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Orientación Universidad
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Resumen la Democracia en Bancarrota, Resúmenes de Filosofía del Derecho

Resumen del libro La Democracia En Bancarrota de José A. Estévez Araújo y Giovanni Messina.

Tipo: Resúmenes

2018/2019

Subido el 20/10/2019

usuario desconocido
usuario desconocido 🇪🇸

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¡Descarga Resumen la Democracia en Bancarrota y más Resúmenes en PDF de Filosofía del Derecho solo en Docsity! 1 LA DEMOCRACIA EN BANCARROTA PRÓLOGO: CRISIS POLÍTICA Y ESTANCAMIENTO DE LA DEMOCRACIA Se ha producido una reducción de la eficacia política de los procedimientos de la democracia representativa, basada en el principio de la mayoría y, por lo tanto, legitimada por el consentimiento popular. Estos no logran gobernar los procesos en macha, especialmente sus terribles implicaciones económicas y sus consecuencias sociales. Esta debilidad de la política y de los procedimientos representativos que la han caracterizado es la causa de que la protección efectiva de los principios y valores democráticos terminen cada vez más frecuentemente en los tiempos contemporáneos con la remisión casi exclusiva a las normas del derecho y a la lógica puramente formal de los servicios jurídicos. La comunidad jurídica se convierte en la única expresión reconocible y presumiblemente en condiciones de intervenir en el orden social, pero solo en el nombre de la racionalidad económica, de la viabilidad de opciones concretas y de su aceptabilidad. Gracias a la neutralización de los conflictos sociales, el conjunto de las prestaciones jurídicas adquiere una relevancia política. La exclusión de la política del tratamiento de la crisis tiende a significar que la gestión de esta última se limita exclusivamente al plano económico jurídico, inspirándose en el rigor de las cuentas y en la libertad de la empresa privada. Desde este punto de vista, la única forma justificable de la intervención pública es la que respeta y confirma la soberanía del mercado, como de hecho sucede en el intervencionismo económico-jurídico de las instituciones europeas. El mercado en el que en la sociedad global se produce el consenso (la fuerza política de los muchos) ya no tiene en su núcleo el trabajo productivo, sino la especulación financiera. En la era global, caracterizada por la tendencial creación de un mercado único competitivo, la intervención del gobierno en la economía tiende principalmente a confirmar e incrementar la soberanía de los mercados, en vez de corregirla. El espacio público vaciado por la despolitización es ocupado por los mandatos contradictorios, pero categóricos, de la lógica económica hasta hacer inimaginable un orden diferente del que existe. La tecnificación economista exime de responsabilidad a la actuación política y la sustituye por la dinámica predecible y automática de la funcionalidad administrativa. Así, la democracia se reduce a respetar los procedimientos formales. «Al igual que en la economía, la política, la globalización significa que el centro de gravedad se desplaza desde la producción (el proyecto) hacia el consumo (la pasividad)». Las consecuencias de la globalización sobre la vida de la mayoría de los individuos ―que se colocan en el lado pasivo de la misma― están aumentando la insignificancia y la exclusión: la exclusión no solo en el proceso de producción de la prosperidad y la riqueza, sino de la producción de significados sociales. El aumento del consumo, en el que los individuos reconocen la herramienta esencial para que se puedan cumplir sus aspiraciones a la libertad y la felicidad, aparece a su vez dirigido a maximizar las ganancias. Y este último es el único imperativo económico real e inevitable del sistema, que ha llegado a imponerse a los deseos consumistas, a las aspiraciones individualistas, a la misma necesidad de democracia. 2 El haber «dejado sujeto» al capital financiero, en lugar de limitar la deuda pública, generar crecimiento económico e impulsar así la expansión del consumo, ha derrocado la política democrática de la gestión de la crisis, cuya ingobernabilidad, en la actualidad, parece tener como única consecuencia el aumento conjunto, de la depresión y el servilismo. No hay ninguna intervención o iniciativa política que sea capaz de gobernar los mercados. Es preciso, por lo tanto, limitarse a tratar de predecir los movimientos y domesticar las consecuencias, con resultados que hasta el momento han demostrado no ser muy satisfactorios. Sin embargo, la desafección y la falta de motivación por los asuntos públicos es tal que el estrechamiento de los espacios de la democracia se percibe cada vez menos como una perdida por la gran mayoría de personas. En ausencia de vías de salida colectivas, percibidas como ilusorias, irreales y poco prácticas, se imponen estrategias de adaptación en las que se mezclan la impotencia y el oportunismo, el fatalismo y el consentimiento al status quo. Para que exista la democracia, es necesario que, en el interior de la inevitable adhesión de los individuos a las estructuras sociales instituidas, emerja el conflicto político, cuya puesta en juego consiste precisamente en el posible rediseño de la configuración socioeconómica hasta entonces acríticamente aceptada y, tal vez, dada por sentada. Sin embargo, para que esto suceda, es necesario que surja al mismo tiempo el deseo de hacer valer las propias iniciativas ―la capacidad de acción de cada individuo― en el espacio público de las decisiones colectivas. INTRODUCCIÓN Tras la crisis del año ocho se extendió por el mundo occidental un nuevo tipo de régimen político: la quiebrocracia, esto es, el gobierno de las entidades financieras en bancarrota1. A favor de esta idea está el hecho de que todos los proyectos de regulación del sistema financiero, tanto a nivel estatal como global o de la Unión Europea, fueron rápidamente aparcados. El enorme poder político acumulado por el sistema financiero permitió conseguir que se rescatasen los bancos quebrados con dinero público, que se premiase a los directivos causantes de la catástrofe o que se trasladasen los costes de la crisis al conjunto de la población. La situación fue distinta tras el crack del 29, ya que al quedar absolutamente inertes los bancos permitió que se aprobase una estricta regulación de sus actividades. La situación actual, en cuanto gobierno de la bancarrota, conlleva también la bancarrota en la democracia. La globalización neoliberal, que se inició en los años ochenta del siglo pasado, ha acarreado un intenso proceso de desdemocratización. Las decisiones estructurales se han situado fuera del alcance de la democracia. Son adoptadas por instituciones internacionales no participativas, como el Fondo Monetario Internacional, o se «blindan» en los tratados europeos. ― Ejemplo Tratado de libre comercio entre los Estados Unidos y la Unión Europea: su contenido es secreto para los ciudadanos y los parlamentarios europeos tienen que firmar un acuerdo de confidencialidad para consultarlo. La desdemocratización se ha exasperado tras la crisis de 2008. Muy especialmente en la Unión Europea, donde los países periféricos han tenido que soportar el Diktat de la troika y la mezquindad de los políticos alemanes. En el caso español, un pacto entre el PP y PSOE permitió modificar la Constitución justo antes de las elecciones generales de 2011. Este pacto puso a todos los españoles al servicio de la deuda e hizo que en las elecciones no hubiese en realidad nada entre lo que elegir. 1 El Minotauro global ― Yanis Varoufakis. 