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Sentencia C-420/20: Análisis de Control Constitucional sobre Decreto 806/2020., Resúmenes de Derecho

Este documento contiene la sentencia controlada por la corte constitucional de colombia sobre el decreto legislativo 806/2020, que adoptó medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales. La sentencia detalla los hechos jurídicos relacionados con la notificación del decreto, las solicitudes de nulidad parcial y la decisión final de la corte. Importante para entender el proceso judicial y la aplicación de la constitución política en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.

Tipo: Resúmenes

2020/2021

Subido el 19/09/2021

daniel-movilla
daniel-movilla 🇨🇴

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¡Descarga Sentencia C-420/20: Análisis de Control Constitucional sobre Decreto 806/2020. y más Resúmenes en PDF de Derecho solo en Docsity! Sentencia C -420/20 24 de septiembre del 2020 Corte constitucional en sala plena Magistrado ponente (E): RICHARD S. RAMIREZ GRISALES Es una sentencia de control constitucional por el decreto legislativo 806 del 4 de junio del 2020 “por el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” l HECHOS JURIDICOS 1. El 5 de junio de 2020, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República envió de forma digital a la honorable Corte Constitucional copia del Decreto Legislativo 806 de 4 de junio de 2020, “Por el cual se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”. 2. El 19 de junio de 2020, el magistrado Bernal pulido avocó el conocimiento del decreto legislativo 806 de 2020. En esta providencia, además: (i) ordenó practicar las pruebas decretadas; (ii) convocó a algunas entidades públicas y organizaciones privadas para que se pronunciaran sobre la constitucionalidad del Decreto Legislativo; (iii) dispuso la fijación en lista para recibir intervenciones ciudadanas; y (iv) ordenó el traslado al Procurador General de la Nación, según lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto 2067 de 1991. 3. Mediante escrito del 25 de junio de 2020, el ciudadano Danny Fernando Mera Bolaños solicitó la nulidad parcial del resolutivo 4 del auto del 19 de junio de 2020, y argumentó que su notificación mediante un estado electrónico no garantizaba el principio de publicidad. Esta solicitud fue rechazada mediante Auto 230 del 8 de julio de 2020. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
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