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Seguridad y salud en el trabajo en las empresas del sector privado - ejemplos y leyes, Apuntes de Seguridad en el Lugar de Trabajo

Procedimiento para tramitar inacapacidades en una compañia, ante el empleador

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 14/10/2023

luisa-fernanda-salamanca-cruz
luisa-fernanda-salamanca-cruz 🇨🇴

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¡Descarga Seguridad y salud en el trabajo en las empresas del sector privado - ejemplos y leyes y más Apuntes en PDF de Seguridad en el Lugar de Trabajo solo en Docsity! CÁMARA DE REPRESENTANTES GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO PROCEDIMIENTO TRAMITE DE INCAPACIDADES SUBPROCESO: 3GTHS1 PROCESO: 3GTH Código: 3-GTH-S1-P-22 Versión: 3 Pág.: 1 de 6 Vigente desde: 16/12/2021 Elaboró: Funcionarios/Contratistas Gestion del Talento Humano. Revisó: Jefe Gestion de Talento Humano Apoyo: Oficina de Planeación y Sistemas/Calidad Aprobó: COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO – SECRETARIO TECNICO 16/12/2021 1. OBJETIVO Cumplir con el procedimiento contemplado en la Resolución No 2887 de 26 de Noviembre de 2019 Por la cual se adopta el instructivo para el trámite de incapacidades médicas y se deroga la Resolución 3440 del treinta (30) de diciembre de 2014. 2. ALCANCE Inicia con él envió de formato de solicitud incapacidad al jefe inmediato junto con los documentos de soporte de IPS y termina el cobro a la aseguradora del tiempo de incapacidad 3. NORMAS Decreto Ley 019 de 2012. Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. Decreto 780 de 2016. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social Ley 1822 de 2017. Por medio de la cual se incentiva la adecuada atención y cuidado de la infancia, se modifican los artículos 236 y 239 del código sustantivo del trabajo y se dictan otras disposiciones. Resolución No 2887 de 26 de noviembre de 2019. Por la cual se adopta el instructivo para el trámite de incapacidades médicas y se deroga la Resolución 3440 del treinta (30) de diciembre de 2014. Ley 2114 de 2021. Por medio de la cual se amplía la licencia de paternidad, se crea la licencia parental compartida, la licencia parental flexible de tiempo parcial, se modifica el artículo 236 y se adiciona el artículo 241ª del código sustantivo del trabajo, y se dictan otras disposiciones. 4. DEFINICIONES Y GENERALIDADES  Incapacidad profesional: Alteración de la salud, que impide el cumplimiento total o parcial de la labor realizada en el trabajo.  Licencias de maternidad: Servidora en estado de embarazo o adoptante o padre adoptante cuando este carezca de cónyuge o compañero permanente, tendrá derecho a una licencia de 14 semanas a la época del parto con 100% de su salario devengado. REQUISITOS Para tramitar la incapacidad debe ser expedido por la EPS a la que se encuentra afiliado o algunas de las entidades adscritas a esta, y cumplir con las características que se describen a continuación:  Fecha de expedición CÁMARA DE REPRESENTANTES GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO PROCEDIMIENTO TRAMITE DE INCAPACIDADES SUBPROCESO: 3GTHS1 PROCESO: 3GTH Código: 3-GTH-S1-P-22 Versión: 3 Pág.: 2 de 6 Vigente desde: 16/12/2021 Elaboró: Funcionarios/Contratistas Gestion del Talento Humano. Revisó: Jefe Gestion de Talento Humano Apoyo: Oficina de Planeación y Sistemas/Calidad Aprobó: COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO – SECRETARIO TECNICO 16/12/2021  Nombre completo del trabajador  Número de Cédula  Diagnóstico clínico  Origen de la incapacidad  Nombre de Medico que realizo la atención con su respectiva firma y sello original del profesional con su respectivo número de registro médico MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS Código: Version:1 Fecha: Pagina 2 de 5.  Fecha de inicio y terminación de incapacidad  Número de días de la incapacidad  Copia de historia clínica de atención o epicrisis (La EPS asume el pago de la incapacidad por enfermedad general a partir del tercer día) MOTIVOS DE INCAPACIDAD Y DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ADJUNTAR ADICIONALMENTE A LA INCAPACIDAD:  Accidente de trabajo: Se debe adjuntar historia clínica junto con el reporte del accidente registrado ante la ARL. (La ARL solicita esta información para el trámite de Transcripción y Recobro de Incapacidades)  Accidente por actividades recreativas, deportivas o culturales: Testimonio firmado por el trabajador de los hechos ocurridos, testimonio firmado por el jefe inmediato de los hechos ocurridos y planilla del evento previamente informado a la ARL.  