5 La construcción europea, sobre todo desde la asunción por el BCE del papel de gobierno efectivo con el pacto del euro, reproduce a nivel interno la idea de las soberanías tuteladas (las de las economías periféricas a la alemana) que a nivel externo representa la subordinación de la UE respecto a la geopolítica estadounidense (necesitada de una Europa aliada). Los poderes supraestatales de naturaleza privada con capacidad determinante de las políticas públicas, en la medida en que han dejado de estar obligados por la ley y están en cambio en condiciones de sumar o restar legitimidad a un estado, bien pueden ser vistos como una ley del presente. 1.3. ¿El derecho en tierra de nadie? Cabe preguntarse finalmente si la hipótesis de Agamben sobre el estado de excepción entendido como «la tierra de nadie entre el derecho público y el hecho político» se ajusta a este fenómeno. A este respecto, lo que pone de manifiesto la entrada de nuevos actores en el proceso de creación de normas estatales característica de la gobernanza es la integración plena de lo privado dentro de lo público. El derecho público obtiene su legitimidad funcionalmente desde el punto de vista de fines que persigue, no desde el punto de vista de legitimación democrática del proceso de toma de decisiones. De ahí que no estemos ante una «tierra de nadie», sino más bien ante una tierra del más fuerte donde los grupos de interés más poderosos están llamados a intervenir en el proceso de regulación jurídica de los estados, cuando no a imponerlos directamente el contenido material de las normas acordadas entre ellos. El retroceso de la vinculación de la voluntad política a la voluntad de las poblaciones obliga sin embargo a intensificar al mismo tiempo el esfuerzo por adherir a estas a la gobernanza. La indeterminación temporal de la suspensión de derechos y garantías constitucionales a la que asistimos invalida el argumento de la situación excepcional. La lectura de este fenómeno ha de hacerse en relación a la revolución política neoliberal que ha convertido al crecimiento, y no a los derechos, en el núcleo estructural del modelo social. Agamben no está ya en condiciones de ofrecer un marco explicativo adecuado de la realidad porque la función del estado y del derecho ha cambiado. 2. La ciudadanía cuarteada 2.1. La desertificación Hannah Arendt afirmó en una ocasión que solo los ciudadanos tienen «derechos a tener derecho». Hoy en día se debate si esta afirmación sigue teniendo validez. Hay dos tendencias contrapuestas. Por un lado, está la difusión de normas «cosmopolitas», que reconocen derechos a los seres humanos en cuanto tales. ― Ejemplo: los diferentes sistemas de protección internacional de los DDHH. Pero frente a la extensión de normas cosmopolitas también se está experimentando un incremento de la desertificación, espacios donde los seres humanos no tienen derechos en cuanto a tales. ― Ejemplo: refugiados / «centros de internamiento» para los extranjeros «sin papeles». Las normas cosmopolitas no están deteniendo el avance de la desertificación. 2.2. Cracked Citizenship En este contexto global de desertificación en materia de derechos humanos, la ciudadanía ha experimentado también profundas transformaciones. 6 La ciudadanía se ha «desagregado», significa que ha dejado de ser un bloque único y compacto para descomponerse en sus varios elementos. La desestructuración de la ciudadanía tiene aspectos extraordinariamente positivos. ― Ejemplo: reconocimiento de derechos políticos a los ciudadanos de otros países de la UE que residen un país distinto de la UE / reconocimiento de derechos a los extranjeros que antes formaban parte del sólido bloque de la ciudadanía. Sin embargo, la desestructuración de la ciudadanía también tiene efectos enormemente negativos. Han aparecido fisuras en el bloque de la ciudadanía, por tanto, es posible sustraer porciones de ciudadanía a los titulares de este estatus y no solo añadírselas a los extranjeros, sino que pueden perder porciones de sus derechos y, incluso, perder el derecho a tener derechos. La aparición de fisuras y la posterior desagregación de la ciudadanía han sido el resultado de dos causas. Primero, la implantación de políticas neoliberales, que son incapaces de integrar a todas las personas en condiciones de trabajar y son netamente excluyentes. Por otro lado, el 11-S supuso El fin de la tolerancia. Este fin de la tolerancia se articuló discursivamente, al menos en Europa, en torno a la tesis del multiculturalismo. Sirvió para sacar del desván viejas prácticas asimilacionalistas, para considerar como «no enteramente» ciudadanos a las personas practicantes del islam y para exigir que los musulmanes hicieran profesión de fe en los principios liberales. 2.3. Stigma La segregación de los ciudadanos y el cuarteamiento de su ciudadanía van siempre precedidos o acompañados de procesos de estigmatización social. La estigmatización, tal como la entendemos hoy en día, es el resultado de la interacción entre determinados «marcadores» (como características étnicas o creencias religiosas) y las expectativas que asociamos a estos. Entra en juego el «poder simbólico», esto es, la capacidad de dotar de significado a personas, acciones y cosas. Y esta forma de poder está muy desigualmente distribuida en la sociedad. Los perjuicios tienden a reforzarse. La persona que tiene un perjuicio respecto a alguien o a un determinado grupo tenderá a registrar únicamente aquello que lo confirma. 2.4. Encarcelamiento masivo Con el avance en la implantación de las políticas neoliberales, se han dado varias formas de segregación de las personas excluidas del mercado de trabajo. Entre ellas se encontraban el encarcelamiento masivo y la estigmatización territorial. El encarcelamiento masivo es analizado en Las cárceles de la miseria, En él se analizaba una estrategia de criminalización de la pobreza de enormes dimensiones. Los pobres, en lugar de recibir un auxilio social, irían a parar a la cárcel a la mínima infracción que cometieran. ― Si las personas eran pobres, eso era consecuencia de sus propios defectos morales, de su pereza, de sus vicios. La sociedad no tenía responsabilidad alguna por su situación ni obligación de ayudarles. 2.5. Segregación territorial El término «precariado» se refiere a todas las personas en edad de trabajar a quienes el sistema económico no deja convertirse en proletarios. Los barrios marginales donde se acumula el precariado, tanto nacional como extranjero, son el objeto de un intenso proceso de estigmatización. 7 Las autoridades intensifican la estigmatización dejando de realizar las labores de mantenimiento que corresponden al municipio y dejando que los equipamientos se deterioren. La estigmatización territorial forma parte muy frecuentemente de un proceso de especulación urbanística. Se pretende expulsar o relocalizar a los habitantes de los barrios segregados, demoler los deteriorados edificios y construir apartamentos para gente pudiente. Esto es lo que se denomina una operación de gentrificación o aburguesamiento. 2.6. Actos de ciudadanía En una situación de estas características, la ciudadanía ni puede considerarse como un estatus legal concedido por el estado. El ciudadano no nace, sino que se hace. No es suficiente tener la nacionalidad de un determinado país por haber nacido en su territorio o ser hijo de nacionales para poder ser considerado ciudadano en el sentido pleno del término. Por eso se está empezando a considerar al ciudadano como un ser constituido a partir de sus actos; de sus «actos de ciudadanía». Los actos de ciudadanía crean al ciudadano y no a la inversa. Los actos de ciudadanía son actos disruptivos, de protesta, de reclamación de derechos. Son actos de manera directa, no por medio de mecanismos representativos. Estos actos no tienen por qué ser siempre legales, pueden adoptar la forma de la desobediencia civil. La participación a través de los mecanismos propios de la llamada «gobernanza» no es un acto de ciudadanía. El voto no es una condición suficiente de la ciudadanía, por lo tanto, tampoco es una condición necesaria. Los actos de protesta y reivindicación son actos de ciudadanía capaces de crear el espacio político donde este no existe o de recrearlo donde se ha descompuesto. Es preciso desatascar los canales representativos mediante la formación de nuevas alternativas políticas y la creación de nuevos mecanismos de participación. Hay que reconstruir también la democracia a nivel global, estableciendo nuevas instancias de decisión que sean responsables ante los habitantes del mundo por sus decisiones. 