actividades y una apropiada organización de los recursos, humanos y materiales. • Participación: La participación de los trabajadores en la prevención permite una mejor detección de los problemas y una adecuada valoración de las posibles soluciones. • Formación e información: Se establece el derecho a recibir toda la información necesaria sóbrelos riesgos del puesto de trabajo y generales del centro, sobre las medidas de protección y prevención aplicables y sobre los planes de emergencia. Se establece el derecho a recibir formación teórica y práctica en materia preventiva que deberá actualizarse siempre que sea necesario. El tiempo dedicado a esta formación GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 10 4. CLASIFICACIÓN DE NORMAS POR SECTOR DE ACTIVIDAD Y TIPO DE RIESGO Lo primero a tener en cuenta es que según la legislación de cada país y la naturaleza específica de la actividad económica las clasificaciones pueden variar. Además, en muchos casos, las normativas pueden superponerse, ya que un mismo riesgo puede estar regulado por diferentes leyes o estándares. De forma general y sin entrar en detalle de la normativa que se aplica podemos distinguir: Por sector de actividad: a. Sector industrial: Normas específicas para industrias manufactureras, de construcción, químicas, petroquímicas, etc. b. Sector servicios: Normas dirigidas a actividades como hotelería, restauración, transporte, entretenimiento, entre otros. c. Sector agrícola: Normativas enfocadas en la prevención de riesgos laborales en la agricultura y la ganadería. d. Sector salud: Reglamentaciones para hospitales, clínicas, consultorios médicos, laboratorios, entre otros. e. Sector educativo: Normas para escuelas, colegios, universidades y otras instituciones educativas. f. Sector público: Regulaciones aplicables a entidades gubernamentales y organismos públicos. Por tipo de riesgo: a. Riesgos físicos: Normativas relacionadas con riesgos como ruido, vibraciones, radiaciones, temperatura, iluminación, entre otros. b. Riesgos químicos: Regulaciones para la manipulación, almacenamiento y uso seguro de sustancias químicas peligrosas. GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 11 c. Riesgos biológicos: Normas dirigidas a la prevención de enfermedades infecciosas, exposición a agentes biológicos, entre otros. d. Riesgos ergonómicos: Reglamentos que abordan la ergonomía en el lugar de trabajo, incluyendo la postura, movimientos repetitivos, manejo de cargas, etc. e. Riesgos psicosociales: Normativas relacionadas con el estrés laboral, acoso, violencia en el trabajo, entre otros aspectos psicosociales. f. Riesgos de seguridad: Regulaciones para la prevención de accidentes como caídas, atrapamientos, incendios, explosiones, entre otros. 5. ANÁLISIS DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LA INDUSTRIA TEXTIL En el sector Textil las operaciones son muy dispares: confección, tinte, acabado de fibras, etc. siendo los riesgos por contacto con sustancias químicas, la exposición al ruido de las máquinas utilizadas y las posturas forzadas los más destacados. En este sector se agrupan las empresas dedicadas a las siguientes actividades: • Confección • Cuero y marroquinería • Preparación, curtición, tintura y acabados de pieles • Producción de hilos y telas • Fabricación de calzado Los trabajadores expuestos son, entre otros: • Operarios de la industria textil • Operarios de la industria de confección y peletería • Zapateros-reparadores de calzado Las principales máquinas utilizadas en estas actividades y a las que habrá que tener en cuenta en la evaluación de riesgos son: • Mesas y equipos de corte GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 12 • Máquinas de coser • Prensas • Lavadoras-secadoras • Máquinas para acabados especiales • Etiquetadoras • Máquinas de colocación de accesorios • Equipos de planchado 5.1 RIESGOS LABORALES EN TEXTIL, CONFECCIÓN Y PIEL RIESGOS DE SEGURIDAD  Riesgos de caída de personas: • Caída al mismo nivel • Caída a distinto nivel  Riesgo de golpes y choques  Riesgo de atrapamiento  Riesgo de corte y amputación  Riesgo eléctrico  Riesgo de incendio  Riesgo de contacto • Contacto sustancias químicas • Contacto térmico (quemaduras) RIESGOS HIGIÉNICOS  Exposición a sustancias nocivas  Exposición al ruido RIESGOS ERGONÓMICOS  Manipulación manual de cargas  Fuerzas y movimientos repetitivos  Trabajos de pie RIESGO PSICOSOCIAL GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 15 5.3. EJEMPLOS DE RIESGOS EN LA INDUSTRIA TEXTIL I. RIESGO DE ATRAPAMIENTO: II. RIESGO POR CORTE III. RIESGO POR CONTACTO TÉRMICO GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 16 IV. RIESGO POR EXPOSICIÓN A SUSTANCIAS NOCIVAS V. RIESGO POR EXPOSICIÓN AL RUIDO VI. RIESGOS ERGONÓMICOS Pasos a seguir: 1ª Apoya los pies firmemente. 2ª Separa los pies ligeramente. 3ª Dobla la cadera y las rodillas para coger la carga. 4ª Levanta la carga con la espalda recta. 5ª Mantén la carga tan cerca del cuerpo como sea posible. GESTIÓN DE LA CALIDAD, PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL 2º CURSO Patronaje y moda 17 6. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL 6.1 ¿QUÉ SON LOS EPI ‘S? "Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin". (R.D. 773 / 1997 Art. 2) Se excluyen de esta definición los siguientes equipos: - La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador. - Los equipos de los servicios de socorro y salvamento. - Los equipos de protección individual de los militares, de los policías y de las personas de los servicios de mantenimiento del orden. - Los equipos de protección individual de los medios de transporte por carretera. - El material de deporte. - El material de autodefensa o de disuasión. - Los aparatos portátiles para la detección y señalización de los riesgos y de los factores de molestia CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS EPI Los EPI deben proporcionar una protección eficaz frente a los riesgos que motivan su uso y además: - No suponer riesgos por sí mismos. - No ocasionar riesgos adicionales. - No producir molestias innecesarias. - Para cumplir estos preceptos deberán: - Responder a las condiciones del lugar de trabajo. - Tener en cuenta las condiciones anatómicas y fisiológicas del trabajador. - Adecuarse al usuario con los ajustes necesarios. - Hay que tener presente que si se utiliza un EPI certificado, que es el que obligatoriamente se debe usar, ha de cumplir con las condiciones arriba indicadas. - Cuando se utilice un EPI y se observe la certificación, se debe conocer, como mínimo, lo que ésta significa y a qué categoría pertenece. 6.2 CLASIFICACIÓN DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL Según la localización de los efectos de protección, los EPI se pueden clasificar en: • Parciales: destinados a proteger frente a riesgos localizados en zonas o partes del cuerpo específicas (p.e.- cascos, botas, guantes, etc.).
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