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Orientación Universidad
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titulo del trabajo practico integrador de la materia, Resúmenes de Filosofía Política

en este resumen se muestra una orientacion para poder responder todas las consignas correspondientes al trabajo integrador de la materia con aprobacion obligatoria.

Tipo: Resúmenes

2020/2021

Subido el 19/11/2023

facundo-be
facundo-be 🇦🇷

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¡Descarga titulo del trabajo practico integrador de la materia y más Resúmenes en PDF de Filosofía Política solo en Docsity! Resumen conf TP4 DERECHO PENAL PARTE GENERAL. NORMAS APA. Libros: Apellido, A. (Lascano, Carlos), año (2017), titulo del libro (Derecho Penal Parte General), Editorial (Estrada x ej). Cap del Libro: Apellido, A (Lascano, Carlos), año (2017), titulo del capitulo y después titulo del libro. Normas Jurídicas: Organismo que la decreta (día, mes y año), titulo de la ley, (Numero de ley y decreto). Sentencia: Tribunal y Sala que Expide, (fecha) numero de sentencia, (nombre del magistrado ponente). LIBROS Y NORMATIVA DE CONSULTA OBLIGATORIA. Ç 1.LASCANO, CARLOS J, 2005. LECCIONES DE DERECHO PENAL, PARTE GENERAL. CORDOBA:ADVOCATUS. 2. DE LA RUA J. Y TARDITTI A. 2015. DERECHO PENAL, PARTE GENERAL. BUENOS AIRES: HAMMURABI. 3. CODIGO PENAL ARGENTINO. 4. LEY 24660 DE EJECUCION DE LA PENA DE LA LIBERTAD. 5.LEY 22.278, REGIMEN PARA LA MINORIDAD. Punibilidad: la posibilidad de asignarle una pena a una acción típica, antijuridica y culpable. CONSIGNAS DEL TP. 1.Si fueras juez de la causa, que criterios tendrías en cuenta a los fines de individualizar judicialmente la pena de los acusados? Identifica la procedencia de agravantes. Determinación de la pena. Acto mediante el cual se establecen las consecuencias penales de un delito. 3 momentos según nuestro sistema penal. Etapa Legislativa: cuando nuestros legisladores establecen un rango de consecuencia. Se advierte en cualquier norma y se establece cuales son las consecuencias especificas que va a tener el que cometa la acción. Ej el que matare a otro tendrá que cumplir entre 8 y 25 años de prisión. Esta determinación legislativa es relativa, por que establece un MINIMO y un MAXIMO, considerado escala penal. El juez en el momento de fallar en un caso concreto, se debe basar en esta determinación legislativa. Etapa Judicial: etapa de la determinación judicial, se establece un numero concreto para determinar la pena. Etapa Administrativa o Ejecutiva: ultima etapa que se da una vez establecido el monto de la pena, se debe aplicar el tratamiento concreto en términos de reinserción social que se le aplique a la persona en el marco de un reglamento carcelario. En Argentina, determinación legal relativa por que establece un mínimo y un máximo, el juez debe basarse en esta determinación legislativa o legal para que al momento de fallar se maneje en ese rango. Es la segunda instancia de la etapa de la pena y determinación judicial absoluta se establece un numero concreto de pena. INDIVIDUALIZACION JUDICIAL DE LA PENA. Nros: agravantes o atenuantes a tener en cuenta ART 40 CP: En las penas divisibles por razón de tiempo o cantidad, los tribunales fijaran la condena de acuerdo con las circunstancias atenuantes o agravantes particulares a cada caso y de conformidad a las reglas del art siguiente. ART 41 CP: a los efectos del art anterior, se tendrá en cuenta: -La 1Naturaleza de la acción1 y de los 2medios empleados para ejecutarla2 y la 3extensión del daño3 y del 4peligro causados4. -La 5edad, la educación, las costumbres y la conducta precedente5 del sujeto, la 6calidad de los motivos que lo determinaron a delinquir6, especialmente la miseria o la dificultad de ganarse el sustento propio necesario y el de los suyos, la 7participación que haya tomado en el hecho7, las 8reincidencias en que hubiera incurrido8 y los 9demás antecedentes y condiciones personales9, así como los vínculos personales, la calidad de las personas y las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión que demuestren su mayor o menor peligrosidad. El juez deberá tomar conocimiento directo y de vida del sujeto, de la victima y de las circunstancias del hecho en la medida requerida para cada caso. Declaración de Inconstitucionalidad de los Mínimos, se hace la llamada Perforacion de mínimo, que el juez advirtiendo en el hecho concreto que estamos ante un delito de escasa lesividad, establece que el mínimo establecido por la pena es demasiado elevado a los fines de la reinserción social del penado y lo declaran inconstitucional o deciden apartarse del caso. En el tp podría haber una modificación de los topes máximos? Es decir si los topes máximos no son suficientes para condenar al penado? No por que afectarían al principio de HUMANIDAD y al de LEGALIDAD (nadie puede ser penado sin una ley previa). ART 13 CP. Requisitos Libertad Condicional. 1..Requisito temporal. El condenado a reclusión o prisión perpetua que hubiere cumplido 35 años de condena. El condenado a reclusión o a prisión por mas de 3 años que hubiere cumplido los dos tercios. El condenado a reculsion o prisión por 3 años o menos, que hubiere cumplido un año de reclusión u 8 meses de prisión. 2. Observancia Regular de los Reglamentos Carcelarios. 3. Informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su rensercion social. CONDICIONES BAJO LAS CUALES PUEDE OTORGARSE EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL. 1..Residir en el lugar que determine el auto de soltura. 2..Observar las reglas de inspección que fije el mismo auto, especialmente la obligación de abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o utilizar sustancias estupefacientes. 3..Adoptar en el plazo que el auto determine, oficio, arte, industria o profesión, si no tuviere medios propios de subsistencia. 4..No cometer nuevos delitos. 5..Someterse al cuidado de un patronato, indicado por las autoridades competentes. 6..Someterse a tratamiento medico, psiquiátrico o psicológico, que acrediten su necesidad y eficacia de acuerdo al consejo de peritos. Estas condiciones, a las que el juez podrá añadir cualquiera de las reglas de conducta contempladas en el art 27 BIS, regirán hasta el vencimiento de los términos de las penas temporales y hasta 10 años mas en las perpetuas, a contar desde el día del otorgamiento de la libertad condicional. REQUISITO OBJETIVO TIEMPO ART 14 CP. EXCLUSIONES. La libertad condicional no se concederá a los Reincidentes. Tampoco se concederá cuando la condena fuera por: 1..Homicidios agravados previstos en el ART 80 CP. 2..Delitos contra la integridad sexual, previstos en los ARTS 119,120,124,125 y bis, 126,127,128 primeros dos párrafos y 130 del CP. 3..Privacion ilegal de la libertad coactiva, si se causare intencionalmente la muerte de la persona ofendida, previsto en el ART 142 BIS, anteult párrafo CP. 4..Tortura seguida de muerte, ART 144 ter, INC 2 CP. 5..Delitos previstos en ARTS 165 Y 166 INC 2 SDO PARRAFO CP. 6..Secuestro extorsivo, si se causare la muerte de la persona ofendida, conforme a los supuestos previstos en el ART 170 CP. 7..Delitos previstos en los ARTS 145 BIS y ter CP. 8..Casos en que sea aplicable el ART 41 quinquies CP. 9..Financiamiento del terrorismo previsto en el ART 306 CP. 10..Delitos previstos en ARTS 5,6,7 de LEY 23737 o a la que el futuro reemplace. 11..Delitos previstos en los ARTS 865,866 Y 867 CODIGO ADUANERO. En este caso, podemos mencionar el ART 166 INC 2 SEGUNDO PARRAFO pero NO se puede solicitar la LIBERTAD CONDICIONAL, pero SI pueden solicitarla por que si bien la tenencia de arma de fuego es un agravante, fue utilizada para golpear a la persona y no por su acción natural que es disparar. COMO RESPONDER LA PREGUNTA 2? Deben analizar el beneficio de la libertad condicional y sus requisitos de procedencia. De acuerdo a la pena que decidieron imponer a cada uno de los acusados en la pregunta 1, deberán analizar cual es el momento para solicitar la libertad condicional, conforme a lo establecido en el ART 13. RECORDAR 2/3 partes de la condena. Además, deberán analizar los demás requisitos para que proceda este beneficio, conforme a lo que disponen los ARTS 13 Y 14 CP. Y ART 28 de la LEY 24660. En base a ello, deberán adoptar una decisión fundada sobre si concederían o no la libertad condicional a los acusados. Fundamenten en doctrina la respuesta. CONSIGNA 3.. Considerando la situación planteada, y las disposiciones del régimen penal de la minoridad, como resolverías la situación legal de Marcelo RODRIGUEZ? Desarrolla y fundamenta la respuesta. Marcelo Rodriguez es menor de edad al momento de cometer el delito ( 16 años tiene). REGIMEN PENAL DE MINORIDAD, LEY 22278. Es de carácter tutelar. ARGENTINA: sistema de DOBLE VIA Penas Medidas de Seguridad Se presentan 2 supuestos: 1..Los menores de 16 años son inimputables sin admitir prueba en contrario. 2..Los menores que tienen entre 16 y 18 años no cumplidos son INIMPUTABLES por la comisión de cualquier delito, pero no serán punibles por delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos años, con multa o inhabilitación. EN EL CASO CONCRETO NUESTRO TENEMOS UN REGIMEN DE MENOR IMPUTABLE, AQUEL QUE TIENE ENTRE 16 AÑOS YA CUMPLIDOS Y 18 NO CUMPLIDOS. Los menores punibles tienen un Tratamiento diferenciado a los mayores de edad. MENOR ADOLESCENTE PUNIBLE. ENTRE 16 Y 17 AÑOS. La disposición tutelar comienza desde el momento mismo que el menor presumiblemente cometió un hecho, pudiendo imponer el juez el cumplimiento de medidas tuitivas de la mas variada índole ART 1 LEY 22278. Comienzo del tratamiento tutelar. La disposición Tutelar (ACCION QUE TOMA EL JUEZ PENAL JUVENIL DONDE SE SOMETE AL MENOR A UN REGIMEN TUITIVO) sobre los niños, niñas y adolescentes puede cesar en CUALQUIER MOMENTO POR DECISION FUNDADA y cesara de pleno derecho una vez cumplida la mayoría de edad, conforme lo dispuesto en el ult párrafo del ART 3 LEY 22278, o cuando el menor es condenado a pena privativa de Libertad (ART 4 LEY 22278) y es internado en establecimientos especiales para el cumplimiento de ella (ART 6 LEY 22278). La disposición tutelar puede cesar por decisión del juez o si cumplidos los tramites correspondientes, el menor es declarado culpable. ART 4 LEY 22278. L a imposición de pena respecto del menor a que se refiere el art 2 estara supeditada a los siguientes requisitos. 1..Que previamente haya sido declarada su responsabilidad penal y la civil si correspondiere, conforme a las normas procesales. 2..Que haya cumplido 18 años de edad. Y 3..Que haya sido sometido a un periodo de tratamiento tutelar no inferior a 1 año, prorrogable en caso necesario hasta la mayoría de edad
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