3. ¿Vive el Estado democrático de presupuestos que ya no es capaz de garantizar? 3.1. Presupuestos del estado democrático Después de la segunda guerra mundial, en Europa, la integración democrática de masas en el estado se llevó a cabo sobre la base de supuestos específicos: 1) La existencia de un enemigo «exterior» (la Unión Soviética), que podría corresponder a un enemigo «interno» (el movimiento obrero organizado, el mundo del trabajo asalariado, en general, el área del descontento social). Este mundo tenía que estar convencido del carácter preferible del modelo eurooccidental, a través de la mitigación3 del capitalismo. Cuando faltó esta amenaza, el capitalismo juntamente con la democracia sobre la base del compromiso socialdemócrata, entró en crisis. La lógica del neocapitalismo pretende disociar el nexo entre la ciudadanía y el mundo de trabajo, con el fin de reducir el poder de negociación y representación. Al no encontrar ya obstáculos y presentándose como fuerza revolucionaria real, el capitalismo neoliberal se ha convertido en absoluto, desbordado y quebrando las políticas redistributivas y las garantías de los derechos sociales. 2) Otro presupuesto fue la estrecha relación entre el estado, el gobernó de la economía y la legitimidad democrática. 3 Mitigar: atenuar o suavizar una cosa negativa. 10 El objetivo de Alemania, y también el de los actuales acuerdos europeos, es la existencia de un estado social (revisado) en un solo país (la propia Alemania), a expensas de los demás. El conflicto sobre las decisiones se esteriliza porque está fuertemente condicionado por la jerarquización semiautomática garantizada por la estructura actual del euro, por el dispositivo culpabilizador de la deuda, por la exclusión de la redistribución y de la puesta en común de las políticas económicas de la Unión Europea, por obligación inscrita en los tratados, de cumplir con parámetros reglamentarios abstractos y uniformes, independientemente de los contextos económicos y sociales específicos y de las voluntades políticas nacionales refractarias a tal lógica. 3.5. La necesaria repolitización La democracia se ha convertido en un problema. Esto sucede porque la representación está en crisis, porque hay quienes pretenden apropiarse del demos para fines neoautoritarios; también porque en una democracia tomada en serio, existe la posibilidad de un frente combativo y anti-oligárquico, un flujo de energía desde abajo, que se muestra refractario a las estructuras de poder y que sirva, por tanto, de una reserva de «excedente» frente de la disciplina. En la raíz del demos encontramos muchas ambivalencias (incluyendo fenómenos incorrectamente calificados como «antipolítico» y «populismo»), pero sin duda también la posibilidad de un conflicto, de una lucha de los excluidos, de los no integrados o de los que, previamente incluidos, fueron empujados a los márgenes. Y, por tanto, aunque sea problemático, hay tal vez espacio para una nueva imaginación política que articule estas figuras sociales hoy sin representación. 4. ¿Está la democracia adaptada a las sociedades multiculturales (al pluralismo identitario)? En los últimos decenios tres «hechos sociales totales»8: la globalización financiera, la omnipresencia de las nuevas formas de comunicación y la gran intensificación de las migraciones en masa han desarrollado los ideales y las prácticas democráticas, haciendo muy dudoso que ambas sean las idóneas para las sociedades en las cuales estamos viviendo y, plausiblemente, viviremos en los próximos decenios. Los ideales y las prácticas democráticas se han podido desarrollar en el marco de un estado que ejercitaba una triple soberanía: militar, económica y cultural. La globalización económica, el hecho de que ahora la difusión de las ideas y su común asunción prescindan completamente de la copresencia física y el intensificarse de las migraciones en masa han modificado radicalmente el conjunto de los factores que configuraban la realidad de las sociedades europeas. La uniformización cultural y de la asimilación de los inmigrantes, como la estrategia multiculturalista que ha intentado imaginar un estado-nación en cuyo interior conviven una pluralidad de comunidades autónomas (no necesariamente contrapuestas desde el punto de vista étnico) se han mostrado incapaces de hacer frente a los nuevos problemas. Ambas estrategias han confiado en última instancia en la legitimación democrática de las decisiones como instrumento último de resolución de los conflictos sin captar que los procedimientos democráticos han sido los más radicalmente puestos en cuestión por el hecho total de las migraciones. 4.1. Democracia y estado nacional La democracia se ha desarrollado allí donde se ha creado una unidad tan fuerte de la comunidad como para impulsar a los seres humanos no solo a matar sino también a morir en su nombre, una unidad, por tanto, seguramente capaz de lograr que el sentido de la solidaridad reciproca se sobreponga a las más agudas desigualdades y a las más 8 Hecho social total: conjunto de fenómenos (económicos, jurídicos, morales, estéticos, religiosos, políticos y mitológicos ― la vida social, su sistema de relaciones) que influyen de modo relevante en la organización social de un grupo humano. 11 feroces explotaciones. Democracia liberal y estado nacional son inseparables: la regla de la decisión por mayoría se fundamenta sobre la asunción de la idea de que sobre muchas cuestiones existe un acuerdo «prepolítico» que garantiza que la solución a tales cuestiones no requerirán nunca una decisión «democrática». La unidad, que cabría calificar de «identitaria», del pueblo sobre la cual se funda el estado nacional y, por tanto, la democracia es en gran parte fruto de una operación política: es el resultado de un incesante trabajo de las élites de cada estado. «La nación es una gran solidaridad constituida por el sentimiento de los sacrificios que se han hecho y los sacrificios que todavía se está dispuesto a hacer. Supone un pasado; se resume, no obstante, en el presente por un hecho tangible: el consentimiento, el deseo claramente expresado de continuar la vida en común». No se deben confundir los grupos étnicos o lingüísticos con la nación. La disciplina y el mito de la nación, y del estado nacional en cuanto expresión de la identidad nacional, fueron los instrumentos a través de los cuales fue construida la unidad «prepolítica». La democratización del estado nacional (la extensión del sufragio) vino de la mano del disciplinamiento del pueblo y la afirmación del mito de la nación. El proceso de inclusión en la nación y el disciplinamiento hicieron posible la atribución de derechos, a partir del derecho a elegir el gobierno, a grupos siempre más amplios. Desde esta perspectiva, la democracia aparece como un instrumento de inclusión/disciplinamiento. Precondición de la democracia es la convicción de que en el ejercicio de los propios derechos los individuos deban conducirse de acuerdo con «específicos» principios morales y racionales: la «disciplina» moldea los individuos conforme a los criterios del orden en el cual se encuentran insertos. El nacimiento y la afirmación del estado nacional es un lento proceso en el cual la concesión de los derechos está unida a la construcción de una población dotada de la competencia necesaria para usar el poder que los derechos mismos atribuyen a sus miembros. 