Accidente de tránsito: -Copia del SOAT de los vehículos involucrados -Fotocopia del croquis, informe tránsito o denuncia en Fiscalía del accidente de tránsito. -Bitácora, rutero o minuta de la labor que debía realizar el funcionario y en la cual se vio accidentado. -Especificación del lugar de salida y presunta llegada del trabajador. -Especificación del lugar exacto del evento. -Copia de historia clínica de urgencias.  Accidente por violencia: Testimonio firmado por el trabajador de los hechos ocurridos, testimonio firmado por el jefe inmediato de los hechos ocurridos  Incapacidad por origen común: Se debe adjuntar la historia clínica siempre y cuando el funcionario presente una incapacidad por primera vez y se encuentre afiliado a la Nueva EPS o Sanitas EPS (Las anteriores EPS lo exigen como documento para el trámite de Transcripción y Recobro), expedida por una entidad vinculada a la red de atención de la EPS a la que el servidor se encuentre afiliado. CÁMARA DE REPRESENTANTES GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO PROCEDIMIENTO TRAMITE DE INCAPACIDADES SUBPROCESO: 3GTHS1 PROCESO: 3GTH Código: 3-GTH-S1-P-22 Versión: 3 Pág.: 5 de 6 Vigente desde: 16/12/2021 Elaboró: Funcionarios/Contratistas Gestion del Talento Humano. Revisó: Jefe Gestion de Talento Humano Apoyo: Oficina de Planeación y Sistemas/Calidad Aprobó: COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO – SECRETARIO TECNICO 16/12/2021 5 Radicar ante la administradora correspondiente en un plazo no mayor a 60 días, a partir del recibido en la división Funcionario de la División de Personal Asistente administrativo, asesor o contratista Secretario ejecutivo Radicado 6 Deberá responder en los 15 días hábiles siguientes, y dispondrá de cinco días hábiles para realizar el pago correspondiente. Si no allegan respuesta se deberá volver a enviar la solicitud Aseguradora Asistente administrativo, asesor o contratista Secretario ejecutivo Oficio o email de respuesta ¿La documentación fue aprobada? Sí, pasa a actividad N°7 No, regresa a actividad N°5 7 La división de personal ingresara la novedad al programa de nómina e igualmente a la sección de Registro y Control le hará llegar cada mes el reporte de las novedades registradas. Funcionario de la División de Personal Asistente administrativo, asesor o contratista Secretario ejecutivo Soporte de ingreso y registro de novedades 8 La división de personal, teniendo como base la planilla de control en incapacidades, conciliara los respectivos pagos realizados por las diferentes administradoras de salud y enviara a contabilidad un informa conciliado de los saldos existentes. Anexar únicamente el nombre de la aseguradora y valor a cobrar. Funcionario de la División de Personal Soporte del envío en medio electrónico o físico. Fin 6. DOCUMENTACION ASOCIADA  Resolución 2887 del 2019  Circular informativa de división de personal de febrero 28 del 2021 7. CONTROL DE CAMBIOS Nº VERSIÓN FECHA DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO 1 30/12/2014 Versión inicial del documento 2 30/01/2020 Actualización del proceso a partir de la asignación de líder de tema 3 16/12/2021 Actualización de proceso, conforme a la Resolución 2887 de 2019 y Circular informativa de División de Personal de febrero 28 de 2021. Se Actualizó la fecha y la versión a solicitud del líder de proceso mediante correo del 10 de septiembre. Se actualizo el numeral 3. Normas, incorporando la normatividad vigente en la materia. Se aprueba actualización Comité Institucional Gestión y Desempeño 16/12/2021 A 5. Radicación ante aseguradora 6. Respuesta de la aseguradora ¿documentación aprobada? No Si 7. Radicar valores liquidados 8. Reportar a contabilidad valor a cobrar a aseguradora Fin CÁMARA DE REPRESENTANTES GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO PROCEDIMIENTO TRAMITE DE INCAPACIDADES SUBPROCESO: 3GTHS1 PROCESO: 3GTH Código: 3-GTH-S1-P-22 Versión: 3 Pág.: 6 de 6 Vigente desde: 16/12/2021 Elaboró: Funcionarios/Contratistas Gestion del Talento Humano. Revisó: Jefe Gestion de Talento Humano Apoyo: Oficina de Planeación y Sistemas/Calidad Aprobó: COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO – SECRETARIO TECNICO 16/12/2021 Elaboró: Natalia Morales Jiménez – Contratista Gestión del Talento Humano Aprobó: Juan Errique Aaron Rivero – Jefe Ofcina Gestión del Talento Humano Aprobó: COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO – SECRETARIO TECNICO. 16/12/2021 Fecha: 16/12/2021 Fecha: 16/12/2021 Fecha: 16/12/2021
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