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Actos Procesales: Conceptos y Requisitos Generales, Diapositivas de Derecho Procesal

Derecho AdministrativoDerecho PenalDerecho Civil

Esta lección aborda los conceptos generales de acto procesal y sus requisitos, incluyendo la voluntad, lugar, tiempo y forma. También se tratan los vicios en la voluntad, la nulidad e ineficacia de los actos procesales, y la clasificación de los actos. Además, se explican los requisitos de los actos en cuanto a lugar, tiempo y forma, y se presentan ejemplos de actos realizados en diferentes lugares y tiempos.

Qué aprenderás

  • ¿Cuáles son los requisitos de los actos procesales?
  • ¿Cómo se clasifican los actos procesales?
  • ¿En qué casos un acto procesal puede ser nulo o ineficaz?
  • ¿Qué ocurre si hay vicios en la voluntad de un acto procesal?
  • ¿Cuáles son los requisitos de los actos en cuanto a lugar, tiempo y forma?

Tipo: Diapositivas

2021/2022

Subido el 03/05/2022

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¡Descarga Actos Procesales: Conceptos y Requisitos Generales y más Diapositivas en PDF de Derecho Procesal solo en Docsity! LECCIÓN 17: ACTOS PROCESALES (CONCEPTOS GENERALES) 1. Noción de acto procesal. 2. Requisitos de los actos procesales. 3. Nulidad e ineficacia de los actos procesales. 4. Clasificación de los actos. ÍNDICE REQUISITOS DE LOS ACTOS: VOLUNTAD 1. ACTOS DEL JUZGADOR: • Prevalece la voluntad externa o declarada. • PERO pueden darse vicios en su voluntad: o Error o ignorancia( cabe interponer medios de impugnación, incluso firme el acto procesal ,pudiéndose plantear demanda de resp objetiva del Estado por error judicial , incluso resposabilidad civil o penal del juez . No es posible declarar de oficio la nulidad o anulabilidad del acto ) o Violencia o miedo ( son nulos de pleno derecho , que se declarará de oficio tan pronto se hubieran librado de ella ). 2. ACTOS DE LAS PARTES: • Preferencia de la voluntad externa o declarada. • PERO pueden darse vicios en la voluntad interna cómo, por ejemplo, puede ocurrir con la transacción judicial en la que intervenga dolo, violencia o falsedad de documento , es nula , pero no si hay error de hecho o con la ignorancia de un hecho puede en ciertos casos, tenerse en cuenta por la ley para permitir la realización de un acto de otra forma no admisible – escrito ampliación de hechos tras preclusión de alegaciones y antes de plazo dictar sentencia , cuando se conocieren nuevos hechos con relevancia par la decisión del pleito . REQUISITOS DE LOS ACTOS: LUGAR REGLA GENERAL: las actuaciones judiciales se realizarán en el local de la Oficina judicial. EXCEPCIONES: • Actos realizados fuera de la oficina pero dentro de la localidad sede: actos de prueba (interrogatorios de partes o testigos, reconocimiento judicial), notificaciones. • Actos realizados fuera de su localidad sede pero dentro de su circunscripción: actos del tribunal que pide auxilio judicial, juicios o vistas fuera de su población, art. 269. • Actos realizados fuera de la circunscripción: solicitud de auxilio judicial o desplazamiento por economía procesal. • Actuaciones electrónicas: prueba de un testigo por videoconferencia. REQUISITOS DE LOS ACTOS: TIEMPO MOMENTO DE REALIZACIÓN DEL ACTO : días y horas hábiles • DIAS HABILES :Todos los del año, excepto los declarados inhábiles ( sábados , domingos 24- 31/12 y festivos y mes de agosto salvo actuaciones urgentes ). • HORAS HABILES :Desde las 8 de la mañana hasta las 8 de la tarde, salvo disposición legal.Para actos de comunicación y ejecución se puede ampliar hasta la 10 de la noche ORDEN DE LOS ACTOS: • Término: momento en el tiempo para realizar la actuación judicial. Citación en un día y hora determinada. • Plazo: lapso de tiempo dentro del cual se puede realizar el acto procesal que tendrá un momento inicial y un final. • Cómputo: desde el día siguiente al de la comunicación del acto. • Regla general  improrrogabilidad, salvo fuerza mayor. • Propios ≠ Impropios.  Propios: actos del órgano judicial (responsabilidad)  Impropios: actos de las partes (preclusión). REQUISITOS DE LOS ACTOS: FORMA FORMA ESCRITA: • Actos de parte: tantas copias del escrito como partes. • La escritura implica secreto pero se tiene que ponderar con el valor de informar sobre las actuaciones procesales. Por eso:  Pueden solicitar información todas las personas que acreditan un interés legítimo.  Límites: que se haya decretado secreto de las actuaciones. • LAJ y funcionarios de Justicia tienen autorización para proporcionar la información. LENGUA: • Regla general: castellano y lengua oficial de las CCAA. • Si es lengua cooficial no hace falta que sean traducidos al castellano. En cambio, si se tiene que acompañar traducción si se trata de una tercera lengua. • Se puede habilitar a un intérprete o traductor. Irregularidad • Divergencias entre la estructura del acto y el esquema previsto. • La desviación convierte el acto en irregular. Nulidad • Calificación jurídica o juicio de valor sobre la irregularidad cometida . • Se concreta en una sanción: no producción de efectos. Ineficacia • Consecuencia práctica de la nulidad. • No es automática, requiere la declaración formal de nulidad. No toda irregularidad comporta la nulidad, pero toda nulidad sí que viene de una irregularidad. NULIDAD Y EFICACIA DE LOS ACTOS PROCESALES Nulidades específicas •La ley describe de forma singular una infracción para la que se prevé expresa o implícitamente la sanción de invalidez. • Nulidades expresas: actos realizados por o ante tribunal sin jurisdicción o competencia, actos realizados bajo violencia o intimidación, falta de capacidad de una de las partes, citación o emplazamiento no realizado en forma ,falta de motivación de la resolución … • Nulidades implícitas: inadmisión de un acto por falta de presupuestos o requisitos, cuando se priva a un acto de efectos normales por vicios existentes . En ellos la norma procesal describe en su supuesto de hecho una infracción y prevé como sanción la invalidez Nulidades genéricas •Imposibilidad de regulación expresa de todas las infracciones. •La LEC y LOPJ establecen dos reglas generales: • Actos realizados con infracción de normas esenciales del procedimiento que puedan producir indefensión o supongan vulneración de cualquier derecho o garantía.( art 238.3 LOPJ Y 225.3 LEC ) • Actos con defectos de forma que impliquen falta de requisitos indispensables para que el acto alcance su fin.(art 240.1 LOPJ y 227.1 LEC ) NULIDAD Y EFICACIA DE LOS ACTOS PROCESALES
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