4.2. La disgregación del pueblo soberano y el fin de la «nación» Hoy, a resultas del efecto omnicomprensivo de los nuevos medios de comunicación de masas, capaces de crear identidades colectivas incluso entre individuos que se encuentran entre sí a miles de kilómetros de distancia, y de los fenómenos migratorios, el «pueblo» soberano ha asumido una nueva connotación, muy diferente a la postulada por las teorías liberal-democráticas de la segunda mitad del siglo pasado. Este ya no es la comunidad de historia y de destino caracterizada por la confrontación, el choque la recomposición de las diferencias de clase (siglo XIX y XX). Hoy el «pueblo» es la suma de los particularismos, de las diversidades culturales, de las comunidades, de las etnias, de las religiones: un lugar constantemente en tensión entre la seguridad de los confines9 y la integración de nuevas almas, de identidades dispares, de acuciantes10 flujos migratorios, de heterogéneos factores de segmentación. La crisis del pueblo como sujeto relativamente homogéneo se halla estrechamente ligada, además de a las migraciones y a la omnipresencia de los nuevos medios de comunicación, a la crisis de los mecanismos inclusivos de disciplinamiento, debido en gran medida a un tercer hecho social: la globalización económica y financiera. Hoy la población no se construye, como ocurrió en el siglo XIX, sino que selecciona. La potencia del estado nacional viene a fundarse sobre la asunción de que dispone de una población, la «nación», sobre la cual debe intervenir regulando los mecanismos del nacimiento y la muerte, estableciendo las condiciones de la vida y atribuyendo a sus miembros una identidad. Se pasa en el curso del siglo XIX del «estado mono-clase» al estado pluri-clase dotado de una identidad común subyacente a las diferencias sociales, esto es, al estado nacional. Una determinada «población nacional», en tanto entidad distinta a la «mano de obra» y porción 9 Confín: término o raya que divide las poblaciones, provincias, territorios, etc. y señala los límites de cada uno. 10 Acuciante: urgente, apremiante. 12 delimitada de la «especie humana», queda definida por la soberanía del estado nacional: son las políticas que la impulsan y que la movilizan para la consecución de la potencia del estado las que constituyen una «nación». El Estado del Bienestar es el último dispositivo tecnológico mediante el cual los estados nacionales han intentado cuidar de la propia población para aumentar su potencia económica (y militar). Hoy ningún estado nacional pretende «gobernar» su población. El estado puede seleccionar con más facilidad su población: puede construir, a través de una serie de mecanismos ora incluyentes ora excluyentes, una población compuesta solo de actores capaces de permanecer en el mercado, sin necesidad de «disciplinar» los integrantes de una población supuestamente suya. Ya no hay necesidad de producir «buenos ciudadanos», es decir, ciudadanos dotados de una «específica» competencia en el uso de los derechos: es suficiente con seleccionar los «individuos» conforme las exigencias contingentes del mercado. Se derrumba la «nación» al avanzar hacia una sociedad en que la política deja de responsabilizarse de los sujetos, tanto individual como colectivamente, de conferirles una identidad, de dedicarse a, o de predisponer el entorno para su transformación. Estamos ante una crisis histórico-política que nos ha dejado, al menos por el momento, privados de modelos capaces de guiar la interacción social. 4.3. Democracia y pluralismo identitario La fragmentación de las sociedades contemporáneas europeas parece haber puesto en jaque la capacidad ordenadora e inclusiva de las democracias liberales. En una democracia las únicas minorías que tienen derecho de ciudadanía son minorías provisionales que esperan a medio plazo, si no a corto plazo, convertirse en mayoría. En cambio, no hay espacio para minorías identitarias (hay una radical diferencia respecto a la mayoría). El pluralismo identitario hace inadecuada la idea de una decisión por mayoría porque son numerosos los intereses que las minorías consideran fundamentales para la propia identidad y, por tanto, no remisibles al juicio de la mayoría. 4.4. Nuevas formas de procedimentalización del conflicto El pluralismo de nuestras sociedades y el contexto económico-político global en que se inserta nos obligan a repensar radicalmente nuestras categorías y nuestro lenguaje político-institucional. Las cortes parecen los únicos órganos en disposición de redefinir los equilibrios entre las nuevas exigencias y todo cuanto en el pasado fue construido por medio del mito de la nación y por el disciplinamiento. La definición de este equilibrio no puede ciertamente ser confiada al principio mayoritario; tal cosa solo conduciría a la afirmación del modus vivendi de los individuos más protegidos y a la criminalización de los sujetos más vulnerables o diferentes. La difusa percepción de la imposibilidad de influir en el proceso legislativo disminuye el valor de la posibilidad de participar, privando con ello de una efectiva fuerza legitimadora a las decisiones tomadas. «La accesibilidad general de un proceso deliberativo cuya estructura justifica la expectativa de unos resultados racionalmente aceptables», proceso que solo las salas de los tribunales parecen permitir. Recurriendo al juez, todos aquellos que se sienten dominados y excluidos readquieren la reconfortante sensación de ser «sujetos de derechos». Nos encontramos ante la judicialización del conflicto político. Muchos se plantean la pregunta de si el derecho y los derechos son suficientes para garantizar plenamente la libertad que exigen para sí las «otras» culturas, pero también, y más radicalmente, surge la cuestión de si el derecho y los derechos no son instrumentos intrínsecamente unidos a la cultura occidental. A menudo el rechazo de la vía judicial como modalidad de gestión de los conflictos interculturales se funda en el miedo a que la lógica de los derechos simplifique las relaciones y las reduzca a relaciones de poder, intrínsecamente conflictivas. 15 5.4. Estado de excepción global deslocalizado Con el estallido de la crisis financiera, primero como terremoto bancario y luego como especulación en torno a las deudas públicas nacionales, no queda nada, en nuestra opinión, de la gobernanza como una nueva modalidad de encuentro entre sujetos públicos y sujetos privados que crea una regulación social sensible a las exigencias difusas y capaz de adaptarse a la complejidad social. Por el contrario, cada vez emerge con mayor evidencia la funcionalidad de los dispositivos de gobernanza en relación la realización de un orden mundial de los imperativos del capital financiero e industrial. Entendemos por globalización los procesos de reorganización de las instituciones jurídico-políticas y de redefinición de las relaciones entre política y economía. Las transformaciones sobre el terreno institucional, jurídico-administrativo, también nos parecen el fruto de esta ofensiva política orientada a la remodelación de los órdenes sociales definidos tras la 2GM, en los cuales los intereses oligárquicos y capitalistas habían llegado a un punto de equilibrio con una inédita redistribución de la riqueza. Siguiendo este orden de consideraciones, toda fenomenología de la pérdida de poder de la forma política estatal cabe entenderla como un complejo de dispositivos y procesos, legitimados unas veces con el instrumental ideológico de lo inevitable (las leyes del mercado) y otras veces con el argumento de la evolución hacia un orden político más cosmopolita, que han desquiciado los espacios políticos delineados como lugares en los cuales la dialéctica entre racionalidad económica y la instancia democrática se había podido desarrollar como nunca antes. 