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La Unión Europea: Unión Económica y Monetaria - Prof. 364, Ejercicios de Derecho Financiero y Tributario

En este documento, enrique barón, ex presidente del parlamento europeo, explica la naturaleza de la unión europea como una 'unión de estados' que comparten principios y objetivos basados en la democracia parlamentaria, estado social de derecho, economía social de mercado, cohesión y un modelo social. La ue es una unión económica y monetaria (uem) que ha desarrollado en tres fases: la primera con libre circulación de capitales entre los estados miembros, la segunda con la convergencia de políticas económicas y monetarias y la creación del banco central europeo, y la tercera con la fijación irrevocable de los tipos de cambio y la introducción de la moneda única. El texto también detalla el tratado de maastricht, firmado en 1992, que responde a cinco objetivos esenciales, incluyendo la instauración de una unión económica y monetaria.

Tipo: Ejercicios

2016/2017

Subido el 24/05/2017

pilar_vilas_sanz
pilar_vilas_sanz 🇪🇸

3.4

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¡Descarga La Unión Europea: Unión Económica y Monetaria - Prof. 364 y más Ejercicios en PDF de Derecho Financiero y Tributario solo en Docsity! Dret de la Unió Europea: Práctica 2 “Un decálogo por Europa” Enrique Barón, ex Presidente del Parlamento Europeo (extracto) http://www.movimientoeuropeo.org/area-prensa/opinion_ver.php?id=44 La actual UE es una “Unión de Estados” que comparten principios, valores y objetivos basados en la democracia parlamentaria, el Estado social de Derecho, la economía social de mercado, la cohesión y un modelo social; principios, valores y objetivos que constituyen los fundamentos de su legitimidad. Los Estados como Altas partes contratantes atribuyen competencias concretas a la Unión y siguen siendo sus “Señores”, lo cual significa que cada uno mantiene en esencia su soberanía, a la vez que cede o mejor pone común una parte de la misma, al participar en las decisiones del Consejo Europeo. El sistema combina rasgos intergubernamentales y federales; en él los Estados colaboran de modo más estrecho que en una confederación pero mantienen su soberanía en un proceso dinámico de gobernanza a varios niveles. Con la Unión Monetaria (UM), han constituido una federación monetaria basada en el Sistema Europeo de Bancos Centrales con el Banco Central Europeo (BCE) para gestionar el €. El voto de Malta e igual al de la República Federal de Alemania. También son comunes la política comercial exterior y de competencia. En las Uniones Económica (UM) y Política (UP), los Gobiernos van dado pasos al negociar los Tratados, aprobados por sus Parlamentos y validados por sus Tribunales constitucionales. La Unión tiene capacidad de acuñar moneda y hacer leyes, pero no la tiene para crear competencias, que le son atribuidas por los Estados miembros. En román paladino, eso significa que todos los Estados miembros participan en las decisiones del Consejo Europeo y no hay enfrentamientos entre bloques de países ni imposiciones sistemáticas de unos sobre otros. Así, en la financiación de los organismos creados para gestionar los rescates (intergubernamentales de momento), la aportación de España al Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (FEEF) o al Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) es del 11’9 %, (73.800 millones €, a través de garantías y avales solidarios y en metálico otros 9.500 que elevan la aportación al 83.300, el doble de lo recibido para el rescate de su sistema financiero. Alemania aporta el 27%, Francia, el 20% e Italia el 18%. El mecanismo es solidario y todos financian a todos. La diferencia reside en que el Bundestag tiene que debatir y aprobar cada aportación por decisión propia y sentencia de su Tribunal Constitucional, mientras que en el nuestro el Parlamento ni siquiera debate su propio rescate. El dinero se pone por parte de todos pero unos se enteran más que otros por como tienen organizada su propia casa. 1) Extraiga del texto qué significa pertenecer a una unión económica y monetaria Argumente su respuesta. Se entiende por unión económica y monetaria (UEM) el proceso destinado a armonizar las políticas económicas y monetarias de los Estados miembros de la Unión con el fin de implantar una moneda única: el euro. La UEM se desarrolló en tres fases: • fase nº 1 (del 1 de julio de 1990 al 31 de diciembre de 1993): libre circulación de capitales entre los Estados miembros, refuerzo de la coordinación de las políticas económicas e intensificación de la cooperación entre los bancos centrales; • fase nº 2 (del 1 de enero de 1994 al 31 de diciembre de 1998): convergencia de las políticas económicas y monetarias de los Estados miembros (con el fin de garantizar la estabilidad de los precios y unas finanzas públicas saneadas) y creación del Instituto Monetario Europeo (IME) y, posteriormente, del Banco Central Europeo (BCE) en 1998. • fase nº 3 (desde el 1 de enero de 1999): fijación irrevocable de los tipos de cambio e introducción de la moneda única en los mercados de cambio y en los pagos electrónicos; introducción del euro fiduciario. 2) ¿Cuál fue el primer Tratado en consagrar la unión económica y monetaria? ¿En su opinión, por qué dicho Tratado abordó la cuestión de la unión económica y monetaria? Tratado de la Unión Europea (TUE), firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, entró en vigor el 1 de noviembre de 1993. Este Tratado es el resultado de elementos externos e internos. A nivel externo, el hundimiento del comunismo en Europa del Este y la perspectiva de la reunificación alemana dieron lugar al compromiso de reforzar la posición internacional de la Comunidad. A nivel interno, los Estados miembros deseaban prolongar los progresos realizados por el Acta Única Europea a través de otras reformas. Estos elementos condujeron a la convocatoria de dos Conferencias Intergubernamentales, una para la UEM y otra para la unión política. El Consejo Europeo de Hannover de 27 y 28 de junio de 1988 confió a un grupo de expertos presidido por Jacques Delors la tarea de preparar un informe que proponía las etapas concretas que llevarían a la unión económica. El Consejo Europeo de Dublín de 28 de abril de 1990, sobre la base de un memorándum belga sobre la reactivación institucional y de una iniciativa franco alemana que instaba a los Estados miembros a estudiar la aceleración de la construcción política de Europa, decidió examinar la necesidad de modificar el Tratado CE para progresar en la vía de la integración europea. Finalmente, será en el Consejo Europeo de Roma de 14 y 15 de diciembre de 1990, donde se lanzarán las dos Conferencias Intergubernamentales. Un año después, sus trabajos dieron lugar a la Cumbre de Maastricht de 9 y 10 de diciembre de 1991. OBJETIVOS Con el Tratado de Maastricht, el objetivo económico original de la Comunidad, es decir, la realización de un mercado común, queda ampliamente superado y la vocación política claramente expresada. En este marco, el Tratado de Maastricht responde a cinco objetivos esenciales: • refuerzo de la legitimidad democrática de las instituciones, • mejora de la eficacia de las instituciones, • instauración de una unión económica y monetaria, • desarrollo de la dimensión social de la Comunidad, • institución de una política exterior y de seguridad común.
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