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Teoría General de las Obligaciones: Tipos, Elementos y Evolución, Apuntes de Derecho de las Obligaciones

Este documento aborda la teoría general de las obligaciones jurídicas, explicando su naturaleza, elementos básicos y evolución a lo largo de la historia. Se incluyen conceptos como el deber jurídico, obligación, derechos de las obligaciones y su relación con el derecho romano. Además, se presentan diferentes concepciones sobre la naturaleza jurídica de las obligaciones a lo largo de la historia.

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 12/09/2022

clarissa-davidson
clarissa-davidson 🇵🇪

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¡Descarga Teoría General de las Obligaciones: Tipos, Elementos y Evolución y más Apuntes en PDF de Derecho de las Obligaciones solo en Docsity! TEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES DEBER JURÍDICO - Imposición de la norma jurídica de realizar una determinada conducta (escrito en la norma) - Supone una restricción de la libertad, para respetar los derechos de los demás - El incumplimiento genera una sanción - Deber dirigido a todos los sujetos y sin contenido patrimonial - Nada tiene que ver con normas morales o sociales (ejemplo: ir a misa) - Ejemplo: el deber de sufragio, de cumplir con servicio militar obligatorio, cumplir con reglas de tránsito, de tributar o pagar impuestos, etc OBLIGACIÓN - Es un vínculo o relación jurídica en la que dos personas (acreedor – deudor) tienen el poder jurídico de realizar determinados comportamientos (prestación) a favor de las otra, una tiene facultar de exigir y otra de satisfacer - Son un tipo de deberes jurídicos - Puede consistir en dar, hacer o no hacer algo - Surge a partir de un contrato - Dirigido a sujetos específicos y con contenido patrimonial - Son un tipo de deberes jurídicos impuestas por la norma jurídica (C.C)  Son objeto de estudio del derecho de obligaciones  Son diferentes al deber jurídico por sus características: o Crea un vinculo jurídico entre personas determinadas o determinables (acreedor – deudor) o La prestación, conducta o comportamiento debido debe tener contenido patrimonial (pecuniario) - Ejemplos: en un contrato de compraventa el vendedor está obligado a trasferir y el comprador a pagar / contrato de arrendamiento / hecho ilícito de no pago = pago o cumplimiento de obligaciones (deber jurídico es la conducta contraria al hecho ilícito o antijurídico) / Acreedor/S.A (el que exige algo)/tiene respaldo y medio del estado para exigir (1 O VARIOS) Deudor/S.P (obligado de hacer algo o abstenerse de algo) (1 O VARIOS) Relación (fuente): contrato civil (compraventa, préstamo, comodato, arrendamiento) Prestación (comportamiento en favor al acreedor) Elementos - Sujetos: debe existir un acreedor y un deudor - Relación jurídica: existencia de una obligación - Objeto: prestación con carácter esencial de licitud - Patrimonialidad: prestación debe tener carácter patrimonial (valuable en dinero) Clases de obligaciones Civiles - Consentimiento entre ambas partes - Ley concede una acción legal al acreedor para exigir el pago - Genera una consecuencia de derecho por eso hay acción - Debe se licito - Ejemplo: ART 478 obligación alimenticia, a falta de la posibilidad del sujeto directo, esta obligación recae sobre los parientes más próximos - Contenido siempre va a ser patrimonial - Nacen del hecho o acto jurídico Naturales - Es aquella que en el fuero del honor y la conciencia obliga al que la ha contraído - Es una relación imperfecta, porque es igual a los deberes morales cuando carecen de acción procesal que permita lograr su cumplimiento forzoso - Es una obligación de tipo jurídica porque se necesita de la voluntad de las dos partes para llevarlo a cabo - Ley no concede acción legal al acreedor para exigir el pago - El cumplimiento de la obligación depende la conciencia y voluntad del deudor - Ejemplo: apuestas de manera verbal DERECHOS DE LAS OBLIGACIONES - Conjunto de normas y principios jurídicos que regulan las relaciones patrimoniales entre sujetos deudores y acreedores vinculados por voluntad propia o por imposición de la ley, con el objeto de realizar prestaciones - Importancia: regula el intercambio de bienes y servicios que buscan atender las necesidades primarias del ser humano a fin de circular y promover la riqueza entre las personas jurídicas que conviven en sociedad - Solo se encarga de temas relaciones con patrimonio - Es la rama del derecho que se ocupa de todo lo relacionado con las obligaciones jurídicas - Hay obligaciones civiles: persona por negligencia causa daño a otro, paga indemnización, pero la mayor parte surge de contratos - Estudia: el origen, clases, efectos y extinción de las obligaciones Contratos - No se necesita que se firmen, VIDEO Obligaciones en el derecho romano - Nació en tiempo arcaicos dentro del terreno de los delitos, la comisión de un delito hacía surgir a favor de la víctima o de su familia, un derecho de venganza por el cual esos podían exigir cierta prestación del culpable o de su familia - Se utilizaba la palabra obligación en el sentido de deber jurídico - Instituciones justinianas: la obligación es un lazo de derechos que nos constriñe en la necesidad de pagar alguna cosa conforme al derecho de nuestra ciudad, se la compara a un lazo que une a las personas una a otra entre las cuales a sido creada, lazo puramente jurídico Elementos - Sujetos  Activo (creditor), puede haber uno o varios, le pertenece el derecho de exigir la prestación a deudor  Pasivo (debitor), persona obligada a procurar la obligación, puede haber uno o varios deudores - Vinculo: lazo de derecho que permite al acreedor de usar medios coactivos para que el deudor cumpla - Objeto: conducta del deudor en provecho al acreedor, dar, haber y prestar, los jurisconsultos romanos dicen: hacer (comprende a una abstención) Fuentes - Contratos: acuerdo de dos o más personas con el fin de constituir una relación obligatoria reconocida por la ley, en el DR no todo acuerdo de voluntades se tipificaba como contratos, sino solo los convenios a los que la ley les atribuía el efecto de hacer nacer obligaciones civilmente exigibles  Elementos: consentimiento, capacidad y objeto - Cuasicontratos: se asemejan a los contratos, pero no son iguales, ya que falta el acuerdo de las partes para producir determinada obligación - Delitos: DR consideró delito todo acto ilícito castigado por una pena  Públicos o crímina: lesionaban a la comunidad y que le estado perseguía y sancionaba con una pena publica, pena es un provecho del estado
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