5.5. El mito de gobernabilidad en las sociedades complejas El dispositivo de la política de excepción se acomoda bien a la dinámica de descentralización y dispersión de la acción de gobierno recordándonos así que el conjunto de actividades tradicionalmente agrupadas por el pensamiento político bajo la denominación de «razón de estado» constituye un rasgo fundamental de la experiencia política europea. La «razón de estado» es el concepto con el cual se ha designado las acciones y los mecanismos y dispositivos del poder dirigidos a la conservación del orden, a la perpetuación de lo establecido, a la conservación política. La acción de gobierno se ha exteriorizado como «razón de estado» (discrecional), entendida como paradigma de la conservación del orden político; por otro lado, esa misma acción de gobierno se expresa dentro de los procedimientos y las lógicas de la legalidad administrativa propias de la traición y de la cultura del estado de derecho. Es posible explicar la condición actual como aquella en que opera un dispositivo doble: por una parte, la difusión y la exaltación de prácticas e gobernanza que determinan, legitiman y afirman una pérdida de poder de la soberanía política de los estados y, por otra parte, la afirmación de la lógica de la excepción, que se expresa mejor con el concepto de «razón de estado», la cual puede operar más a fondo y mejor precisamente por el decaimiento de la estructura soberana del poder político-institucional. Ante la intensificación de la ideología individualista se ha llevado a cabo al mismo tiempo una operación de ocultación de los lugares, de los momentos y de los mecanismos de poder mediante el dispositivo de la fragmentación administrativa y de la descentralización de los centros de decisión. SEGUNDA PARTE: LOS PODERES IRRESPONSABLES 6. Poderes irresponsables: la reconfiguración contemporánea del concepto político-jurídico de responsabilidad Uno de los fenómenos globales más preocupantes es la dificultad de someter a control y exigir responsabilidades a determinados tipos y estructuraciones de poder: la responsabilización de los centros de poder. 16 Los discursos dominantes ponen preferentemente el acento en la responsabilidad personal en vez de en la responsabilidad de los centros de poder. El poder organizado tiende a elegir cuáles son sus responsabilidades, esta es una de las características del poder soberano. El concepto de estado de derecho o de derechos fundamentales garantizados constitucionalmente se construyen históricamente como una limitación del poder soberano, se construyen como la lucha por garantizar la limitación del poder estatal y la defensa de ámbitos de libertad e igualdad para los ciudadanos. El poder organizado, en cualquiera de sus estructuraciones históricas, selecciona y defiende sus ámbitos de responsabilidad, pero al hacerlo elige (o intenta elegir) también sus esferas de irresponsabilidad. Las luchas sociales y políticas por conseguir someter a control a las autoridades y al aparato social muestran la importancia que tiene para la democracia el establecimiento de responsabilidades estatales y su control. Y, por el contrario, la existencia de poderes, estatales o no, que en su quehacer eluden el control democrático de responsabilidades contradice uno de los pilares de la democracia: el sometimiento a control del poder. 6.1. El criterio de responsabilidad como relacional e histórico El criterio de responsabilidad puede ser pensado como un criterio relacional11. La responsabilidad identifica una conexión entre actores: a alguien se le atribuye un hacer o un no hacer sobre algo o sobre alguien. Mediante este tipo de criterio relacional se establece qué debemos hacer unos en relación a otros. Los distintos órdenes normativos contienen la idea de deber relacional. Esta idea puede ser analizada desde una perspectiva deóntica (el «deber ser» incorporado en la norma) y también desde una perspectiva sociológica al estudiar la aplicación de esa idea relacional de deber a las situaciones realmente vividas. Las normas jurídicas mediante las que se establecen las relaciones de responsabilidad diseñan modelos relacionales. Por lo general, lo hacen tomando en consideración modelos de obligaciones preexistentes. En ocasiones los confirman y refuerzan, en otros casos los modifican o los intentan modificar. 6.2. Los tiempos han cambiado. ¿Qué hay que tener en cuenta para pensar hoy el criterio de responsabilidad? 6.2.1. El fin del pensamiento trágico: alguien ha de ser responsable de lo que sucede La modernidad introdujo cambios muy importantes en la forma que las personas tenían de pensarse a sí mismas. Una de ellas fue buscar la causa de los males que les sucedían. En el caso del derecho, una de las necesidades que le planteó el desarrollo productivo y tecnológico fue dar respuesta al número creciente de relaciones, transacciones, accidentes que acarreaban los procesos de industrialización que rápidamente acompañaron y siguieron al proceso de modernización. Se entiende que los daños han de tener respuesta: alguien (persona física o persona jurídica) se ha de responsabilizar de lo ocurrido. Hay situaciones y campos de actuación en los que este principio resulta de imposible aplicación. O bien situaciones en los que la responsabilidad y sus efectos se redirigen hacia otros agentes que acaban asumiendo las cargas por actos de los que no han sido responsables o no lo han sido en la medida en que recae sobre ellos la carga de la responsabilidad. 11 Relacional: política que surge entre los humanos como relación que los une y los separa. 17 6.2.2. Ampliación ética y jurídica del ámbito de la responsabilidad: responsabilidad por el medio ambiente, el bienestar animal y las generaciones futuras Tanto las corrientes éticas más aceptadas a nivel mundial, como el derecho internacional y, en buena medida, los derechos estatales o regionales, han ampliado las dimensiones de la responsabilidad. Esta ampliación del ámbito de la responsabilidad abarca también a las generaciones futuras. Esta preocupación se expresa en la fórmula: somos responsables del mundo que dejamos a los que todavía no han nacido. Si se atienden las ampliaciones (respecto al medio ambiente, animales, generaciones futuras), podemos afirmar que los seres humanos hemos incrementado nuestro ámbito de responsabilidad, por lo menos formal y propositivamente. Esta ampliación de nuestra responsabilidad responde en parte al incremento de nuestra capacidad colectiva de acción (a causa de la ciencia y la tecnología). 6.2.3. La dificultad creciente de establecer responsabilidad sobre problemas que nos afectan globalmente Este incremento de la capacidad de acción y de la potencia de la acción humana incrementa la responsabilidad del ser humano. Sin embargo, nos enfrentamos a una dificultad. Cunado nos preguntamos acerca de la responsabilidad por fenómenos globales, como el calentamiento global, tenemos dificultades en precisar todas y cada una de las cusas del fenómeno que estudiamos. Todo indica que no se puede acudir a responsabilidad individualizadas (que sin duda las hay). 6.3. El poder como fuente de la responsabilidad En los años sesenta del siglo pasado, Hans Jonas publicó El principio de responsabilidad. Jonas planteaba una cuestión fundamental: el surgimiento de una nueva dimensión de la responsabilidad humana derivada de la potencia de la tecnociencia. Para Jonas, la responsabilidad acompaña al poder, de tal modo que la clase y la magnitud del poder determinan la responsabilidad. Los actos y omisiones del poder producen el contenido de la responsabilidad. A esta idea se le podría llamar respoderabilidad. 