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SOBRE EL PENSAMIENTO POLÍTICO Y JURÍDICO GRIEGO Y SÓCRATES , Apuntes de Filosofía

Asignatura: Filosofia, Profesor: sanchez rubio david, Carrera: Derecho, Universidad: US

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 15/03/2015

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¡Descarga SOBRE EL PENSAMIENTO POLÍTICO Y JURÍDICO GRIEGO Y SÓCRATES y más Apuntes en PDF de Filosofía solo en Docsity! FILOSOFÍA DEL DERECHO. GRUPOS T9 Y T11. GRADO EN DERECHO. PROF. DAVID SÁNCHEZ RUBIO. CURSO ACADÉMICO 2010-11. SEGUNDO CUATRIMESTRE. TEMA 3: APARTADO 3. SOBRE EL PENSAMIENTO POLÍTICO Y JURÍDICO GRIEGO Y SÓCRATES. APARTADO 4. LA MUERTE DE SÓCRATES Y DE JESÚS EN SU RELACIÓN CON LA LEY. 3.3. SOBRE EL PENSAMIENTO POLÍTICO Y JURÍDICO GRIEGO Y SÓCRATES. No se puede definir claramente la existencia del pensamiento jurídico ático antes del siglo VII a.C, en los llamados tiempos homéricos. En el periodo histórico posterior, marcado por la formación de las ciudades-estado, una cultura griega comienza a definirse a partir del momento en que el pensamiento racional supera la tradición oral mitológica. El mundo simbólico de las costumbres y de las interpretaciones divinas de la naturaleza son sustituidas, desde el siglo VI a.C., por una conciencia humana que comienza a explicar el origen de la vida y la universalidad cósmica ahora por procesos de racionalización, en que el espacio privilegiado es ocupado por la literatura (particularmente la dramaturgia), por la filosofía y por la ciencia. Los filósofos del Siglo VI y la 1ª parte del Siglo V a.C. se llamaban los presocráticos, que se sienten fundamentalmente atraídos por los problemas del mundo físico y del mundo natural. Casi todos ellos fundamentalmente intentan hallar el principio motor u originario de todas las cosas, buscaban la esencia de la realidad, a la que llamaban “arjé”. En esa búsqueda de la esencia, del arjé, existe además una preocupación por fundamentar y justificar la realidad. No había un interés explícito por el problema de la ética, la política y la justicia. Como ordenación perfecta, la naturaleza cósmica preside el mundo de los hombres y ofrece los fundamentos para las prácticas de valoración ética y de regulación jurídica. De todas maneras, se entendía por el concepto de “Themis” aquel decreto de carácter sagrado que los dioses revelaban a los reyes a través, fundamentalmente, de los sueños y de los oráculos y además se transmitía de padres a hijos, como una norma sagrada que estaba administrada, interpretada por un grupo gentilicio y por una clase dominante. Se trata de una concepción de la ley característica de las sociedades con estructuras aristocráticas, en las cuales la legislación, las normas, son expresión de una voluntad sobrenatural custodiada por una élite o clase superior. Poco a poco, con el transcurso del tiempo, cuando las sociedades se hacen agrícolas, un poco menos guerreras, se va pasando de una legislación divina a una legislación humana. Del concepto de Themis se pasa al concepto de “Diké”, ambos significan justicia, pero la Diké es producto de la razón humana y de la experiencia humana. Empieza a predominar y afirmarse una idea racional de igualdad y lleva para muchos autores en su seno los gérmenes de la democracia. El mundo físico para los presocráticos se presenta como un todo armónico y ordenado (el concepto de cosmos) que igualmente se concibe, se modela, se interpreta, según el patrón o el modelo del orden instalado por la razón humana en la sociedad. PAGE 4 El hombre griego es un ser sometido a la familia, a la ciudad y al Estado. Su realización se efectúa en la participación y en la integración con el interés de la colectividad. De todas maneras, aunque se han puesto los fundamentos de la filosofía occidental y de las raíces teóricas acerca de la doctrina del Derecho natural, los griegos no llegaron a desarrollar una reflexión jusfilosófica más acabada sobre la dignidad y el valor de la persona humana. Ideas relacionadas con el derecho de los presocráticos y de los sofistas: La genialidad helénica no se inclinaba hacia la especificidad del mundo jurídico, lo que explica su desatención por “los remedios legales” y por “la aplicación coercitiva de las leyes”, ocupándose más por una discusión sobre los principios y los fundamentos de la idea de la justicia como universalidad. Solo en los siglos V y IV a.C., en el periodo clásico, con Sócrates, Platón y Aristóteles, se comienza a concebir un concepto desmitificado , ideal y moral de justicia, desvinculándose de una concepción atada a la magia, a las costumbres tradicionales y al ethos aristotélico. Presocráticos F 0E 0 Demócrito considera que el principio de la interioridad de la ley moral está en la serenidad del ánimo y en el bienestar personal, que se obtiene observando, cumpliendo la ley y la justicia. Sófocles ya anticipa el concepto de isonomía, de igualdad, considera que todos son iguales ante la ley y que todos los ciudadanos poseen los mismos derechos. Los sofistas F 0E 0 Con los sofistas hay un reclamo y una confianza extrema por la razón humana, hay un mayor interés por el hombre y por el mundo humano. Los sofistas son especialistas en la retórica y en la dialéctica. La lógica de los sofistas se origina en la experiencia directa de los tribunales, como arte de la prueba judicial, en el sentido de que la prueba en los juicios de los tribunales griegos no poseía el carácter de verdad absoluta, sino que era apreciada como un elemento de probabilidad y de verosimilitud. Los sofistas empiezan a distinguir entre lo que es justo por naturaleza y lo que es justo por ley: • Lo justo por naturaleza se refiere a las tendencias naturales de la racionalidad humana. • Lo justo