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Actos Unilaterales y Declaraciones en Derecho Internacional, Apuntes de Derecho Internacional Público

Derecho Internacional PrivadoDerecho Internacional PúblicoDerecho europeo

Los conceptos de actos unilaterales y declaraciones en derecho internacional. Se detalla cómo un estado puede crearse obligaciones internacionales a través de actos unilaterales, como declaraciones públicas, y cómo estas declaraciones pueden tener efectos jurídicos. Además, se discuten los principios de estoppel y aquiescencia en relación con las acciones y omisiones de estados.

Qué aprenderás

  • ¿Cómo se crean obligaciones internacionales a través de actos unilaterales?
  • ¿Qué son las declaraciones unilaterales autónomas y cómo pueden tener efectos jurídicos?
  • ¿Cómo funcionan los principios de estoppel y aquiescencia en derecho internacional?

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 24/11/2021

valeriia-zorenko-1
valeriia-zorenko-1 🇪🇸

4.7

(28)

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¡Descarga Actos Unilaterales y Declaraciones en Derecho Internacional y más Apuntes en PDF de Derecho Internacional Público solo en Docsity! Y Internacional: Tema 6 OTRAS FORMAS DE CREAR DERECHO INTERNACIONAL Actos unilaterales del Estado Es el propio Estado el que se encarga de crearse a sí mismo una obligación internacional, y por tanto ahí es cuando nace el derecho internacional creando en los demás Estados un derecho. El comportamiento del resto de Estados va a ser independiente de la creación de esa obligación. Son unilaterales por (características generales): + Porrazón de la autoría: esa acción solo la realiza un Estado. e Porrazón de su eficacia: no está condicionando el comportamiento de otros Estados, únicamente el del Estado que realiza ese acto unilateral. e Porlos efectos que generan: solo genera obligación a un Estado, el que realiza ese acto unilateral. Tipos de actos unilaterales: e declaraciones unilaterales autónomas: lo que el Estado dice. Esto implica que el Estado estará vinculado jurídicamente por lo que dice, por sus declaraciones públicas. Ejemplo: España dice públicamente que en los meses de enero y febrero permite a Chile pescar en su mar territorial, en este caso España se está obligando a dejar pescar a Chile en esos meses en su mar, y Chile adquiere el derecho de pescar en esos meses en el mar español. Esto está basado en el principio de cumplir de buena fe con las obligaciones internacionales. Características de estas declaraciones para que puedan vincular jurídicamente: - — Tiene que ser una declaración pública, realizada en un foro de suficiente importancia como para que sea reconocido por la Comunidad Internacional. - — Tiene que ser realizada por algún órgano que tenga capacidad para vincular jurídicamente al Estado. - Del contenido de esta declaración pública se debe extraer la voluntad de comprometerse de este Estado. No sirve con decir “nos comprometemos a ..”, el contenido te tiene que decir que se está comprometiendo, por ejemplo, si declaran que van a doblar la luchar contra el terrorismo, no sirve con que digan que se comprometen a luchar contra el terrorismo, sino que habría que ver como planean realizarlo, es decir, si van a aumentar el presupuesto en seguridad, etc. El primero es un compromiso político (el “nos comprometemos a”), el cual no vincula jurídicamente. Declaraciones públicas que si van a tener consecuencias jurídicas: - — La promesa: cuando un Estado se compromete a realizar un determinado comportamiento - El reconocimiento: el Estado constata la existencia de un derecho o de una situación determinada - — La renuncia: el rechazo de ejercer un derecho por parte de un Estado, y por tanto ya no pueden volver a hacerlo. Ejemplo: si Chile rechaza pescar en el mar español durante los meses de enero a febrero, no podrán volver a pescar en esas zonas en esos meses, pues han rechazado ese derecho. El contenido de estas declaraciones debe ser lícito y compatible con las obligaciones del Estado. Además, debe ser un contenido claro, concreto y enunciado en términos precisos. Para revocar o modificar el contenido de una declaración unilateral se debe realizar por una causa justificada y siempre que medie buena fe de por medio. e las acciones u omisiones del Estado: lo que el Estado hace o no hace. El comportamiento de un Estado, al igual que una declaración pública, puede condicionar el comportamiento de terceros Estados, e igualmente lo puede condicionar las omisiones. - Acciones/principio de estoppel: en virtud de los actos de un Estado se puede condicionar el comportamiento de terceros. - Las omisiones/principio de aquiescencia: las omisiones también condicionan el comportamiento de terceros Estados. Ejemplo: si Chile pasa 10 años sin ejercer su derecho de pescar en mar español puede perder dicho derecho. Se deben dar una serie de características para esto: + tiene que ser una circunstancia notoria y conocida por los Estados afectados. e tiene que haber una ausencia de protesta por el Estado que ha perdido ese derecho. Este es el elemento que rompe con la aquiescencia. e Esa protesta para romper la aquiescencia debe hacerse en un plazo de tiempo razonable, que dependerá de cada caso. Resoluciones de organizaciones internacionales Dentro de las organizaciones internacionales se pueden dar diversas resoluciones. La mayoría de las organizaciones pueden realizar resoluciones de carácter interno, de carácter administrativo: cómo se van a reunir, el presupuesto...
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