6.4. El uso militar de drones Los datos sobre asesinatos de civiles y «combatientes», así como las heridas causadas y los daños producidos son imprecisos. No existe un registro oficial. Pese a ello, ya no se duda de la utilización continuada de drones para asesinar a personas, además de para otros usos militares y civiles. La novedad que alertó, además de la vulneración de la normativa internacional y la creación de márgenes de irresponsabilidad, fue que los nuevos modelos de drones podían tener la capacidad de tomar decisiones sobre sus objetivos preprogramados. Por lo que se apuntaba, ya no era preciso que la máquina fuese teledirigida para lograr el asesinato extrajudicial de la persona, sino que se estaba dotando a la máquina de crecientes márgenes de decisión. Esta preocupación se inserta en el marco de la reflexión sobre las implicaciones de las creaciones tecnológicas y sus aplicaciones. Uno de los marcos de reflexión más significativos de los últimos años ha sido la responsabilidad por la actuación de robots. El término robotethics se utiliza desde hace años para referirse a la relación entre los humanos y los robots. La ultima novedad en esta reflexión acerca de la responsabilidad en la fabricación, diseño, programación y utilización militar de drones la constituye la posibilidad real de crear robots autónomos. La principal critica e inquietud que se presenta es precisamente la falta de voluntad política para establecer la responsabilidad por los daños provocados por estos robots. En la medida en que se les proporcione autonomía, los daños provocados a partir de su actuación no dirigida directamente, aun cuando no fueran explícitamente queridos, quedarían impunes. 20 3 — Principios básicos del derecho internacional humanitario sobre trato a los prisioneros de guerra. El gobierno de Estados Unidos creó la nueva categoría de «combatientes ilegales» para, sencillamente, no aplicar los convenios de Ginebra a los prisioneros de guerra. 4 — Principio de prohibición de la tortura y a los malos tratos. Respecto a las nuevas costumbres practicadas por la potencia hegemónica, se ha pretendido —y en buena parte se ha conseguido— considerar acordes con el derecho internacional las llamadas «intervenciones militares humanitarias» y las intervenciones militares para luchar contra el terrorismo y sus supuestos estados patrocinadores. 7.1.2. De la prohibición a la desregularización jurídica de la guerra Las potencias vencedoras de la segunda guerra mundial no proclamaron como principios jurídicos del orden de posguerra la posibilidad de librar guerras justas para combatir nuevamente el fascismo o implantar el socialismo, la democracia o el respeto a los derechos humanos. Lo que hicieron fue afirmar, en el famoso preámbulo de la Carta de la ONU, que el objetivo prioritario de toda la arquitectura institucional de la ONU era evitar el flagelo de la guerra, de toda guerra, con independencia de si se podía calificar de justa o no. En la posguerra fría hemos asistido al avance de una tendencia diametralmente opuesta por voluntad de la potencia hegemónica. 7.2. Límites del derecho internacional hegemónico El inmenso poder militar de la potencia hegemónica no lo puede todo. Hay limites materiales, políticos y jurídico- políticos del poder militar de Estados Unidos. El gran problema para el futuro inmediato será la aceptación de la existencia de dichos límites por parte de las élites estadounidense, en especial por el sector más ligado a los intereses de su complejo militar-industrial. 7.2.1. Límites materiales del poder militar hegemónico Las intervenciones de Estados Unidos y sus aliados en países como Afganistán, Iraq o Libia muestran que su maquinaria militar puede aplastar fácilmente la resistencia armada de quienes se oponen a sus planes, pero también que eso no equivale a alcanzar los objetivos políticos o económicos perseguidos. De hecho, las sucesivas intervenciones de los estados occidentales en la posguerra fría lo que han conseguido ha sido, básicamente, convertir en estados fallidos a estados consolidados por la vía de atizar el fuego de guerras civiles interminables. Por último, el despliegue militar de Estados Unidos y la OTAN exige un gran dispendio de recursos y energía. Su mantenimiento económico va a requerir una financiación creciente difícil de justificar en un contexto de crisis socioeconómica interminable. 7.2.2. Límites políticos La hegemonía tiene costes en términos de pérdida de legitimidad del sistema político porque exige revertir los procesos de democratización y restringir o suspender derechos y libertades. Los esfuerzos económicos (es decir, el gasto de defensa) y los sacrificios humanos (las bajas, incluso las de soldados profesionales) necesarios son poco compatibles con los instintos democráticos. La democracia es contraria a la movilización imperial. En el caso de la invasión de Iraq en 2003, la oposición popular puso de relieve precisamente el carácter antidemocrático de dicha decisión. 21 El apoyo popular que el gobierno estadounidense obtuvo en un primer momento a favor de dicha invasión fue el fruto de una campaña masiva de manipulación ideológica que incluyó actos de auténtica guerra psicológica. Mediante ellos se consiguió crear artificialmente la sensación de que se cernía una gran amenaza sobre la población de Estados Unidos, lo cual hizo posible que esta diese su consentimiento a lo que a todas luces fue una guerra de agresión. 7.2.3. Límites jurídico-políticos Los límites jurídico-políticos del poder hegemónico se derivan del hecho de que diversos estados de la comunidad internacional no aceptan determinadas prácticas de la superpotencia sean consideradas como costumbre jurídica. O bien, todavía peor, otras potencias menores imitan la conducta de la potencia hegemónica y entonces el caos se va extendiendo por el orden jurídico internacional. Por otra parte, no siempre se consigue que los organismos multilaterales se plieguen a los intereses de la potencia hegemónica. Asimismo, entran en vigor tratados que la potencia hegemónica no ha querido firmar y ratificar. A pesar de eso, empiezan a ser aplicados y el estado hegemónico queda al margen. Poco a poco, la potencia hegemónica se va convirtiendo en un estado fuera de ley con una muy mala imagen a nivel internacional. 7.3. Motivaciones de fondo e la evolución del ius ad bellum en la posguerra fría En primer lugar, obtener las máximas ventajas geopolíticas de la victoria en la guerra fría, alargar todo lo posible la posición económica ventajosa del dólar como moneda del comercio internacional y moneda-refugio, dar satisfacción a los intereses de su complejo militar-industrial, etcétera. Pero, a todos ellos, ahora se debe añadir otra motivación. Se trata del objetivo de garantizar el acceso a «los recursos estratégicos clave» para preservar la «seguridad energética» de Estados Unidos y de todo el sistema económico mundial, dado que este es ya un todo interdependiente desde la perspectiva de la élite financiera global que está estrechamente imbricada con los altos cargos de la Administración norteamericana mediante el mecanismo de las puertas giratorias. La política exterior y de defensa de los estados ha estado ligada a sus políticas energéticas, pero en los últimos catorce años ese ligamen se ha intensificado por la previsión de los conflictos futuros que pueden estallar por el control y la apropiación de unos recursos que se prevén crecientemente escasos. Heinberg afirma que la humanidad ha llegado ya, a nivel planetario, al final del crecimiento económico tal y como lo hemos conocido hasta ahora, esto es, del crecimiento económico que comporta un incremento acelerado en el uso de recursos y en la emisión de contaminación. Lo cual se pone de manifiesto por: 1) El agotamiento progresivo de determinados recursos no renovables. 