por ley se construye a través del Estado. Los sofistas empiezan a preguntarse por la naturaleza buena o mala del ser humano, por ejemplo, Calicles considera que debe de predominar el más fuerte sobre el más débil, y el más fuerte es el mejor. Hipias considera una naturaleza bondadosa del ser humano. Alcidamento señala que todos los hombres son libres. Antifón también considera que todos los hombres son iguales por naturaleza. Los sofistas anticipan las tesis del contractualismo, de las teorías contractualistas. El Derecho y el Estado no son instituciones que existen por naturaleza, sino que tienen un origen en un acto de voluntad humana. Licofrón PAGE 4 malos jueces que abusan de la ley, porque la ley es siempre justa. La muerte de Sócrates, por tanto, confirma la ley, la fortaleza. En cambio, la muerte de Jesús produce el escándalo de la ley. Es como si dijéramos que Sócrates ensalza la autoridad y Jesús cuestiona la autoridad cuando va en contra de la vida humana. En la muerte de Jesús la ley que supuestamente está dada para la vida, al cumplirse automáticamente, mecánicamente, provoca, da la muerte. Quienes condenan a Jesús (el sanedrín, los fariseos) lo hacen porque se someten a la ley. Ese sometimiento a una ley que está dada para el hombre provoca su muerte porque no se interpreta, no se interpela en nombre de la vida humana. En la muerte de Sócrates su condena ocurre porque los jueces no se someten a la ley, la ley es inocente de la muerte de Sócrates, los culpables son los jueces que la interpretan mal. En el caso de Jesús los culpables no son los jueces sino la ley y su modo de interpretarla y eso es así en el instante en que los jueces la tratan como una ley inapelable, indiscutible, que se cumple cumpliéndose. En ambos casos hay una visión muy diferente de la ley: • Para Sócrates la ley es la que da la vida. • Jesús insiste en que la ley es dada para la vida y eso es lo que tiene que guiar la relación de los seres humanos con la ley, tiene que ser interpelada, cuestionada si da como resultado la muerte. Cuando Sócrates habla de la justicia, para él la justicia es el cumplimiento de la ley, es decir, es la ley y su cumplimiento. Para Sócrates, por tanto, no puede haber justicia frente a la ley, si la ley se cumple y todos las cumplimos, no puede haber por parte de nadie ningún reclamo de justicia. Sócrates no discute las razones por las cuales considera que esa ley sea justa. Cuando sus discípulos le ofrecen la posibilidad de fugarse, él se niega en nombre de la ley. Son los jueces quienes tergiversan a ley para condenarlo, es como si dijéramos que Sócrates sufrió una injusticia por culpa de los intérpretes. El problema es que él sostiene que frente a la injusticia no se puede reaccionar con otra injusticia, que sería incumplir la ley, que sería fugarse. El propio Sócrates, a través de los Diálogos de Platón dice literalmente: “en ninguna circunstancia es permitido ser injusto ni volver injusticia por injusticia, mal por mal”. La ley lo obliga a someterse a la condena, aunque la condena sea injusta. Fueron los jueces quienes tergiversaron la ley, pero si él responde con al fuga, evita la sanción, tergiversa también la ley. Para Sócrates la ley es la vida y no es ley para la vida, Sócrates no se rebela porque la rebelión va contra la ley que es la que proporciona la vida a la gente. En definitiva, si para Jesús se comete pecado cumpliendo automáticamente la ley, para Sócrates es totalmente lo contrario, no se comete ningún error, ningún pecado perpetrando la obediencia absoluta a la autoridad. PAGE 4 ¿Qué es lo que sucede con el transcurso del tiempo, con el surgimiento del Cristianismo en torno al Siglo II d. C.? La muerte de Sócrates y su significado de carácter sacrificial acaba desbordando el significado interpelador de la muerte de Jesús. Se transformó a un Jesús emancipador en un Jesús sacrificial. Con la muerte de Sócrates el sacrificio sale beneficiado. Jesús, por el contrario, es sacrificado por una ley que se cumple frente a su vida, el cual se niega a aceptarla y la interpela en nombre de la vida humana para la cual la ley tiene que servir, por tanto declara la ilegitimidad del cumplimiento automático de la ley. Jesús enfrenta la muerte y la enfrenta con un Dios o autoridad que no le exige como sacrificio, sino que más bien pretende revelar, ilustrarnos lo que es aquella ley que mata al inocente en su cumplimiento. Por tanto, la muerte de Jesús es la catástrofe de la ley. La muerte de Sócrates es el paradigma de la absolutización de la ley, por tanto el paradigma de la autoridad, el paradigma de un orden social determinado y posteriormente del imperio. Sócrates por tanto es el héroe del poder en cuanto ejerció de la ley. El cristianismo sí quería cristianizar el imperio tenía que someter la muerte de Jesús a la muerte de Sócrates, por tanto, invisibiliza, pierde el paradigma de la relativización de la ley en función del sujeto viviente. Hay una reinterpretación del mensaje cristiano en donde se impone la muerte de Sócrates, dándole un nuevo significado a la muerte de Jesús. En el momento en el que la muerte de Sócrates devora la muerte de Jesús, la muerte de Jesús se convierte en el altar de la ley universal que es la ley de Cristo, que se transforma en la ley del imperio cristiano universal. La muerte de Jesús se transforma en una muerte sacrificial como lo era la muerte de Sócrates, el altar de la ley universal es ahora un Dios que exige sacrificios para que su ley no sea discutida, sea siempre obedecida. En definitiva, desde esta nueva interpretación Jesús aceptó ser sacrificado obedeciendo la voluntad de su padre que quería la muerte para salvar y conquistar el mundo, la humanidad. PAGE 4
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