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La Custodia del Menor: El Caso 'La Galicia Profunda' - Marbella, 2021 - Prof. Janeiro Pere, Ejercicios de Derecho

Derecho de la FamiliaDerecho de los menores

Este documento analiza el auto nº 1034/2021 del juzgado de primera instancia de marbella, donde se resuelven las medidas cautelares relativas a la patria potestad, tutela, guarda y régimen de visitas de un menor de 13 meses fruto de una relación de 4 años entre dos padres. Se discute la importancia de actuar en el interés superior del menor según el artículo 39 ce y cómo el juzgado consideró que el cuidador principal debía ser el padre, debido a su estabilidad económica, interés en el cuidado del menor desde su nacimiento, traslado no autorizado a galicia y actitud de la madre hacia el padre.

Qué aprenderás

  • ¿Cómo se distribuyeron los costes de los traslados entre la madre y el padre?
  • ¿Qué factores consideró el tribunal para determinar que el padre debía ser el cuidador principal?
  • ¿Qué tipo de régimen de visitas se propuso entre la madre y el menor?

Tipo: Ejercicios

2021/2022

Subido el 27/09/2022

andreea_pereira
andreea_pereira 🇪🇸

4.3

(13)

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¡Descarga La Custodia del Menor: El Caso 'La Galicia Profunda' - Marbella, 2021 - Prof. Janeiro Pere y más Ejercicios en PDF de Derecho solo en Docsity! 1º DEREITO C TODO POR MI HIJO EL CASO DE “LA GALICIA PROFUNDA” El Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Marbella resolvió mediante el Auto nº 1034/2021, de 8 de octubre de 2021, las medidas preliminares cautelares relativas a la patria potestad, tutela, guarda y régimen de visitas del menor de 13 meses fruto de la relación de 4 años entre D.R.A.L de 34 años y D.L.C.P de 30 años. La demanda fue impuesta ante el tribunal en el momento en el que la madre se traslada con su hijo de Marbella a Galicia, el día 3 de septiembre de 2021, sin el consentimiento paterno y cumpliendo las amenazas y vejaciones realizadas contra el padre en los meses previos donde esta establecía su voluntad de “verse en los tribunales”, “voy a hacer lo posible (con mi hijo) para alejarlo lo máximo posible de ti” o “lógicamente el niño tiene y va a estar conmigo”. Ante esta situación, el padre del menor ofreció a la madre tanto la opción de la custodia compartida como la custodia exclusiva, teniendo él la custodia exclusiva en caso de decantarse ambos por esta opción, pero esta propuesta fue declinada por la madre, quien buscaba la custodia materna exclusiva y además pedía una pensión de 1200 euros al mes para hacerse cargo de la manutención del menor dada su situación de desempleo y los ingresos paternos. Según los matices de la Sentencia del Tribunal Supremo nº 426/2013, de 17 de junio, hay que tener en cuenta para llevar a cabo todo el proceso que lo más importante es el interés superior de los menores previsto en el artículo 39 CE. En este artículo se establece que, de manera habitual, la responsabilidad en la crianza y educación de los hijos debe ser ejercida por ambos progenitores, teniendo en cuenta la igualdad entre hombres y mujeres, recogida también en Ley Orgánica 3/2007. Ante esta actitud de la madre, la cual decide en diversas ocasiones unilateralmente privar al niño de la relación con su padre, en oposición a lo establecido en 154 y 156 del Código Civil, el juzgado consideró que lo más conveniente era que el cuidador principal fuese el padre. Para llegar a esta conclusión el tribunal tuvo en cuenta su estabilidad económica, su interés en el cuidado del menor desde su nacimiento, el traslado de residencia no autorizado a una localidad lejana de Galicia y el ambiente favorable y cosmopolita que podría ser beneficioso para el menor. Además de tener en cuenta también la actitud de la madre para con el padre, con sus constantes faltas de respeto y su nula implicación en la búsqueda de trabajo. Finalmente, el tribunal también sostuvo que el desprecio del acusado por la salud del menor podía demostrarse negándose a proporcionar al menor las vacunas obligatorias correspondientes al año del menor, pese a la insistencia del padre.
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