2) La proliferación y el agravamiento de los impactos ambientales negativos provocados por la extracción y uso de recursos agotables y no agotables. 3) Las turbulencias financieras provocadas, en última instancia, por montañas de deudas, públicas y privadas, que no se pueden pagar porque no se pueden llevar a cabo las actividades económicas para las que se contrajeron debido a la escasez progresiva de materiales y energía. De todo ello se deriva que a partir de ahora el crecimiento económico en una región del planeta solo se podrá hacer a costa del decrecimiento en otra. Desde la óptica de Heinberg, la crisis que estalló en 2007-2008 no sería una crisis más del capitalismo, sino una autentica y verdadera crisis de civilización que no terminará hasta que la humanidad no sea capaz de construir una nueva sociedad compatible con el carácter infinito de nuestro planeta. 22 8. Asalto a la privacidad. La globalización del control gubernamental a los ciudadanos Desde medianos del siglo XX, el avance tecnológico y de las comunicaciones ha resultado fundamental para definir las sociedades contemporáneas. Estas se han caracterizado por poseer aparatos estatales de importante magnitud, que han desarrollado sectores militares poderosos y a menudo con ingentes presupuestos. Estados Unidos se ha dedicado desde hace décadas a espiar objetivos que consideraba necesarios para sus intereses, no ha tenido problema en dirigir sus operaciones de vigilancia contra objetivos civiles y extranjeros —fuera, pues, de su jurisdicción—. El poder legislativo norteamericano ha sido incapaz de establecer un verdadero control de los excesos del poder ejecutivo. Al contrario, los intereses económico-militares han conseguido acomodo legal para sus necesidades y reivindicaciones justificándose en dos hechos: la guerra fría y la amenaza terrorista. Las filtraciones de Edward Snowden en 2013 pusieron el foco en este asunto y causaron un revuelo mediático considerable, han puesto de manifiesto dos hechos de importancia y que afectan a ciudadanos mucho más allá de las fronteras de Estados Unidos. En primer lugar, es destacable la flagrante falta de garantías para los ciudadanos no americanos o americanos que residen fuera del país. Las garantías legales y constitucionales del sistema estadounidense contra las escuchas ilegales, el espionaje o el control de las comunicaciones se aplican solo a los norteamericanos en territorio nacional. Ello implica que pueden violarse derechos fundamentales de ciudadanos europeos, africanos o sudamericanos, infringiéndose la normativa nacional de otro país mientras se cumple la legislación norteamericana. En segundo lugar, hubo un incremento considerable el control de datos e información sobre todos los ciudadanos —también americanos— y, en especial, la aprobación de las bases normativas para que ello sea legal, quedando las garantías constitucionales reducidas a una mera previsión formal, pero sin efecto práctico alguno. Esta política del miedo, llevada a cabo como una justificación de lo que en realidad es una autentica «guerra contra los derechos», ha permitido al gobierno de Estados Unidos tomar posiciones hegemónicas en cuanto al control de datos y flujos de información referentes a ciudadanos de todo el globo, aunque la dinámica de vigilancia y control está siendo imitada por otros países, con justificaciones similares. 8.1. Por qué Snowden no sorprende A raíz de estas informaciones, la aparición del programa de vigilancia PRISM en la prensa global junto al nombre de importantes empresas estadounidenses provocó un revuelo que obligó a dar explicaciones incluso al presidente Obama. De esta forma se iniciaba un goteo de filtraciones e informaciones que irán apareciendo en los medios de comunicaciones durante los meses siguientes. Era el inicio de un nuevo escándalo (que no el primero) de espionaje por parte de Estados Unidos: La NSA es una agencia estadounidense cuyos principales objetivos están relacionados con la seguridad de los sistemas norteamericanos. Gestiona multitud de elementos informáticos y de redes, y tiene una larga tradición de trabajo en el ámbito de la criptografía. La NSA trabaja con empresas privadas subcontratadas. Es un hecho destacable que en Estados Unidos la relación entre empresas privadas y la administración pública sea tan estrecha, teniendo aquellas acceso a multitud de información e incluso prerrogativas que en otros países pertenecen a un ámbito estrictamente público-estatal. La primera noticia hacía referencia al control de datos relacionados con llamadas telefónicas de ciudadanos norteamericanos, ya fueran en el interior del territorio o hacia el exterior. Concretamente, lo que se exigía a Verizon era la entrega de los metadatos, que consisten en «datos que ofrecen información sobre otros datos». 25 La hipotética situación de peligro para las sociedades occidentales sirve como excepción a todo, constituciones y normas aprobadas por decisión popular, derechos fundamentales y el propio sistema garantista estatal desarrollado a lo largo del siglo XX. 9. Repensar las garantías de los derechos: elementos para la construcción de un imaginario jurídico emancipatorio 9.1. Introducción Las garantías se conciben principalmente, desde una perspectiva estrictamente institucional, como técnicas de protección de los derechos establecidas y desarrolladas por los poderes públicos. 9.2. El imaginario jurídico-político liberal Desde la óptica liberal, se concibe al individuo humano como un ser motivado únicamente por la persecución de su propio interés. En consonancia con esta antropología liberal, la sociedad se concibe como un mero escenario de negociación en el que cada individuo persigue sus intereses privados. Las normas únicamente se justifican y se hacen necesarias para evitar el conflicto de unos con otros. El Estado se erige y halla justificación garante de la paz social. Desde el punto de vista liberal, el estado y las normas dimanantes de él son «neutrales». El liberalismo tiene como carta de presentación más amable la defensa de los derechos (en realidad, solo de ciertos derechos). En coherencia con su idea de libertad (natural, pre-social) los derechos, no obstante, se poseen con anterioridad a la política, el estado no hace otra cosa que reconocerlos. El reconocimiento de los derechos asegura la libertad, que solo viene concebida negativamente, de forma pasiva, como libertad frente a los demás y frente al estado. A partir de esta noción de libertad se comprende que históricamente se haya otorgado prevalencia a los derechos civiles y políticos (como el derecho de propiedad privada y la libertad de mercado) sobre los sociales. Los derechos sociales se han considerado en la visión liberal una interferencia injustificada al exigir una interferencia injustificada al exigir una redistribución de la propiedad privada que aparece «neutralizada». De ahí que históricamente el liberalismo contemple el ideal democrático más bien como un peligro potencial: a los ojos del liberal, se trata de evitar que la voluntad de todos se entrometa en la vida de cada cual. Y, por otro lado, no resulta tampoco fácil exigir un compromiso cívico a la ciudadanía, su participación en los asuntos políticos. Por eso, la concepción liberal de los derechos tiende a delegar su protección al poder político, al estado. 9.3. Las garantías institucionales desde un imaginario democrático participativo Se entiende por garantías institucionales aquellos mecanismos de protección de los derechos encomendados a las instituciones o poderes públicos. Cabe diferenciar las garantías primarias y las secundarias. Las garantías primarias serían aquellas que delimitan el contenido de los derechos e imponen obligaciones tanto a los poderes públicos como a particulares y las garantías secundarias serían las técnicas de tutela consistentes en previsiones de control o mecanismos de reparación que se activan en caso de ausencia de las garantías primarias. La protección que suponen todas las garantías institucionales se halla condicionada por la garantía constitucional. La primera garantía de un derecho es estar recogido en una constitución. Se pueden distinguir fundamentalmente dos momentos relevantes en el nivel constitucional: el momento constituyente y el momento de reforma. En los últimos años, tras el estallido de la crisis, frente al vaciamiento de los marcos constitucionales de posguerra y el bloqueo de las instituciones encargadas de desarrollarlo, la reflexión acerca de cómo reactivar este tipo de garantía ha sido fecunda, aunque ha adoptado diferentes desarrollos según la situación. 26 La mayoría de estos marcos constitucionales dan muestras de vejez ante los grandes desafíos del nuevo siglo: desde la crisis ecológica hasta la demanda de nuevas formas de participación facilitadas por las potencialidades de las nuevas tecnologías. Tras la garantía constitucional, la garantía institucional por excelencia de los derechos sería la garantía legislativa. La ley se considera la garantía institucional primaria de los derechos. En muchos ordenamientos aparece vinculada a la noción de reserva de ley. Esta garantía legal formal se halla relacionada estrechamente con otras garantías legales materiales vinculada a la tutela de los derechos. El contenido mínimo o esencial de los derechos sería en este sentido paradigmático (como la no regresividad arbitraria o la prohibición de discriminación). Desde el punto de vista democrático participativo, la principal garantía en este nivel legal sería el derecho de voto, esto es, la elección de los futuros legisladores. En este nivel, cabe contemplar la posibilidad de instaurar otras vías garantistas de participación directa tales como el derecho de participación, las iniciativas legislativas populares o las iniciativas de abrogación legislativa y los referéndums. Las garantías legislativas se suelen concretar frecuentemente en otro tipo de garantías primarias, las garantías administrativas. Estas garantías se expresan en normas reglamentarias que desarrollan las previsiones legales, concretando los derechos y las obligaciones y su alcance. En este nivel de garantías también se pueden desarrollar mecanismos de participación más o menos amplios. Junto a las garantías primarias, la mayoría de los ordenamientos establecen unas garantías para controlar y, eventualmente, reparar las vulneraciones de las garantías primarias. Son las garantías secundarias que, a su vez, pueden ser jurisdiccionales o no jurisdiccionales (por ejemplo, administrativas). 9.4. Más allá de las garantías institucionales: la garantía social Desde el punto de vista democrático, las garantías de los derechos no se agotan en el terreno institucional. La tutela de los derechos por la acción directa de los propios ciudadanos constituye una garantía fundamental. Hablar de garantía social en el terreno extrainstitucional no significa necesariamente hablar de actuación anti- institucional o ilegal. De hecho, algunas formas de autotutela han sido explícitamente incorporadas y reguladas por la mayoría de los ordenamientos jurídicos como el derecho de huelga. La garantía social, en muchos casos, goza, de hecho, de un amplio respaldo constitucional y legal. Se trata de considerar en cada caso el tipo y la intensidad de la afectación de derechos de terceros, su proporcionalidad y relación con el conflicto que ha generado la protesta, teniendo en cuenta que en algunos casos la desobediencia puede ser la única vía para preservar una legalidad garantista amenazada o sistemáticamente violada. 9.5. Consideraciones finales 1 — La actual crisis de las libertades y de los derechos sociales no puede hallar una explicación fecunda sin comprender la subordinación de las dimensiones garantista y democrática del constitucionalismo al imaginario liberal. 2 — La crisis de la capacidad normativa actual resulta difícilmente explicable sin vincularlo a los obstáculos a la capacidad de participación ciudadana. 3 — Un ordenamiento será más o menos democrático no solo en la medida que reconozca unos derechos (como en la perspectiva liberal), sino en la medida que ofrezca a sus destinatarios mayores espacios de participación en la configuración de su contenido y alcance. 4 — Permite contemplar los conflictos ligados a la protección de los derechos desde coordenadas distintas a las tradicionales. No solo como un conflicto entre poderes institucionales, sino como un problema de participación ciudadana, tanto dentro de las instituciones como fuera de ellas. 27 5 — Lejos de experimentar un avance constante, la historia de los derechos está erizada de involuciones y retrocesos que van de la mano de procesos de desdemocratización. CONCLUSIONES En los últimos años la crisis del ideal democrático es cada vez más percibida socialmente, no solo por sus contradicciones teóricas, sino especialmente por la desafección de los ciudadanos. El sentimiento dramático de la ausencia de democracia en las sociedades contemporáneas, sin embargo, no se puede atribuir únicamente a los acontecimientos recientes. Se debe reconocer que estamos desde hace mucho tiempo en una situación que da testimonio de la incompatibilidad estructural entre el capitalismo y la democracia. Aunque sin duda la brecha entre el ideal y la realidad es propia de la práctica democrática, es tarea de la filosofía política investigar las contradicciones y deficiencias de las formas políticas concretas respecto al valor y al principio de la democracia. La dramática situación política contemporánea se origina a partir de la separación entre convicción y eficacia, entre la ilusión y la realidad. La fragilidad de la condición democrática es causada principalmente por la dificultad de construir un individuo democrático. Eso requiere educación para la sociedad y el deseo de participar. «La soledad» que caracteriza a la sociedad actual tiene sus raíces en la forma en que la libertad se pone en el centro de la aventura moderna. El sujeto de la autonomía es fácilmente manipulado, porque está solo. Es decir, cuenta con poco apoyo de un contexto relacional que permita encontrar el sentido y el valor de sus acciones en la actividad intersubjetiva y en pensar en las cuestiones ineludibles de la existencia como temas que lo unen a otros y que, por tanto, solo compartiendo pueden encontrar una solución, al menos parcialmente satisfactoria: concibiendo el espacio común como espacio de respuestas colectivas a las necesidades materiales compartidas y, con ellas, a la necesidad de dar valor al actuar humano en sus diversas formas. El vaciado político de las instituciones estatales es uno de los procesos cardinales de la historia política de las ultimas décadas. Ahora se percibe comúnmente como un mecanismo para la eliminación del poder de las sedes de la soberanía popular y de ocultación de las dinámicas de la toma de decisiones. La institución parlamentaria como eje esencial de la soberanía democrática ya no es creíble; porque ya no funcionan los procesos que, a través de la mediación electoral-representativa convertían en «plástica» la relación (de comunicación) de la base ciudadana con todas las instituciones del complejo jurídico administrativo. Jon Elster desarrolla una alternativa entre una manera de pensar el ideal democrático que lo reconduce a principio procedimental de la acción institucional, como simple regla de la mayoría para definir un criterio de legitimidad de las decisiones políticas, y la forma de concebirlo como un valor en el que basar la vida de la comunidad.
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